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Los activistas presentan reclamaciones ante los bancos, instancias judiciales y decanos de los juzgados

La PAH se moviliza contra la «titulización» bancaria de las hipotecas

Fuentes: Rebelión

Las plataformas antidesahucios de todo el estado promovieron ayer una acción contra la «titulización» bancaria de los préstamos hipotecarios, práctica desarrollada en los últimos años que consiste en la trasferencia de las hipotecas (convertidas en títulos o bonos) a terceros. La protesta se ha concretado en la presentación de escritos ante los decanatos de los […]

Las plataformas antidesahucios de todo el estado promovieron ayer una acción contra la «titulización» bancaria de los préstamos hipotecarios, práctica desarrollada en los últimos años que consiste en la trasferencia de las hipotecas (convertidas en títulos o bonos) a terceros. La protesta se ha concretado en la presentación de escritos ante los decanatos de los juzgados, instancias judiciales y entidades financieras, en los que se pide la suspensión de todos los desahucios y procedimientos de ejecución hipotecaria en trámite. La PAH de Valencia sostiene en un comunicado que se demuestra ahora cómo los bancos «han especulado durante años con los préstamos que concedían, agrupándolos de manera opaca en fondos de titulización bajo un entramado legal complejo que ahora se revela». Recuerdan asimismo que algunos juzgados ya están considerando que las entidades financieras no pueden ejecutar préstamos que se hayan convertido en títulos o bonos.

La «titulización» es un instrumento legal de ingeniería financiera, por el que un banco a través de una sociedad gestora (propiedad de la entidad financiera) constituye un fondo de títulos o valores negociables, llamado de «titulización». La clave reside en que el banco transfiere a este fondo sus créditos hipotecarios y por tanto deja de ser propietario de los préstamos, aunque continúe figurando como titular en el registro de la propiedad y le corresponda la administración. El Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España así lo reconoce en una respuesta por escrito de marzo de 2015: «La titulación de un préstamo supone que la entidad que concedió el mismo deja de ser la acreedora». En consecuencia, los bancos pierden la «legitimidad» para reclamar la deuda a los afectados, resumen fuentes de la plataforma antidesahucios.

El mecanismo opera del siguiente modo. Con los miles de créditos hipotecarios transferidos al fondo de «titulización» se constituye un «paquete» o «agregado» de préstamos que se transforma en bonos -cada uno por valor de 100.000 euros-, adquiridos por grandes instituciones públicas o privadas (bancos, fondos de inversión o grandes compañías de seguros). Los bonos terminan convertidos en participaciones de capital, de valor mucho menor, que finalmente compran multitud de pequeños inversores. Mezcladas y segmentadas, éste es el último destino de las hipotecas. ¿Qué subyace a estas operaciones? Mediante la «titulización», explica un miembro de la PAH, «los bancos se deshacen del riesgo, sanean sus balances y logran nueva liquidez para seguir concediendo préstamos».

Uno de los portavoces de PAH-Valencia, Carlos Montalvo, resume ante un centenar de activistas en la puerta de la Ciudad de la Justicia de Valencia el nudo de la cuestión: «Los bancos engañan a los juzgados diciendo que ellos son los acreedores, pero esto es falso ya que no son los dueños de las hipotecas; por tanto, no pueden reclamar la deuda en un juicio». «Tampoco la pueden reclamar los bonistas, ya que carecen de capacidad jurídica para ello». Además, en el escrito dirigido al Decano de los juzgados, las plataformas antidesahucios critican que la operación de venta de los préstamos «se realiza sin informar al deudor, quien previamente ha renunciado a su derecho a ser informado mediante la cláusula abusiva de «cesión de crédito» que se incluye en las hipotecas». Los afectados también han solicitado al decano el «auxilio judicial», le han instado a que exponga ante los jueces el proceder de los bancos para que tomen conciencia y actúen «de oficio», es decir, observen la cuestión de las «titulizaciones» en los procedimientos de ejecución hipotecaria. Hace dos años los activistas plantearon una reivindicación similar respecto a las «cláusulas abusivas».

Para denunciar el proceder «ilegítimo» de las entidades financieras, la PAH se apoya en autos como los emitidos por los juzgados de primera instancia de Fuenlabrada, Arganda del Rey, Collado Villalba y Málaga. Uno de los afectados por las «titulizaciones» es Lorenzo Martínez, de 44 años, que firmó en 2004 un préstamo hipotecario por valor de 190.000 euros con La Caixa. En noviembre de 2015 dejó de pagar el crédito, pero cinco años antes descubrió que su préstamo hipotecario fue «titulizado» en un «paquete» con otras 57.000 hipotecas a través del fondo Foncaixa-11. El valor de este «agregado» financiero ascendía a varios miles de millones de euros, convertidos en bonos de 100.000 euros que compraron inversores institucionales. El afectado ha presentado una queja ante el Banco de España, en el que informa que La Caixa no es el «legítimo acreedor». Afirma que en el momento en que se inicie un procedimiento de ejecución hipotecaria, hará valer los argumentos de la denuncia.

Otra afectada, activista de PAH-Valencia, firmó un préstamo personal de 32.000 euros y un crédito hipotecario de 182.000 euros con la Unión de Créditos Inmobiliarios, adscrita al Banco Santander. En abril de 2016 supo, tras una consulta en el registro de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que su hipoteca estaba «titulizada» (en un fondo del Banco Santander) y en manos de bonistas. Considera que seguir el rastro a la hipoteca es un arma más para poder negociar con el banco y en su caso conseguir la dación en pago o la condonación de la deuda; ante los juzgados, es también un arma para retardar el pago de la deuda acumulada: «Ni el banco ni los bonistas te la pueden reclamar».

Al final de la concentración ante la Ciudad de la Justicia de Valencia, Francisco Gutiérrez explica que rubricó una hipoteca con Bancaja en 2003 por valor de 80.000 euros. A partir de los datos de la CNMV, observó que el préstamo estaba inserto en un fondo de «titulización» (Bancaja FTA-5) ya en 2004. En 2005 realizó una ampliación del préstamo a 160.000 euros, que de nuevo el banco convirtió en título a los nueve meses, a través del fondo Bancaja FTA-7. Ha presentado toda la documentación al abogado de oficio, que ha interpuesto una demanda contra Bankia por nulidad de actuaciones y falta de «legitimidad activa». Además ha pasado por dos intentos de desahucio, finalmente paralizados. «El banco no puede ejecutarlos porque no es el acreedor, y eso lo ha ocultado ante el juez», explica. «Los afectados cada vez cuentan con más información sobre las titulizaciones, pero ha sido tras una lucha de meses». Recuerda que hace un año tenían que remitir correos electrónicos a la CNMV, en los que se pedía información sobre los fondos del banco con los que el afectado tenía la hipoteca. «Se nos pasaba todo el volumen de hipotecas adscritas a ese fondo (el anexo), y costaba muchísimo trabajo realizar la búsqueda, casi era una labor detectivesca», afirma Francisco Gutiérrez. Debido a la presión de la PAH y otros colectivos sociales, hoy es más fácil acceder a esa información en los registros de la CNMV y la sociedad gestora de los bancos.

En el texto de reclamo de información presentado ayer ante las entidades financieras, la PAH aporta otro argumento de rango legal: según la ley 19/1992 sobre régimen de sociedades y fondos de inversión inmobiliaria y sobre fondos de «titulización» hipotecaria, la «titulización» de un préstamo supone que la entidad que lo concede deja de ser acreedora del préstamo (aunque conserve la titularidad). La plataforma antidesahucios pide en el escrito a los bancos que colaboren con las personas afectadas y faciliten información sobre al actual titular de los créditos «titulizados». Alegan el derecho del consumidor a «la información correcta sobre los diferentes bienes o servicios» y advierten que una negativa de los bancos implicaría una infracción recogida en la Ley 5/2015, así como una «omisión engañosa» según la Ley 3/1991 de competencia desleal.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.