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La Iglesia Católica y sus inmatriculaciones «ilegales» inmobiliarias

Fuentes: Nueva Tribuna

Acaban de llegar a mis manos dos documentos: uno es el mapa de los 15.000 pisos, fincas y aparcamientos que la Iglesia sumó a su patrimonio por toda España con las inmatriculaciones, y el otro, la primera parte de un estudio sobre la inmatriculación de bienes inmuebles de la Iglesia Católica en el Registro de la Propiedad desde el año 1998, en virtud de certificación del diocesano respectivo, realizado por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Una primera lectura de ambos documentos me lleva a una reflexión: la Iglesia Católica, de una manera irracional y con alevosía —lo contrario de lo que hipócritamente predican—, se ha apropiado de una forma obscena y, en algunos casos, con tintes de prevaricación, de unos bienes que nunca deberían haber sido suyos y que han hecho de su propiedad. Con ello han aumentado sus bienes y su enriquecimiento global o individual, aprovechándose de leyes que, de manera insensata, se les otorgaron para compensar sus favores, o peor aún, para aumentar sus privilegios de adoctrinamiento.

Un decreto franquista del 8 de febrero de 1946, concretamente la Ley Hipotecaria, en su artículo 206, decía:

“El Estado, la Provincia, el Municipio y las Corporaciones de Derecho público o servicios organizados que forman parte de la estructura política de aquél, y de la Iglesia Católica, cuando carezcan del título escrito de dominio, podrán inscribir el de los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos, en la que se expresará el título de adquisición o el modo en que fueron adquiridos”.

¿Alguien duda de cómo se apropió, en este periodo dictatorial, la Iglesia Católica de algunos de estos bienes? Muchos conocemos historias del poder de la curia sacerdotal durante la dictadura, principalmente en los primeros años de represión tras el golpe de Estado, y cómo se apropiaron de muchos terrenos públicos y privados, despojando a aquellos que, según ellos, no podían poseerlos por estar contra el nacionalcatolicismo que defendían, y con el que reprimían al pueblo que deseaba democracia y libertad.

Pero si esto fuera poco, ya en el periodo de transición democrática, el Gobierno del Partido Popular puso en marcha la Ley 13/1996, del 30 de diciembre. A lo establecido por la ley franquista de 1946 se le añadió el siguiente párrafo:

“Mediante certificación administrativa, librada en los términos indicados en el párrafo anterior y con los demás requisitos en cada caso establecidos, podrán inscribirse la declaración de obra nueva, mejoras y división horizontal de fincas urbanas y, siempre que no afecten a terceros, las operaciones de agrupación, división, agregación y segregación de fincas del Estado y de los demás entes públicos estatales certificantes”.

En resumen: no solo se mantuvo la ley franquista, sino que se permitió aún más a la Iglesia Católica inscribir legalmente a su nombre lo que había usurpado, en algunos casos de forma “ilegal” e irracional. Lo más grave es que esto ocurrió ya en la llamada transición democrática, y esta redacción se mantuvo hasta la aprobación de la Ley 13/2015, de 24 de junio, que puso fin a la posibilidad de que la Iglesia Católica inmatriculara bienes sobre la base de certificaciones expedidas por el diocesano correspondiente.

Es decir, la Iglesia Católica actuó —y ha actuado— amparada, de manera irracional, por una ley franquista y por un PP seguidor de esos principios nacionalcatolicistas, de una forma rapaz para la consecución de un ingente número de inmuebles por los que, además, no paga tributo alguno. Todo ello con un triple objetivo: aprovecharse de las reformas legales, de su función como agente registrador y de una reglamentación registral permisiva.

Lo que ha hecho la Iglesia Católica con las inmatriculaciones es un claro abuso de derecho, sobre todo porque los bienes públicos no se adquieren por la posesión en el tiempo, sino por la titularidad. Muchos de los bienes inmatriculados, incluso algunas iglesias, eran bienes de uso público general. Creo no equivocarme si digo que la posesión en el tiempo no sirve para adquirir bienes de dominio público, y que la inscripción en el registro solo prueba la existencia de un derecho, pero no constituye un modo de adquisición. Para ello es necesario un título material y previo que justifique la titularidad del derecho real sobre un bien inmueble.

Además, como bien conocen los registradores de la propiedad, la Ley Hipotecaria —en sus artículos 206 y 304 del Reglamento Hipotecario—, que permitió las inmatriculaciones a nombre de la Iglesia Católica, es a todas luces inconstitucional, pues vulnera los artículos 14 y 16 de la Constitución Española. Incluso dos sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos avalan que ya es el momento de recuperar y reivindicar los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica, que muchos obispos, de manera insensata e irracional, inscribieron “en nombre de Dios” para su beneficio propio.

Es triste observar cómo, solo en el periodo de 1998 a 2015, la Iglesia Católica inmatriculó más de 34.961 inmuebles, de los cuales 20.014 son templos y dependencias complementarias, y 14.947 están dedicados a otras funciones o son fincas rústicas, viviendas, solares, plazas de aparcamiento e incluso hoteles. De ellos, 30.335 están inscritos mediante certificación eclesiástica, y solo unos 4.626 cuentan con un título distinto. ¿Cuántos más habría si se conocieran las inmatriculaciones desde 1946 hasta 1998? Muchos más, seguro.

Pero lo más triste es que casi 15.000 de esas inmatriculaciones nada tienen que ver con la finalidad que supuestamente tiene la Iglesia Católica, sino que son bienes que les reportan beneficios —y no pagan impuestos—, enriqueciendo de forma hipócrita a una curia que se ha apropiado de forma “ilegal” de bienes inmuebles de dominio público, e incluso de propiedad privada.

Pero si esto ya es grave, también lo es que, tras hacerse un estudio y señalar lo que es “ilegal”, se exija que sean los expoliados quienes deban reclamar los inmuebles, mientras que la Iglesia Católica “pleiteará” para ver quién se los queda. Muy triste es ver cómo, en un Estado aconfesional, como indica la Constitución, la Iglesia Católica pretende mantener bienes que nunca debió tener y que, de manera hipócrita, contradicen los principios que predica.

Ya se han cometido bastantes tropelías en nombre de Dios. Basta ya de hacer ver a la ciudadanía que en su nombre se puede “robar”, “estafar” e incluso, de manera hipócrita, pedir que perdonemos y no reivindiquemos lo que es del pueblo. Es obligación de todo Estado democrático evitar que lo público sea “robado” o inmatriculado, y debe defender lo común frente a la especulación y el enriquecimiento privado a costa de la pobreza del resto.

Nadie debe apropiarse de bienes que son de dominio general, inmatricule quien inmatricule. Pienso que ese Dios a quien la Iglesia Católica tanto invoca, estaría muy poco contento con lo que sus agentes terrenales hacen en su nombre.

Por cierto, por comunidades, las que más inmatriculaciones han registrado entre 1998 y 2015 son: Castilla y León con 10.243, Galicia con 7.131 y Cataluña con 4.192. La que menos, según el informe, es el País Vasco, con 88.

Que cada uno y cada una saque sus propias conclusiones. Los documentos están disponibles en Internet y se pueden consultar. Seguro que todos y todas, en algunos de nuestros pueblos, conocemos algún bien inmueble que ha sido inmatriculado por la Iglesia Católica y que siempre supimos que pertenecía al pueblo, es decir, al bien público general, y no exclusivamente a la Iglesia Católica.

Fuente: https://www.nuevatribuna.es/articulo/sociedad/iglesia-catolica-inmatriculaciones-ilegales-inmobiliarias/20250501121431237889.html