El Pacto Social Vasco para la Migración se presentó el 30 de noviembre de 2019 en Vitoria-Gasteiz, en la sede de Lehendakaritza. El acto fue presidido por el lehendakari Iñigo Urkullu y la consejera Beatriz Artolazabal. En el mismo estuvieron presentes las instituciones vascas y un número importante de ONG y organizaciones del tercer sector. […]
El Pacto Social Vasco para la Migración se presentó el 30 de noviembre de 2019 en Vitoria-Gasteiz, en la sede de Lehendakaritza. El acto fue presidido por el lehendakari Iñigo Urkullu y la consejera Beatriz Artolazabal. En el mismo estuvieron presentes las instituciones vascas y un número importante de ONG y organizaciones del tercer sector.
El lehendakari subrayó tres ideas fundamentales. La primera, que «se trata de una imagen de consenso y unidad de gran trascendencia y significado en un contexto como el actual, marcado por la emergencia de mensajes xenófobos, populistas y demagógicos en relación con la inmigración». La segunda, que «los nuevos retos migratorios constituyen una interpelación ética que apela a la solidaridad, a la no discriminación y a la equiparación de derechos y obligaciones de las poblaciones inmigrante y autóctona, y que asumimos en clave de compromiso compartido». Urkullu también señaló, por último, que los objetivos del Pacto conectan con una «ética, preventiva y proactiva» para dar una respuesta «solidaria y responsable» a las necesidades de las personas migrantes.
Leyéndolo con detenimiento, se nos plantean algunos interrogantes que impactan directamente en la línea de flotación del Pacto. ¿Será que este acuerdo sirve de verdad para reparar daños en los derechos de las personas migrantes? ¿Garantiza derechos a las personas migrantes y establece una metodología eficaz para ello? ¿Pueden restablecerse los derechos de las personas migrantes a través de meros pactos declarativos? ¿No hay ya múltiples principios éticos en normas internacionales? ¿No son tiempos de avanzar en derechos y en regulaciones concretas?
¿Un Pacto contra la xenofobia y el racismo?
La adhesión al Pacto de agentes tan diversos, incluidos partidos de izquierda y diferentes organizaciones del tercer sector, parece avalar el contenido del mismo. Es como si ante la ola de xenofobia y racismo representada por la extrema derecha, el Pacto implicara aire fresco en el espacio vasco e internacional. Esta afirmación requiere ser contrastada mínimamente, ya que uno de los efectos de la consolidación de la extrema derecha es que provoca un giro de todo el discurso social e institucional hacia ideas profundamente «conservadoras». Eso conduce a que el hecho de aprobar un pacto ya parezca positivo en sí mismo.
Nos preguntamos si el contenido del Pacto se ajusta a este objetivo, cuando numerosas valoraciones positivas al respecto se sustentan en la urgencia de construir un discurso amplio contra el racismo y la xenofobia. Y pensamos que no, ya que un texto de esas características requiere diagnosticar con precisión las causas de la expansión del racismo y la xenofobia, definir el espacio neofascista, plantear propuestas concretas y alternativas a su crecimiento, reconfigurar valores y diseñar propuestas específicas para afrontar el impacto de la extrema derecha. Eso implica, además, tomar medidas ante las amenazas a personas y medios de comunicación feministas, las pintadas racistas en barrios que concentran un porcentaje alto de población migrante, los ataques a locales autogestionados, etc.
Un discurso contra el racismo requiere también reflexionar sobre el derecho a la vivienda y la seguridad ciudadana, que ha de vincularse con los derechos humanos, las prácticas preventivas, los recursos económicos dedicados a garantizar el derecho subjetivo a la vivienda, las políticas públicas y las políticas normativas. Todo ello para combatir los argumentos racistas y xenófobos.
En ese marco, nos preguntamos igualmente si es razonable y conveniente que el Gobierno Vasco lidere un proceso de esa transcendencia. Un discurso real contra el racismo y la xenofobia implica combinar un diagnóstico certero con propuestas claras de intervención. Pero no resulta creíble juntar grandes proclamas avaladas por todo tipo de agentes institucionales, políticos y sociales, dando a entender que el racismo es únicamente responsabilidad de la extrema derecha, ya que el espacio neofascista no es ajeno a la complicidad neoliberal de muchas políticas institucionales.
«Realismo» y amplio consenso
Entre las razones que se utilizan para defender el Pacto se alude a la necesidad de elaborar un texto realista que se ajuste al contexto vasco. Resulta conveniente precisar que la idea de «realismo» que manejan los movimientos sociales no es la misma que tienen los gobiernos y las instituciones. El realismo y el pragmatismo institucional en los tiempos que corren suelen derivar en procesos vacíos y poco precisos, muy alejados de los necesarios acuerdos sostenidos en compromisos claros y vinculantes.
Otra de las razones esgrimidas para destacar las bondades del Pacto es la necesidad de llegar a grandes acuerdos entre partes diferentes. Pero el consenso, en este Pacto, pasa por alto las relaciones asimétricas de poder que chocan con las distintas responsabilidades y grados de autoridad de los agentes firmantes. También sirve para evadir compromisos institucionales y construir laberintos discursivos muy funcionales al modelo dominante. ¿Tiene sentido que los movimientos sociales firmen un acuerdo con partidos políticos e instituciones responsables de la crisis de derechos de las personas migrantes y refugiadas? Sumar ideas no quiere decir firmar pactos sin más.
Las organizaciones de la sociedad civil han de buscar acuerdos amplios y transversales desde un denominador común que aborde los derechos de las personas migrantes, las causas de los desplazamientos forzados, las políticas normativas, las políticas públicas y presupuestarias. La realidad cotidiana de las personas migrantes necesita presión política, denuncia y confrontación democrática, más que acuerdos «atrápalo todo». No podemos olvidar la profunda destrucción de derechos que se produce cotidianamente.
La forma de elaborar el Pacto
En el texto no se recoge la manera en que han sido elaborados los contenidos del Pacto. Se desconoce si para su tramitación se ha consultado con el movimiento feminista, en el apartado de mujeres y migración; con sindicatos de la enseñanza, en el apartado de educación inclusiva; con diferentes sindicatos, en lo referido a cuestiones laborales; o con organizaciones de migrantes y de solidaridad, en otros apartados. Estaría bien conocer este dato, así como qué instituciones han participado en la elaboración del texto. Y es que un Pacto de esta transcendencia requiere un proceso participativo y deliberativo, es decir, borrador inicial, aportaciones y enmiendas, plazos de consulta, etc. La metodología utilizada en este caso recuerda a la que empleó el gobierno del PP para la elaboración del Plan Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos.
Lagunas y contradicciones
El Pacto no hace ninguna referencia al espacio comunitario y español, lo que implica desconectar ambas realidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Algunos partidos políticos e instituciones firmantes tienen responsabilidades concretas de lo que ocurre en ambos espacios; por eso, la falta de competencias no puede ser el argumento para no abordar los valores éticos y jurídicos que deben presidir las políticas migratorias en la UE y el Estado español. En cualquier caso, se debe utilizar la ética normativa, no meramente declarativa, recogida en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, de obligado cumplimiento.
Tampoco se recoge un uso alternativo de las normas éticas y jurídicas. Es decir, no se propone ninguna medida concreta alternativa, como la tarjeta de vecindad, o medidas de acogida integral al margen de la situación administrativa. Medidas que interpreten las normas existentes a favor de las personas migrantes a las que, no olvidemos, el modelo político-económico coloca en los márgenes de la sociedad. Su inclusión hubiese permitido buscar grietas interpretativas de las normas existentes. Tampoco se alude a la necesaria derogación de la Ley de Extranjería española, ni a los acuerdos de subcontratación del control migratorio (con países como Libia, Marruecos o Turquía) en el ámbito europeo. La ausencia de medidas concretas vuelve a convertir en papel mojado las declaraciones retóricas a favor de los derechos de las personas migrantes. Estas lagunas no son un simple olvido: ponen de manifiesto que la brecha entre lo que se dice y lo que se hace es abismal, y muestran una fotografía muy borrosa de algunos de los actores firmantes.
Una última ausencia se refiere a las causas de los desplazamientos forzados. El Pacto no hace mención ni propone medidas referentes a cómo regular cuestiones que aparecen muy vinculadas a la vulneración de derechos como el cese progresivo de la industria militar, el control de las empresas transnacionales y los fondos de inversión, el sometimiento de los acuerdos y tratados de comercio e inversiones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos etc.
En el ámbito autonómico, las contradicciones entre lo que se afirma en el Pacto y lo que ocurre en la vida cotidiana de las personas migrantes son flagrantes. ¿Cómo encaja el Pacto con los derechos de las empleadas de hogar que mayoritariamente son migrantes? ¿Y con la reforma de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI)? ¿Y con el derecho al empadronamiento?, ¿Y con los escasos presupuestos en educación para la integración de alumnado migrante? ¿Y con la acogida integral? ¿Y con los itinerarios integrales de inclusión y formación? ¿Y con el acceso a la vivienda? ¿Y con el suelo libre de industria militar?, ¿Y con las redadas policiales racistas? ¿Y con las personas migrantes que duermen en la calle? ¿Y con la situación de los manteros? ¿Y con las expulsiones en caliente en la frontera de Irún? ¿Y con el muro del puerto de Bilbao?
Estas preguntas no encuentran contestación en el Pacto. Este tampoco establece ningún camino para futuras respuestas, ni tan siquiera propone reparar los daños causados a las personas migrantes. Los interrogantes planteados se pierden en laberintos humanitarios vacíos de soluciones concretas a problemas concretos.
Contexto internacional y contenido
El Pacto Social Vasco para la Migración no puede desvincularse de la lógica internacional de otros programas, pactos y declaraciones en los que la voluntariedad, la unilateralidad, la falta de exigibilidad jurídica y la asimetría normativa forman parte de su estructura. Las normas que protegen la propiedad privada, el comercio y las inversiones se caracterizan por la imperatividad, coercitividad y ejecutividad de sus normas. Se cumplen sí o sí. Frente a estas normas, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos destaca por su fragilidad manifiesta. Se cumple muy poco y no pasa nada. Además, todas las declaraciones, códigos de conducta, pactos o planes estratégicos se conectan con la ética declarativa, cuyas obligaciones son voluntarias y sin efectos vinculantes. Este es el contexto internacional en el que se inserta el Pacto Social Vasco para la Migración.
Esta lógica es habitual en numerosos pactos internacionales como el Global Compact de la ONU, relativo a las corporaciones transnacionales, cuyo resultado ha dado lugar a una total impunidad en el actuar de estas empresas por su falta de control jurídico. También el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular sigue la misma tónica, al ser un acuerdo no vinculante que deja muy claro que cada Estado es soberano para determinar sus propias políticas.
La asimetría jurídica de estos textos es palpable. Por un lado, se negocian tratados comerciales para blindar los negocios de las multinacionales mientras, por otro, se criminaliza a las personas migrantes y refugiadas. Esto es, se reinterpreta y retuerce el sistema internacional de los derechos humanos y el sistema europeo de protección de los mismos, vaciándolos de toda eficacia, frente a la inmediata y total efectividad de las normas y los acuerdos de comercio e inversión. Se protegen con mucha más intensidad los derechos de las grandes empresas que los derechos de las personas refugiadas y migrantes.
El Pacto mezcla y coloca en el mismo plano a instituciones, responsables políticos, sociedad civil, empresas etc. Eso provoca una confusión normativa a la hora de garantizar los derechos de las personas migrantes, así como una invasión del derecho blando, que es voluntario, no vinculante y sin exigibilidad jurídica. Igualmente, conlleva una atrofia en el desarrollo de nuevas normas y legitima proclamas vacías que no sirven para asumir responsabilidades concretas. El texto del Pacto está repleto de retórica jurídica y las responsabilidades se reenvían al limbo jurídico de autoevaluaciones, evaluaciones y certificaciones; a futuras regulaciones sin compromiso alguno y sin ninguna referencia a la derogación, o a la mera solicitud de derogación de normas existentes que dificultan la vida digna de las personas migrantes.
El Pacto transita de la ética declarativa al vacío jurídico y difumina las responsabilidades. No aborda medidas concretas ni establece nuevos principios éticos que no estuvieran recogidos ya en diferentes normas jurídicas internacionales. Y por último, no hay ninguna fiscalización del poder judicial, ya que no hay acuerdos específicos ni propuestas concretas.
Lo que sí establece es una vieja metodología del derecho blando, que acentúa el abismo entre lo que se dice y lo que se hace. También conecta con la idea de «lavado de cara» de los responsables de la destrucción de derechos de las personas migrantes y con la idea de que «rememos» juntos por un objetivo común, sin tener en cuenta que en esa travesía navegan barcos de lujo, yates, pesqueros, botes y pateras. El trabajo conjunto entre instituciones y organizaciones sociales en el marco de pactos tan generales y tan alejados de los problemas cotidianos de las personas migrantes puede provocar cierta paralización de la movilización y enredo en laberintos burocráticos.
De la lectura de los contenidos del Pacto puede destacarse que los ocho primeros puntos conectan directamente con los aspectos mencionados. Destaca el apartado 8, que literalmente dice: «Finalmente, la adhesión al Pacto supone aceptar la aplicación de mecanismos de evaluación a través del Comité de Seguimiento que se creará para certificar su efectiva aplicación en los diversos ámbitos sociales e institucionales, desarrollando para ello distintas formas de acreditación y reconocimiento de buenas prácticas».
Los dos epígrafes finales, titulados «Un pacto que quiere ser también práctico» y «Afrontar las dificultades en positivo y mirar al futuro con esperanza», conectan también con esta lógica. De manera literal, se señala que «las diversas instituciones que lo suscriben deberían esforzarse por aplicar, cada una en su ámbito, estos principios y valores, utilizándolos como elemento de autoevaluación con el fin de analizar su funcionamiento en lo que tenga que ver con la cuestión de la inmigración y la diversidad».
Junto a ello, no se puede olvidar que el Pacto está abierto a la firma de empresas transnacionales como Iberdrola y el BBVA, lo que genera una contradicción en sus propios términos.
El resto de contenidos reflejan principios declarativos, en algunos casos interesantes (una sociedad más plural, perspectiva incorporación-integración, la importancia esencial de las narrativas y los discursos) y en otros muy escasos (derechos humanos y ciudadanía inclusiva, la diversidad como oportunidad, mujeres e inmigración, ámbito local, educación inclusiva y euskera), vinculados a lógicas jurídicas sin efecto alguno. Los derechos de las personas migrantes, en la actual coyuntura, necesitan transitar de lo declarativo al ejercicio real de derechos.
Otros Pactos o declaraciones posibles
Pero las cosas se podrían hacer de otra forma. Por ejemplo, la declaración final de la Conferencia Mundial de los Pueblos «Por un mundo sin muros hacia la ciudadanía universal», celebrada el 20 y 21 de junio de 2017 en Tiquipaya (Bolivia), responde a una lógica muy alejada del Pacto Vasco y muy cercana a la manera de actuar de los movimientos sociales.
Estos tienen alternativas claras y precisas que abordan las causas estructurales del fenómeno migratorio. La citada declaración es solo un ejemplo de los muchos que existen. Y los movimientos tienen también propuestas concretas en el ámbito europeo, estatal y vasco.
Conclusión
Un análisis pausado del contexto en el que se inserta el Pacto Social Vasco para la Migración, así como de las ausencias y fragilidades de su contenido, coloca a los movimientos sociales en posiciones muy antagónicas respecto a sus propuestas, metodología y objetivos. Las ideas fuerza sobre las que se ha construido el quehacer de las diversas plataformas de solidaridad con las personas migrantes reside en la combinación de dos cuestiones fundamentales. Por un lado, la acción humanitaria, entendida como sentir compasión por otras personas, sean de donde sean y tengan la situación administrativa que tengan; por otro, la acción política, es decir, la denuncia de las causas que provocan los desplazamientos forzados y de sus responsables. Esta combinación implica equilibrar la acción inmediata frente al sufrimiento ajeno (una ética pragmática) con la praxis política y el quehacer de los movimientos sociales.
El Pacto Vasco construye un laberinto de ideas sin propuestas ni metodologías eficaces para la protección de los derechos de las personas migrantes. Ha llegado el tiempo de pasar de las palabras a los hechos.
Juan Hernández Zubizarreta, Ongi Etorri Errefuxiatuak y Observatorio de Multinacionales en América Latina (OMAL)
Fuente: http://vientosur.info/spip.php?article15496
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