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Israel, ¿asentamientos o colonización?

¿En qué consiste el conflicto?

Fuentes: BADIL

Traducido para Rebelión por Beatriz Morales Bastos

Comunicado de prensa, 22 de marzo de 2005

Según afirma el Comisionado Especial de Naciones Unidas para Derechos Humanos en los territorios palestinos ocupados en 1967, en un mundo que ha proscrito el colonialismo los asentamientos judíos constituyen una forma de colonización. También sugiere que ha llegado el momento de que la comunidad internacional cambie su uso el lenguaje y empiece a usar los términos de colonia y colonialismo para describir los asentamientos judíos y a los colonos.

La recientemente anunciada expansión prevista de Ma´ale Adumim en el área de Jerusalén ilustra aún mejor esta forma única de colonización que tiene Israel: exclusivo control de la tierra y exclusión de los habitantes originarios palestinos. Ma´ale Adumim está asentada en unas tierras que pertenecen a los pueblos palestinos de Abu Dis y al-Azariyya. Se supone que el Muro del Apartheid de Israel en torno a Jerusalén rodea esta colonia.

Este proceso de colonización no empezó después de la guerra árabe-israelí de 1967. Antes del establecimiento del Estado de Israel en 1948 la colonización judía era considerada como un medio de crear la base de población y contigüidad territorial necesarios para el establecimiento de un Estado de Israel en lo que era Palestina.

Después de la Guerra árabe-israelí de 1948 (Nakba) los asentamientos israelíes en las tierras de los refugiados palestinos tenían el objetivo de impedir su retorno, retener el control israelí de sus tierras y romper la contigüidad territorial de las ciudades y pueblos palestinos que se habían quedado dentro del Estado de Israel.

Este es el mismo proceso que ha estado teniendo lugar durante los últimos 37 años en los territorios palestinos ocupados en 1967. Las leyes militares y los procedimientos administrativos empleados para llevar a cabo este proceso de colonización en los territorios ocupados nos son más que ligeras adaptaciones de las leyes utilizadas en el propio Israel.
La respuesta a la continua expansión de las colonias supone una prueba para el compromiso internacional con el imperio de la ley. En la Conferencia de Apoyo a la Autoridad Palestina celebrada de mes pasado en Londres los participantes estuvieron de acuerdo en que el plan de desconexión [israelí] «debía tener lugar sin perjuicio de las negociaciones del estatuto final y de acuerdo con el derecho internacional».

La primera fase de la Hoja de Ruta establece que el gobierno de Israel debe congelar toda actividad relacionada con los asentamientos, incluyendo el crecimiento natural de estos. Se supone que la cuestión de los asentamientos judíos debe ser tratada durante la tercera fase y en el contexto de una Conferencia Internacional convocada por el Cuarteto y de acuerdo con las partes.

Ahora no es momento de contemporizar, afirma el Comisionado Especial de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en los territorios palestinos ocupados. Los asentamientos constituyen una ilegalidad y la comunidad internacional tiene un interés legal y moral en acabar con ellos, afirma el Comisionado Especial de Naciones Unidas, John Dugard.
Según establece la opinión consultiva del Tribunal Superior de Justicia y la Hoja de Ruta, la incesante colonización judía suscita graves cuestiones acerca de si solamente una política de compromiso constructivo será suficiente para lograr que Israel cumpla sus obligaciones con el derecho internacional.

También se cuestiona la naturaleza del conflicto. Desde 1967 los esfuerzos de paz se han basado en la asunción de que la causa originaria del conflicto es la ilegal ocupación militar de Israel. ¿Es posible acabar con la ocupación sin afrontar precisamente la naturaleza de Israel como un Estado colonialista?

Resource Center for Palestinian Residency and Refugee Rights-
www.badil.org