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Objeciones presentadas por el Departamento de Justicia de EEUU

Procesamiento en España de criminales de guerra estadounidenses

Fuentes: War is a crime.org

Traducido del inglés para Rebelión por Sinfo Fernández

España ha presentado una demanda contra varios funcionarios estadounidenses de alto nivel que autorizaron el uso de la tortura, entre ellos David Addington, Jay Bybee, Douglas Feith, William Haynes, John Yoo y Alberto Gonzales. Los grupos de activistas estadounidenses han manifestado su apoyo a España en tal empeño.

La Oficina de Asuntos Internacionales de la División Penal del Departamento de Justicia de EEUU ha enviado una carta de siete páginas al tribunal español (pdf) en respuesta a la petición de información presentada por el juez Eloy Velasco Núñez. En la carta no se aporta información alguna pero se pide al tribunal español que someta a EEUU toda la información de que disponga «para su adecuada revisión e investigación». Recuerden, estamos hablando del posible procesamiento de personas que confiesan abiertamente haber escrito y firmado documentos que en muchos casos son ya públicos, documentos que autorizaban claramente el uso de la tortura (por no mencionar [y nadie lo está mencionando] la guerra de agresión, el encarcelamiento ilegal, el espionaje sin orden judicial, etc.), tortura que está bien documentado que ha ocurrido. Este no es un caso que requiera de ninguna investigación, sino más bien de un cambio en la posición del Departamento de Justicia (DoJ, siglas en inglés) acerca de lo que es adecuado hacer, o de la posición de la Casa Blanca, ya que el DoJ recibe abiertamente todas sus órdenes del Presidente.

En el párrafo siguiente, la carta del DoJ anuncia que no hay base para procesar a ninguno de los hombres citados; así pues, ¿qué extraño juego es ese de tener que adivinar qué clase de «investigaciones» podrían considerarse como «adecuadas»?

La carta sostiene a continuación que ya se ha procesado e investigado a los garbanzos negros (un par de contratistas privados), que la CIA mantiene en secreto sus propias investigaciones y que el Congreso ha concluido, también, que todo está muy bien. Desde luego, no se comprende en absoluto en qué consiste ese todo. Procesar a un par de modestos torturadores no excusa de las actuaciones penales contra los altos funcionarios que autorizaron la tortura. El Derecho Internacional no incluye exención alguna para las instituciones que afirman tener derecho al secretismo. Los comités del Congreso han llegado a conclusiones muy diferentes de las que el DoJ sugiere. En realidad, la carta del DoJ no afirma que el Comité de los Servicios Armados del Senado llegara a ninguna conclusión en particular, sólo que emitió un informe. El informe es realmente condenatorio. La carta del DoJ está firmada por Mary Ellen Warlow, Directora para Europa, y Kenneth Harris, su Director Adjunto.

El Centro por los Derechos Constitucionales ha elaborado una respuesta de 17 páginas a la carta de EEUU (pdf) y se la ha remitido al tribunal español. Algunos aspectos destacables de la misma son los siguientes:

    «El alegato de EEUU no altera en nada la conclusión de la pertinencia de la presentación ante el tribunal español de la causa penal contra los denominados «Seis de Bush»: demuestra que ninguna jurisdicción competente está investigando ni procesando las acusaciones presentes en la demanda. Las iniciativas enumeradas emprendidas por el gobierno estadounidense en diversos foros, aunque indican una débil actitud de preocupación ante el «maltrato» o «abuso» a detenidos y cierta asesoría legal proporcionada en relación con el trato a los detenidos, resultan en última instancia indiferentes e inaplicables ante las acusaciones planteadas en la demanda abierta en España.

    No ha habido, ni habrá, investigación penal alguna o procesamiento ni sobre el trato aplicado a las victimas identificadas ni sobre las acciones de los acusados identificados. No ha habido, ni hay ahora, ninguna investigación penal de las acciones de los altos funcionarios de la administración Bush que participaron en la creación o puesta en marcha de una política de detención e interrogatorios en función de la cual los demandantes y otros individuos detenidos en Guantánamo, en Iraq, en Afganistán y en lugares secretos de detención, fueron sometidos a torturas, a trato cruel, inhumano y degradante y a otras graves violaciones del Derecho Internacional.»

    ….

    «El alegato de EEUU es engañoso -y falso- en su descripción de la importancia del proceso de la Oficina de Responsabilidad Profesional (OPR, por sus siglas en inglés): El alegato de EEUU afirma que «no existe base para el procesamiento penal de John Yoo o Jay Bybee» en función de las averiguaciones revisadas de un Ayudante del Fiscal General Adjunto, David Margolis, quien, después de una revisión que duró unos meses y se basó de firme en las respuestas al informe OPR de julio de 2009 presentadas por Bybee y Yoo, determinó que ninguno de los hombres habían observado una mala conducta profesional. Las conclusiones del proceso OPR -si hubo o no mala conducta- no tienen nada que ver con si existe una base para el procesamiento penal. El OPR es un proceso puramente disciplinario y no se relaciona en forma alguna con las investigaciones o actuaciones judiciales.

    Como se discute más detalladamente abajo, el alegato de EEUU reconoce también que el Departamento de Justicia ha tomado la decisión política de no procesar a nadie que tuviera que ver con los memorandos de la tortura, incluyendo, al parecer, a los autores de los mismos. El alegato de EEUU reconoce y confirma que «el Departamento de Justicia ha concluido que no es oportuno iniciar causas penales sobre cualquier otro funcionario de la rama del ejecutivo, incluyendo los mencionados en la denuncia, por lo que actúa en consecuencia en relación con éstos [Yoo y Bybee] y en relación con los memorandos de la OLC [siglas en inglés de Oficina de Asesoramiento Legal] en el transcurso de su participación en las políticas y procedimientos de detención e interrogatorio». Tal decisión política demuestra que EEUU no está dispuesto, ni puede, investigar estos delitos de los que hay suficiente base fáctica y, por tanto, obligación de investigar en virtud, inter alia, del Convenio contra la Tortura. España no debe, y no puede, aplazar nada ante la decisión política de no procesar y no debe transferir un caso a EEUU del que se ha dicho de forma inequívoca que no se va a enjuiciar.»

    ….

    Margolis es absolutamente claro en rechazo a las conclusiones del OPR por las que se constata mala conducta profesional, sustituyéndolas por la conclusión de que el «juicio equivocado» ejercido por Yoo y Bybee hace que el Departamento de Justicia no remita sus casos a las autoridades judiciales disciplinarias del Estado; no hay sugerencia alguna, y menos aún posibilidad, de que el resultado del análisis de Margolis pueda ser el que el alegato de EEUU sugiere, es decir, que no hay base para el procesamiento penal. El alegato de EEUU es sencillamente incorrecto al afirma que Margolis concluyó en que Yoo o Bybee no violaron ninguna «norma legal»; Margolis no examinó los precedentes legales penales para poder responsabilizar penalmente a los abogados. La cuestión del procesamiento penal estaba completamente fuera del mandato de la revisión de Margolis, al igual que estaba fuera de la investigación de la OPR.»

    «El alegato de EEUU cita el procesamiento de dos contratistas civiles como prueba de que el Departamento de Justicia estadounidense puede y quiere abordar los múltiples informes de torturas y otras violaciones graves cometidas contra cientos, cuando no miles, de personas retenidas en los centros de detención de EEUU por todo el planeta. El hecho de que los únicos procesamientos que el Departamento de Justicia puede señalar se refieran a empleados que no son del gobierno, es revelador del hecho de que el Departamento de Justicia, después de nueve años, ha decidido mirar a otro lado y no abrir investigaciones penales sobre la actuación de los funcionarios estadounidenses. Además, la investigación y procesamiento de dos contratistas civiles por delitos cometidos en Afganistán -que implicaron en ambos casos la muerte de un detenido- no tienen relación en lo esencial con si los acusados identificados -seis ex altos funcionarios del gobierno-, van a ser procesados por torturas y otras graves violaciones del Derecho Internacional.

    El alegato de EEUU parece estar bajo la errónea impresión de que todo lo que tiene que hacer para convencer al tribunal español para que abandone su jurisdicción sobre este caso es demostrar que el sistema legal en EEUU podría permitir -en teoría- el procesamiento de esos individuos, ya sea, entre otros, en virtud del Estatuto sobre la Tortura (18 USC & 234ª) o del Estatuto de Crímenes de Guerra (18 USC & 2441).»

    «El Presidente Barack Obama ha asumido una política de impunidad cuando dice que debemos «mirar hacia delante, no hacia atrás». Un reciente ejemplo demuestra la cultura de impunidad existente en EEUU: el ex Presidente Bush confesó en sus memorias que autorizó la simulación de ahogamiento -un acto de tortura- de los individuos detenidos en los lugares secretos de detención estadounidenses. Si Bush admitió esto es porque siente que es inmune a cualquier procesamiento; la falta de respuesta del Departamento de Justicia ante esa admisión, a pesar de haber reconocido formal y públicamente en diversas ocasiones, incluyendo ante las Naciones Unidas, que la simulación de ahogamiento es un acto de tortura como cuestión legal, demuestra que Bush -al igual que los acusados en este caso- tiene razón cuando se siente seguro frente a cualquier procesamiento en Estados Unidos. No ha habido procesamiento alguno de funcionarios de nivel medio o alto en los nueve años transcurridos desde que aparecieron las primeras acusaciones de torturas y otros abusos graves.

    El Departamento de Justicia de EEUU ha bloqueado todas las formas de compensación para las víctimas del programa de torturas estadounidense en los juzgados de EEUU. Hasta la fecha, ninguna de las víctimas de las políticas implementadas tras el 11/S ha podido tener opción alguna en ningún tribunal. En efecto, hasta la fecha, ninguna víctima ha recibido siquiera una disculpa por parte de la rama del Ejecutivo. El Departamento de Justicia se ha opuesto a cualquier caso presentado por un ex detenido o una víctima de las entregas extraordinarias para torturar contra algún antiguo funcionario estadounidense ante un tribunal del país. Al hacerlo así, EEUU ha tratado de asegurarse que no tendrá que responsabilizarse de las torturas. La inmunidad que la administración Obama busca para los funcionarios estadounidenses -al igual que antes hizo la administración Bush- crea una cultura de impunidad que deja abierta la posibilidad para que tan atroz conducta se repita de nuevo.»

David Swanson es autor del libro «War is a Lie».

Fuente:

http://warisacrime.org/content/justice-department-asks-spain-not-prosecute-us-torturers