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Posición del Centro Palestino de DDHH de Gaza ante la declaración estadounidense sobre Jerusalén

«Esta decisión es un llamamiento a imponer la ley de la selva además de despreciar el derecho internacional y el papel de la ONU»

Fuentes: PCHR

En un peligroso precedente que viola el derecho internacional, el miércoles 6 de diciembre, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha declarado que Jerusalén es la capital de Israel y ha firmado la orden para que la embajada de EEUU se traslade a esa ciudad. El Centro Palestino para los Derechos Humanos (PCHR) condena […]

En un peligroso precedente que viola el derecho internacional, el miércoles 6 de diciembre, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha declarado que Jerusalén es la capital de Israel y ha firmado la orden para que la embajada de EEUU se traslade a esa ciudad. El Centro Palestino para los Derechos Humanos (PCHR) condena las irresponsables declaraciones del presidente estadounidense y subraya que el estatuto legal de Jerusalén, en tanto que parte integrante del territorio palestino ocupado (TPO), está regulado en el derecho internacional de acuerdo con las resoluciones adoptadas por la ONU y la Corte Internacional de Justicia (CIJ), y así lo reconoce una inmensa mayoría de los Estados del mundo. 154 Estados votaron a favor de reconocer el Estado de Palestina en el territorio ocupado en 1967, incluida Jerusalén.

Para el PCHR la declaración significa que el presidente de EEUU se otorgar el derecho de conceder un reconocimiento a favor de un Estado al que no le corresponde, en un gesto que repite la historia y representa una nueva «Declaración Balfour» justo cuando se cumple el centenario de la primera, aunque esta vez con firma estadounidense. El PCHR subraya que el derecho palestino a Jerusalén emana de una legislación internacional que no puede modificarse vía declaraciones o medidas políticas, y añade que la declaración sentencia a su emisor por infringir la legislación internacional en lo que constituye una gran vergüenza para el mundo libre.

El PCHR destaca que la declaración de Trump viola explícitamente el derecho internacional, las Resoluciones del Consejo de Seguridad y los Convenios de Ginebra, y constituye además, dos delitos. El primero,un crimen de agresión contra el Estado palestino ya que la declaración respalda y defiende la anexión de territorios por medio de la fuerza. El segundo, un crimen de guerra ya que la declaración implica complicidad con la actividad del asentamiento de Israel en Cisjordania, incluida Jerusalén.

Rayi Surani, abogado y director del PCHR, ha declarado que «esta decisión es un llamamiento explícito a imponer la ley de la selva y la política de facto además de despreciar absolutamente el derecho internacional y el papel de la ONU. […] Asimismo, la declaración otorga legitimidad política a los crímenes israelíes y perjudica el pasado, el presente y el futuro del pueblo palestino».

Este acontecimiento es el resultado de una política sistemática por parte de la administración estadounidense que niega el derecho de los palestinos a la autodeterminación e intenta acabar con la causa palestina. Una política que se expresó primero respaldando explícitamente la expansión de los asentamientos en múltiples foros, silenciándola después deliberadamente para no tener que condenarla o manifestando abiertamente que los asentamientos pertenecen a Israel negando así que formen parte del TPO. A ello hay que unir las enormes presiones ejercidas por EEUU ante los organismos de Naciones Unidas, la Corte Penal Internacional (CPI) y la dirección palestina para evitar que los palestinos recurran a la justicia internacional. Esa fue la posición expresada por la embajadora de Estados Unidos ante la ONU, Nikki Haley, cuando declaró que «se ha acabado el atacar a Israel en la ONU». Con esta agresión conta el territorio palestino, la administración de EEUU pone fin a las iniciativas de paz y a la solución de dos Estados.

Hay que recordar que 13 Estados tenían embajadas en Jerusalén hasta la década de 1970 sin que ello supusiera su reconocimiento de Jerusalén como capital de Israel. Sin embargo, EEUU no formaba parte de esos Estados, ya que solo disponía de un Consulado en Jerusalén dependiente de la Embajada de estadounidense ubicada en Tel Aviv. Esos 13 Estados trasladaron sus embajadas desde Jerusalén a otras ciudades de Israel cuando el Consejo de Seguridad emitió las Resoluciones 476 y 478, que condenan el intento de anexión de Jerusalén por parte de Israel.

Merece la pena mencionar que el Congreso de EEUU reconoció Jerusalén como capital de Israel en 1995, y que en aquel momento el presidente estadounidense recomendó en su decisión emitir una declaración oficial para trasladar la Embajada a Jerusalén. Desde entonces, todos los presidentes estadounidenses han venido retrasando el traslado de la embajada hasta que esta semana el presidente Trump se ha atrevido a emitir dicha declaración en violación del derecho internacional e ignorando la paz internacional y el peligro al que expone a muchos inocentes, pues su decisión provocará sentimientos de rechazo en millones de musulmanes y cristianos de todo el mundo.

Violación explícita de las resoluciones de la ONU

El Consejo de Seguridad ha emitido 12 resoluciones que subrayan que Jerusalén es un territorio ocupado por las autoridades israelíes. Ocho de ellas estipulan que todas las medidas y cambios del estatuto legal de la ciudad son ilegales y que las fuerzas israelíes deben retirarse de la ciudad. Las otras cuatro resoluciones exigen a Israel que se retire de los territorios ocupados en 1967, incluida Jerusalén. La primera de las resoluciones fue la 242 del Consejo de Seguridad.

Entre las resoluciones que afectan directamente a Jerusalén, la Resolución 476 del Consejo de Seguridad, de 1980, insta a Israel a retirarse del territorio ocupado, incluida Jerusalén, y hace hincapié en que cualquier cambio en el estado y el carácter de Jerusalén carece de validez legal.

En el mismo año, se aprobó la Resolución 478 que condena la Ley Básica de Israel en la que se declara a Jerusalén como la capital «completa y unida» de Israel, lo que constituye una violación del derecho internacional y no afecta a lo estipulado por la Convención de Ginebra sobre la ciudad en tanto que territorio ocupado. La Resolución también condena todas las medidas legislativas y administrativas y declara que las acciones adoptadas por Israel que han alterado o pretenden alterar el carácter y el estatuto de Jerusalén son nulas y deben cancelarse inmediatamente.

La Resolución 2334 de 2016, una de las más recientes y más destacadas en la condena del asentamiento de Israel en el TPO, incluida Jerusalén, establece que dicha actividad constituye una «violación flagrante» del derecho internacional y «no tiene validez legal» además de socavar el proceso de paz y la solución de dos Estados. Asimismo, la resolución hace un llamamiento a todos los Estados para que en la realización de sus tratados, distingan entre el territorio del Estado de Israel y los territorios ocupados desde 1967. Cabe destacar que esta Resolución fue aprobada por los miembros del Consejo de Seguridad de la ONU con una votación de 14-0 con la abstención de EEUU. Dicha Resolución es la quinta de su tipo que afirma y condena la comisión de Israel del delito de actividad de asentamiento.

En su opinión consultiva sobre el Muro de anexión en 2004, la CIJ afirmó que la Franja de Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén, son territorios ocupados de conformidad con el derecho internacional. Sobre esta base, la resolución de la CIJ declaró que el muro no tiene validez legal ya que fracciona secciones del territorio palestino.

La Asamblea General de la ONU también ha adoptado muchas resoluciones que afirman que Israel no tiene derecho a Jerusalén por ser una potencia ocupante. La primera de estas resoluciones fue la Resolución 303 de 1949, que condena la declaración de Israel de Jerusalén como su capital.

Tras la Guerra de los Seis Días en 1967 en la que Israel ocupó parte de algunos países árabes, incluida la Franja de Gaza y Cisjordania, la Asamblea General adoptó la Resolución 2253 que denuncia la aplicación de la Ley israelí en Jerusalén Oriental. Posteriormente se adoptó la Resolución 1536 en 1981 que establece que cualquier modificación en el estatuto de Jerusalén es ilegal.

La UNESCO también ha emitido múltiples resoluciones relacionadas con el estatuto de Jerusalén así como con la mezquita de al Aqsa. La última, de 2016, reafirma que la mezquita de al Aqsa (Al Haram as Sharif) es una herencia islámica que incluye la Plaza Buraq (Muro Occidental) y que Israel no tiene derecho a ella. La Resolución condena igualmente todos los cambios e intrusiones israelíes en los sitios arqueológicos allí ubicados considerando que la mezquita al Aqsa es parte integral protegida del patrimonio de la Humanidad.

La declaración estadounidense de Jerusalén como capital de Israel es una flagrante violación del derecho internacional humanitario (DIH) y constituye una evidente complicidad en un crimen de agresión que amenaza directamente la paz y la seguridad internacionales. Esta declaración es asimismo una provocación contra los sentimientos religiosos de millones de musulmanes y cristianos de todo el mundo, no solo en Palestina, tal y como está dejando claro la reacción internacional.

Este crimen de agresión viola la Carta de la ONU, que prohíbe la anexión de territorios de terceros utilizando la fuerza, y la considera como una de las bases que permiten la intervención del Consejo de Seguridad bajo el Capítulo 7 de la Carta para restablecer la paz y la seguridad internacionales. Este delito está contemplado igualmente en el marco de la Jurisdicción de la CPI, incluso aunque su término aún no haya entrado en vigor.

El delito de actividad de asentamiento se considera un crimen de guerra codificado en el Artículo (49) de la Cuarta Convención de Ginebra y en el Artículo (8), párrafo (8) del Estatuto de Roma de la CPI.

De acuerdo con ello, EEUU es cómplice de Israel en el delito de la actividad de asentamiento. Por lo tanto, la CPI tiene derecho a enjuiciar a los funcionarios estadounidenses responsables de esta declaración, particularmente al presidente Trump. Cabe señalar que la CPI ha estado llevando a cabo investigaciones preliminares sobre la actividad de los asentamientos desde junio de 2014.

Destrucción del sistema global que protege a la humanidad

La decisión de EEUU ahonda la destrucción de la legislación internacional y de la ONU, y sienta un peligroso precedente por el que un Estado miembro viola las resoluciones del Consejo de Seguridad y del derecho internacional.

En consecuencia, el presidente Trump está destruyendo las iniciativas que se pusieron en marcha tras el final de la Segunda Guerra Mundial con el objetivo de reemplazar el recurso a la fuerza por el recurso a la ley, y con las que el mundo ha recorrido un largo e importante camino. Este mundo que ha impedido el advenimiento de una Tercera Guerra Mundial lo ha hecho gracias a la ONU y a la promoción y el respeto del derecho internacional, incluido el Derecho Internacional Humanitario.

La Declaración de EEUU, que viola todas la legislación humanitaria internacional, y las políticas que respaldan, encubren y legitiman las violaciones israelíes del derecho internacional en el TPO, plantean importantes cuestiones: ¿sigue siendo eficaz la ONU como organismo para real para restaurar la paz y la seguridad internacionales?, ¿con qué credibilidad cuenta el derecho internacional que protege la humanidad y los derechos de los pueblos?, los organismos internacionales que protegen a la humanidad, ¿no se han vuelto completamente impotentes además de un arma en manos de los Estados poderosos cuando los utilizan para intervenir en los asuntos de los estados débiles?

Estados Unidos ya no es mediador en el proceso de paz sino que lo socava

EEUU siempre ha sido un mediador injusto y no comprometido con el derecho internacional en el proceso de paz para Oriente Próximo. Reiteradamente ha aducido, como en el discurso de esta semana, que el violar el derecho internacional y utilizar su poder del veto docenas de veces para evitar que el Consejo de Seguridad adopte cualquier decisión contra las violaciones israelíes o siquiera una condena, sirve para proteger el proceso de paz.

Esta declaración demuestra la vertiente más desafiante de la administración estadounidense y la falsedad de sus argumentaciones. Las resoluciones del Consejo de Seguridad y de la Asamblea General relacionadas con Palestina siempre han confirmado que cualquier perjuicio contra el estatuto legal de Jerusalén o cualquier cambio en él socavaría el proceso de paz y pondría en peligro la solución de dos Estados. La declaración del presidente estadounidense pone fin a toda posibilidad para el proceso de paz, para la solución de dos Estados, además de negar el derecho de los palestinos a la autodeterminación.

El Secretario General de la ONU ha corroborado que la declaración del presidente de EEUU apuntala el fin del proceso de paz y ha advertido que todo lo relacionado con las fronteras, en particular en lo que atañe a Jerusalén, debe estar sujeto a la solución que ambas partes deben alcanzar mediante la negociación. A esta declaración se suman las efectuadas por los presidentes de otros Estados que hacen hincapié en el mismo sentido.

El PCHR subraya que la causa palestina no formará parte del regateo político, y deja bien claro en que el derecho internacional y las resoluciones definen las fronteras del Estado palestino. El PCHR también enfatiza que cualquier negociación debe limitarse a cómo aplicar lo estipulado en el derecho internacional de una manera que garantice la paz para todos.

Hacer frente al movimiento estadounidense

El PCHR hace un llamamiento a todos los palestinos y palestinas, a los Estados del mundo amantes de la paz, a las organizaciones internacionales y a todos y todas las activistas y personas libres del mundo para que unan sus fuerzas y confronten este delito:

1. El PCHR reclama a la CPI que acuse al presidente de Estados Unidos Trump en su causa relativa a los delitos por actividad de asentamiento e el TPO;

2. Los dirigentes palestinos deben recurrir al Consejo de Seguridad para que este organismo condene la declaración del presidente Trump, exponga la posición contraria de EEUU a la paz y exija el derecho del pueblo palestino a la libre determinación;

3. Los dirigentes palestinos deben recurrir a la Asamblea General y trabajar con los Estados del mundo para activar el Mecanismo Especial de «Unión por la Paz» a fin de evitar el veto estadounidense en el Consejo de Seguridad y declarar la declaración como nula e inválida, así como llevar a cabo los procedimientos necesarios para hacerle frente;

4. Los dirigentes palestinos deben convocar una reunión urgente con las Altas Partes Contratantes en los Convenios de Ginebra para que en declaración condenen la posición estadounidense y garantice la aplicación de los Convenios de Ginebra en el TPO en 1967, incluida Jerusalén, así como para que opere a fin de obligar a Estados Unidos a cumplir dichos Convenios como miembro de las Altas Partes Contratantes que es;

5. Reclama a la Unión Europea que condene la decisión estadounidense por violar el derecho internacional y amenazar directamente la paz y la seguridad internacionales;

6. Reclama a la sociedad civil estadounidense y a los pueblos libres del mundo que se movilicen y presionen al presidente de EEUU para salvar la paz mundial y evitar al mundo una guerra religiosa promovida por los irresponsables comportamientos del presidente eTRUMP; y

7. Reclama a los Estados árabes y al mundo islámico que tomen medidas decisivas para obligar a la administración del Presidente de EEUU a retirar la declaración y anular la usurpación de los lugares sagrados musulmanes y cristianos.
 

Fuente: http://www.pchrgaza.org

Centro Palestino de Derechos Humanos de Gaza

PCHR, 29 Omer El Mukhtar St., El Remal, PO Box 1328 Gaza, Gaza Strip.