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¿Pymes o cooperativas?

Fuentes: IPS

Cuba abre su economía a nuevas estructuras empresariales, que incluyen formas cooperativas y privadas, entre otras. ¿Cuáles extenderán mejor sus alas en esta economía?

La cifra de trabajadores por cuenta propia casi no ha variado en los últimos dos años. Desde mediados de 2019 se encuentra en 600.000 personas. Cuando la viceministra de Economía y Planificación Johana Odriozola presentó hace unos días el paquete legislativo para perfeccionar los actores de la economía cubana, informó que el total de TCP asciende a unos 602.000.

El drama de la Covid-19 y la contracción económica deben haber enfriado totalmente la muy moderada expansión que traía una de las pocas fórmulas abiertas en Cuba antes a la iniciativa privada -otras dos son los campesinos y los inversionistas extranjeros.

Ahora el panorama legislativo ha cambiado con la reciente aprobación de seis decreto-leyes -del 44 al 49 de 2021 y otras resoluciones, para reordenar el trabajo por cuenta propia, dar luz verde definitiva a las cooperativas no agropecuaria e introducir las formas privadas bajo el formato de micro, pequeñas y medianas empresas, al que se acogerán también entidades estatales. Las mipymes llegan como sociedades de responsabilidad limitada, otra novedad en Cuba.

El tablero empresarial está preparado para asumir la recuperación económica de manera diferente, cuando pase el momento más cruento de la pandemia y su crisis económica. También quedó servida la mesa laboral.

La quinta parte del total de los cuentapropistas, alrededor de 120.000, es personal contratado por otros privados. En buena ley, no trabaja “de forma autónoma”, como define el Decreto-ley 44 esta actividad.

Esta norma admite, eso sí, que quienes actúan como TCP pueden contratar familiares y hasta tres personas. Pero si excede esa cifra deberá convertirse en una micro, pequeña o mediana empresa o una cooperativa. ¿Cuál de estas dos fórmulas empresariales tendrá más éxito y crecimiento?

Largo experimento, larga espera

Las mentadas mipymes, comunes en cualquier economía, es un capítulo que comenzará a partir del 5 de septiembre, fecha en que entra en vigor el Decreto-ley 47, que les respalda, aunque muchas han estado operando desde hace años bajo el formato de trabajadores por cuenta propia. La Ley Tributaria y el Código de Trabajo son ejemplos legislativos anteriores que legitimaban el contrato privado de fuerza de trabajo ajena.

Las cooperativas no agropecuarias (CNA), en cambio, se mantuvieron sujetas a una larga experimentación desde el 2013, en condiciones ambiguas. Inicialmente, carecían de similares oportunidades comerciales y financieras que las formas estatales. Tenían limitado el acceso a mercados internos para abastecerse y menos alternativas para exportar e importar. La opción de los mercados mayoristas y las ventas a las empresas estatales se han abierto lentamente.

Por el contrario, las CNA tenían una ventaja enorme sobre sus rivales del Estado, al poder convertir en 24 pesos cubanos (CUP) cada peso cubano convertible (CUC) que ingresaban, a diferencia de las empresas estatales amarradas a la tasa oficial de 1 peso igual a 1 CUC. Merced a los ruidos de la dualidad monetaria y cambiaria, las cooperativas tenían más libertad para moverse en el mercado minorista y acudir a las Casas de Cambio (CADECA).

Por tanto, cuando el ordenamiento monetario anuló a partir del primero de enero la dualidad cambiaria, las cooperativas vieron desaparecer parte de las ganancias. Unido a otras regulaciones que había introducido antes el gobierno para reordenar las CNA, estos conflictos hicieron que no pocas, de la construcción, por ejemplo, emigraran hacia el formato de trabajadores por cuenta propia.

¿Cómo reaccionarán ahora?

El Decreto-ley 47 introduce novedades que intentan devolverle atractivo a las cooperativas como recurso empresarial: derogó el Reglamento que el gobierno había implementado en 2019 para estas cooperativas. También eliminó restricciones en relación con el número de socios. Solo establece como mínimo su constitución con tres socios.

La nueva norma igualmente dejó en libertad a estas cooperativas para actuar fuera de sus provincias, incluso con sucursales en otros territorios, una opción que había restringido antes, con el enfriamiento consecuente del entusiasmo de estos actores económicos.

Las cooperativas tendrán suficiente flexibilidad también para crear su capital con los aportes dinerarios de sus socios, bajo un régimen de propiedad colectiva o conservando cada uno la propiedad sobre los bienes que aporta, con una distribución de utilidades entre socios en proporción con la contribución al trabajo de cada uno.

Sin igual tradición que la del mundo agropecuario, las cooperativas de la construcción, el transporte y otros sectores, se habían visto frenadas además por la dilatación excesiva del experimento desde que comenzó en 2013. Tras empezar con una cifra total cercana a 500, sin posibilidades de ampliación por su valor de laboratorio, el año pasado cerró con 398 – tenían 17.551 socios y más de 700 trabajadores contratados.

Aunque es probable que reaparezcan cooperativas, nazcan otras nuevas y aumente su número, las mayores sorpresas de crecimiento prometen darlas las mipymes por la novedad de empresas privadas en el escenario, a la par de las estatales. En esa tendencia, puede ser clave el tratamiento similar que se propone dar el Estado a trabajadores por cuenta propia, a cooperativas y a las micro, pequeñas y medianas empresas, sin diferenciar por tipo de propietario ni estructuras.

Todo dependerá ahora de la disposición y pericia con que las autoridades abran las puertas de la economía socialista, y sus alternativas de financiamiento -en trance permanente-, a actores tan diversos.

Fuente: https://www.ipscuba.net/espacios/pymes-o-cooperativas/