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El significado de la presencia de la asignatura de religión en el sistema educativo

Fuentes: colectivobgracian.com

El problema que plantea la presencia de una asignatura de carácter proselitista en el currículum de los estudiantes de nuestro país podría ser catalogado como de la máxima importancia, pues, además de afectar a la formación de nuestros niños y jóvenes, determina también las relaciones que la Iglesia Católica mantiene con el Gobierno Español y, […]

El problema que plantea la presencia de una asignatura de carácter proselitista en el currículum de los estudiantes de nuestro país podría ser catalogado como de la máxima importancia, pues, además de afectar a la formación de nuestros niños y jóvenes, determina también las relaciones que la Iglesia Católica mantiene con el Gobierno Español y, por tanto, a la concepción del estado mismo.

Estamos, por tanto, ante un tema que transciende lo puramente académico y de muy difícil análisis, pues, de una forma ramificada, ejerce enormes repercusiones sobre muy distintos ámbitos de la realidad social y política que nos circunda.

Si quisiéramos dar una respuesta rápida y concisa a los tres problemas reseñados en el primer párrafo de este escrito, podríamos decir, respectivamente, que un sistema público de enseñanza debe abogar por una educación de carácter científico, y por ello, excluir de entre sus contenidos a cualquier asignatura de carácter confesional, pues con ello traiciona uno de los principios que lo legitiman como institución. Respecto al segundo problema apuntado más arriba, diremos que, si bien las relaciones entre estados pueden y deben establecerse en un plano de igualdad entre ambos, uno de ellos no puede rebajarse hasta el punto de aceptar que el otro le imponga en el concordato el modo cómo debe tratar a sus propios súbditos, inmiscuyéndose así en sus asuntos internos, y menos aún el aceptar que deba considerar de modo preferente a una de las asociaciones de ciudadanos que él ampara, en perjuicio de otras lógicamente, pues ello equivale a renunciar a la consecución de sus altos y nobles fines, para pasar a asumir, como propios, los de dicha institución privilegiada y que vive en su seno. Lo anteriormente denunciado nos puede llevar a la conclusión de que, un estado que cede parte de sus atributos ante una de las asociaciones de ciudadanos que en él habitan, deja de ser democrático en la misma medida en que tal dejación se produce, pues los privilegios (legales y económicos) que tal asociación obtiene, van en detrimento de los derechos que pudieran tener el resto de asociaciones y ciudadanos particulares.

Después del desarrollo de las teorías contractualistas en filosofía política y de los procesos revolucionarios habidos en distintos países durante los siglos XVIII y XIX, el modelo de estado que se consagra en Europa, al menos desde un punto de vista teórico, es el democrático y laico. Lo que caracteriza, pues, a este modo de vertebrar la sociedad, es la separación radical entre las instituciones del estado y cualesquiera de los particulares que la constituyen y sus intereses concretos. El estado ha de facilitar que los individuos puedan desarrollar las actividades que les son propias en cuanto que personas, para así posibilitarles una existencia digna, y en consecuencia, debe garantizar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y las instituciones; el otorgar privilegios a algunos individuos atenta, pues, contra el resto de los miembros de la comunidad en cuanto a tal carácter de «personas». La igualdad que debe garantizar el estado a todos los ciudadanos se refiere a una igualdad ante la ley, por ello, las relaciones entre el estado y todos y cada uno de los miembros de la sociedad debe ser escrupulosamente igualitaria, pues, en otro caso, se estaría violando el fundamento mismo de éste, y en lugar de hablar de un estado moderno, tendríamos que hablar de una estructura tribal de relaciones piramidales y jerárquicas, es decir, de una estructura feudal.

El desarrollo de un sistema educativo universal fue visto desde el principio de la Ilustración, como la piedra angular para constituir el nuevo modelo de estado y de sociedad. La extensión del saber a todos los ciudadanos será lo que garantice el que el derecho de participación política sea un derecho efectivo y no meramente formal, derecho que, no lo olvidemos, constituye al propio concepto de «ciudadano». El concepto de autodeterminación, íntimamente relacionado con el de ilustración, es el nuevo principio que ilumina el modo de entender tanto a la sociedad como al individuo, es la época en la que el hombre ha de salir de su «minoría de edad» para emanciparse de todo tipo de tutelajes, tanto mentales como políticos. Este proceso se puede ver entorpecido por «los enemigos de la ilustración» (venimos tomando algunos conceptos de la obra de Kant), constituidos éstos por gentes y grupos de presión que pretenden que los pueblos sigan con el vicio mental de dejar que otros piensen y decidan por ellos. La Iglesia como institución, sigue poniendo toda su fuerza en mezclar lo público y lo privado, para así poder dirigir la vida social en beneficio propio y conservar su situación de privilegio. La Iglesia actúa en muchas ocasiones como una fuerza política, pero se blinda ante las críticas que se le pudieran hacer aduciendo que es una asociación privada y que sólo habla para sus feligreses y simpatizantes. Dos son las estrategias con las que tradicionalmente desarrolla su influencia en el plano social; por un lado, cuándo dirige el voto de los seguidores ante ciertas leyes que regulan temas que le son especialmente sensibles (divorcio, aborto, investigación biomédica, etc.), intentando que sus criterios morales se conviertan en normas de convivencia para toda la comunidad; y por otro, con su capacidad de ejercer el poder en la sombra, gracias , entre otras cosas, a su enorme capacidad económica, haciendo que se redacten leyes a la medida de sus ideas y necesidades; en este punto el «concordato» con la Santa Sede», el artículo 16-3 de La constitución Española y la Ley de Libertad Religiosa, son ejemplos claros de que esta asociación de creyentes no duda en forzar para sí una situación de privilegio aunque sea a costa de debilitar los principios democráticos del Estado Español.

También pretende influir en el plano de lo individual ejerciendo coacción sobre las conductas de algunos ciudadanos cuando estos ejercen derechos amparados por la constitución, por ejemplo, sobre algunos diputados cuando se trata de que voten ciertas leyes que tratan temas que le afectan ideológicamente; pero habitualmente llegan más allá y piden a médicos que no cumplan con sus obligaciones laborales en aquellas actuaciones que ella condena (aborto, eutanasia, etc.), o que abogados se nieguen a intervenir en procesos de divorcio. Actitud que contrasta, y sorprende, con la disposición que mantiene cuando vemos a sacerdotes acompañando y bendiciendo a ejércitos y armamento, o no dificultando la tarea de abogados que defienden a los que han abusado sexualmente de menores, por poner dos ejemplos.

La Iglesia está, pues, muy interesada en que la sociedad no alcance la mayoría de edad para así seguir diciéndonos cómo debemos de pensar y qué debemos hacer, por eso su presencia en el seno del sistema educativo es un asunto de la máxima trascendencia, al fin y al cabo, como decíamos más arriba, esta institución estatal ha de ser la clave de una sociedad democrática y laica. Los ilustrados, desde el intelectualismo moral que los caracterizaba, afirmaban que la libertad en el «uso público de la razón», la libertad de crítica, y la extensión del saber racional por todos los estratos sociales, garantizarían que, tarde o temprano, llegásemos a una sociedad ilustrada. Por ello la institución de la enseñanza debiera ser la encargada de garantizar que la concepción de un saber racional y científico sea el que se extienda por toda la sociedad, un saber alejado de aquel otro que existía encerrado en los monasterios, accesible sólo para unos pocos miembros selectos de la sociedad e intensamente teñido de contenidos religiosos. Es este modelo racional y científico de saber el que ha de servir para establecer las bases de la nueva sociedad, y en consecuencia, debemos denunciar el carácter profundamente antidemocrático del defendido por las órdenes religiosas y los poderes eclesiásticos. El sentido político de esta nueva concepción del saber fue captado desde el principio, no sólo por los ilustrados, sino también por las órdenes religiosas que controlaban las universidades, y por ello, desde un principio, se dedicaron a promover la persecución política y policial de todos los colaboradores de La Enciclopedia, proyecto éste que, por científico y racionalista, era revolucionario, a lo que se añadía el grave delito de querer poner en una sola obra, y a disposición del pueblo, todos los saberes a los que había accedido la humanidad.

El hecho de que en el seno de nuestro sistema educativo perviva una enseñanza confesional y no científica no es un problema puntual sino esencial, y la Iglesia, con la actitud que le caracteriza, está dispuesta a poner a esta institución en peligro con tal de no perder parte de sus privilegios, pues, muy probablemente, preferiría ver poblados nuestros centros de todo tipo de predicadores antes que sacar de ella a los suyos. No creemos que este sea un juicio de intenciones sino una proyección de lo que viene siendo su práctica habitual en lo referente al respeto de las prácticas democráticas protegidas por nuestras leyes; por ejemplo, niega a los profesores que ella misma designa para hacer proselitismo de sus ideas los mínimos derechos laborales que han de tener los trabajadores, no reconociendo su derecho a mantener un puesto de trabajo, o lo que es más escandaloso si cabe, expulsándolos de éste por tener comportamientos que no atentan contra las leyes del Estado Español (por salir de copas por la noche , por mantener relaciones sentimentales con un divorciado, por no humillarse ideológicamente ante la jerarquía o por no dar parte de su sueldo para obras benéficas).

La historia de la presencia de la asignatura de religión en la enseñanza desde que se instauró la democracia ha sido la historia de cómo hacer perdurar, en mayor o menor medida, la situación que se daba en tiempos de la dictadura franquista. El marco legal que la ampara en la actualidad (el concordato entre el estado español y la Santa Sede) se firmó tres días después de que el pueblo español sancionase mediante referéndum la constitución vigente, dejando bien a las claras, como signo de prepotencia, que se redactó antes de conocer cuál era el texto legal que le daría cabida, pues muy probablemente se decidieron sus contenidos paralelamente, si no antes, que el resultado de los debates que se mantenían en las cortes constituyentes; e incluso cabría pensar si no fue la propia Iglesia la que de algún modo determinó cuál sería en lo esencial el contenido de la propia constitución en alguno de sus artículos. Con la llegada de la democracia, el gobierno de la UCD estableció que la asignatura de Religión tendría una alternativa en pie de igualdad con ella y a la que se denominó «Ética». La LOGSE fue la primera ley orgánica de la democracia que reformó, aunque tímidamente, este estado de cosas; en lo esencial, podríamos resumir la situación diciendo que «la alternativa» cambió en su estatuto pues dejaba de ser considerada como «asignatura», y los alumnos que no quisieran recibir adoctrinamiento religioso en horario lectivo, no tendrían que tener una materia evaluable a modo de penitencia (la antigua Ética), y en lo referente a la asignatura confesional, los cambios establecen que no tendrá efectos para el acceso a la universidad ni para la promoción de curso. Pero no era ésta, a nuestro juicio, una situación ideal, pues, por un lado, los alumnos que no se matriculasen en religión tendrían que cumplir el papel de rehenes a fin de evitar la deserción masiva de las aulas confesionales, teniendo que permanecer en los centros mientras sus compañeros eran atendidos por los profesores designados por el obispado; y por otro, se vulneraba la constitución (en su artículo 16.2) al verse obligados (padres y alumnos) a declarar sobre sus creencias religiosas a la hora de cumplimentar el impreso de matrícula en sus centros, huella que quedará indeleble en su expediente académico. Además, las calificaciones de aquellos que recibían enseñanzas confesionales (normalmente muy generosas a fin de mantener la clientela y por presiones del obispado), tenían validez para acceder a becas e ingresar en centros de carácter no universitario[JLGS1]. Para comprender mejor el tema que nos ocupa, habría que recordar también que a lo largo de la vida académica de un escolar español, desde que se matricula en 1º de primaria hasta que termina 2º de bachillerato o la iniciación profesional, si opta por la opción confesional todos los cursos, recibirá un total de 840 horas lectivas, muchas más que las que se establecen para la mayoría de las materias científicas o artísticas; si se me permite la digresión, a modo de ejemplo y escarnio, podría darse el caso de que un titulado en bachillerato hubiese recibido solamente, a lo largo de todo su trayecto académico preuniversitario, unas 30 horas de física, todas ellas concentradas el 3º de la ESO. Pero esta situación de privilegio no le debía parecer suficiente a la jerarquía católica, y así, aprovechando la reforma educativa que realizó el gobierno del Partido Popular, influyeron para que la alternativa a la «asignatura de religión» volviera a adquirir el antiguo estatus de «asignatura»; la voracidad de poder de la Iglesia parece no tener límites. El hecho de que esta ley se denominase «ley de calidad» hace más arrogante, si cabe, la actitud de los promotores de ésta, pues es difícil de entender, ni que la potenciación de una asignatura confesional se puede casar con el concepto de «calidad», ni que case con la idea de «mejora».

El nuevo gobierno del PSOE, atendiendo a un clamor que recorría de arriba a bajo los centros de enseñanza pública, ha paralizado el calendario de aplicación de la LOCE en algunos de sus aspectos, y por ello, de momento, la situación de la enseñanza confesional y su alternativa queda como estaba establecido por la LOGSE. Probablemente a lo largo de esta legislatura salga una nueva ley de educación, aunque la dificultad que entraña esta labor, si se quiere hacer consultando a los sectores sociales implicados, puede hacer que esta tarea se alargue en el tiempo. En el caso de que así sea, este país tendrá la oportunidad de adoptar una legislación educativa regida por la razón y en consonancia con la aconfesionalidad del estado que se consagra en la constitución; además, si se reforma la Carta Magna, tal y como se dijo en la campaña electoral y en el debate de investidura del actual Presidente del Gobierno, podría aprovecharse la coyuntura para eliminar de ella las referencias que se hacen a la religión católica y que suponen un menoscabo para la libertad de conciencia y para la libertad religiosa.

El mantenimiento de esta asignatura dentro del currículo plantea además problemas irresolubles para un estado moderno, democrático y laico, y así lo han puesto de manifiesto las dos sentencias del Tribunal Supremo de enero y julio de 1994, de las que se deriva que cualquier alternativa que se dé a la asignatura de religión ha de carecer necesariamente de valor formativo, pues en otro caso, se estaría negando a los que eligen la opción confesional, el acceso a esos contenidos. El «decreto del parchís», como se dio en llamar desde ámbitos eclesiásticos a la regulación de la «alternativa» que se derivó de esas sentencias, es de uno u otro modo, inevitable. Y es que un absurdo nos lleva a otro; para que la Iglesia mantenga sus privilegios y unos servidores fieles pagados con el dinero público, nuestros jóvenes han de estar encerrados en los centros escolares sin hacer nada, y mientras tanto, funcionarios competentes luchando con (contra) sus compañeros por conseguir algunas horas lectivas miserables que, en forma de optativa, les permita no salir desplazados de sus centros, al menos, el próximo curso académico.

En el ámbito de la enseñanza pública ya han desaparecido la mayoría de los símbolos religiosos, y en sus rituales académicos no es habitual que intervengan personas representando a la Iglesia, en esto nos encontramos en mejor situación que otras instituciones del estado tales como el ejército, la Corona o instancias municipales, y si me apuran, diría hasta que en los hospitales; al menos no conozco ningún centro educativo en el que perdure «la capilla» antaño frecuente, ni que ningún párroco, en el ejercicio de sus funciones, se acerque a hablar con ningún interno en situación desesperada. Pero este hecho ha de extenderse también a lo principal, a la concepción misma de la enseñanza, que no puede recoger en su seno contenidos que no sean científica y racionalmente concebidos, e impartidos por funcionarios que han adquirido la condición de tales al superar una serie de requisitos establecidos por la misma administración que los paga.

Hacer compatible la legislación educativa con la constitución es la tarea del nuevo ejecutivo. La imposición de una enseñanza alternativa a la religión vulnera el derecho a la igualdad de trato y a la libertad de pensamiento y de conciencia, pilares básicos de un estado democrático. Pero además, y a pesar de que hoy es la televisión la que más educa a las nuevas generaciones, un sistema de enseñanza que forme mentalidades reflexivas y críticas siempre será una garantía contra intentos de robar el derecho de autodeterminación a los pueblos. El mantener una asignatura confesional en nuestro ordenamiento académico contradice todos los bellos preámbulos de las leyes educativas, si queremos mentalizar a los jóvenes de lo importante que es desarrollar un espíritu crítico, apartemos de la institución que les educa una asignatura concebida como confesional, y dejemos la tarea de inculcar creencias al ámbito de lo familiar en particular, y de lo privado en general.