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Centroamérica

La Corte Penal Internacional intervendrá en delitos de guerra contra mujeres

Fuentes: SEMlac

La violación sexual, la esclavitud sexual, la prostitución forzada y los embarazos forzados, son ahora delitos contra los cuales la Corte Penal Internacional (CPI) actuará legalmente en Centroamérica, cuando el Estado no esté dispuesto a investigarlos o carezca de la voluntad para iniciar acciones penales contra los victimarios. La intervención de la CPI se hará […]


La violación sexual, la esclavitud sexual, la prostitución forzada y los embarazos forzados, son ahora delitos contra los cuales la Corte Penal Internacional (CPI) actuará legalmente en Centroamérica, cuando el Estado no esté dispuesto a investigarlos o carezca de la voluntad para iniciar acciones penales contra los victimarios.

La intervención de la CPI se hará siempre y cuando estos abusos sean cometidos en el contexto de un conflicto armado internacional o nacional, por agentes estatales o particulares vinculados a una organización política.

Otros delitos en los que también se buscará aplicar la ley son la esterilización forzada, la violencia sexual y la persecución por motivos de género.

La CPI, una de las entidades legales más importantes a nivel mundial que procede legalmente en situaciones de delitos sexuales y de género, aspira a fortalecer las legislaciones de Centroamérica en torno a estos hechos delictivos contra la población femenina, que ese organismo considera que están invisibilizados.

Evitar la impunidad, eso es lo que hará la CPI, señala la abogada guatemalteca Graciela Almendarez, quien además es miembro de ese organismo. «El derecho ha sido ciego a las atrocidades cometidas contra el género femenino y las instancias de seguridad, incapaces de darle respuesta con justicia cuando ellas han sido severamente afectadas», remarca la jurista.

Para organizaciones defensoras de los derechos humanos, como la no gubernamental Fundación Mirna Mack, el hecho que la CPI reconozca los delitos que han estado siempre allí, pero que son invisibles por situaciones machistas, significa el primer aporte de esa entidad a las legislaciones de Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua.

Almendarez pone de ejemplo la existencia en Guatemala de miles de mujeres afectadas durante el conflicto armado interno. Este país centroamericano vivió una guerra que se prolongó por 32 años y dejó por lo menos unas 50.000 viudas, un millón de desplazados y alrededor de 45.000 niñas y niños huérfanos.

La mujeres víctimas, la gran mayoría perteneciente a las 22 etnias mayas que conforman el 60 por ciento de los 13 millones de habitantes, sufrieron violaciones sexuales en sus propias aldeas, y muchas padecieron los abusos aun cuando estaban en estado de gestación. Otras muchas fueron obligadas a abortar a sus hijos.

De acuerdo con el informe «Guatemala, Memoria del Silencio», realizado por la Iglesia Católica, la práctica sistemática de violación sexual de mujeres, como parte del arsenal contrainsurgente, dejó profundas secuelas en las víctimas que sobrevivieron, así como en sus familias y en la sociedad.

Una de esas prácticas consistía en quemar las aldeas y asesinar a todos sus habitantes que vivían en las montañas del occidente del país. Para esas mujeres, sin embargo, la justicia no acaba de llegar, destaca la Iglesia.

Martín Arévalo, director del Programa Nacional de Resarcimiento, creado para beneficiar a las comunidades victimas del conflicto armado interno, señala que hasta el momento no tienen conocimiento de si pueden o no presentar casos de violaciones sexuales a mujeres que sufrieron en la guerra, aunque aseveró que ello resulta casi imposible.

El programa de Resarcimiento se inició en 2006 y en sus inicios fue dirigido por la luchadora indígena Rosalina Tuyuc, directora de la Coordinadora Nacional de Viudas de Guatemala. En ese entonces, se implementó bajo las premisas de una restitución material, económica, psicosocial y cultural; sin embargo, el componente legal, a juicio de Arévalo, no ha sido tratado.

La Iglesia Católica señala, en su mencionado informe, que para las mujeres mayas, víctimas de la violencia sexual, también ha habido consecuencias específicas en lo que se refiere a la integración a sus comunidades, que a la vez quedaron violentadas por esta práctica.

El impacto de la violencia sexual confluye con los efectos del terror, el dolor, el silencio, la vergüenza, la desconfianza, la culpabilización, el rechazo, la humillación y la desvalorización, apunta el documento.

Tal situación se vivió de similar forma en El Salvador, durante la guerra, destaca la fundación Mirna Mack. Yolanda Pérez, quien ha sido jueza y magistrada de la Corte Suprema de Justicia, ve con preocupación cómo las leyes en países como Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador han perdido vigencia y delitos como el anteriormente mencionado no han sido castigados.

En Guatemala, la violación sexual es otro de los actos que, si bien es reconocido por la ley, contiene vacíos que permiten flexibilidad al momento de procesar legalmente al victimario.

De acuerdo con el Código Penal, violación sexual es el acceso carnal o penetración del pene en la vagina. Sin embargo, la Corte Penal Internacional revaloró tal definición y la consideró como una invasión al cuerpo que, en términos generales, implica apoderarse e irrumpir sin consentimiento en el cuerpo de otra persona.

La CPI suprimió los conceptos vagos e imprecisos sobre la conducta sexual de la víctima, que se encuentran vigentes también en las legislaciones penales de los países del área, tales como honestidad, pudor y lujuria, y que colocaba a la víctima en la posición de victimaria.

La CPI, de acuerdo con la jurista Yolanda Pérez, será una forma de acceso de las mujeres a la justicia a través del principio de complementariedad, cuando no logre que se haga justicia en un país.