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Despropósito jurídico para legalizar el derribo de un barrio declarado Bien de Interés Cultural

El gobierno valenciano desafía al Tribunal Supremo «derogando» la actuación del Ministerio de Cultura en el caso del Cabanyal

Fuentes: Rebelión

El Consell (gobierno) valenciano aprobó ayer un decreto-ley por el que de forma expresa autoriza las obras de reforma del barrio del Cabanyal e invalida la orden del Ministerio de Cultura que paraliza el plan al considerar que se trata de un «acto de expolio del patrimonio histórico». La medida se adoptó ayer en una […]

El Consell (gobierno) valenciano aprobó ayer un decreto-ley por el que de forma expresa autoriza las obras de reforma del barrio del Cabanyal e invalida la orden del Ministerio de Cultura que paraliza el plan al considerar que se trata de un «acto de expolio del patrimonio histórico». La medida se adoptó ayer en una reunión urgente del pleno del Gobierno valenciano para dar «una respuesta contundente» a lo que se considera una «agresión política» del Gobierno central.

Ver: El Ministerio de Cultura califica como «acto de expolio» el Plan del Ayuntamiento de Valencia contra el barrio del Cabanyal

El ejecutivo autonómico trata de ese modo ejecutar a toda costa el plan urbanístico que partiría en dos El Cabanyal y no tiene intención de respetar la orden de suspensión emitida el lunes por el Ministerio de Cultura, que dictaminó que el proyecto supone un expolio del patrimonio histórico del barrio marinero de Valencia. Pero en realidad, y como denunció ayer la Plataforma Salvem El Cabanyal, el desafío se ha lanzado a los tribunales y no al gobierno central puesto que fue el Tribunal Supremo el que dictaminó (en su sentencia de 25 de mayo de 2009) «que el Ministerio de Cultura es competente y tiene la obligación (quiera o no) de proteger el patrimonio histórico del Cabanyal.[…] que el Ministerio de Cultura tiene que emitir esa declaración, con arreglo a la Ley de Patrimonio Histórico y a su reglamento de desarrollo, es decir, tiene que decir si existe expolio o no después de haber escuchado a instituciones especializadas por medio de sus informes».

Además la aprobación, por la vía de la urgencia, de un decreto ley que declara «expresamente» que el plan de El Cabanyal (aprobado en 2001 por el Ayuntamiento de Valencia y la propia Generalitat) «no perjudica, daña o deteriora la protección del conjunto histórico» del que forma parte el barrio y que fue declarado Bien de Interés Cultural (BIC) en 1993, constituye para la plataforma de defensa del barrio un «despropósito jurídico», puesto que «el Decreto Ley del Gobierno valenciano no puede derogar la orden ministerial, de igual modo que una orden del Gobierno de España no puede derogar una orden de la Conselleria de Cultura. La relación entre ambas normas no es de jerarquía, sino de competencia».

En efecto, recurriendo a mecanismos de urgencia para casos excepcionales del nuevo Estatuto de Autonomía, el ejecutivo valenciano invalida la orden ministerial de paralización. Como afirmó la portavoz del ejecutivo, Paula Sánchez de León, la medida no supone rebajar la protección del barrio, sino disponer de un instrumento legal que «prevalezca» sobre la orden gubernamental.

Para completar el desatino el gobierno acordó recurrir la orden ministerial ante la Audiencia Nacional, plantear ante el Tribunal Supremo un incidente de ejecución de sentencia, y un conflicto de competencias ante el Constitucional.

En un comunicado al que tuvo acceso Rebelión, la Plataforma recordaba igualmente que «el Ministerio [de Cultura] tiene la competencia y la obligación (lo dice el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional) para dictar esa orden, y ni siquiera el Estatuto de Autonomía podría quitársela. Se trata de una competencia (la protección de los bienes históricos más importantes de España) atribuida expresamente por la Constitución al Estado, por lo tanto las normas autonómicas no le afectan».

Salvem El Cabanyal consideró también que «los decretos leyes son normas reservadas a situaciones de extrema y urgente necesidad, circunstancia que no comparece en el caso del Cabanyal de ningún modo», lo que ocurre es que «el Consell sabe que la Audiencia [Nacional] nunca le dará la razón, pues el tema ya está resuelto por el tribunal Supremo».

Por último se preguntaba: «Si el Ayuntamiento y la Generalitat discrepaban de la competencia del Ministerio de Cultura: ¿por qué enviaron sus informes en el procedimiento de declaración de expolio cuando fueron requeridos por el Ministerio? ¿No debían haber impugnado entonces la competencia del Ministerio? La participación sin alegación alguna en el procedimiento de declaración de expolio inhabilita ahora a los gobernantes del PP, cuando la resolución no les satisface, para negar la competencia del Ministerio».

El Consell cuenta con que el Gobierno impugnará su decreto ley -saldrá publicado hoy en el DOCV-, pero entiende que su decisión está dentro del plazo de 48 horas dado por el Ministerio.