El máximo tribunal de Buenos Aires ratificó una zona de protección de 1.000 metros entre las viviendas y las fumigaciones con agrotóxicos en el Municipio de General Pueyrredón. Resaltó la vigencia de la Ley del Ambiente, con el principio “preventivo y precautorio”; exigió la entrega de agua a las escuelas y solicitó estudios al INTA. Destacó la importancia de “la preservación de la salud y la calidad de vida humana”.
La Suprema Corte bonaerense emitió una resolución contundente que confirma la restricción de fumigaciones con agrotóxicos a mil metros de las poblaciones en el Municipio de General Pueyrredón y reconoce “los reiterados incumplimientos verificados” por parte del gobierno local en una cautelar abierta hace once años por la Asamblea Paren de Fumigarnos Mar del Plata. La resolución ratifica el principio “preventivo y precautorio” contenido en la Ley de Ambiente y reconoce que el objeto de fondo es “la preservación de la salud y la calidad de vida humana”.