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Los potenciales delitos del yernísimo y la no imputación de su esposa, Doña Cristina de Borbón, hija del Rey de España

Fuentes: Rebelión

Por malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad documental será juzgado el Duque palmesano, según apuntan fuentes próximas a la investigación judicial tras nueve meses de investigaciones. Otro posible delito de evasión fiscal, por cobro no declarado de 375.000 euros a través de una cuenta en Suiza, no ha sido incluido en el sumario. […]

Por malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad documental será juzgado el Duque palmesano, según apuntan fuentes próximas a la investigación judicial tras nueve meses de investigaciones. Otro posible delito de evasión fiscal, por cobro no declarado de 375.000 euros a través de una cuenta en Suiza, no ha sido incluido en el sumario. ¿Por qué? No por no haberse cometido sino porque la cantidad defraudada ha Hacienda no superaría los 120 mil euros, la cuota mínima que establece el código penal después de la reforma de 2003 [1]. ¡Qué desgracia doña Engracia!

La estrategia exculpatoria -¡toda la culpa es del profesor Torres, el doctor por ESADE, la inmaculada escuela barcelonesa, jesuita y «progre» de negocios- no ha rendido sus frutos. La bronca que le debe estar cayendo al abogado-portavoz del yerno real debe ser de aúpa. Habrá cambios y no muy tarde.

El juez Castro ha rebatido la coartada del Duque y ejecutivo de Telefónica: su supuesta desvinculación de estos negocios de emprendedores después de que un representante de la Casa Real le apuntara-sugiriera-indicara-ordenara que debía abandonarlos. No lo hizo, hay «múltiples pruebas documentales y testimonios que acreditan todo lo contrario». Siguió maquinando y maquinando desde Washington con un pie en la embajada y el otro en Telefónica Internacional. Alierta está para eso. Mientras tanto, todo resuelto, limpia la casa, la Familia Real organizaba una nueva cacería o estudiaba nuevas y suculentas inversiones reales.

Y de todo ello, por supuesto, su señora que lleva décadas en asuntos de negocios, trabajando para una entidad financiera como La Caixa, sin enterarse de la misa y la lectura bíblica. Y la Casa Real, como alma bella angelical, confiada en que sus instrucciones eran cumplidas al pie de la letra, hasta en la letra pequeña. ¡Y a cazar! ¡Qué cosas tan curiosas!

Doña Cristina, por lo demás, ha formado parte de la junta directiva del Instituto Nóos -parte esencial de este estudiado entramado premiado con un doctorado en Económicas en ESADE- y es copropietaria al 50%, sigue siéndolo hasta la fecha, de Aizoon, la sociedad que posee con el aristócrata y esposo, una de las empresas que -«supuestamente» desde luego- se utilizaron para desviar fondos públicos.

José Yoldi [2] recuerda la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentencia del 22 de julio de 2011) sobre sentencias de blanqueo de capitales: «[…] hasta el extremo de penar como cómplices los cónyuges de quienes han acumulado grandes sumas de dinero sin justificación en breve período de tiempo, colaborando con ellos en la constitución y puesta en funcionamiento de las empresas, de las que también eran titulares, sin un especial protagonismo en la comisión del delito». ¿Y entonces?

El periodista del diario monárquico-global señala que ningún testigo ha involucrado a la hija del Rey en la toma de decisiones de esas compañías y el propio Urdangarin la ha exculpado completamente en su declaración judicial. ¿Podía ser de otro modo? Por tanto, concluye Yoldi, la fiscalía anticorrupción se ha opuesto a la citación y el juez Castro la ha rechazado por entender que sería estigmatizarla gratuitamente. ¿El «por tanto» pretende generar un argumento? ¿De lo primero se infiere lo segundo? ¿Citar a alguien es estigmatizarla? ¿No sería más lógico, con lógica de la realeza, que doña Cristina pudiese «probar su inocencia» en todo este proceso, asunto que está hoy por hoy lejos, muy lejos, de ser una noción común o un postulado indiscutible a pesar del permanente trabajo de las revistas del corazón y publicaciones afines?

Es difícil concluye José Yoldi «no estar de acuerdo con esta decisión». ¿Difícil no estar de acuerdo con una decisión que parece colgar de la pura arbitrariedad y del miedo al nada afable poder monárquico? ¿Dónde reside la dificultad para el desacuerdo? ¿Qué escenario debería darse para que doña Cristina fuera llamada a declarar?

Dos apuntes explican la situación mejor que mil tratados con 500 páginas anexas de notas y 1931 de biografía primaria.

El primero de ellos. Extracto de unas declaraciones del ex presidente balear Matas al Diario de Mallorca: «Urdangarin nos ofreció una colaboración con toda la credibilidad y seriedad que da la familia real [¡seriedad de la familia REAL!]. Era impensable que el Gobierno balear respondiera a la oferta de colaboración realizada por el Duque de Palma diciéndole que convocaríamos un concurso y que se presentara al mismo y lo ganara». ¿Queda claro? «Impensable» es impensable.

Segundo apunte. Yoldi señala que en el hipotético caso que el aristócrata Urdangarin fuera encontrado culpable y aunque la justicia, palabra real, fuera igual para todos, «ninguno de la veintena de jueces y fiscales consultados al respecto creen ni siquiera imaginable que a la infanta Cristina se le vaya a aplicar la reciente doctrina del Supremo que ahora se predica en la Escuela Judicial». El periodista del diario imperial-global no da los nombres de los veinte expertos consultados pero «ni siquiera imaginable» es también aquí ni siquiera imaginable. ¡Qué horror doña Leonor! ¡Qué osadía doña Leticia!

En fin, ¿es cuestión de imaginación o de otra cosa? ¿Está claro quien manda en el cortijo borbónico-español (y V de Alemania)? Hace unos cuantos años, Erich Fried, cuando éramos rebeldes y leíamos esas cosas, ya nos advirtió sobre la democracia, el pueblo y los poderes reales. ¡A ver si a pesar de ser un poeta brechtiano, rojo y marxista tenía razón!

Notas:

[1] Andreu Manresa, «La investigación acredita cuatro delitos para sentar enel bnquillo a Urdangarin». El País, 19 de marzo de 2012, p. 12.

[2] José Yoldi, «Sabrosas incongruencias». Ibidem, p. 13.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.