Al cumplirse diez años del encarcelamiento de los 5 jóvenes antiterroristas cubanos en Estados Unidos resulta útil hacer una breve recapitulación. Es fácil comprender que Cuba, en un acto de legítima defensa, necesita de ojos y oídos en Miami por un imperativo de seguridad nacional, toda vez que allí se encuentra la guarida de los […]
En junio de 1998 La Habana entregó oficialmente a solicitud de Washington abultadas pruebas sobre los trajines de esos grupos con las que la FBI reconoció sentirse impresionado. Tanto, que lejos de utilizarlas para prevenirlos, tres meses más tarde detenía y enjuiciaba en la ciudad floridana a los integrantes de la red cubana generadora de la información. Mientras, sus agentes se derretían en zalamerías con los personeros principales de la violencia contra Cuba. La ausencia de ética exhibida por el imperio en estos hechos es difícilmente superable en la historia de las relaciones entre Estados, por más adversarios que sean.
Lo que siguió fue un juicio en el que se vulneraron groseramente las disposiciones constitucionales y legales estadunidenses que regulan el derecho al «debido proceso». No se aceptó por el tribunal la solicitud de cambio de sede presentada por la defensa, basada en amplia jurisprudencia y plenamente justificada, pues se sabe que Miami es el lugar menos indicado para ventilar imparcialmente ningún asunto relacionado con Cuba. Así lo confirmaría el proceso, realizado en un ambiente de histeria anticubana amplificado por la prensa local controlada por la contrarrevolución. Fue seleccionado un jurado de incondicionales del gobierno y así y todo alguno de sus miembros admitió haber recibido presiones para votar por la petición fiscal. Se redujo a casi nada la comunicación entre los 5 y sus abogados, que, además, no tuvieron acceso al grueso de los documentos por ser «clasificados». Las penas impuestas no guardan proporción con los delitos imputados y nunca probados. Salvo los cargos -menores en la legislación estadunidense- de actuar como agentes extranjeros y utilizar documentos falsos, que los acusados admitieron desde un inicio, la fiscalía vio cómo su caso era demolido por las pruebas y testimonios presentados por la defensa, incluyendo el del general jefe de la inteligencia militar estadunidense hasta unos meses antes, que reconoció que en el expediente no existía evidencia de que la actividad de los cubanos hubiese implicado riesgo alguno para la seguridad nacional de Estados Unidos. A lo largo del juicio y las ulteriores vistas de apelación ha quedado claro que su accionar se limitó a infiltrar a la contrarrevolución emigrada e informar a Cuba sobre sus planes terroristas, sólidamente justificada por la «defensa de necesidad», principio consagrado en la propia doctrina jurídica estadunidense que establece el derecho a violar la ley cuando el daño que se va a impedir es mayor que el derivado de su incumplimiento. Aún aceptando, sin conceder, que en este caso fuese delito el no registrarse como agentes extranjeros, la sanción que correspondería es de cinco años de cárcel, ya cumplida doblemente por los 5.
Estos hombres han resistido estoicamente presiones y ofertas para doblarlos, largos meses de confinamiento solitario, impedimentos a las visitas familiares y dos de las esposas la negativa de visa por supuestamente constituir un «peligro para la seguridad nacional» de la potencia. Son cinco luceros refulgentes en el corazón del pueblo de Cuba que han recibido una cálida y creciente solidaridad internacional.
Nada justifica que permanezcan un día más en prisión pero la única forma de lograr su libertad es haciendo que esta injusticia sea conocida y rechazada por muchos más en el mundo, principalmente en Estados Unidos, donde los medios le han tendido una espesa cortina de silencio.