La Reducción del Tiempo de Trabajo va a generar una redistribución social de tiempo y de renta a gran escala, al ser una palanca para el reparto igualitario entre hombres y mujeres del trabajo remunerado y de los de cuidados, así como para el descenso del paro.
La carrera hacía la reducción generalizada de la jornada laboral se ha acelerado en las últimas semanas, dada la ratificación del firme compromiso de empezar a aplicarse en los próximos meses. Siguiendo el acuerdo programático del gobierno de coalición de implantar la semana de 37,5 horas desde el 1 de enero de 2025, la Vicepresidenta y Ministra de Trabajo y Economía Social Yolanda Díaz ha impulsado desde el pasado enero una mesa de diálogo con los agentes sociales, con el objetivo de acordar la aplicación concreta y sus necesarias contrapartidas, para que la medida sirva también a una democratización del empleo asalariado, mediante una implementación acordada en todos los niveles, pero sin derecho de nadie a vetar la mejor medida posible para el avance social.
A la espera de que las asociaciones empresariales planteen en esa negociación tripartita alguna propuesta, el gobierno trabaja ya en un texto articulado que ponga rumbo al cumplimiento de su compromiso con el conjunto de la sociedad, reduciendo la jornada para las casi 13 millones de personas que tienen empleos por encima de las 37,5 horas semanales. Aunque la medida no vaya a tener casi efecto en el sector público ni en las empresas o ramas de actividad en los que ya hay convenios de jornada a tiempo completo por debajo de ese umbral, la medida que se está planteando inicia la senda de una reforma sustancial de las relaciones laborales en su conjunto.
Porque la semana de 37,5 horas es solo la primera fase prevista en el acuerdo programático del Gobierno en esa materia, negociado por Nacho Álvarez que ya afirmó que “cada palabra vale su peso en oro”. El acuerdo recoge en ese mismo punto que “a partir de entonces se constituirá una mesa con los interlocutores sociales que evalúe los resultados de la reducción y siga avanzando en la disminución de la jornada legal”. El que será a partir del inicio del año próximo el tope máximo de trabajo asalariado a tiempo completo es, por tanto, una reducción de jornada que se plantea con el horizonte de profundizarse en los próximos años, siendo fuente de una mayor igualdad entre clases y entre sexos, precisamente por provocar efectos beneficiosos para todas las capas de la sociedad que trabajan muchas horas, que gozarán de más tiempo libre, y también para quienes cobran bajos salarios debido a sus jornadas parciales, en su mayoría mujeres, cuyas remuneraciones aumentarán automáticamente.
La política de Reducción del Tiempo de Trabajo (RTT) sin merma alguna para los salarios que se va a implementar, cuyo anteproyecto ha sido coordinado por Marta Junqué de la Time Use Initiative, va a legislar en los próximos meses la reducción de la jornada máxima legal a 37,5 horas semanales, se espera que complementada con la aprobación de una Ley de Usos del Tiempo y acompañada de un refuerzo de los mecanismos ya existentes por parte de la Inspección del Trabajo, en especial en cuanto a su función remota del control de la jornada laboral y la limitación de las horas extras, cuya regulación se debe abordar en esta ley, dada la importancia que tiene en la efectividad de la inminente reducción de la jornada máxima legal.
Detractores con altavoz
Frente a la que va a ser la medida laboral más importante de esta legislatura, esta semana se han publicado sendos informes de Fedea y Cepyme, llegando a conclusiones similares a las que ya anteriormente había apuntado el FMI a inicios de junio, el Banco de España hace unos meses o el BBVA el año pasado: La reducción de la jornada aumentará los costes para las empresas y tendrá un efecto negativo sobre la competitividad y el crecimiento de la economía española. Estas y otras manifestaciones se oponen al progreso generalizado de trabajar menos para vivir mejor, habitual en la historia de la reducción de la jornada. En especial, y dados los indiscutibles efectos positivos de la liberación de tiempo de trabajo sobre la mejora de la salud y de la vida de toda la población, así como de un impacto redistributivo de la renta a favor de los salarios, en una mayor igualdad entre hombres y mujeres en el reparto del empleo y del trabajo de cuidados y la posibilidad de tener un efecto sobre la reducción del desempleo.
Esta última cuestión, sobre los efectos a nivel macroeconómico en la actividad económica y la tasa de desempleo ha sido objeto de debate académico. En una simulación reciente para el caso español, publicada por Luis Cárdenas y Paloma Villanueva en la Cambridge Journal of Economics, se demuestra el impacto positivo sobre el PIB que tiene el aumento del peso de los salarios en la economía, lo que mejora la capacidad de consumo y por lo tanto las ventas y la producción de numerosas actividades y sectores. Las mayores ventas a su vez crean incentivos para invertir, ya que las empresas amplían su capacidad productiva para responder a la mayor demanda de su producción, estimulando así el incremento de la inversión y las mejoras tecnológicas. Los posibles efectos perjudiciales, derivados de la inflación y la pérdida de competitividad exterior son de escasa relevancia. Por todo ello, el efecto general de la reducción de jornada es un incremento de la actividad económica que a su vez crea nuevos puestos de trabajo y con ello reduce el desempleo.
Entre las voces que han buscado intervenir en contra de esta reforma, las dos más recientes son las ya mencionadas de Fedea y Cepyme. La primera de ellas ha supuesto la publicación del documento ¿Cómo reducir la Jornada Laboral?, realizado en el marco de un grupo de trabajo de Fedea sobre esa materia. En este informe se muestra el alcance de la inminente reforma, como si así se justificara la opinión expresada de que debe hacerse de forma flexible, condicionada a la productividad y sin reducir la jornada máxima legal del artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores. Es decir, Fedea se pone una vez más en contra de la mayoría trabajadora, poniendo en duda también, mediante fuentes secundarias, que la RTT suponga un impacto positivo sobre el empleo y la productividad, algo que contradicen, tanto experiencias generales, como la de Francia, como otras pruebas piloto de ámbito más reducido.
Por su parte, Cepyme también ha tratado de condicionar la recta final de la negociación en la que participa con el informe Impacto de la reducción de la jornada laboral en la PyME, donde se calcula, por un lado, un “coste directo” para las empresas de 11.800 millones de euros, estimado por el coste de las horas que dejarían de trabajarse (entendemos que suponiendo que se tradujeran todas ellas en nuevas contrataciones) y, por otro, 30.600 millones de “costes indirectos” por reducción del valor añadido debido a la reducción del tiempo de trabajo (entendemos que en el caso de que no se recontratara ninguna de las horas liberadas). Es decir, que se suman dos efectos que se producirían en dos escenarios diferentes y extremos: una tasa de sustitución del 100% de las horas liberadas en uno y con un 0% de sustitución en el otro. Por otro lado, manejan en sus cálculos una productividad de las pymes “entendida aquí como el volumen medio de ventas por empleado” que se vería sin duda beneficiada por el estímulo del consumo y la demanda agregada impulsado por las nuevas contrataciones.
Entre las contribuciones contra la reforma impulsada por el Ministerio de Yolanda Díaz también destaca, por su notoriedad y por ser reciente, la publicación por parte del Fondo Monetario Internacional de su informe sobre España, en el que aprecian riesgos de que el paso generalizado a las 37,5 horas tenga efectos negativos sobre la economía e implique problemas para las empresas. Cabe señalar que gran parte del argumentario del FMI está compilado en un impreciso anexo sobre la reforma de las 35 horas en Francia, incurriendo en los tópicos de su ineficacia, lo que contrasta con que nos refiramos a los años de mayor prosperidad, creación de empleo y reducción de jornada que nunca se hayan observado a gran escala en un país europeo durante las últimas décadas. Tal y como se analiza en un estudio comparativo de todas las evaluaciones de las leyes Aubry, que según datos de Eurostat supusieron la reducción de más de dos horas en la jornada media a tiempo completo, las 35 horas en Francia fueron neutralizadas por un Presidente Sarkozy que fue elegido años después con su lema “Trabajar más para ganar más”, desfiscalizando las horas extras y permitiendo exceder ese máximo de forma generalizada. En la misma línea, entidades como el BBVA (2023) o el Banco de España (2024) han advertido que la RTT va a suponer una caída del PIB poniendo en riesgo cierto nivel de empleo, elemento del que la prensa oficial se ha hecho eco.
La patronal del turismo Exceltur también ha manifestado los mismos temores que, con diferentes connotaciones, no pretenden sino influir desde distintos ámbitos en la modalidad aplicativa de la medida, limitando su desarrollo y presionando para la que las empresas reciban a cambio contraprestaciones económicas y posibilidades compensatorias de flexibilización del empleo. En sus cálculos contemplan que la medida supondrá la sustitución por nuevo empleo al 80,4% del tiempo de trabajo liberado. Esa tasa de impacto es una pura ensoñación, a la vista de todas las experiencias de reducción de jornada, ya que aún siendo el turismo, la hostelería y el comercio las actividades con jornadas más largas y un ámbito presencial de trabajo tendente a que haga falta contratar, en casos de una RTT mayor como el de Francia esas tasas de impacto fueron de entre el 20% y el 35% del tiempo de trabajo liberado, que se plasmó en nuevos empleos. Estimar que 4 de cada 5 horas de trabajo serán reemplazadas es suponer una tasa de impacto totalmente inverosímil, en un sector que no es especialemente productivo y que tiene un empleo con unos pocos meses de trabajo intensivo.
La reducción de la jornada no implica un aumento inmediato de costes
El incremento de los costes solo opera en el caso de hacerse nuevas contrataciones, lo que no va a ser ni automático ni mucho menos obligatorio, y quedará a la libre decisión de las empresas. Decisión libre que, según la experiencia económica, supondrá nuevas contrataciones solo en los casos de ser necesarias para su nivel constante o creciente de facturación, ya que trabajar menos no reduce la cartera de pedidos, pero sí que puede permitir reorganizar los tiempos y mejorar los niveles de productividad, al tiempo que puede reducir los costes derivados del estrés, el absentismo o los problemas de baja productividad ocasionados por la fatiga y las largas jornadas, entre otros.
Por nuestra parte, hemos realizado el ejercicio de actualizar un estudio de impactos de la RTT a 37,5 y a 32 horas, estimando los efectos sobre el nivel de jornada y empleo por sectores, así como los impactos distributivos de su aplicación sobre la población asalariada, los costes para las empresas y los importantes retornos para las administraciones públicas (AAPP). Como se concluye en dichos cálculos de próxima publicación, en el caso de la RTT a 37,5 horas semanales, los costes netos para las empresas, oscilarían entre 4.200 y 6.800 millones de euros, para una creación aproximada de entre 122.000 y 198.000 nuevos empleos, lo que repercutirá en torno a un 60% de los mismos en aumentos en la recaudación fiscal, nuevas cotizaciones sociales y ahorros en prestaciones sociales varias. Estos fondos liberados para las AAPP suponen un recurso importante a la hora de incentivar y compensar los efectos, sin duda heterogéneos, que van a darse, tanto por sectores como por tamaño, entre las empresas.
Debatir y legislar sin demora
La norma general evidenciará la tendencia natural de las empresas en las economías de mercado a la reorganización del tiempo de trabajo, con la eliminación de sobrecapacidad productiva previamente existente, la compactación o limitación horaria, la intensificación laboral y otras prácticas acomodaticias tendentes a reducir o eliminar la necesidad de nuevas contrataciones. Llegado ese momento, los muchos memes publicados sobre “los trillones de euros que se perderán con la reducción de la jornada laboral” evidenciarán su eficacia para prevenir a la conciencia colectiva de que esta medida será tan beneficiosa como generalmente aceptada una vez puesta en marcha su aplicación.
A la vista de todas estas contribuciones que hemos ido comentando, consideramos que es importante abrir un debate con luz, taquígrafos y voluntad de acuerdos, sobre las implicaciones microeconómicas, macroeconómicas y laborales de la reducción de la jornada, bien en forma de aportaciones científicas, acciones de debate presencial o mediante publicaciones que sirvan de guía a los agentes políticos y sociales en la negociación que se está dando sobre el diseño, aplicación legislativa y posterior evaluación de la RTT generalizada a 37,5 horas en España.
Como siempre dice Mikel de la Fuente, la RTT es la política más barata y eficaz para solucionar los principales problemas del modelo laboral español. Lo que antaño era un lejano horizonte de reducción generalizada de la jornada se concreta ahora en medidas de inminente aplicación, con la necesaria reducción de la jornada máxima legal de la forma más eficaz posible, la de la ley de aplicación general. Superando las dificultades planteadas por los detractores de la medida, tal y como sucediera con el inicio de una política permanente de aumento del Salario Mínimo Interprofesional, es necesario demostrar en la práctica que se puede transformar el modelo económico y social español, mejorando al mismo tiempo la composición técnica y organizativa de la producción y el patrón distributivo a favor de la mayoría trabajadora.
Los autores son economistas especializados en políticas de reducción de la jornada laboral.