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La huelga de la judicatura

¿Quién juzga a los jueces?

Fuentes: Rebelión

La Administración de justicia ha saltado a un primer plano de la actualidad. Tras la exigua sanción al Juez Tirado por el caso de la niña  «Mari Luz» los jueces y magistrados se han organizado y anuncian un plan de movilizaciones que incluye una huelga el próximo día dieciocho de febrero. Tras estas convocatorias está […]

La Administración de justicia ha saltado a un primer plano de la actualidad. Tras la exigua sanción al Juez Tirado por el caso de la niña  «Mari Luz» los jueces y magistrados se han organizado y anuncian un plan de movilizaciones que incluye una huelga el próximo día dieciocho de febrero. Tras estas convocatorias está latente un movimiento de solidaridad hacia el juez que desoyó las recomendaciones de una Inspección previa del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y no ejecutó la condena de prisión al asesino de la niña Mari Luz. Según muchos jueces y magistrados se ha condenado al juez Tirado por «interferencias políticas». Para ellos, el CGPJ debería estar formado por jueces elegidos por jueces, de forma que ellos mismos serían los que resolverían sobre la responsabilidad disciplinaria de los miembros de la carrera judicial. Además, los jueces tienen otras reivindicaciones.

Públicamente escuchamos una y otra vez de los portavoces de las diferentes asociaciones profesionales la petición de más medios materiales y personales para la administración de justicia. Realmente no les falta razón, los juzgados y tribunales tienen unos medios materiales mucho más precarios que el resto de las administraciones, especialmente en el campo de la informática. Esta reclamación esconde dos paradojas, la primera es que aún siendo escasos los medios, nunca las oficinas judiciales han estado tan dotadas de medios materiales y humanos como ahora, y continuamente se están creando juzgados nuevos, sin que con anterioridad se hubiese convocado huelga alguna. La segunda contradicción es que han sido, precisamente, los jueces quienes han obstaculizado los planes de modernización de las diferentes administraciones centrales y autonómicas.

Tan interiorizado tienen que son un poder del Estado que quieren administrar directamente ellos todos los aspectos de la oficina judicial. Más de un juez ha puesto como su modelo de oficina ideal el de una notaria. Las administraciones, sean del color que sean, nunca han confiado en los jueces como eficaces administradores del personal y medios puestos a su servicio. La evolución y la modernización de la oficina judicial necesariamente debería ir en el camino de descargar de trabajo administrativo a los jueces, quedando esté a cargo de la administración con las competencias asumidas. La judicatura se debería dedicar exclusivamente a dictar sentencias y a ejecutarlas, tal y como establece la Constitución. Precisamente, uno de los motivos esgrimidos por los convocantes a la huelga ha sido que dirección de la agenda de señalamientos de la oficina judicial, prevista en el Proyecto de Reforma de Leyes Procesales, se atribuye al cuerpo de Secretarios Judiciales. El argumento de aquellos es que se ataca a su «independencia judicial».

Los jueces que tanto apelan a su condición de poder constitucional olvidan intencionadamente esta circunstancia para considerarse trabajadores y, por tanto, con derecho a huelga.

No estaría mal que a los jueces y magistrados se les recordase determinados conceptos básicos, el primero de ellos es que su poder para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado emana directamente del pueblo (artículo 117 de la Constitución) y que la dejación de ese poder tanto por negligencia (Caso Tirado) como para presionar al poder legislativo y ejecutivo (convocatoria de huelga) supone una grave deslealtad a la propia Constitución.

Ese mismo artículo establece que los jueces y magistrados deben ser «independientes» y «responsables» . Sobre el primer requisitos, como bien recuerda el Sindicato de Secretarios Judiciales «esa independencia judicial no es un derecho del colectivo de jueces y magistrados. Se trata de una garantía de los ciudadanos». Es malintencionado intentar confundir a la opinión pública, cuando en nada ataca a la independencia judicial la reforma de la oficina judicial para conseguir una mayor eficacia de la misma, aunque para ello se retiren determinadas competencias organizativas a los jueces y se atribuyan a otros funcionarios.

Respecto a la responsabilidad, ¿que responsabilidad podría exigir un CGPJ compuesto por jueces y elegidos por ellos? El corporativismo es una dura y tozuda realidad. Es obvio que un CGPJ independiente de la política quiere decir dependiente sus electores: los miembros de la carrera judicial y, por ende, totalmente inoperante. Si este Consejo ha puesto esta ridícula multa a un caso grave de desatención a sus labores ¿que haría otro Consejo más corporativista?

La anterior cuestión viene relacionada con el problema de su legitimación. El poder legislativo lo elige el pueblo mediante elecciones generales, este a su vez elige al poder ejecutivo. ¿Que legitimidad democrática tiene la judicatura? Solamente aprobar unas oposiciones excesivamente endogámicas. Lo más llamativo es que muchos de los jueces que llaman a la huelga y se quejan de la «politización de la justicia» tomaron posesión de sus cargos durante el franquismo y no dudaron en alzar el brazo con la mano extendida durante a los actos del «movimiento nacional». Si el poder judicial fuera un poder verdaderamente democrático debería ser un reflejo de la sociedad española, sin embargo su perfil medio es el de un juez marcadamente conservador. La única asociación cercana al PSOE es la tercera en representantividad muy lejos de la primera la Asociación Profesional de la Magistratura, conservadora y cercana al Partido Popular. Es sintomático que la primera huelga organizada por los jueces haya sido con el gobierno del moderado Zapatero.

Los jueces, no dudan en reclamar, además, una mejora salarial cuando el país sufre la crisis económica más grave de los últimos decenios y que este año les han subido el sueldo más que a ningún otro cuerpo (un cinco por ciento).  Pocos saben de sus privilegios, por ejemplo  los jueces gozan de un sistema especial de Seguridad Social, la Mutualidad General del Poder Judicial, que engloba a todos los trabajadores de la administración de justicia, pero que únicamente ellos gobiernan por decreto (literalmente). Con el agravante de que en lugar de destinar sus cuotas a la sanidad pública van a parar la sanidad privada mayoritariamente.

Y el problema es quién juzga a los jueces, quién va a controlar la legalidad de su huelga, de sus servicios mínimos, de sus faltas disciplinarias… Las soluciones a los problemas endémicos de la justicia deberíamos buscarse mediante la participación y representación democrática y nunca mediante vías corporativistas.

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