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La depuración de un magistrado para el encubrimiento judicial de un genocidio

Fuentes: Rebelión/Mundo Obrero

El actuar de Varela, ordenando que se proceda contra el Magistrado Baltasar Garzón por delito de prevaricación dolosa del art. 446.3 del Código Penal, recuerda las decisiones adoptadas en los expedientes franquistas de las Comisiones de Depuración de funcionarios, maestros, técnicos… Y este recuerdo que expelen los Autos de Varela, de 3 de febrero y […]

El actuar de Varela, ordenando que se proceda contra el Magistrado Baltasar Garzón por delito de prevaricación dolosa del art. 446.3 del Código Penal, recuerda las decisiones adoptadas en los expedientes franquistas de las Comisiones de Depuración de funcionarios, maestros, técnicos… Y este recuerdo que expelen los Autos de Varela, de 3 de febrero y 7 de abril de 2010, espeluzna porque prejuzga y presume la culpabilidad de un Magistrado que ha intentado investigar, en cumplimiento de su deber, los delitos de lesa humanidad cometidos por el franquismo desde el golpe de Estado contra la República en julio de 1936 hasta el final de la dictadura.

Durante los meses de octubre a diciembre de 2009 Varela se dedicó a admitir y acordar cuanto fuera necesario para la práctica de las diligencias solicitadas por las organizaciones ultraderechistas Manos Limpias y Libertad e Identidad dirigidas a: 1) intentar inútilmente acreditar que el Magistrado Garzón vulneró las normas de reparto de asuntos en la Audiencia Nacional, 2) pedir los anexos documentales que contenían múltiples datos e informaciones particulares sobre las víctimas del franquismo, poniendo (de paso) a disposición de Manos Limpias y Libertad e Identidad, y posteriormente de Falange, dichos datos 3) «investigar» las razones por las que Garzón archivó la querella dirigida contra Santiago Carrillo por los fusilamientos en Paracuellos en 1936 (las razones estaban en el auto de archivo) y 4) investigar los antecedentes por una denuncia contra el anterior gobierno en la guerra de Iraq.

Aún cuando la práctica de dichas diligencias no servía para la finalidad prevista en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (investigar la existencia y autoría del delito imputado), sí ha servido para dilatar y mantener una acusación abierta mientras se conformaban estrategias, conspiraciones y colaboraciones que permitieran preparar el terreno para laminar a Garzón y, de paso (o mas bien con el fin principal) evitar que en este país se investigaran los crímenes de genocidio y lesa humanidad cometidos y perpetuados.

Para ello Varela ha decidido denegar TODAS las diligencias de prueba propuestas por la defensa del Magistrado Baltasar Garzón. Como la denegación no le ha parecido suficiente, Varela ha basado la misma en una doctrina singular que, de paso (o más bien con el fin principal), pretende impedir que en el futuro se practique prueba alguna. No es que se condene al banquillo al Magistrado Garzón, es que, directamente, se le condena a ser condenado por prevaricación, ofreciendo a la Sala que en su día le someta a juicio un argumento novedoso para el Derecho y para la Razón: no se puede practicar prueba sobre un delito de contenido normativo. Es decir, al acusado se le impide probar que existen posiciones jurídicas que avalan su actuación. Si se elimina del juicio el elemento verificable la posibilidad de condena basada en la apreciación discrecional de las intenciones del Magistrado Garzón está asegurada.

Pero Varela no es el único problema, ni siquiera el más grave. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, después de acordar la admisión de la querella de Manos Limpias y de Libertad e Identidad, admitió a trámite la de Falange Española, desestimó los recursos contra la petición de sobreseimiento y se encuentra en plena disposición de celebrar juicio y dictar sentencia.

Así pues, ya está todo preparado para que, de forma eficaz y rápida, como es propio de la Justicia en España, se juzgue al sujeto que, por su condición de Magistrado, más ha podido avanzar para que el genocidio se investigue y la verdad se sepa. Al fin y al cabo la verdad, con nombres y apellidos, es tan brutal que más vale que quede en manos de algún historiador del que ya se ocupara «el César Vidal de turno» y que a ningún otro Juez se le ocurra intentar cumplir con su obligación de investigar desapariciones o secuestros a prueba de cualquier ley de amnistía.

Con lo que nuestro más alto tribunal no ha contado es 1º) con que a EEUU o a Europa, por razones históricas, comerciales, diplomáticas o institucionales no les convenga respaldar estas actuaciones 2º) con la movilización social que se está desatando y que puede crecer sin límites, produciendo un efecto en las urnas y, en consecuencia, en el Partido Popular. 3º) con que algún gürteliano, que al final resulte condenado, algún día cuente desde prisión de quién recibió indicaciones para presentar querellas por escuchas telefónicas 4º) con la admisión a trámite en Argentina o en cualquier lugar del mundo de la querella por delito de genocidio y 5º) con el hecho de haberse incrementado el número de ciudadanos con un deseo de saber colectivo que impida la amnesia.

Cuidado, Sres. Magistrados, que dar pábulo a los falangistas, gürteleros y demás miembros del Partido Popular no sólo es una vergüenza, no sólo puede interpretarse como un delito de prevaricación en toda regla, sino como el encubrimiento de un genocidio por el que algún día alguno de ustedes pueden ser llamados a declarar en cualquier Corte de Justicia del mundo… Y eso de quedarse sin usar el pasaporte es una lata.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.