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Resucitar el caso Bateragune

Fuentes: Rebelión

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido por unanimidad volver a juzgar el caso Bateragune, a pesar de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) entendió, ya en 2018, que Otegi, Díez y demás dirigentes de la izquierda abertzale, sufrieron una lesión de sus derechos fundamentales en el juicio de la Audiencia Nacional de 2012. Hubo falta de imparcialidad de su presidenta Ángela Murillo, y su recusación no había sido aceptada por la Audiencia Nacional (AN), ni el Tribunal Supremo ni el Tribunal Constitucional (TC).

Un varapalo europeo a la credibilidad de todo el sistema judicial español sobre temas políticos que, hasta el momento, solo generan nuevos sostenella y no enmendalla.

El tribunal europeo señaló que celebrar un nuevo juicio o reabrir el caso, debería ser “a solicitud de la persona interesada”. Lo mismo han señalado en 2020 la Fiscalía de la AN -que se opuso a la repetición del juicio- y la propia AN, después.

El TS mismo era proclive, en julio pasado, a la anulación. Pero una sorprendente vuelta de tuerca del propio tribunal, presidido por el juez Manuel Marchena, forzará a los perjudicados, si el TC no lo impide, a revivir un juicio absurdo de partida, 9 años después. Una re-victimización es lo contrario al “in dubio pro reo”, y más cuando no hay dubio (duda) sobre el montaje que dio lugar al caso Bateragune, contra la dirección de la Izquierda Abertzale detenida en Segura en 2009 y juzgada en la segunda mitad de 2011, desde una instrucción falsa de raíz, realizada por el incompetente juez Baltasar Garzón, desde su conocido prejuicio de “todo es ETA”. Ahora se aprovecha una sentencia europea para volver a vulnerar derechos fundamentales. Una injusticia al cuadrado contraria a Derecho sobre las mismas personas que, además, ya cumplieron injustamente penas largas. Hay muchos visos de regodeo vengativo.

El cinismo del argumento de que los reos tienen “derecho a un juez imparcial” o a que se resuelva el fondo del caso, como ha sostenido Marchena, casa mal con que no lo soliciten los afectados, quienes, además, tienen motivos sobrados para desconfiar de esa imparcialidad, independientemente de la futura sentencia.

La justicia española tiene el riesgo añadido de un nuevo ridículo por el triple filtro de recursos posibles, primero, ante el voluble TC (de amparo ya formulado por el abogado Iñigo Iruin y, a futuro, con recurso sobre la sentencia que se dicte en caso de que sea condenatoria), subsidiariamente ante el comité de ministros del Consejo de Europa (encargado de supervisar el cumplimiento de las sentencias europeas) y, por último, ante el propio TEDH que, de todos modos, no entra casi nunca en la materialidad de las sentencias.

Es una falta muy evidente de respeto a lo que son los derechos del Convenio Europeo de Derechos Humanos al juzgar dos veces por los mismos hechos. Non bis in ídem, reza el principio judicial garantista.

El artículo 4 del Protocolo n° 7 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales aclara que existe el “Derecho a no ser juzgado o condenado dos veces”, salvo “cuando hechos nuevos o ulteriormente conocidos o un vicio esencial en el procedimiento anterior pudieran afectar a la sentencia dictada”. Y no es el caso porque, por un lado, los “hechos nuevos” fueron en dirección contraria a lo descrito en la instrucción y sentencia sin que merezcan reproche penal, bien al contrario (desaparición de ETA, legalizaciones, participación democrática). Y por otro, la actitud de la jueza Murillo no fue un “vicio esencial” sino causa y base de nulidad procesal.

El nuevo juicio es artificial, un constructo, un invento, porque va contra la propia historia transcurrida desde entonces y contra la realidad. Ya el caso Bateragune estuvo basado en la pretendida reconstrucción de Batasuna a través del proyecto Bateragune como “parte del entramado de ETA” y siguiendo “superiores directrices de ETA en la que se hallaban integrados”. Ni fue así ni era la intención de los entonces juzgados. En aquel momento ETA iniciaba su disolución por conminación de la cúpula de la Izquierda Abertzale, so pena de fractura en el entorno ideológico independentista.

En 2012 fue legalizado por el TC el partido Sortu, y EH Bildu se presentó como coalición de varios partidos a las elecciones del Parlamento Vasco. Hay una contradicción en sus términos entre unas sentencias y otras. Es un absurdo que el mismo poder del Estado –el sistema de Justicia- que legaliza unas nuevas siglas políticas -un partido y una coalición- para ubicar a la Izquierda Abertzale en el marco democrático vigente, juzgara y condenara por terrorismo a quienes las promovieron mediando en el ínterin, además, un cese el fuego definitivo y permanente de ETA (de hecho desde 2010) y su posterior desaparición certificadora (2018).

La falta de correspondencia con los hechos avala el carácter imaginario del relato ideológico-judicial de la Instrucción y de aquella sentencia de piñón fijo para otra época. Aunque no fuese ese el motivo de su anulación europea es evidente que la sentencia de la AN fue manifiestamente injusta y urdida sobre hechos falsos.

La coincidencia de este nuevo momento procesal artificial con el hecho de que EHBildu haya pactado los Presupuestos con el Gobierno de España y éste haya sido acusado por las derechas de pactar con terroristas, es todo menos casual. La apertura de un nuevo juicio por terrorismo re-estigmatizaría en la figura de sus dirigentes a EHBildu y, de paso, marcaría al Gobierno de Coalición PSOE- Podemos. Este trasfondo político trasladado al ámbito jucicial tiene las trazas de una prevaricación.

De nuevo estamos en un momento de politización de la Justicia. Pero esta vez no a instancia del Ejecutivo de turno sino por impulso de lo que se ha venido en llamar el “gobierno de los jueces”, que cuando conspiran contra las mayorías democráticas, cabe calificar sus actos desestabilizadores de “ruido de togas”.

Se trata de un obstáculo para la normalización política emprendida en Euskal Herria y corroborada por las mayorías democráticas también a escala estatal, dada la nueva política penitenciaria del Gobierno de coalición y de la mayoría parlamentaria que lo sostiene y la política negociadora vasca.

El sistema de justicia se hace daño a si misma, porque estando basada teóricamente en los principios de legalidad, justicia e imparcialidad, convierte en un oxímoron la idea de “confiar en la Justicia“ cuando se vulneran todos los principios a la vez, como es el caso. Lo llamativo es que arriesga de nuevo un varapalo de Estrasburgo, aunque éste tardaría años en volver sobre el tema. Actúa como en la parábola del escorpión y la rana. No lo puede evitar. Va de suyo en la naturaleza del sistema judicial español en lo relativo a los temas políticos y que viene marcada por las limitaciones de la Transición.

En el impulso de fondo de esta praxis judicial parece haber tres motores. En primer lugar, un concepto de nacionalismo corporativo frente al Tribunal de Estrasburgo quien está corrigiendo continuamente la falta de calidad democrática de muchas sentencias y comportamientos judiciales. La última es la undécima condena desde 1992 por falta de investigación de exjueces instructores (Marlaska, Garzón) sobre casos de denuncias de tortura, lo que hace que gobiernos y judicaturas europeas sean renuentes a extradiciones a España sea de personas vascas o catalanas. En segundo lugar, el imaginario ideológico de que ”todo es ETA” sigue vigente, a pesar de su criminal simpleza. En tercer lugar, el nacionalismo español de la mayoría de la judicatura, en la versión más conservadora del estado unitario y de “todo por la patria”, ya se puso en evidencia en el Juicio al Procés.

El TS se coloca frente al proceso de construcción de la paz, la convivencia y la normalización en Euskal Herria para mantener, desde su nacionalismo excluyente, el zombi ficcional de la política antiterrorista en un mundo que ya ha cambiado. Es un tema que importa a toda la sociedad de Euskal Herria y del Estado español porque se juegan valores y dinámicas centrales: separación de poderes, profundidad de la democracia y libertades colectivas.

Ramón Zallo y Xabier Oleaga, Miembros de Demokrazia Bai