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Las víctimas de la dictadura franquista

Fuentes: Rebelión

El Congreso de los Diputados acaba de aprobar una resolución para sistematizar yhomogeneizar las com-pensaciones económicas ofrecidas por diversasadministraciones a las víctimas del franquismo. Se pretende dar respuesta asíal diferente valor dado a la privación de libertad, por supuestos objeto de laLey de Amnistía de 1978, en las diversas regulaciones autonómicas que hanintentado superar las […]

El Congreso de los Diputados acaba de aprobar una resolución para sistematizar y
homogeneizar las com-pensaciones económicas ofrecidas por diversas
administraciones a las víctimas del franquismo. Se pretende dar respuesta así
al diferente valor dado a la privación de libertad, por supuestos objeto de la
Ley de Amnistía de 1978, en las diversas regulaciones autonómicas que han
intentado superar las restricciones impuestas en su día por la Ley 4/1990,
dictada por un gobierno socialista.

Esta decisión viene a dar la razón al Consejero de Vivienda y Asuntos sociales
del Gobierno Vasco que reclamaba una regulación mas flexible y progresista en el
ámbito del estado. No agota, sin embargo, un debate que tiene su origen en la
necesidad de recuperar una memoria o percepción colectiva del pasado que se base
en el reconocimiento de todas aquellas personas que fueron víctimas del
alzamiento franquista y de la represión consiguiente.

Esta necesidad de recuperar colectivamente una interpretación del pasado que
durante años fue excluida y proscrita por la dictadura se explica por el pacto
de silencio que los dirigentes de organizaciones obreras (PSOE y PCE)
suscribieron con los representantes políticos del franquismo durante la llamada
«transición política». Hasta 1990 no se estableció una compensación y su
regulación fue tan restrictiva que dejó fuera a muchos de los afectados. Hubo
que esperar, además, hasta el 1 de diciembre de 2003 para que los grupos
parlamentarios, excepto el del PP, rindieran homenaje público a las víctimas de
aquella tragedia.

En ese contexto debe situarse el debate en torno a las ayudas aprobadas por el
Gobierno Vasco. Un debate que revela en primer lugar la indignación de una parte
importante de los 8.680 solicitantes por un mal decreto regulador de las
ayudas, por habilitar una dotación económica claramente insuficiente y por
realizar una interpretación regresiva del concepto «privación de libertad». Sólo
así se explica que la Consejería haya te-nido que multiplicar por seis la
cantidad inicialmente aprobada, que haya habido un retraso superior a diez meses
en la tramitación de los expedientes y que mas de mil solicitudes se hayan
denegado por interpretar que el tiempo en batallones disciplinarios debe
considerarse como servicio militar.

Precisamente porque lo que se pretende es algo mas que indemnizar un perjuicio
ya irreparable la gestión de un representante de izquierdas no debiera limitarse
a denegar fríamente las solicitudes de personas que, hayan podido o no acreditar
los requisitos, representan una parte importante del colectivo vasco a quien se
pretende reconocer su contribución a la lucha por la libertad.

Para comprender la interpretación restrictiva del Consejero expondré uno de los
recursos presentados que resulta paradigmático.

Al inicio de la guerra civil nuestro protagonista se alistó en el ejército
republicano formando parte desde su creación en el Batallón Larrañaga, dirigido
por el comunista Jesús Larrañaga, que sería nombrado Comisario de guerra de la
Junta de Defensa de Guipúzcoa creada el 29 de julio de 1936. Tomó parte en la
lucha contra la sublevación del cuartel de Loyola en San Sebastián, en batallas
como la del monte Albertia, en el frente de Vizcaya, y en la defensa de Bilbao.
Tras la rendición de Santoña, en agosto de 1937, continuó la lucha en los
frentes de Cantabria y posteriormente en Asturias participando en la defensa del
Mazuco, últi-mo baluarte republicano en el Norte, e incluso después en la
defensa del espolón de Peñas Blancas. Al final pasaría a Francia y desde allí a
Gerona y Valencia desde donde fue enviado a Madrid sirviendo como guar-dia del
Ministerio de Defensa hasta que la ciudad fue ocupada en marzo de 1939. Estos
hechos están per-fectamente documentados.

Después de casi tres años luchando por la libertad fue internado en el Campo de
Concentración de Prisio-neros de Guerra de San Sebastián (mayo 1939). En julio
de 1940 pasó al Depósito de Concentración de Miranda y posteriormente al
Depósito de Concentración de Miguel de Unamuno en Madrid, hasta Agosto de 1940
en que pasó a formar parte del Batallón Disciplinario de Soldados Trabajadores
numero 28. En él rea-lizó trabajos forzados en el aeropuerto de Lavacolla y
otras obras públicas, hasta el 28 de Octubre de 1942 en que fue destinado al
Regimiento de Infantería numero 71, hasta el 24 de mayo de 1943, fecha en la que
quedó en libertad.

Interpretar en este caso, como en otros muchos, que el tiempo pasado en esos
batallones de trabajo era «servicio militar», haciendo abstracción de cualquier
otra consideración, es cuanto menos claramente injusto.

Tal y como señalan diversos historiadores -Fernando Mendiola, Pedro Pascual,
Javier Rodrigo o Rafael Torres- fue en el verano de 1940 cuando se crearon los
nuevos BDST (Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores). Estos, al
igual, que los anteriores BT, disueltos ese mismo año, estaban integrados en el
mismo organigrama que los campos de concentración, bajo la Jefatura de Campos de
concentración y Batallones Disciplinarios (JCCBD). Las condiciones de vida eran
similares en ambos tipos de batallones: hambre, frío, agresiones,
humillaciones, asesinatos y castigos complementarios, además de una reclusión
conti-nua en edificios locales o barracones creados ex profeso.

Se trataba de reclusión y castigo político. Tanto los BT como los BDST están
conceptualizados como parte del sistema de concentración y de la red de trabajos
forzados que el régimen desarrolló en los años de guerra y posguerra. Estos
batallones y los presos acogidos al sistema de Redención de Penas de Trabajo
están dentro de lo que se ha venido en llamar «los esclavos del franquismo».
Según el historiador Javier Rodrigo, del Instituto Universitario Europeo de
Florencia, autor de la ponencia Campos en tiempos de guerra. Historia del mundo
concentracionario franquista, el sistema de campos se prolongó hasta 1942, y los
batallones de trabajadores hasta mediados de los años cincuenta.

La regulación de la orden del 2 de julio de 1941 del Ministerio del Ejército
sobre los BDST permite compren-der hasta que punto la situación de las personas
que estaban en estos batallones no era la misma que la de los soldados de leva.
De forma injustificada y general se les prohibían los permisos y las licencias y
sus condiciones de alojamiento, habitabilidad e higiene no tenían nada que ver
con las de los soldados. (Gracia Alonso, 2003, sobre las excavaciones de
Empúries)

Es necesario pues que el Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno
Vasco reconsidere, en vía de recurso, su restrictiva interpretación del concepto
de «privación de libertad», y haga realidad sus declaraciones del 16 de mayo:
«sé que es preciso abordar todas estas situaciones desde la flexibilidad y la
buena voluntad».

Para finalizar he de decir que también es una buena noticia la decisión del
Congreso de los Diputados de reclamar del Gobierno que se indemnice a las
víctimas de la transición entre las que ocupan un lugar de honor las del 3 de
marzo de 1976. Sería necesario, además, una actividad pública de reconocimiento
de su aportación a la lucha por las libertades. Porque situar al franquismo y su
violencia de forma que se recoja la carga emocional de los represaliados y sus
familiares requiere articular políticas públicas de esa memoria: de
compensación, de conmemoración y de reconocimiento. Es cierto que esa actividad
conlleva un poderoso componente de deslegitimación de la derecha pero no es
menos cierto que es un derecho ganado a pulso porque hubo que pagar un precio
muy alto para que hoy tengamos libertades. Como revela el estudio realizado por
el magistrado Juan José del Águila, la inmensa mayoría de los procesados por el
Tribunal de Orden Público durante la dictadura fueron trab
ajadores y estudiantes y lo fueron en su mayor parte entre 1974 y 1977,
desmintiendo con claridad la pretendida voluntad aperturista y democratizadora
del régimen.