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Apátridas, «no ciudadanos» del mundo

Fuentes: La Marea

Este colectivo, que figuraba en el borrador del decreto de regularización, fue eliminado por el Gobierno después del dictamen del Consejo de Estado. En España, más del 90% de los apátridas son de origen saharaui.

El 14 de abril el Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto de regularización administrativa extraordinaria. La norma, que viene a resolver la anomalía administrativa de un amplio colectivo de personas migrantes que, de manera irregular, trabajan y residen en España, ha sido celebrada por ONG y Plataformas como la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), la Red Acoge, Cáritas o el movimiento Regularización Ya. Pero la redacción final esconde también sombras importantes, como la exclusión de los apátridas, un colectivo que figuraba en el borrador del decreto y que finalmente fue eliminado por el Gobierno después de que el Consejo de Estado objetase su inclusión en la misma disposición que la relativa a los solicitantes de asilo. El hecho ha vuelto a poner de actualidad la existencia de un colectivo habitualmente desaparecido de los relatos sobre migración y asilo.

Documento de identidad de un refugiado saharaui nacido en el territorio cuando aún era la provincia 53 de España. GIANNI ESPOSITO

“No ciudadanos”

Para la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, una de las dos normas de la ONU que tienen como objeto garantizar unos mínimos derechos a estas personas, apátrida sería aquella persona que «no es considerada como nacional por ningún Estado en virtud de la aplicación de su ley». Y dado que se le niega la nacionalidad, tampoco tiene acceso a servicios básicos ni a derechos fundamentales, como la educación o la atención médica, un empleo formal o contraer matrimonio. Además, dichas personas corren un riesgo de ser víctimas de abuso o de explotación. 

Por su parte, la Convención de 1961 es la encargada de reducir los casos de apatridia, estableciendo topes a los requisitos que deben cumplir para acceder a la nacionalidad. En la UE, ni Francia, ni Grecia, ni Eslovenia han llegado a ratificar esta última convención; y Chipre, Estonia y Polonia ni siquiera se han adherido a la de 1954. España lo hizo en 1997, pero no aprobó el Reglamento de reconocimiento del estatuto de apátrida hasta 2001. 

Según informes estadísticos de la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), en junio de 2025 había cuatro millones y medio de apátridas en el mundo, pero dado que la mayoría de los países no proporcionan datos relativos a esta situación, se estima que la cifra real es mucho más elevada. Estas personas se encuentran prácticamente en todos los países y regiones del planeta y la mayoría vive en el mismo país en el que nació. 

Entre los principales colectivos de apátridas en el mundo se encuentra el de los Rohinyá en Myanmar, cuya Ley de Ciudadanía de 1982 los excluyó de los grupos étnicos nacionales a pesar de residir en el país desde hace siglos, y actualmente son considerados «extranjeros» por las autoridades birmanas. Otro caso destacable sería el de los palestinos radicados en países vecinos como Líbano, Siria o Egipto, pues carecen de una ciudadanía reconocida que les brinde protección, teniendo que depender de documentos de viaje temporales.

En Europa, atendiendo nuevamente a las cifras de ACNUR, la mayoría se encontraría en las antiguas repúblicas de la Unión Soviética, hoy Estados independientes: Estonia y Letonia, por ejemplo, acaparan la mayoría –255.700 de los 381.000 de la UE– y son normalmente personas de etnia rusa, cuyos Estados, al independizarse, denegaron la ciudadanía automática a los residentes no nativos, convirtiéndolos en «no ciudadanos”. 

En España, saharauis

En España, más del 90% de los apátridas son de origen saharaui, un porcentaje que podría ser incluso mayor, tal y como nos cuenta Mauricio Valiente, presidente de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), ya que “su situación lleva a algunos a usar documentos marroquíes o mauritanos para acceder a España por lo que, en los informes anuales del Ministerio de Interior, es ese el origen con el que aparecen referenciados”.

No es por tanto extraño que una de las principales críticas al Real Decreto venga precisamente del colectivo saharaui, tal y como expresa Salamu Hamudi Bachri, responsable de Asuntos Políticos del Polisario en España: “Valoramos positivamente la regularización de los inmigrantes, pero nos preocupa enormemente que se haya excluido ad hoc a los saharauis. Esto tiene un trasfondo puramente político: agradar a Marruecos, no desestabilizar la supuesta buena relación que mantienen el PSOE y el Majzén. Si en un principio la norma reconocía la regularización de todos, fueran apátridas, refugiados, solicitantes de asilo… al final los únicos excluidos son los saharauis”. El objetivo de esta excepción sería para Hamudi: “Hacer aún más daño a nuestro pueblo, algo que ya se venía evidenciando con la merma de la ayuda humanitaria a la población refugiada en los campamentos”.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, seguridad social y migraciones, ha justificado la medida por las recomendaciones del Consejo de Estado, tras las cuales el Gobierno no podía “solapar procedimientos” y era necesario “separar claramente la situación de las personas apátridas porque no están en situación irregular y están protegidas por dicho estatuto». 

“La explicación del Gobierno se basa en una perversión del lenguaje. Cuando dice que los apátridas no están en situación irregular, tienen un procedimiento específico y cuentan con mejores condiciones, está retorciendo la realidad: obviamente, quien ya tiene el estatus de apátrida tiene mejores condiciones jurídicas, permiso de residencia, de trabajo permanente… Pero aquí de lo que estamos hablando es de solicitantes”, razona Sidi Talebbuia, abogado sevillano de origen saharaui, “el que necesita regularizarse es el que no tiene el permiso concedido. Es lo mismo que puede ocurrir con la persona solicitante de asilo. Y sin embargo a estas personas sí se las incluye en el Real Decreto”. El motivo, por tanto, solo puede ser político, a juicio de Talebbuia: “La actual presidenta del Consejo de Estado es Carmen Calvo, ex vicepresidenta primera del Gobierno y exministra de la Presidencia con el PSOE de Pedro Sánchez; y es pública la actitud de la parte socialista del Gobierno con respecto a los saharauis”.

Buena parte del problema viene del proceso burocrático para adquirir el estatuto de apátrida, desarrolla el abogado: “El Reglamento establece un plazo de tres meses para que sea resuelta la solicitud pero en la práctica, el trámite, en lugar de resolverse en los tres meses previstos, dura un plazo que va de dos a tres años, habitualmente, más cerca de tres. Entonces los solicitantes se encuentran ante una situación de extrema vulnerabilidad, pues deben permanecer años esperando una resolución, que en la mayor parte de los casos de estos solicitantes provenientes de los campamentos saharauis suele ser favorable, pero en ese tiempo de espera, no tienen permiso de trabajo, lo que complica su existencia y les obliga a estar sometidos a todo tipo de abusos laborales.

Aquí el agravio comparativo se hace con respecto a los demandantes de asilo”, continúa Talebbuia, “puesto que si a los seis meses, que es el tiempo que se prevé legalmente para que se resuelva el expediente de los solicitantes de protección internacional, no se ha confirmado, se les puede autorizar a trabajar en lo que conoce vulgarmente como la ‘tarjeta roja’ –en el caso de los apátridas sería la verde—”.

Coinciden en la valoración en la CEAR, tal y como explica Valiente: “Existe un agravio importante con respecto a los solicitantes de asilo: si una de estas personas acude a la policía, automáticamente se le documenta y tiene autorización de permanencia; y a los seis meses, de trabajo, lo que no ocurre con los apátridas, que sufren un procedimiento mucho más largo y genera una evidente indefensión en quienes la solicitan. El Gobierno debería automatizar la permanencia y resolver la situación administrativa para estas personas de manera automática, que dejen de ser invisibles y puedan acceder a derechos fundamentales como el trabajo, la sanidad y la educación”.

“Por otra parte, lo que tendría que hacer el PSOE es desencallar el proyecto de ley para conceder la nacionalidad a los saharauis, que se encuentra en el Congreso desde hace dos años bloqueado únicamente por obcecación del Partido Socialista. Sería una pequeña reparación del daño histórico a la memoria democrática de este país, un daño que todavía no se ha solventado. Y en lo concerniente a los apátridas, es tan sencillo como una orden ministerial que pueda darles el acceso al trabajo en las mismas condiciones que a los solicitantes de protección internacional. De esta manera ya ni siquiera sería necesario incluirles en el proceso de regularización”, zanja Talebbuia.

Apátridas por voluntad propia

Por último, también existen personas que solicitan el estatus de apátrida, pero por razones muy diferentes a las expuestas anteriormente: si la nacionalidad se concibe como una cualidad que infunde a la persona el hecho de pertenecer a una comunidad nacional organizada en forma de Estado, lo que buscan es precisamente rechazar esa nacionalidad como construcción identitaria impuesta. Es el caso de Nuria Güell, artista visual reconocida por sus proyectos de carácter político y social, y cuyo trabajo ha sido expuesto en museos y galerías de todo el mundo. 

La artista, después de varios proyectos que intentaban subvertir la Ley de Extranjería, como Ayuda Humanitaria o TooMuchMelanin, llegó a la conclusión de que había que ir a la raíz, “superar la noción de identidad nacional como supuesto identitario, por ser una categoría artificial, impuesta y segregativa”, también por la experiencia de los “incontables horrores cometidos en nombre de los nacionalismos y de ser la base en la que se sustenta la dialéctica del nosotros y ellos, semilla de la xenofobia y el miedo a la diferencia”.

Con ese objetivo en mente, Güell solicitó renunciar a la nacionalidad adquiriendo el estatuto de apátrida, una petición que le fue denegada sin argumentación. Tras esa primera negativa, encargó un informe legal partiendo de la base del Artículo 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, según el cual todos los seres humanos nacen libres. “El objetivo de este segundo informe era saber si, a través del derecho de autodeterminación, se podía renunciar a su nacionalidad. Yo estaba tensando la cuerda, intentando empujar los límites”. 

Después de un año y medio, el Ministerio de Justicia le notificó que la petición era inviable: el marco legal vigente no contempla que puedan existir personas sin nacionalidad por voluntad propia. Toda persona debe pertenecer obligatoriamente a un Estado… Aunque, eso sí, pese a que el Estado no permite renunciar a él, se reserva paradójicamente el derecho a la expulsión de la nacionalidad como castigo.

Fuente: https://www.lamarea.com/2026/05/12/apatridas-regularizacion/