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España, un país de Constitución débil (II)

Fuentes: Rebelión

El ejecutivo del Estado moderno no es otra cosa que un comité de administración de los negocios de la burguesía. (Karl Marx) La Constitución española de 1.978 sale muy debilitada de cada encontronazo que tiene con la realidad. Su artículo 6 queda en evidencia cuando es contrastado con ella. Reconstituyente nº 2 Leyendo la Constitución […]

El ejecutivo del Estado moderno no es otra cosa que un comité de administración de los negocios de la burguesía. (Karl Marx)

La Constitución española de 1.978 sale muy debilitada de cada encontronazo que tiene con la realidad. Su artículo 6 queda en evidencia cuando es contrastado con ella.

Reconstituyente nº 2

Leyendo la Constitución encontramos esto:

Artículo 6.

«Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.»

Sin embargo, leyendo la realidad encontramos esto otro:

«Los partidos políticos no expresarán el pluralismo político, concurrirán a la formación y manifestación de la voluntad empresarial y son instrumento fundamental para la manipulación política . Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Empresa y a su ley. Su estructura interna y funcionamiento no podrán ser democráticos.»

Entre otras razones, debido al sistema de D’Hondt de escrutinio electoral utilizado en España, que obedece más a intereses ocultos a la vista del ciudadano medio, los partidos políticos que se reparten la tarta de los escaños no expresan, ni con mucho, el pluralismo político. Mediante este sistema de escrutinio que pisotea y ningunea el artículo 6 de la Constitución, se dan circunstancias tan curiosas como por ejemplo el valor distinto de los votos. Normalmente, el efecto de aplicar el sistema de escrutinio de D’Hondt (ver detalles en wikipedia y ver simulador en el Ministerio del Interior), es favorable a las opciones políticas más votadas. En la siguiente tabla se pueden los votos obtenidos por los distintos partidos en las dos últimas convocatorias a nivel nacional:

Si analizamos esta información veremos cómo, mientras que PSOE y PP necesitan 65.000 y 66.000 respectivamente para obtener un diputado, Izquierda Unida precisa de 481.500 votos para obtener el mismo resultado. ¡Viva la Democracia!

También veremos cómo el PSOE con tan solo 38.361 votos más que en las elecciones del 2004, consigue 5 escaños más, mientras que Izquierda Unida pierde 321.041 votos, perdiendo con ellos 3 de sus 5 escaños. O, lo que es lo mismo, a Izquierda Unida le cuesta un número mayor de votos cada diputado que gana en comparación con cada diputado que pierde. Lo dicho, ¡Viva la Democracia!

En este sentido, sorprende que CIU obtenga un diputado más que en 2.004, habiendo disminuido sus votantes en más de 60.000 de una convocatoria a otra.

Además, este método de escrutinio, se convirtió en ley supraconstitucional a través de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que en su artículo 163.1.a), establece que: «No se tienen en cuenta aquellas candidaturas que no hubieran obtenido, al menos, el 3% de los votos válidos emitidos en la circunscripción.»

Esto supone que muchas minorías se quedan sin representación, lo que contraviene las intenciones del artículo 6 de la Constitución en lo referente a la pluralidad. O, dicho de otro modo, si usted elige una opción política que no alcanza el mínimo umbral del 3% en su circunscripción, su voto irá a parar a otra opción política, con grandes posibilidades de que ésta sea antagonista ideológicamente a la que usted respaldó. ¡Viva la Democracia! ¡Viva el pluralismo político! y ¡Viva el artículo nº 6 de nuestra Constitución!

En la realidad no son pocos los casos en que un solo voto que aporte un partido minoritario para sacar adelante una ley, cuesta el sacrificio de los intereses mayoritarios en beneficio de los de ese partido minoritario

Además del manifiestamente mejorable y nada democrático sistema de escrutinio D’Hondt, existen otras razones por las que la realidad nos ofrece una redacción distinta de este ignorado artículo 6 de la Constitución. Cuando la CEOE abre la boca, que suele ser para pedir y no para dar, los políticos pierden el culo y el norte para dar, que no para pedir. No faltan ejemplos en los que los distintos presidentes del gobiernos se ponen la chapa de presidente de Consejo de Administración de las grandes empresas y en calidad de tal negocian con gobiernos extranjeros las condiciones generales de implantación de nuevas industrias en nuestro país, o viceversa, que suelen incluir ventajas fiscales e incentivos directos para estas empresas, y que no son devueltos cuando a la vuelta de unos pocos años deciden llevarse las plantas de fabricación a otros países donde su mano de obra es más permeable al esclavismo y donde su clase política tiene aún menos clase o un concepto distinto, más laxo, de corrupción.

Por otra parte, los asuntos nacionales y transnacionales de las grandes empresas españolas suelen convertirse en cuestión de estado. Cierto es que anda en juego una buena cantidad de dinero, tanto directo como indirecto y tanto presente como futuro, pero queda claro que son las empresas las que hablan por boca del gobierno. Y ahí no acaba la intervención y la portavocía del gobierno en cuanto a los asuntos de las grandes empresas, también tiene algo que decir, o más bien algo que callar, en lo referente al trato que las grandes compañías propinan (en su acepción de golpear) a los ciudadanos y consumidores. Todos conocemos casos de violación de nuestro bolsillo a manos de compañías eléctricas o telefónicas, muchas de ellas respaldadas por subidas de tarifas acordadas en sillones políticos.

Todo ello vendría a reforzar la teoría (y práctica) de que los ejecutivos, en las democracias modernas, no son otra cosa que los consejos de administración de las empresas más grandes, que no son sino las que pisan más fuerte, las que pisotean más fuerte.

Un apunte más en cuanto a lo dudosamente democrático del asunto electoral: el votante no vota personas que le representen, vota listas cerradas de candidatos que son confeccionadas por otras personas distintas, por otros intereses distintos; en definitiva, el votante vota a un partido, a una ideología cautiva del rigor mortis de unas siglas que la mayoría de las veces no quieren decir nada.

Por último, cabe destacar que el funcionamiento interno de los partidos no es en absoluto democrático ya que la conocida como «disciplina de partido» lo impide en la mayoría de los casos. ¡Viva la Democracia interna de los partidos!, ¡Viva el artículo 6!

Como conclusión cabría decir que la representación del sistema electoral español tendría forma de embudo: por la parte más ancha entran los votos y las ilusiones tanto de las mayorías como de las minoráis; y por la parte estrecha salen nada más que algunos políticos que han sido elegidos por los verdaderamente representados, y que muy poco o nada tienen que ver con los que fueron a votar a las urnas. ¡Viva la Democracia! ¡Y el artículo 6!

Puede que solo sea una impresión mía, pero creo que todo aquel que tenga la misma hartura política que yo, la misma hartura económica que yo, la misma hartura social que yo, y la misma altura de conciencia que yo, convendrá conmigo en que la Transición hacia la Democracia debe comenzar cuanto antes en este país.

Enlace al artículo original: http://wp.me/p10Nks-eS