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Carlos Jiménez Villarejo, ex fiscal Anticorrupción: El proyecto del Gobierno debe ser retirado o modificado por honradez histórica y respeto a las víctimas

«Es inadmisible referirse a la República como bando»

Fuentes: El Periodico

A finales del mes de julio, el Gobierno presentaba el proyecto sobre la pretendida reparación moral de las víctimas de la guerra civil española y la dictadura. Proyecto no solo decepcionante, sino también injusto con dichas víctimas. Y que no puede, como pretende, «fomentar la cohesión y la solidaridad entre las diversas generaciones de españoles». […]

A finales del mes de julio, el Gobierno presentaba el proyecto sobre la pretendida reparación moral de las víctimas de la guerra civil española y la dictadura. Proyecto no solo decepcionante, sino también injusto con dichas víctimas. Y que no puede, como pretende, «fomentar la cohesión y la solidaridad entre las diversas generaciones de españoles». La causa es que parte de un planteamiento histórico e ideoló- gico erróneo. El primer error, expresado en el artículo 2, es referirse a la República, ya producida la sublevación militar, como un «bando». Según la Real Academia Española, bando significa «facción, partido, parcialidad». No es en modo alguno admisible que se utilice un término peyorativo, hasta injurioso, para describir las instituciones legítimas de la República. No hubo dos bandos: había un Estado democrático y, frente a él y contra él, unos militares facciosos que se levantaron en armas. Es un planteamiento que vicia el proyecto desde su origen, porque, bajo una apariencia de distanciamiento y neutralidad histórica, trata como si fueran iguales al Estado democrático y a los golpistas. Como consecuencia de tal planteamiento, el proyecto contiene un pronunciamiento, además de profundamente conservador, ofensivo para la memoria de las instituciones republicanas. Afirma, de forma general, «el carácter injusto de las condenas y sanciones (…) producidas, por razones políticas o ideológicas, durante la guerra civil». De manera que para el Gobierno merecen el mismo reproche, ser tachadas de «injustas», las medidas de defensa de la legalidad democrática adoptadas por Gobierno republicano, por muy excepcionales que fuesen, y la represión despiadada impuesta por los sublevados y ejecutada por los consejos de guerra y los tribunales especiales, radicalmente carentes de legitimidad y de cualquier asomo de garantías y de legalidad. Sobre todo cuando, durante ese periodo, ciertos dirigentes republicanos, como el ministro de Justicia Irujo (PNV), fueron especialmente vigilantes con el respeto de las garantías en el funcionamiento de los Tribunales Populares.

ASÍ RESULTA si se analiza su actuación desde el 17 de mayo de 1937. Los decretos que dictó el 22 y 29 de junio y el 6 de agosto acreditan su preocupación –incluso en una situación tan adversa– por lograr que en dichos tribunales y en los jurados de urgencia se acentuara la presencia de jueces y fiscales de carrera, para que fuesen progresivamente integrados en la administración de justicia ordinaria y para que el procedimiento judicial se ajustase a las mayores garantías posibles. ¿Quién puede atreverse a equiparar estas medidas con el terror impuesto por los tribunales fascistas? El texto del Gobierno es un modo tácito de atribuirles las mismas responsabilidades e iguales abusos a quienes gobernaban legítimamente que a los sublevados. El proyecto, además, rechaza cualquier forma de declaración de nulidad radical de las sentencias dictadas por el aparato represor instituido por Franco en el decreto 55 de del 1 de noviembre de 1936 y en disposiciones posteriores, ya concluida, si es que cabe hablar así, la contienda militar. Comete un gravísimo error. En su lugar, las «personas afectadas» y sus familiares pueden acudir a un procedimiento administrativo ante una comisión interministerial para solicitar que un consejo de cinco personalidades elegidas por el Congreso de Diputados declare, en su caso, si «las ejecuciones, condenas o sanciones sufridas son manifiestamente injustas». Francamente, la respuesta que se les ofrece no puede ser más pobre e insuficiente. Pero, sobre todo, no puede pretenderse que los miles y miles de perseguidos, depurados, torturados, privados de libertad, sometidos a trabajos forzosos y fusilados o sus familias deban ahora, después de todo el sufrimiento padecido, acudir a que se reconozca de forma muy moderada que fueron injustamente perseguidos, cuando es evidente para ellos, para todos los demócratas y para la comunidad internacional que fueron víctimas de un genocidio. Porque todas las sentencias, sin excepción, dictadas por el aparato represor franquista, sin necesidad de que medie un reconocimiento individualizado que lo declare, eran «contrarias a los derechos y libertades que constituyen el fundamento del orden constitucional hoy vigente». Por tanto, solo cabe su declaración de nulidad, porque esa pretendida declaración mantiene la plena validez de todas ellas.

FINALMENTE,la limitación de la declaración de reparación a las resoluciones «manifiestamente injustas» suscita una honda preocupación. Porque permite deducir y admitir que durante la dictadura pudo haber sanciones y condenas que no fueron tan injustas o que, en ciertas circunstancias, llegaron a ser justas. Y, en consecuencia, no merecerían ningún reproche ni, desde luego, que las víctimas fuesen reparadas. El reconocimiento de esta posibilidad es tanto como otorgar cierto grado de legitimidad a las instituciones fascistas y a sus decisiones. Si ya es grave que se pongan en duda los valores del orden republicano, no puede aceptarse de ningún modo que durante la dictadura la represión política o ideológica pudiera justificarse. Las víctimas del fascismo, como ha dicho el jurista Martín Pallín, merecen algo más, mucho más, que un «certificado de buena conducta». Por todo ello, el proyecto debería ser retirado o sustancialmente modificado. Así lo exige la honradez histórica y el respeto a la memoria de las víctimas.