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Comparecencia ante la Comisión de desarrollo estatutario del Parlamento andaluz

Ideas y opiniones para la formulación de un nuevo estatuto de Andalucia

Fuentes: Rebelión

Comparezco en la Comisión en mi calidad de Ex Presidente del Parlamento de Andalucía, aunque estoy seguro de que comprenderán que, por mi condición y responsabilidad política actual, mi intervención tenga un sentido y una orientación claramente delimitada por mis convicciones ideológicas. En cualquier caso, quiero comenzar recordando que durante mi etapa como Presidente del […]

Comparezco en la Comisión en mi calidad de Ex Presidente del Parlamento de Andalucía, aunque estoy seguro de que comprenderán que, por mi condición y responsabilidad política actual, mi intervención tenga un sentido y una orientación claramente delimitada por mis convicciones ideológicas.

En cualquier caso, quiero comenzar recordando que durante mi etapa como Presidente del Parlamento de Andalucía se aprobaron algunas medidas y se impulsaron estudios y debates sobre cuestiones políticas que hoy están en el centro del debate andaluz y estatal como asuntos oportunos, inaplazables y necesarios:

. La reivindicación del pago de la Disposición Adicional Segunda del Estatuto de Autonomía.
. La Reforma del Reglamento de la Cámara Andaluza, para dar mayor apertura, cercanía de la actividad y acción parlamentaria con la sociedad.
. La reivindicación de que Andalucía culminase y recibiese las transferencias de todas sus competencias y la financiación adecuada.
. El impulso a las primeras reuniones para el Desarrollo Estatutario, con el objetivo de iniciar los estudios oportunos para modificar el Estatuto.
. El estudio de la reforma de la Ley Electoral andaluza para lograr un Parlamento más soberano y representativo de la voluntad ciudadana.
. La atribución al Presidente de la Junta con la capacidad de disolver la Cámara, en el espíritu de evitar la coincidencia electoral, garantizando así unas Elecciones Andaluzas del máximo nivel de soberanía, sin verse mediadas por las Elecciones Generales.
. La proposición de hacer del Senado una auténtica Cámara de representación territorial y la necesidad de reformar los Títulos I, III y VIII de la Constitución.

Ya en aquella etapa política, compartiendo los planteamientos de la organización a la que pertenezco, planteábamos en nuestro discurso la necesidad de culminar el cien por cien de las competencias del actual Estatuto, impulsar la reforma de la Ley Electoral de Andalucía, estudiar las reformas necesarias para un nuevo Estatuto de nuestra comunidad, e impulsar un proceso federalizante en las comunidades autónomas que desembocase, tras la oportuna reforma de la Constitución, en un modelo de Estado Federal y Solidario.

Hoy, pasada una década, el Parlamento nos convoca a realizar las tareas que durante todo este tiempo hemos demandado prácticamente en solitario. Ha llegado, pues, el momento de plantearnos seriamente y con rigor la reforma constitucional y estatutaria, convocando nuevamente al pueblo andaluz para que sea el protagonista y sujeto activo del nuevo impulso político que nuestra tierra necesita.

Habrán de ser la propia Comisión y, posteriormente, la Ponencia quienes deberán abordar el debate más pormenorizado sobre las propuestas concretas que cada Grupo Parlamentario someta a discusión, hasta llegar a formular una propuesta de texto articulado. Por ello, quiero centrar mi comparecencia en trasladarles algunas reflexiones sobre aquellos aspectos que, en mi opinión, constituyen los ejes centrales del debate político actual.

Primero: «La reforma tiene que ser sentida por la ciudadanía, los andaluces tienen que percibir como ya lo hicieron en 1.980 que el nuevo Estatuto les sirve para mejorar su calidad de vida y renovar la política y las instituciones andaluzas. Que esta reforma permite dar paso a la descentralización política y administrativa a favor de Ayuntamientos y comarcas y a la vez recuperar un mayor espacio político de Andalucía en Europa y en España. Que gracias a ella vamos a conseguir fijar los objetivos estratégicos de nuestra comunidad para los próximos veinticinco años, garantizar y alcanzar el cumplimiento de la Adicional Segunda del Estatuto, fijar nuevos derechos sociales y de ciudadanía, lograr una amplia capacidad de codecisión en materias esenciales para la Comunidad en el Estado y Europa. Que debemos aprovechar este momento para situar a nuestra tierra en las mejores condiciones ante los problemas de globalización mundial en los que estamos inmersos».

Segundo: «El gran consenso para la reforma del Estatuto de Andalucía debe hacerse con el pueblo andaluz, sus instituciones y organizaciones más representativas».

Hoy como ayer, la apertura del debate estatutario, la legítima aspiración de conseguir el mayor y más amplio consenso político y social para el autogobierno de Andalucía, no puede ni esperar ni recibir vetos de ninguna fuerza política, ni puede olvidar que el actual Estatuto vino de la mano de la participación popular, del consenso de toda la izquierda andaluza, sus instituciones y organizaciones de carácter progresista.

Tercero: «Las reformas necesarias no posibilitarán a Andalucía el máximo nivel de soberanía y competencias si éstas, al mismo tiempo, no van acompañadas de la reforma de la Constitución y de su Título VIII, si no se plantea una nueva organización territorial del Estado en el camino de la construcción de un modelo de Estado Federal y Solidario».

El debate sobre el modelo de Estado, sobre la financiación autonómica, sobre la consecución del máximo techo de soberanía y competencias para el autogobierno y la identidad y reafirmación del pueblo andaluz como nacionalidad, son ejes centrales ante la segunda transición en la que nos encontramos.

Cuarto: «En mi opinión, y contrario a las afirmaciones de quienes opinan legítimamente que la reforma estatutaria debería esperar a la constitucional, mantengo que nuestro proceso reformador debe producirse en paralelo a los procesos de los Estatutos de Cataluña y el País Vasco, y contribuir junto con éstos a orientar el alcance de la necesaria reforma constitucional».

Hoy Andalucía vuelve a ser pieza clave en lo que se vislumbra -y ya se denomina y caracteriza- como segunda transición política ante las modificaciones que se van a producir en la Constitución y en la práctica totalidad de los Estatutos de Autonomía. Por eso tenemos que ser capaces de exigir y desplegar todas nuestras potencialidades como pueblo, acompasar los mismos ritmos, las mismas fechas y en la misma legislatura, y conseguir el mismo nivel competencial. Quinto: En referencia a la Disposición Adicional Segunda del Estatuto de Andalucía, denominada políticamente como «Deuda Histórica», quiero afirmar con claridad que ésta debe mantenerse en el nuevo Estatuto, dado que no sólo obedece a un concepto cuantitativo sino también cualitativo de convergencia y solidaridad territorial. Es un hecho diferencial respecto a otras comunidades y nacionalidades del Estado Español. Es un derecho conquistado y definitorio, actualmente reconocido pero, por el contrario, no liquidado. Por ello, la «Deuda histórica» tendrá vigencia mientras en Andalucía persista la desigualdad con otros territorios del Estado, mientras no nos incorporemos, en los niveles de convergencia real, a la media del Estado en materia económica, social y de vertebración territorial. En consecuencia, corresponde reivindicar lo que se adeuda, exigir en el 2.005 su reconocimiento presupuestario e iniciar una evaluación de la misma seria y rigurosa, pero también defender su v igencia y actualidad política.

Hechas estas primeras reflexiones, con las que he pretendido fijar mis posiciones fundamentales, permítanme que las desarrolle brevemente.

1. EL ACCESO DE ANDALUCIA A LA AUTONOMÍA. EL 28 DE FEBRERO. CONSECUENCIAS POLITICAS EN ANDALUCIA Y ESPAÑA.

La historia ha reconocido la figura de Blas Infantes como padre de la patria andaluza e ilustre precursor de la lucha por la consecución del autogobierno que hoy representa el Estatuto. La bandera, el himno, el escudo y la lucha por recuperar al identidad del pueblo andaluz, por alcanzar una Andalucía libre y solidaria, por reivindicar el derecho de los andaluces a su soberanía y autogobierno, a la posibilidad de decidir su propio futuro, marcan y preceden a la etapa en la que en los inicios del actual sistema democrático Andalucía recupera su camino hacia la construcción de su identidad nacional como pueblo, marcan un desarrollo solidario del Título VIII y el modelo de Estado Autonómico e igualan sus derechos políticos como pueblo y reivindica sus hechos particulares en el terreno económico, social y de convergencia con el resto de pueblos y nacionalidades del Estado español. El 4 de diciembre de 1.978 y el 28 de febrero de 1.980 tiene para Andalucía y España consecuencias d e un indudable valor histórico, político y constitucional.

Aunque sea conocido, conviene recordar que la Disposición Transitoria Segunda de la Constitución estableció una clara distinción entre las comunidades que plebiscitaron sus Estatutos de Autonomía durante la legalidad republicana -Cataluña, País Vasco y Galicia, a las que se les reconocía el carácter de nacionalidad- y el resto de territorios. Andalucía rompió ese diseño cuando el 28 F de 1.980, utilizando el procedimiento constitucional establecido en el art. 151, logra alcanzar el mismo nivel competencial de aquéllas, modificando las previsiones de la Constitución en la conformación de un modelo de Estado autonómico claramente inacabado, que ahora se hace necesario abordar definitivamente tras veinticinco años de desarrollo constitucional y autonómico.

En este nuevo impulso constitucional, claramente tenemos que volver a jugar un papel central. Andalucía tiene que buscar en el marco de la solidaridad de todos los pueblos del Estado español su singularidad, es decir, reafirmarse y comportarse con las exigencias del espíritu expresado como pueblo andaluz el 28 F. Con el mismo nivel de las tres nacionalidades «históricas», reforzando su identidad y singularidad como pueblo.

Lo alcanzado por Andalucía y por su pueblo no puede retroceder:

. Mantener los mismos derechos que vascos, catalanes y gallegos.
. Mantener la Deuda Histórica.
. El impulso en la vertebración territorial desde la solidaridad y desde el reconocimiento de que España es un Estado plurinacional, en el cual Andalucía también es un pueblo con identidad propia, una nacionalidad cultural y políticamente singular.

2. VEINTICINCO AÑOS DE AUTOGOBIERNO ANDALUZ.

Críticamente, y pese a los avances que reconozco y que han sido importantes, se puede decir que hemos asistido a veinte años de renuncia a ampliar la conciencia de los andaluces como pueblo, a un andalucismo marcado claramente por un posicionamiento de izquierdas y a construir una Andalucía de mayor soberanía. No hemos avanzado lo suficiente en la construcción nacional de Andalucía. Han sido veinte años de autolimitación de la autonomía, dado que todos los gobiernos que ha tenido nuestra Comunidad han gobernado por debajo del Estatuto y del espíritu que el pueblo andaluz expresó el 28 de febrero. Ha primado quizás la gestión sobre la capacidad política real que conquistó el pueblo andaluz, al mismo tiempo que hemos soportado las limitaciones que un cierto centralismo político y las políticas de la Unión Europea nos han ido imponiendo.

Después de casi veinticinco años aún quedan importantísimas transferencias del Estado por asumir (Confederaciones Hidrográficas, un Guadalquivir netamente andaluz, instituciones penitenciarias, policía autonómica, parques nacionales, y otras); se han desarrollado leyes invadiendo competencias autonómicas (Ley Financiera, Ley de Calidad de la Enseñanza, etc.) y los objetivos estratégicos que nos marcábamos en el artículo 12.3 del Estatuto de Autonomía registran incumplimientos en campos tan importantes como alcanzar el pleno empleo, aprovechar los recursos endógenos de Andalucía, superar los desequilibrios económicos, sociales y territoriales de nuestra comunidad, la reforma agraria entendida como transformación de las estructuras de propiedad y producción andaluzas, la efectiva igualdad del hombre y la mujer, afianzar la identidad andaluza mediante la investigación, valores históricos, culturales y lingüísticos de Andalucía.

Es evidente que los indicadores de empleo, de nivel de renta, de desequilibrios comarcales, de nivel de convergencia real,. demuestran que aun habiendo crecido cuantitativamente aún estamos distantes de alcanzar los niveles marcados por el Estatuto. En el terreno de lo cualitativo, el modelo de desarrollo no se ha basado en la transformación, sino que se han seguido políticas neoliberales.

Leyes importantes como la Ley del Suelo, la Ley de Ordenación del Territorio, han llegado tarde y cuando la especulación se ha estado cebando en el territorio andaluz sin límite alguno. La Ley de Policía Autonómica, la Ley de Comarcas, la Ley de Régimen Local, o una Ley de Renta Básica para los andaluces han quedado en vía muerta.

Aun así es justo reconocer que el Estatuto ha servido en gran medida como un instrumento jurídico-político fundamental para salir de una situación de subdesarrollo y que el papel del pueblo andaluz, los ayuntamientos de la izquierda y la legitimación popular a la misma tras el referéndum han marcado a Andalucía en estos veinticinco años. Pero también es necesario reconocer que Andalucía se ha adormecido de la mano de sus gobiernos y ha perdido su perfil reivindicativo, sobre todo cuando el Gobierno Central y el Autonómico han sido de colores, sabores y opiniones coincidentes.

Desde el balance y la experiencia vividas Andalucía debe liderar nuevamente el proceso de reformas. El debate es inaplazable. Tras veinticinco años de desarrollo democrático y autonómico nos enfrentamos a nuevos retos políticos y sociales derivados de la propia evolución de la sociedad y de nuestro papel e intervención en España y Europa. Para todo ello el actual Estatuto es un instrumento claramente insuficiente. Andalucía necesita un nuevo impulso político y un cambio en profundidad para poder culminar esta etapa de su desarrollo y abordar como objetivo fundamental de una nueva etapa la construcción de una Andalucía sin desigualdades territoriales y sociales.

3. OBJETIVOS DE LA REFORMA ESTATUTARIA.

Para que la reforma del Estatuto sea sentida por la ciudadanía es necesario que respondamos con claridad a la primera pregunta que surge a cualquier ciudadano cuando se plantea este debate: ¿Para qué reformar el Estatuto? Esta pregunta necesita una respuesta seria y bien fundada.

No se reforma un Estatuto de Autonomía para introducir «pequeños cambios» que pueden ser abordados por el desarrollo de leyes específicas. Tampoco como un cierto ariete electoral para situar fuera de juego a ésta o a aquella fuerza política. Se hace para responder a nuevas demandas sociales, a los cambios que se han producido en los últimos veinte años y, especialmente, para colocar a Andalucía en una situación no periférica ni subsidiaria ante los cambios globales que se han producido en Europa y dentro del propio Estado.

Para ello se hace imprescindible el plantear el nuevo y más potente instrumento jurídico-político que nos permita alcanzar tres objetivos fundamentales:

. Obtener y ejercer el mayor grado de autogobierno posible.
. Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas andaluces.
. Definir los nuevos objetivos estratégicos de Andalucía para los próximos veinticinco años.

La consecución de estos tres objetivos fundamentales dependerá de que el nuevo Estatuto sirva para:

. Fortalecer las señas de identidad de los andaluces.
. Aumentar el techo competencial de Andalucía.
. Mejorar la calidad democrática de las instituciones andaluzas.
. Incorporar nuevos derechos de los andaluces.
. Definir los servicios públicos andaluces de carácter universal.
. Impulsar la convergencia con España y Europa.
. Adecuar las instituciones y la legislación a nuestra actual pertenencia a la Unión Europea.
. Fortalecer el papel de Andalucía en Europa.
. Diseñar una nueva organización territorial e incorporar el Pacto Local.
. Otorgar rango estatutario a las instituciones andaluzas (Defensor del Pueblo, Cámara de Cuentas, Consejo Audiovisual, etc.).
. Modernizar los instrumentos de administración y gestión públicas.
. Garantizar una financiación suficiente de Andalucía.
. Iniciar un proceso federalizante en el conjunto del Estado.

Visto desde otra perspectiva, si no afrontamos la reforma del Estatuto de Andalucía con rigor, seriedad y convencidos de que es un paso necesario para nuestra Comunidad es posible que se produzca un retroceso que afectará a muchas facetas de nuestra vida, derivado de:

. El papel subsidiario de Andalucía en el conjunto del Estado y de Europa.
. El proceso de construcción europea y sus competencias respecto a la determinación de la política económica y las políticas sectoriales, sin que Andalucía tenga voz propia.
. El recorte de fondos comunitarios europeos por la ampliación de la Unión Europea y la reducción del gasto público, así como el desarrollo de sistemas de financiación que no respeten la nivelación de servicios y los principios de solidaridad interterritorial.
. Las políticas de división norte-sur y el papel de frontera que se asigna a Andalucía en el nuevo escenario mundial.
. La presión política hacia la privatización de servicios, el recorte del gasto y la reducción de la protección social.

4. BASES PARA LA REFORMA DEL ESTATUTO. LA CONFIGURACION DE LOS DERECHOS EN EL ESTATUTO DE AUTONOMIA PARA ANDALUCIA.

El nuevo Estatuto debe contribuir al fortalecimiento de las señas de identidad del pueblo andaluz y debe incluir el pacto local y la comarcalización; la reforma de las instituciones andaluzas, sean locales o autonómicas, para que sus instrumentos y procedimientos legislativos y administrativos ganen en eficiencia, representatividad, pluralidad, participación y paridad; la limitación de mandatos del Presidente de la Junta de Andalucía y la participación de Andalucía en las decisiones de la UE que le afecte.

Para responder a las nuevas demandas sociales y realidad andaluzas, habría que ampliar los objetivos básicos y estratégicos del art. 12.3 del Estatuto, en coherencia con un nuevo modelo de desarrollo económico, basado en la sostenibilidad medioambiental y en el bienestar comunitario, e incorporar una Carta de Derechos Sociales de carácter fundamental y universal que de soporte jurídico a las políticas de cohesión social que permitan afrontar los retos de la desigualdad, la pobreza y la inmigración.

La reforma debe ampliar los contenidos del art. 23 del Estatuto para establecer acuerdos y convenios de cooperación con otras comunidades autónomas, con regiones europeas y de nuestro entorno, y favorecer una sociedad de paz, libre de bases militares y desnuclearizada.

Quiero detenerme en este punto en lo que para mí es un elemento fundamental de la reforma del Estatuto: la nueva configuración de derechos y libertades de los andaluces y andaluzas.

También hoy transcurridos casi veinticinco años de la aprobación de la Constitución y del Estatuto, y tras la experiencia acumulada en más de dos décadas, se abre una ocasión única e irrenunciable para incidir en el ámbito de los derechos y libertades. Esta coyuntura tiene que aprovecharse para sentar las bases de una reforma que posibilite un avance real y perceptible por la ciudadanía en la garantía y efectividad de sus derechos, a la vez que se aborden las nuevas realidades que han emergido con posterioridad y que deben estar reflejadas y garantizadas en nuestra norma estatutaria.

La nueva configuración de los derechos del Estatuto debe estar enmarcada en unos principios y valores que complementarían y reforzarían los objetivos básicos que se especifican en el actual artículo 12.3 del Estatuto. Entre ellos cabría citar:

. El compromiso de los poderes públicos a adoptar las medidas e iniciativas que promuevan la igualdad real y efectiva de los individuos y grupos en que se integran, así como renovar los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud.
. El compromiso de los poderes públicos de crear las condiciones que faciliten y aseguren la participación de toda la sociedad andaluza en la vida política, económica, social y cultural.
. La promoción de las condiciones para el desarrollo y profundización de un orden económico y social justo y solidario.
. La cooperación para el fortalecimiento de una cultura de la paz con otros pueblos, sobre la base del respeto de los derechos humanos y su protección internacional, la solidaridad y el respeto mutuo a sus identidades culturales.
. Garantizar a todas las personas el pleno ejercicio de los derechos que tiene reconocidos por la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Andalucía y las normas y convenios internacionales.
. Fortalecimiento de las instituciones de autogobierno andaluz para reforzar la participación y el impulso democrático de la sociedad andaluza y la promoción de mayores niveles de calidad de vida.
. Potenciar la conciencia de identidad andaluza, fomentando la conocimiento y difusión de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz.
. Garantizar la habitabilidad de Andalucía mediante el desarrollo de una actividad económica compatible con la protección de la naturaleza y del medio ambiente.
. Garantizar a cualquier persona que se encuentre en el territorio de Andalucía las condiciones mínimas de dignidad inherentes a su condición de ser humano.

En esta relación de derechos, habrá que contemplar los ya enunciados en el texto constitucional (educación, salud, vivienda, medioambiente, etc). Y habrá que incluir el reconocimiento expreso de los derechos implícitos en la Constitución respecto a determinados colectivos sociales (menores, jóvenes, personas mayores, personas con discapacidad, consumidores y usuarios).

Junto a ellos el nuevo Estatuto de Autonomía para Andalucía, en congruencia con los principios y valores que lo inspiran deberá incorporar un nuevo bloque de derechos que recoja aquellos que respondan a realidades o situaciones sociales que han ido surgiendo en estos años:

. El derecho al reconocimiento y al ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos y libertades de las personas, sin exclusión o distinción por razón de nacimiento, origen étnico, género, estado civil, edad, religión, ideología política o cualquier otra circunstancia personal o social.
. El derecho de acceso al empleo y al desarrollo del trabajo en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres.
. El derecho a que se establezcan las condiciones que permitan conciliar los aspectos favorecedores del desarrollo de las personas con la atención de las responsabilidades familiares.
. El derecho de los inmigrantes a acceder a las prestaciones sociales básicas y a integrarse en la sociedad andaluza de acuerdo con lo que disponga la legislación reguladora en esta materia.
. El derecho de acceder a una renta mínima de inserción que garantice unas condiciones mínimas de vida a cualquier persona en Andalucía, en las condiciones que legalmente se determinen.
. El derecho a la protección de la familia en sus diferentes formas.
. El derecho a la libre orientación sexual.
. El derecho al testamento vital.
. El derecho de todos a acceder a las nuevas tecnologías y a la protección frente al uso indebido de las mismas.

5. REFORMA DEL ESTATUTO, REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN.

Está claro que tras 26 años de democracia, el modelo autonómico de la Constitución del 78 ha cumplido la función que se le asignó: permitir la transición de un estado dictatorial y centralista a un estado democrático y políticamente descentralizado.

Durante este tiempo, la realidad española y europea ha ido cambiando y la Constitución ha puesto de manifiesto sus aciertos y sus lagunas. Europa ha condicionado la propia Constitución y los Estatutos de Autonomía. Ni la una ni los otros pueden permanecer como textos sagrados e inamovibles. Por tanto, consolidada ya la democracia, nadie debería sorprenderse por plantear el debate en lo referente al modelo de Estado. De hecho, estamos ante un nuevo proceso instituyente en torno al modelo de Estado en el que se va a definir una nueva relación entre todas las comunidades y nacionalidades que conforman la España plural y plurinacional.

Desde nuestros planteamientos, la consecución del máximo nivel de autogobierno no es posible sin reformar también la Constitución Española, no sólo en su Título III, en lo que se refiere al Senado, sino también su Título VIII, para redefinir la organización territorial del Estado, y a otros, como el Título V, que afecta al poder judicial. Todo ello para avanzar la construcción de un Estado Federal, plurinacional y solidario, que respete las diferencias y particularidades de cada pueblo pero que elimine las desigualdades territoriales y sociales. Ese es nuestro modelo, ese es nuestro horizonte, que recoge la tradición de la izquierda republicana y federal.

El Estado Federal es el que mejor resuelve tres contradicciones que están a debate: la contradicción entre la cohesión y el carácter plurinacional de España; la contradicción entre los derechos nacionales y los derechos de ciudadanía, y la contradicción reivindicación particular y solidaridad. Avanzar hacia el Estado Federal supone un pacto en el que todas las comunidades que conforman España acuerden que competencias asumirán y cuales residirán en la federación como depositaria de la soberanía del conjunto.

6. PROCESO DE REFORMA DEL ESTATUTO.

El art. 74 de nuestro Estatuto establece una mayoría de tres quintos del Parlamento para la aprobación de una propuesta de reforma. Hoy, al igual que en 1.980, es posible aprobar un Estatuto sustentado en un amplio acuerdo de las fuerzas progresistas de Andalucía, apoyado y respaldado por la gran mayoría del pueblo andaluz y sus organizaciones. En este escenario los vetos o frenos a las legítimas aspiraciones de la mayoría del pueblo andaluz no tienen cabida. Ninguna fuerza política tiene capacidad de limitación o veto, salvo el propio partido socialista. Por ello, el consenso con el PP no puede ser utilizado como excusa, salvo que se quiera limitar el verdadero alcance de la misma.

Con quien es necesario alcanzar un amplio acuerdo y consenso es con la sociedad y con las instituciones andaluzas. Estas deben ser las protagonistas principales de un debate tan importante que no puede quedar recluido en sede parlamentaria. Es necesario socializarlo para escuchar las aspiraciones de los distintos sectores sociales, sensibilizar y movilizar a la sociedad para hacerla protagonista directa de los cambios.

En este sentido, valoro muy positivamente que esta Comisión haya consensuado entre todos los Grupos Parlamentarios, la comparecencia de un amplio número de organizaciones e instituciones andaluzas, tal como habíamos propuesto desde mi organización política. Sin embargo, estimo necesaria la creación de foros paralelos y simultáneos de debate, la implicación de los Ayuntamientos y de la FAMP en la reforma, que, hoy como ayer, debe ser imprescindible para el compromiso colectivo de todo un pueblo.

El nuevo Estatuto andaluz no puede quedar en su concreción y aprobación por el Parlamento de Andalucía por detrás del debate de Cataluña, para que sea remitido y discutido en el Congreso de modo simultáneo al de otras comunidades. La garantía para acceder al máximo nivel de autogobierno en igualdad de condiciones viene marcada por nuestra apuesta por no separarnos del tiempo político de otras comunidades del 151. Mal haría Andalucía si de acuerdo con su realidad, en lugar de reivindicar para sí el máximo nivel de competencias, asume la dirección del coro de voces centralistas que pretende frenar las aspiraciones de otras comunidades y de la nuestra.

7. RITMOS Y MÉTODOS DE LA REFORMA ESTATUTARIA Y DE LA CONSTITUCIÓN.

Estamos, pues, ante un problema de ritmos y de método. Frente a la lógica y a la dinámica que se dio durante la transición, en la que primero se redactó la Constitución y después los Estatutos, ahora asistimos a una dinámica política inversa o cuanto menos casi paralela en el debate: los Parlamentos de Andalucía y Cataluña ya han constituido sus respectivas ponencias, Ibarretxe someterá su plan soberanista a discusión en el Parlamento Vasco y el Gobierno ha planteado que para enero debe iniciarse el debate sobre la reforma de la Constitución a la que deberán adecuarse las reformas estatutarias. De ahí la importancia que tendría adelantar los debates de nuestro Estatuto con el objetivo de que éste orientase la amplitud y el sentido de la reforma constitucional y no al contrario, como parece plantear quienes defienden una reforma limitada del Estatuto y de la Constitución.

En este contexto caminar en el debate por detrás de Cataluña o el País Vasco, estar debatiendo toda esta legislatura, hasta el 2.008, sobre los contenidos de la reforma del Estatuto de Andalucía, supondría una táctica dilatoria que dejaría a Andalucía fuera del debate actual y de los tiempos políticos que Cataluña y el País Vasco están marcando. Estaríamos recorriendo el camino contrario al que elegimos en 1.980 y que nos permitió igualarnos en condiciones y derechos con Cataluña, Galicia y el País Vasco. Máxime si tenemos en cuenta que en determinadas materias competenciales y financieras aun nos encontramos por detrás de las Comunidades más avanzadas: seguridad, sistema penitenciario, servicios fundamentales, tratamiento fiscal y financiero, empleo, convergencia real con la media española y europea en materia de servicios fundamentales…» En tal sentido el planteamiento que se formula de esperar a la reforma de la Constitución, es a mi juicio erróneo. El papel de Andalucía ha de ser el de impulsar las reformas, y liderar la orientación de la reforma constitucional junto a catalanes y vascos.

Muchas gracias.

En Sevilla, a 18 de Octubre de 2004

* Diego Valderas Sosa. Ex Presidente del Parlamento de Andalucía.