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Aprobado el texto definitivo de la reforma laboral, con los únicos votos a favor del PSOE y la abstención del PNV y CiU

El despido será más barato y habrá un mayor control sobre los parados

Fuentes: Gara

Tras dos meses de tramitación, que «mejora y completa el texto del decreto sin desvirtuarlo», según el ministro de Trabajo, Celestino Camacho, el PSOE ha logrado sacar adelante la reforma laboral que facilita las causas de despido y vacía conquistas laborales. En el trámite parlamentario seguido, no sólo ha logrado volver al texto original sino […]

Tras dos meses de tramitación, que «mejora y completa el texto del decreto sin desvirtuarlo», según el ministro de Trabajo, Celestino Camacho, el PSOE ha logrado sacar adelante la reforma laboral que facilita las causas de despido y vacía conquistas laborales.

En el trámite parlamentario seguido, no sólo ha logrado volver al texto original sino que ha consiguido que se aprueben setenta enmiendas que endurecen aún más el proyecto original.

La reforma contempla en su texto definitivo ataca el convenio colectivo, amplía las causas para el despido objetivo y rebaja del 5% al 2,5% el porcentaje de absentismo laboral total que puede tener una empresa para poder expedientar a un empleado por faltas al trabajo.

La reforma establece también que a los trabajadores que encadenen contratos durante tres años, con posibilidad de doce meses más, no se les exija que obligatoriamente deban estar en el mismo puesto de trabajo para hacerlos fijos.

Despido objetivo por causas económicas

Establece que las empresas podrán rescindir contratos con 20 días de indemnización por año trabajado no sólo cuando tengan pérdidas sino también cuando prevean tenerlas.

Asimismo, añade como causa económica de despido que las empresas tengan disminución persistente de ingresos.

Generalización del contrato de fomento de empleo

Este tipo de contrato que conlleva una indemnización de 33 días por año incluye ahora a trabajadores de 31 a 44 años que hayan tenido contrato fijo y hayan sido despedidos con 45 días de indemnización.

Mayor control de los desempleados

Los parados podrán ser sancionados si rechazan cursos de formación en un plazo que baja de 100 a 30 días.

Absentismo laboral

El texto definitivo facilita el despido por absentismo laboral y rebaja del 5% actual al 2,5% el índice de absentismo total que puede tener una empresa y que marca el despido por causas objetivas ante faltas reiteradas al trabajo.

Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)

La reforma también incluye que el Fogasa, que se nutre de las cotizaciones empresariales, pague 8 días de las indemnizaciones de despido por causas objetivas, tanto en los contratos ordinarios (de 45 días), como de fomento del empleo (33 días), así como el mismo abono para los despidos colectivos objetivos (de 20 días). Contrato temporal

Con respecto a la contratación temporal, y para «desincentivar» este tipo de contratos, se aumentan las indemnizaciones por despido en estas contrataciones, actualmente en ocho días por año trabajado, hasta los 12 a partir de 2015.

Cobro de las prestaciones.

Para aquellos trabajadores que pueden cobrar parte de su salario en «especie» se establece la garantía del cobro del salario mínimo interprofesional fijada en 633 euros para 2010.

También las prestaciones por desempleo parcial puedan ser cobradas por horas y no por días.

Negociación colectiva

La reforma consolida la vía del «descuelgue», o posibilidad de que las empresas no apliquen determinadas cláusulas pactadas en los convenios colectivos.

No obstante, la movilidad geográfica de los trabajadores deberá seguir siendo negociada entre trabajadores y empresarios como hasta ahora.

ETT

La nueva ley también modifica el papel de las empresas de trabajo temporal (ETT), y considera intermediación laboral la que tenga consideración de «servicio de carácter público» con independencia del agente que la realice.

Bonificaciones a empresas

Respecto a las bonificaciones a las empresas aumentan hasta 1.400 euros durante 3 años si contratan de forma indefinida, especialmente a mujeres, a mayores de 45 años o a colectivos con dificultades de empleabilidad.

Fondo de capitalización

Sobre el Fondo de Capitalización para los trabajadores, el Gobierno se ha comprometido a tramitarlo como un proyecto de Ley en el plazo máximo de un año a contar desde el pasado junio.

Este fondo deberá estar operativo el 1 de enero de 2012 y la voluntad del Ejecutivo es que no suponga un incremento de las cotizaciones empresariales.

Fuente: http://www.gara.net/azkenak/09/219719/es/El-despido-sera-mas-barato-habra-mayor-control-sobre-parados