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La ley de consultas catalana, los potenciales votantes y las exclusiones

Fuentes: Rebelión

Mientras Artur Mas, su gobierno y las restantes fuerzas soberanistas del frente nacional-nacionalista alardean de su genialidad estratégica aprobando una ley en el Parlamento catalán que no ha sido publicada en el Diari Oficial de la Generalitat (DOG) cuatro días después. Mientras seguimos desconociendo el voto de ICV en la posible consulta en torno a […]


Mientras Artur Mas, su gobierno y las restantes fuerzas soberanistas del frente nacional-nacionalista alardean de su genialidad estratégica aprobando una ley en el Parlamento catalán que no ha sido publicada en el Diari Oficial de la Generalitat (DOG) cuatro días después. Mientras seguimos desconociendo el voto de ICV en la posible consulta en torno a la independencia de Cataluña y la consiguiente ruptura con el demos trabajador del conjunto de los pueblos de España a celebrar dentro de aproximadamente un mes y medio. Mientras sucede exactamente lo mismo en el caso de EUiA (¡Esquerra Unida i Alernativa!), con riesgo más que evidente de triturar las tradiciones federalistas de las que bebieron en su día ambas formaciones. Mientras en general y con excepciones admirables los temas sociales siguen ubicados en Cataluña en el baúl de los recuerdos karinianos. Mientras la publicidad política independentista en los medios públicos (por no referirme a los privados) está a punto de superar los límites inalcanzables de las Comunidades de Madrid y el País Valencia. Mientras la corrupción de las élites políticas y económicas del país, las mismas que dicen amar y querer fer país ante todo, supera lo impensable y el molt ex honorable, un militante activo de CiU, está a punto de comparecer ante el Parlamento (¿operará aquí de nuevo la unidad del frente nacional-nacionalista con alguna aparente y teatralizada disidencia?). Mientras todo eso ocurre y algunos municipios donde se ubican los «nuevos catalanes» de Candel se han negado a facilitar el padrón municipal, llegan noticias periodísticas de la Ley de Consultas Populares no Referendarias y Participación Ciudadana. Una cuestión de indudable interés: ¿quiénes podrán ser los potenciales votantes?

Según la información de P.R. [1], que espero y deseo errónea, los siguientes:

1. Tienen derecho a voto los catalanes mayores de 16 años residentes en Cataluña.

Ni que decir tiene que una parte de las fuerzas que han aprobado la Ley de Consultas de opusieron radicalmente y con gritos por tierra, mar y aire a que los jóvenes de 16 y 17 años pudieran votar en las elecciones de 1977 y en las siguientes. ¡Eran demasiado rojo-radicales! ¡Sabían a quien votar! Los jóvenes de hoy han bebido de los cuentos nacionalistas que les han ido inculcando desde su más tierna infancia (familias, tradiciones, medios de inculcación e instituciones educativas). Los dulces 16, que diría Ken Loach, en general no son problema. Su seña de identidad más extendida: el ser catalanes, en exclusiva.

Por lo demás, no queda claro -la ley no está publicada- quienes son considerados catalanes. ¿Sólo las personas nacidas en Cataluña?

2. Podrán votar también los catalanes residentes en el extranjero inscritos en un registro creado a tal efecto por el gobierno de la Generalitat.

3. Se suman los ciudadanos comunitarios con un año de residencia en Cataluña (¿se aplica la norma a los ciudadanos del resto de España que residan en Cataluña?).

4. Del mismo modo, podrán hacerlo también los ciudadanos extracomunitarios con tres años de residencia.

No entro en esta distinción entre 1 y 3 años que rompe aquella afirmación de la izquierda no nacionalista que consideraba catalán todo aquel que viviera y trabajara en Cataluña (gentes como Millet, Fainé o Pujol, que nunca habían trabajado, quedaban excluidas) sin hablar en tiempos de permanencia. La pregunta es ahora: ¿queda alguien excluido? Sí. ¿Quiénes? Tomen nota: los catalanes que residan en el momento de la consulta en el resto de España.

¡No puede ser! Según la información de El País, es. Como han leído.

Eso significa, por ejemplo, que un ciudadano nacido en Cataluña que resida en Santiago de Chile, Berlín, Moscú o Pekín y se registre podrá votar. Pero, en cambio, un ciudadano nacido en Cataluña que resida no ya en Madrid sino en Fraga, al lado de la franja, o en Molinos de Aragón, al lado de la otra franja, no podrá hacerlo.

¿Y cómo se come una discriminación de este tipo? ¿Cómo alguien puede haber apoyado, si es el caso, una ley de consultas de estas características?

Espero haber cometido un error, un inmenso error, tomando pie en la información referenciada.

PS: Puestos me permito alguna sugerencia para futuras consultas ciudadanas: ¿debemos seguir apoyando la industria nuclear?, ¿debemos seguir desmantelando la enseñanza pública?, ¿debemos financiar las escuelas del Opus Dei y de agrupaciones afines?, ¿debemos seguir financiando y ayudando a las mutuas privadas?, ¿debemos seguir tratando a los trabajadores como mano de obra de usar, explotar y tirar? Etc. La lista puede continuar, hasta el infinito y más allá. Eso sí, sin los votos de los catalanes residentes en Madrid o en la Extremadura y Andalucía que nos saca el hígado o, más en general, de los catalanes que residen en la España (sin excluir en ella el País Valencia y les Illes) que nos roba y empobrece. ¡Como está mandado!

Nota:

[1] PR, «Votantes mayores de 16 años», El País, 20 de septiembre de 2014, p. 14

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.