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¿Necesitamos una nueva ley de asociaciones?

Fuentes: Progreso semanal

Soy de los que vive convencido que el Derecho es una herramienta valiosa para superar viejos rezagos y dogmas del pasado, aunque no dejo de reconocer que a la postre todo depende de determinados intereses políticos. Esta lógica nos lleva a pensar en que la actual regulación de los derechos constitucionales en Cuba, así como […]

Soy de los que vive convencido que el Derecho es una herramienta valiosa para superar viejos rezagos y dogmas del pasado, aunque no dejo de reconocer que a la postre todo depende de determinados intereses políticos. Esta lógica nos lleva a pensar en que la actual regulación de los derechos constitucionales en Cuba, así como su desarrollo legislativo, pueden y de hecho deben ser repensados jurídicamente.

Uno de ellos está relacionado con la posibilidad de los ciudadanos de asociarse y crear para ellos las diferentes estructuras que en el orden legal están autorizadas.

En nuestro país, incluso contrario a lo que algunos creen dentro y fuera, los derechos de reunión, manifestación y asociación sí cuentan con respaldo constitucional (artículo 54). Su formulación establece que estos son ejercidos por los trabajadores, manuales e intelectuales, los campesinos, las mujeres, los estudiantes y demás sectores del pueblo trabajador, para lo cual disponen de los medios necesarios a tales fines. Además, preceptúa que las organizaciones de masas y sociales disponen de todas las facilidades para el desenvolvimiento de dichas actividades en las que sus miembros gozan de la más amplia libertad de palabra y opinión, basadas en el derecho irrestricto a la iniciativa y a la crítica.

Para complementar esta regulación se adoptó en el año 1985 una Ley de Asociaciones, que establece como objeto a regular el derecho de asociación en particular, sin mencionar -ni mucho menos definir- los de reunión y manifestación.

Considerando el momento en que fue adoptada esta normativa, creo que a todos nos queda claro que su contenido se corresponde con una realidad social que ha cambiado drásticamente en los últimos treinta años. De hecho, esto ha sido reconocido públicamente por funcionarios del Ministerio de Justicia (MINJUS), quienes han aceptado que la legislación vigente tiene que adecuarse al momento histórico social que vive el país y a los cambios que están sucediendo. Por tanto, la concepción que sirvió de base a sus contenidos y estos en sí mismos, hoy pueden ser sometidos a profundas críticas.

El primer aspecto a considerar es que el derecho de asociación, como todos los demás regulados en la Constitución y las leyes cubanas, no fue concebido para ser oponible al Estado. Esto quiere decir que no está concebido para que su ejercicio sea contrario a los intereses estatales, lo cual encuentra respaldo en al artículo 62 de la carta magna, al plantearse que las libertades reconocidas a los ciudadanos no pueden ser ejercidas contra la existencia y fines del Estado socialista, ni contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. Siendo esto así, resulta lógico entonces que no esté permitida la creación de asociaciones de ninguna clase que puedan contraponer los intereses de sus miembros a los del Estado.

Este punto nos lleva a entender el hecho de que la Ley de Asociaciones establezca la existencia de órganos de relación dentro de la estructura estatal con aquellas. Dicho por lo claro: los ciudadanos podrán asociarse si los fines e intereses que persiguen son armónicos y coherentes con los del Estado. Todo esto también redunda en que la propia ley prohíba la existencia de más de una asociación dentro de un mismo sector, pues no podrían mantenerse relaciones normales con dos o más de estas si entre ellas tuvieran intereses contrapuestos.

Si este es esencialmente el panorama, creo entonces que la respuesta a la pregunta que da título a este trabajo es positiva: necesitamos una nueva ley de asociaciones que reconozca y dé fuerza legal a las nuevas categorías generadas por el propio proceso de Actualización, por ejemplo, Asociación de Cooperativas, o de Cuentapropistas y/o de Pequeños y Medianos productores. No obstante, aclaro que más allá de esto se requiere de una nueva concepción sobre los derechos ciudadanos y en particular el de asociación; así como con respecto a las organizaciones representativas de la sociedad civil y a las relaciones del Estado con estas.

Necesitamos una ley que sea expresión de una postura estatal reconocedora de lo diverso que somos actualmente en todos los órdenes; que reconozca y viabilice la participación organizada de los más amplios sectores sociales. Que permita el ejercicio de asociarse a quienes quizás no pueden hacerlo dadas las restricciones que la normativa vigente impone, en cuanto a tener un órgano dentro del aparataje estatal que los respalde o por la existencia de otra asociación surgida con anterioridad.

Digo más: la normativa que se requiere debe brindar mecanismos legales que expandan la participación de las asociaciones que ya existen. Habrá que crear los espacios y reconocer facultades explícitas para que estas recuperen su poder de auto convocatoria, y no dependan exclusivamente de los llamados que vienen «de arriba». Es fácil que nuestras asociaciones de todo tipo convoquen con facilidad a sus miembros ante necesarias muestras de respaldo a posturas o intereses estatales. En cambio, resulta obvio que no ocurre lo mismo cuando se trata de salir a manifestar en público su respaldo o condena a determinado suceso, si no es conveniente para el Estado que esto suceda.

Creo que este es un tema en que, como muchos otros, tiene que variar la tradicional postura de no facilitar, al menos desde lo jurídico, la interpelación y el desacuerdo. Esto nos ha llevado a una falsa unanimidad de criterios, en los cuales pululan el oportunismo y la doble moral. Por tanto, en el futuro de Cuba habrá que permitir el establecimiento de nuevas organizaciones que representen a sectores que no siempre han encontrado un espacio en el debate público nacional.

Pero al fin y al cabo es solo eso, por lo que hay que ir más allá y desterrar prejuicios de todo tipo que sí no deben tener, a mi juicio, cabida en esa nueva ley.

¿Cuáles son los límites? Solo el respeto a la soberanía, independencia e integridad territorial; así como a la voluntad popular de construir el socialismo.

Fuente: http://progresosemanal.us/20170328/necesitamos-una-nueva-ley-asociaciones/