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Comunicado de prensa de BADIL

¿Cuál es el problema del Registro de Naciones Unidas de Daños causado por el Muro de Israel en los territorios palestinos ocupados?

Fuentes: www.badil.org

Traducido del Inglés para Rebelión por Beatriz Morales Bastos

El jefe de misión de la OLP ante Naciones Unidas Riyadh Mansour anunció hoy que el Registro de Daños de Naciones Unidas se rehará con la Asamblea General el 5 de diciembre (Radio BBC Radio en árabe). Los palestinos tienen muchas buenas razones de que se haga: el mecanismo propuesto no sólo está lleno de imperfecciones sino que además se volverá a dejar a los palestinos sin un foro eficaz para revindicar la restitución y las compensaciones.

El 9 de julio de 2004 el Tribunal Internacional de Justicia dictaminó que Israel debe desmantelar el Muro ilegal que está construyendo en los territorios palestinos ocupados, debe devolver las propiedades palestinas confiscadas y pagar compensaciones por los daños. El Tribunal también dictaminó que todos los Estados deben abstenerse de reconocer y apoyar el mantenimiento del régimen del Muro de Israel, y deben considerar qué otras acciones hay que emprender para acabar con esta situación ilegal.

El 2 de agosto la Asamblea General de Naciones Unidas solicitó al Secretarios General que estableciera un ‘Registro de Daños’ causados por el Muro a todas las personas naturales [del lugar] o [residentes] legales. El Registro sigue siendo la única respuesta práctica de los miembros de Naciones Unidas al ilegal Muro de Israel y todavía no se ha materializado.

Más de dos años después , el 17 de octubre de 2006, el Secretario General de Naciones Unidas publicó un informe que esbozaba el marco institucional y el modus operandi del registro. Sin embargo, este modelo suscita muchas preguntas y preocupaciones.

¿Quién puede registrar cuáles son los daños? – La consecuencia del Muro de Israel es la pérdida del acceso a la educación y a los servicios sanitarios, a la familia y amigos, y provoca importantes daños, aunque sean no-materiales, a la sociedad e individuos palestinos. El informe del Secretario General Anan no especifica los criterios específicos ni los tipos de daños que hay que registrar. Aunque el Tribunal Superior de Justicia y la Asamblea General de Naciones Unidas recomendaron que había que tratar tanto los daños materiales como los no materiales causados por el Muro, en 2006 el Secretario General se ocupa únicamente de los materiales. Además, otras especificaciones de los términos de referencia del registro se dejan para un futuro equipo de expertos que reunirán los tres miembros expertos del Consejo que todavía tiene que ser convocados por el Secretario General.

No existe valoración de los daños- Tal como está elaborado por el Secretario General, el Registro sugiere que no se debe emprender una valoración y validación profesional de los daños alegados. En vez de ello, las demandas se registrarán como valor nominal, un procedimiento que reducirá la relevancia de este Registro como registro oficial para futuras reclamaciones .

No hay presencia sobre el terreno- Dado que Israel no aprueba la presencia del Registro en los territorios palestinos ocupados, se ha encontrado una solución no conflictiva: el Registro será una base de datos electrónica con base en la sede de Naciones Unidas de Viena, muy lejos del lugar donde se comete la violación y de donde están los solicitantes palestinos. No se propone que haya cooperación entre el equipo de expertos de Viena y las muchas organizaciones internacionales y locales presentes en los territorios palestinos ocupados.

Lecciones aprendidas del pasado – El Registro será inútil a menos que se solucionen estos fallos. Naciones Unidas ha demostrado que puede hacerlo mejor: un informe anterior de Naciones Unidas sobre las pérdidas de propiedades palestinas como resultado del desplazamiento y desposesión por parte de Israel en 1948 registró solo algunas pérdidas materiales, pero tenía presencia sobre el terreno en Israel e incluía una metodología profesional para la valoración y validación ( y más tarde, tasación) de los datos. Desde entonces, este documento recopilado por la Comisión de Conciliación de Naciones Unidas en Palestina (UNCCP, en sus siglas en inglés) ha servido como la referencia principal para los palestinos que demandan la restitución [de sus bienes] y compensaciones. ¿Naciones Unidas desea quizá evitar la creación de un segundo documento que apoye esta demanda palestina, esta vez desde los territorios ocupados en 1967?

Es indudable que el mayor defecto del Registro de Naciones Unidas de Daños ocasionados por el Muro es que no haya sido concebida por Naciones Unidas como un mecanismo capaz de valorar las demandas: los palestinos pueden hacer constar [los daños], pero no obtendrán reparación a través de la restitución y compensación. Dadas las actuales relaciones de poder entre los Estados miembro de Naciones Unidas, es poco probable que esta deficiencia sea rectificada en los próximos debates de la Asamblea Genera. Sólo cuando Israel y los Estados miembro de Naciones Unidas respeten el derecho internacional tanto los refugiados y desplazados palestinos de 19948 como aquellos desposeídos y despojados hoy por el ilegal Muro de Israel podrán reivindicar de manera eficaz la restitución y compensaciones. Aquellos sólo lo harán si son presionados por la sociedad civil. — BADIL PO Box 728, Belén, Palestina Telefax: 00972-2-2747346 [email protected]www.badil.org