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La Propuesta Republicana

Fuentes: Rebelión

Corresponde a los Estados Generales aprobar, impulsar y desarrollar en creciente concreción, las líneas maestras de la propuesta republicana que hacemos a la sociedad para que en el seno de la misma se discuta y se asuma. Es decir se trata de que la III República sea posible gracias a un proceso de preparación, elaboración […]

Corresponde a los Estados Generales aprobar, impulsar y desarrollar en creciente concreción, las líneas maestras de la propuesta republicana que hacemos a la sociedad para que en el seno de la misma se discuta y se asuma. Es decir se trata de que la III República sea posible gracias a un proceso de preparación, elaboración y gestación. Es lo que conocemos con el nombre de PROCESO CONSTITUYENTE.

Los sentimientos, adhesiones y compromisos que se manifiestan de manera creciente en apoyo del ideal republicano deben ir aterrizando ( si se pretende que éste sea una realidad) y confluyendo en torno a una propuesta que pudiéramos llamar desde ya Principios y contenidos fundamentales de la Constitución de la III República. El debate en torno a esta cuestión consigue-junto con el avance de la idea republicana- la cohesión social en torno al proyecto de constitucional de la III República. La idea central es que la República debe venir de la mano de una gran mayoría social perfectamente implicada en el proyecto, sus contenidos y sus valores cívicos. Es una mayoría (la que buscamos) que sea transversal a las fuerzas políticas y sindicales; a las fuerzas y colectivos culturales y a los distintos imaginarios colectivos. La heterogeneidad de los múltiples constituyentes se transforma en homogeneidad (en absoluto rígida) mediante la participación en el acervo constitucional.

Hemos venido planteando que nuestra apuesta por la III República no se hace desde la «asepsia programática» o desde la simple sustitución de la Jefatura del Estado. Esto último, sin más, puede concitar apoyos y adhesiones inmediatos pero sin garantía de futuro y sin capacidad para formar la masa crítica que garantice la continuidad del proceso republicano. La III República debe irse visualizando como la garantía de Derechos y Deberes, de Democracia en el más amplio, profundo y radical sentido del término y desde luego como la encarnación de la auténtica Modernidad.

Somos conscientes de que pecamos de reiteración al insistir una y otra vez en la ligazón del proyecto republicano a contenidos, valores, prácticas y métodos sin los cuales nuestra propuesta sería flor de un día. El proceso constituyente no sólo va conformando III República sino también a los republicanos y a las republicanas que la harán posible la mantendrán y la extenderán. No hay República sin republicanos y republicanas. La Historia nos enseña que los grandes cambios políticos, sociales y culturales van acompañados de valores alternativos que conformas las nuevas instituciones y pretenden incidir en las practicas sociales. La profunda transformación que supone la III República no es tal sino crea también las condiciones para que surja el hombre y la mujer nuevos, distintos y renovados. Esta característica de nuestro proyecto republicano le imprime una nota específica de Cambio Cultural. Pero es que- además-el mismo concepto republicano implica recoger, asumir y desarrollar todas las propuestas que con carácter universal y acuerdo generalizado (siquiera formalmente) constituyen los exponentes e hitos de las conquistas de la Humanidad ¿Cuáles son los vectores que sometemos a debate para ir entrando en la estructura de la futura Constitución republicana?

(I)
Derechos y Deberes Fundamentales
Los Derechos Humanos

En el texto constitucional deben figurar de manera nítida y pormenorizada los contenidos de la solemne Declaración de Derechos Humanos del 10 de Diciembre de 1948 de las NNUU. En la actual Constitución se recoge en el artículo 10 .2 » Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificadas por España». Conviene mayor concreción y compromiso. Se trataría en este caso en trasladar los artículos tal y como estos aparecen.

En la Carta de la ONU que consta de 30 artículos son recogidos los derechos políticos y los derechos sociales. Faltarían incorporarse (como articulado específico) los derechos que se suelen denominar como de tercera generación: los derechos medioambientales. No sólo porque añaden nuevos ámbitos de derechos humanos sino porque -también- incorporamos al texto constitucional los grandes compromisos y acuerdos internacionales sobre esta materia.
La relación de derechos conlleva la de los deberes. En el texto constitucional deberían recogerse con precisión los que dimanan del ejercicio de los derechos. Se trata de señalar la idea de que cada derecho implica un correspondiente deber hacia la sociedad.

La apuesta por los DDHH (incluidos los medioambientales) significa también el respeto escrupuloso al Derecho Internacional y a las Instituciones que lo representan, sin menoscabo de aportar propuestas de cambio para que éstas mejoren continuamente. La Constitución republicana de 1.931 aporta material suficiente en este sentido. El respeto hacia la Sociedad de Naciones recogido en artículos del citado texto constitucional es más que evidente.
La incorporación minuciosa y pormenorizada de la legislación internacional y que es fuente de Derecho debe ser uno de los ejes fundamentales del proyecto republicano. Y ello permite además situar a la República en el centro de debate sobre la Globalización y participación con otros Estados y Movimientos en buscar y realizar respuestas a ese reto globalizador de carácter neo-liberal.

Y en ese estado de cosas la Constitución republicana debe contener los principios, definiciones y vectores de una concepción europea plenamente estructurada por los principios, valores y contenidos de una Europa totalmente concorde con las grandes ideas que produjeron los proyectos de emancipación y liberación. Una Constitución republicana y por ende profundamente democrática no puede sustraerse al reto que los tiempos demandan.
En consecuencia con las tres generaciones de DDHH la futura Constitución debe garantizar junto con los derechos políticos, los derechos sociales que de manera sucinta podríamos representar en el siguiente polinomio:
Sociedad de Pleno Empleo-Desarrollo Sostenible-Reducción de la Jornada Laboral-Protección Social Plena.
Y en concordancia con lo anterior el protagonismo, la responsabilidad y los compromisos de los Poderes Públicos de la República deben quedar nítidos y reglados.

(II)
Compromiso con la Paz

El precedente del artículo 6° de la Constitución republicana de 1.931 es para nosotros una referencia de carácter imperativo. La renuncia la guerra como instrumento de política sitúa a la diplomacia, el diálogo y la erradicación de las causas de los conflictos armados en el centro de la actividad política. Pero además, induce y potencia los valores alternativos a los de la confrontación y la exaltación de cierto tipo de patriotismo violento, agresor y militarista. La idea central que debe recorrer toda la propuesta republicana es que la Seguridad no es una cuestión militar sino civil. La Seguridad implica la Justicia distributiva, el desarrollo sostenible, el bienestar social y una nueva fase en las relaciones internacionales. Ni que decir tiene que el rechazo a la Guerra preventiva, tanto en su versión USA como en la versión UE es total.

Todo lo anterior conlleva una nueva concepción de la política de Defensa en España. Se trata pues de abordar dicha cuestión en todas sus dimensiones: económica, industrial, profesional, etc. Ni que decir tiene que la III República deberá realizar una política de desvinculación progresiva del Vínculo Atlántico en favor de la pertenencia a organismos supranacionales que transformen la actividad castrense en intervenciones humanitarias de prevención, interposición e intervención.

Esta cuestión es peliaguda en tanto que se sitúa en un terreno internacional nada procliva esta posición. Sin embargo la futura Constitución debe recoger tanto los principios como la obligatoriedad de actuar permanentemente en ese sentido. Una obligación evaluada constantemente, tanto por las Cortes Republicanas como por los mecanismos reglados de intervención y participación ciudadana que en su momento se explicitarán.

Todo lo anterior supone una nueva concepción de los ejércitos y sus roles. Se trata de que sin excluir totalmente la tarea de una Guerra de estricta Defensa podamos ir caminando a unos nuevos roles de las FFAA, con otro tipo de cultura castrense totalmente ligada a los principios y valores que rigen una sociedad democrática.

(III)
Una República Federal

La propuesta de Estado Federal Republicano tiene en España una honda e importantísima tradición. Desde Eliseo Reclus hasta Pi y Margall la propuesta federal hundía sus raíces en dos características específicas de nuestra Historia:

1a.- La existencia durante siglos de varios reinos en la Península Ibérica. Reinos que no eran todos cristianos ni hablaban lenguas romances. Las distintas fases y organizaciones del poder de Córdoba, los Taifas, Almorávides, Almohades, Benimerines y Nazaríes han marcado de manera singular nuestra historia colectiva. De tal manera esta ha sido así que autores como Menéndez Pelayo han centrado la «Unidad de España» en el Catolicismo; y esto ha tenido, y sigue teniendo consecuencias.

2a.- La especificidad de la organización político-social de Castilla y los Reinos de la Corona de Aragón junto con el carlismo subyacente o visible han obligado durante siglos a pactos entre la Corona y «sus reinos». El sentir «nacional» unitarios vino de la imposición de la dinastía borbónica con Felipe V. Los intentos «unitarios» en torno a un proyecto común han venido siempre desde la asimilación de España a algunas de sus partes. Sería importante que algún día se volviese a leer la obra de Valentí Almirall.

Pero además y como producto de nuestra atipicidad, no debemos olvidar que en nuestros lares la atomización, el espíritu aldeano, la política de campanario circunscrita al municipio propio tiene una larga y aún presente tradición. Ombliguísmo localista y centralismo uniformador e impuesto, son los extremos pendulares de una historia reiterada hasta la saciedad. Aquellos que intentaron-siquiera tímidamente- aplicar ciertas dosis de racionalidad y modernidad no vieron sus esfuerzos coronados por el éxito. No olvidemos aquí tampoco el papel de la Iglesia Católica en la formación y desarrollo de ambos extremos.

En consecuencia nuestra propuesta republicana federal debe ser un intento positivo de acertar a exponer, ilusionar y racionalizar la superación de las constantes tensiones en esta cuestión. Pero ello conlleva un período de reflexión y debate ciudadano (a ras de tierra) en el que la idea de constituir «unidad federal» sea la central y determinante. Es un debate doble: entre la ciudadanía y entre los pueblos del Estado Español. Cuestiones como Simetría o Asimetría deben perder la carga de tensión que conllevan y enfrentarlas a la realidad cotidiana; despojarlas de tremendismo y contrastarlas con el desarrollo del Estado de las Autonomías actual.

Conservan todo su valor las reflexiones y propuestas de PI y Margall en torno a su Pacto Bilateral y Sinalagmático.
Una propuesta federal en el siglo XXI y en el marco de la UE debe tener presente varias cuestiones:

a) El Estado federal es hijo del acuerdo y la voluntad libre reflejados en un texto constitucional.

b) En dicho texto deben recogerse con claridad las atribuciones, competencias y financiación de las mismas de cada una de las tres administraciones que componen el Estado: la Federal, la de las federaciones o Estados federados y la Eocal (Ayuntamientos sin Diputaciones que desaparecían). Así mismo debe quedar clara la jerarquía ejecutiva, normativa, legislativa y judicial entre las los tres poderes que gobiernan cada Administración.

c) El Estado federal no es completo si no recoge en su Constitución el Derecho de Autodeterminación.

d) Y junto a estos principios hay que situar con carácter de línea preferente de actuación y de relación entre las administraciones del Estado la aplicación del PRINCIPIO DE SUBSIDIARIO AD.

(IV)
Democracia Radical

La expresión Democracia Radical es en el fondo una obviedad. Lo que ocurre es que son tantas y tan degradadas las aplicaciones históricas y actuales que se necesita un refuerzo lingüístico para indicar que pretendemos desarrollar hasta sus últimas consecuencias el concepto Democracia.

Y al desarrollarlo nos encontramos ante un universo de contenidos, formas y aplicaciones que conduce-si queremos ser consecuentes -a caminos, mecanismos y prácticas nuevas y, en consecuencia, conflictivas con el Poder y nuestras propias prácticas asumidas y asimiladas.

Es evidente que al desarrollar la Democracia en el sentido que apuntamos estamos ante un proceso en el que el ciudadano-ciudadana van beneficiándose de cambios y transformaciones tanto en sus actitudes como en sus valores. En consecuencia planteamos una serie de propuestas en los distintos ámbitos de la sociedad:

1. Ley Electoral estrictamente proporcional con un Colegio Nacional de Restos.
2. La circunscripción para las Elecciones Generales y Autonómicas será la Comunidad Autónoma.
3. El Senado se transforma en Cámara territorial. Desaparece como cámara de segunda lectura.
4. La Moción de Censura se aplicará tras un debate y requerirá la mayoría absoluta.
5. Los Ministros podrán ser censurados y revocados tras el pertinente debate y votación.
6. El Fiscal General del Estado, el Presidente del Consejo de RTVE y otros organismos y entes serán elegidos por el Congreso de los Diputados.
7. El actual desarrollo de la Inmunidad Parlamentaria debe hacerse más restrictivo.
8. Se legislará para impedir la concentración de Medios de Comunicación en una o pocas manos (Ley anti-Trust).
9. Se aplicará un Código Ético del Cargo Público.
10. La figura del Defensor del Pueblo debe ser sustituida por un Consejo Ciudadano Federal con capacidad para intervenir en los debates, emitir informes que deberán ser respondidos antes de poner en marcha cualquier Ley.
11. Los medios de comunicación de titularidad pública se diferenciarán en su programación, estilo, y accesibilidad de los ciudadanos de los de titularidad privada.
12. Todas y cada una de estas medidas y otras en el mismo sentido se aplicarán a las demás instituciones y ámbitos de las demás administraciones del Estado.
13. En los planes de Enseñanza deberán introducirse materias y asignaturas de índole cívica y de conocimiento del funcionamiento de las instituciones democráticas. Estas asignaturas y materias tendrán un profesorado preparado y titulado para tal fin. Estas materias formarán parte del currículo obligatorio para el alumnado.
14. Las instituciones incentivarán (mediante normas y reglamentos) la Participación Ciudadana en todos los ámbitos y terrenos. Los Consejos Ciudadanos tendrán un papel decisivo.
15. La revocación de cualquier cargo público puede realizarse a iniciativa popular y ciudadana con los requisitos y garantías marcadas por Ley.
16. El Referéndum será Vinculante.
17. La Iniciativa Legislativa Popular necesitará de menos requisitos para coronar sus objetivos políticos.

(V)
Un Estado laico

La Laicidad del Estado y de las Instituciones quedará recogida con claridad en el texto constitucional y será mantenida en todas y cada una de las instituciones. La separación del Estado de todas y cada unas de las distintas confesiones religiosas debe impregnar las actividades de todo tipo. Para mayor precisión es conveniente fijar cara al debate las características que conforman nuestra visión de la Laicidad:

1a) La Laicidad se apoya en dos pilares: la Ética; en sí misma libertad absoluta de conciencia, y el status cívico; que define la separación de las Iglesias del Estado.
2a) La Laicidad establece estrictamente la diferencia entre dos universos distintos: el interés general y la convicción individual.
3a) La Laicidad garantiza la existencia de una sociedad en la que la paz social no excluye, sino muy al contrario potencia, asume e impulsa el abigarramiento cultural producto de la coexistencia en relación permanente de culturas diversas.
4a) La Laicidad es regla de vida en una sociedad democrática.
5a) La Laicidad es explícitamente consustancial con la República.
6a) La Laicidad impone que al Ser humano le sean dados, sin distinción alguna todos los medios necesarios para que sea él mismo, libre de sus compromisos, responsable de su desarrollo y dueño de su destino.
7a) El Humanismo laico reposa sobre el principio de la libertad absoluta de conciencia.
8a) La Libertad de espíritu consustancial con la Laicidad es la Emancipación más allá de la consideración de todos los dogmas derecho a creer o no creer en Dios; autonomía del pensamiento frente a cualquier obligación religiosa, política o económica; liberación de los modos de vida referentes a los tabúes, las ideas dominantes y las reglas dogmáticas.
9a) La Laicidad dirige todos sus esfuerzos para liberar a la infancia y a los adultos de todo aquello que les aliene o pervierta su pensamiento, especialmente de las creencias atávicas, los prejuicios, las ideas preconcebidas, los dogmas, las ideologías opresoras, las presiones de orden cultural, económico, social, político y religioso.

Un Valor republicano:
la Austeridad

La Austeridad como eje del funcionamiento de las Administraciones públicas significa un ejemplo contra el derroche, lo superfluo y la desidia ciudadana. La Austeridad es una racionalización objetivos y medios. Austeridad significa transparencia en las cuentas públicas y combate a la evasión fiscal, revalorización y cuido de lo público. La Austeridad entendida como sobriedad en lo accesorio y abundancia de recursos bien administrados para las necesidades es una virtud que debe recogerse en los premios, galardones y reconocimientos públicos. Austeridad y Derechos Medioambientales son las dos caras de la mima moneda.

NOTA FINAL
Quedaría para un ulterior debate el papel, las funciones y método de elección del Presidente de la República.

Julio Anguita González
UCAR (mayo 2005)

UCAR es la asociación Unión Cívica Andaluza por la República cuya web es
www.ucar.org.es, en ella está publicado el artículo así como en www.prometeo.org.es