Los procesos judiciales que afronta Rivas en Italia y España son dos caras de una misma moneda que no se pueden entender la una sin la otra. Sin embargo, a pesar de que los tratados internacionales piden cooperación entre los sistemas judiciales, esta brilla por su ausencia.
El caso de Juana Rivas se está desarrollando desde hace casi cuatro años en tribunales de dos países distintos y a velocidades diferentes. Mientras en España dos instancias judiciales ya la han hallado culpable del delito de sustracción de menores y la han condenado a cinco años de prisión y seis de inhabilitación para ejercer la patria potestad, en Italia un tribunal ha reabierto el proceso para decidir la custodia de los menores y se están investigando las denuncias que Rivas interpuso desde 2019 contra su expareja por malos tratos hacia sus hijos.
Si el caso se mira de reojo, podría parecer que lo que se juzga en España e Italia son hechos diferentes y que no tienen por qué influir el uno en el otro. Pero mirado de cerca, el de Rivas es la historia de un único caso juzgado en dos países cuyos sistemas judiciales apenas se hablan y en los que la obligación de cooperar que marcan las normas internacionales ha brillado por su ausencia.
El otro factor determinante en todo este proceso es que la violencia de género que Rivas denunció en diversas ocasiones, tanto en nuestro país como en Italia y que sería el engrudo que uniría las distintas partes de esta caso complejo, ha estado siempre fuera de las decisiones judiciales o mirado de forma superficial. Sin tener en cuenta este factor, la acciones de Rivas parecen no tener sentido, lo que ha espoleado a parte de la opinión pública a calificarla como la madre «loca» o «secuestra niños», un estereotipo al que se enfrentan muchas mujeres que intentan proteger a sus hijos de la violencia de género.
Una cooperación inexistente
El Convenio de Estambul, una de las normas de derechos humanos más importantes ratificadas por España e Italia, obliga a los estados miembro a realizar acuerdos de cooperación en materia civil y penal, con el fin de prevenir, combatir y perseguir todas las formas de violencia hacia las mujeres y proteger y asistir a las víctimas. Según esta norma, los países deben transmitir información con agilidad sobre el riesgo de una persona y asegurarse de que sean adoptadas las medidas de protección apropiadas en el país donde se encuentra la víctima.
Sin embargo, esta cooperación no ha sido la tónica en este caso. La denuncia por violencia física y psicológica habitual que Rivas interpuso contra su expareja en Maracena (Granada) en julio de 2016, poco después de llegar con sus hijos a España, quedó archivada en el juzgado al considerar que no era competente para entrar en el asunto, puesto que los hechos ocurrieron en Carloforte (Cerdeña). La justicia española tardó más de un año en traducirla y enviada a Italia, incumpliendo no sólo el convenio internacional, sino lo la Ley de la Víctima del Delito.
La justicia tampoco investigó y remitió a Italia todos los detalles del caso. La de 2016 no fue la primera denuncia de Rivas hacia Arcuri. En 2009 la expareja de Rivas había sido condenada en España por malos tratos hacia Rivas a tres meses de prisión y a un año y tres de alejamiento. En este caso el proceso lo abrió de oficio el servicio de salud tras emitir un parte de lesiones. También en el año 2012 Rivas había presentado una denuncia contra Arcuri por sustracción internacional de su hijo mayor. El niño había viajado a Cerdeña para pasar parte de las vacaciones con su padre, pero a finales del verano el italiano no lo devolvió a España, donde residía Rivas que tenía la custodia del menor. Esta actuación, sin embargo, no activó ninguna acción por parte de la Justicia y en octubre de ese año Rivas se desplazó a Italia y consiguió traer a su hijo de vuelta a España para incorporarse al curso escolar que ya había comenzado.
La misma suerte parecen haber corrido los diversos informes médicos realizados a los menores a lo largo de estos últimos años. El servicio de Salud Mental de Artefe (Granada) examinó a los hijos de Rivas en al menos tres ocasiones (verano de 2019, navidades de ese año y otra vez en el verano de 2020) emitiendo informes preocupantes sobre los menores, en los que los se afrima que éstos pueden estar sufriendo «maltrato grave». En el caso del hijo mayor, que ahora tiene 14 años, los informes alertan, además de depresión y «un empeoramiento importante de su estado psicológico». A pesar que esta unidad del Servicio Andaluz de Salud (SAS) remitió dichos informes a la Fiscalía de Menores y a los servicios sociales de la Junta de Andalucía, tal como establece el protocolo, esto no ha abierto ninguna actuación ni investigación sobre los hechos y cuando ha llegado a algún juzgado la respuesta ha sido que se remitirían a los juzgados de Cagliari (Cerdeña) que es donde se está viendo esta causa. Sin embargo, las abogadas de Rivas en Italia afirman desconocer si estos informes efectivamente se han enviado y no tienen constancia de que se hayan incorporado por este medio a la causa italiana.
De hecho, los abogados de Rivas, afirman que dada la falta de comunicación entre las dos administraciones, toda la documentación está siendo aportada por su defensa, con el trabajo y el coste añadido que supone traducir todos los documentos de forma jurada.
«El caso de Juana Rivas es la tristeza de una ley penal nacional frente a un problema internacional, en el que se ven involucradas dos jurisdicciones penales diferentes (la italiana y la española), que a pesar de estar en la Unión Europea tienen una falta de coordinación absoluta«, afirmó a este diario Carlos Aránguez, abogado de Rivas que presentó el recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
El caso de Rivas ha llegado al Tribunal Supremo. Este próximo lunes 26 el Alto Tribunal volverá a ver en el pleno el recurso presentado por Juana Rivas contra la sentencia que la condena a cinco años de prisión por dos delitos por sustracción de menores (2,5 años por cada hijo) o si reduce la pena de forma considerable por entender que se trata de un sólo delito, tal como lo ven el abogado defensor y la fiscalía. Su defensa afirma en el escrito que si Juana Rivas permaneció con sus hijos en paradero desconocido durante el mes de agosto de 2017 lo hizo porque quería «protegerlos» y porque estaba «firmemente convencida» del maltrato que éstos sufrían por parte de su padre. Sin embargo, el proceso judicial que llevó a la condena de Rivas apenas hace mención del hecho de que tanto ella como sus hijos tenían la condición de víctimas de violencia de género en el momento en que ocurrieron los hechos y estaban siendo tratados por los servicios sociales de Maracena.
Lo sorprendente del este caso es que, a pesar de existir una ingente cantidad de documentos que apuntan a un posible maltrato hacia los menores, la investigación penal apenas ha arrancado. Ocho de las denuncias interpuestas por Rivas por malos tratos fueron archivadas por la fiscalía Italiana sin investigar, tal como afirman los abogados de Rivas. Entre ellas estaba incluida la que Rivas interpuso en julio de 2016 contra Arcuri en Maracena. Otras cinco, las más duras, que Rivas realizó a partir de 2019 en Italia se encuentran en una lenta investigación, que no llegará a ningún puerto antes de que se pronuncie el Tribunal Supremo en España y el civil que mira la custodia de los menores en Italia. Unas actuaciones que diversas fuentes consideran que es construir la casa por el tejado. porque va contra la norma cerrar un caso civil de custodia sin haber mirado antes las denuncias penales por violencia de género.
Fuentes: https://www.publico.es/sociedad/juana-rivas-madre-loca-dudas-razonables-juicio-paises.html