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En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

Peligro de involución

Fuentes: Público

La diferencia entre un Estado dictatorial y un Estado democrático es la protección y el respeto que muestra hacia sus ciudadanos. Ante los asesinatos de mujeres que continuadamente se producen en España no es exagerado ni improcedente exigirle a nuestras instituciones que protejan a las víctimas. Es imaginable que si sufriéramos de 60 a 70 […]

La diferencia entre un Estado dictatorial y un Estado democrático es la protección y el respeto que muestra hacia sus ciudadanos. Ante los asesinatos de mujeres que continuadamente se producen en España no es exagerado ni improcedente exigirle a nuestras instituciones que protejan a las víctimas. Es imaginable que si sufriéramos de 60 a 70 víctimas mortales cada año por atentados terroristas, los mecanismos de prevención y punición serían mucho más contundentes.

La Ley Integral contra la Violencia de Género se aprobó por unanimidad en el Parlamento, lo que ya permitía sospechar de su benignidad. Y así fue. Para no molestar a los sectores de la derecha machista, el Gobierno consensuó unas normas incompletas que las hacen ineficaces, a las que se unen la falta de medios que padece la Administración de Justicia. El resultado ha sido evidente. El Instituto de la Mujer admite que deben ser 2.600.000 las mujeres víctimas habituales de violencia machista, y a día de hoy sumamos 65 asesinadas, seis más que en 2009.

Pero cuando, a los casi dos años de entrada en vigor de la ley, desde el Partido Feminista presentamos el informe Hacer de los derechos realidad sobre las carencias de dicha ley y nos dirigimos a todas las instituciones que representan el Estado -el Parlamento y el Senado, el Parlament de Catalunya, el Defensor del Pueblo, el Ministerio de Igualdad, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, los Colegios de Abogados, el Consejo General de la Abogacía, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y el Defensor del Pueblo- solicitando las modificaciones necesarias, se nos negó esa posibilidad o ni siquiera se nos contestó. Nunca supe para qué había servido la Comisión de Violencia del Parlamento que estuvo reuniéndose durante un curso.

En nuestro estudio explicamos las deficiencias que tiene el redactado legal. Desde haber dejado fuera de su protección a toda mujer que no sea la esposa o esté vinculada sentimentalmente de modo permanente con el agresor, hasta que mantiene garantías en beneficio del denunciado -que cuando se trata de otras jurisdicciones como la laboral no se aplican desde hace cien años- que obligan a esperar a la denunciante interminable tiempo para ver dirimida su denuncia en los tribunales. La amplia discrecionalidad que se le concede al juez permite que se archiven el 55% de las denuncias sin ni siquiera tramitarlas, que se dicten arbitrariamente órdenes de alejamiento, dependiendo del juzgado de que se trate, y que se siga manteniendo una valoración estricta de la prueba en el juicio oral de modo que se absuelve a un gran número de agresores por falta de pruebas. El 30% de los que son juzgados, lo que significa que únicamente el 38% de las denuncias concluyen en una sentencia condenatoria. Estas son algunas de las lagunas de la norma, a las que se pueden añadir la falta de responsabilidad de los jueces, fiscales, médicos, asistentes sociales y del entorno familiar y vecinal de las víctimas cuando no cumplen la debida diligencia en la protección de la víctima y en la persecución del delito. Exigencias que nosotras habíamos introducido en el proyecto que llevamos al Congreso y que fue desestimado.

Si a estas carencias legales añadimos que ni se han dotado de los medios necesarios a las comisarías de policía ni creado los suficientes juzgados, ni estos disponen de personal preparado para su misión, no creo que sea muy difícil entender por qué la persecución de los maltratadores y asesinos de mujeres está siendo ineficaz.

Mas no es este el único escollo con que hemos tropezado en el camino de lograr mayor eficacia en la protección y punición del delito. Inmediatamente después de que se aprobara esa tímida ley, un sector social inició una agresiva campaña contra ella y las instituciones que tenían que hacerla cumplir, asegurando que permite que las mujeres se beneficien presentando denuncias falsas. La difusión de esta perversa acusación ha sido tan eficaz, ha estado tan bien dirigida, que en poco tiempo se dictaron normas de funcionamiento interno en los juzgados para no aceptar las denuncias «sospechosas» e investigar su veracidad. A partir de esa inflexión del criterio de la Justicia dedicada a la violencia contra la mujer, y a pesar de las negativas del Observatorio de Violencia del CGPJ sobre la veracidad de estas afirmaciones, las causas se archivan en mayor proporción, se exige mayor rigidez en las pruebas y las absoluciones se menudean, se dictan condenas más leves y las más pequeñas no se cumplen nunca y, en consecuencia, las mujeres denuncian menos. Resulta totalmente comprensible que las mujeres no confíen en la Justicia.

La involución se ha producido radicalmente con la última jurisprudencia del Tribunal Supremo, que afirma que la agresión contra una mujer por parte de un hombre no siempre es violencia machista, y pasa entonces a ser considerada como cualquier otra pelea entre ciudadanos. Y no digamos si ella se defiende, será condenada a la par que el maltratador. Pero, incluso después de una condena, la falta de medios hace imposible una verdadera protección de la víctima. Las famosas pulseras de alarma no se han impuesto más que en una minoría de casos, no hay personal suficiente para vigilarlas y, al estar en libertad el agresor, la intervención de la policía llega tarde cuando aquel se propone consumar el asesinato.

Y en estas condiciones, muy resumidas, aún se regaña a las mujeres porque no denuncian, logrando el objetivo perfecto para el poder: convertir a las víctimas en culpables de su propia desgracia.

Lidia Falcón es abogada. Presidenta del Partido Feminista de España.

Fuente: http://blogs.publico.es/dominiopublico/2721/peligro-de-involucion/