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Andalucía tras 25 años de autonomía

Un NO de izquierdas al estatuto de la dependencia

Fuentes: Espacio Alternativo y Revolta Global

Posicionamiento de Espacio Revolucionario Andaluz-Espacio Alternativo ante la propuesta del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

«La Segunda Modernización de Andalucía», «Andalucía imparable» o «Andalucía al máximo» son algunos de los últimos eslóganes corporativos del Gobierno ventegenario del PSOE y de Chaves. Estos logotipos, que aparecen en toda la información corporativa de la Junta, difícilmente podrían encabezar los resultados de la última Encuesta de Condiciones de Vida que colocan a Andalucía a la cabeza de las comunidades autónomas que registran mayor riesgo de pobreza en el Estado español con una tasa del 31,1% de población por debajo del umbral de la pobreza relativa, sólo menor que la de Extremadura con un 37,0%, y a una distancia de casi 22 puntos porcentuales de Madrid.

Según esta encuesta casi un millón de andaluces menores de 16 y mayores de 65 son pobres. A esto se añade que la ECV está dirigida a hogares residentes en viviendas familiares por lo que quedan excluidos de la investigación los «sin techo» y las personas que residen en hogares colectivos como residencias de ancianos. Pero hay más datos de diferentes encuestas: la renta media es el 85% de la estatal, siete de las 8 provincias andaluzas figuran entre las 10 más pobres, y sigue…

Sobre la progresión de la situación andaluza, a la que hacen referencia los titulares de la Junta, sobre esa «Andalucía imparable» cabría destacar alguno de los puntos puestos a relucir por el economista Manuel Delgado Cabeza en 2004 que señalan que «la diferencia entre la tasa de paro de Catalunya y la de Andalucía ha pasado de 4,3 puntos en 1981 a 10 puntos en 2002» y que «la tasa de paro juvenil es superior al 30%. Diez puntos por encima de la media española y el doble de la europea», en aquel año. En un reciente artículo el reconocido economista andaluz coincide en rechazar el discurso oficial sobre nuestra realidad afirmando que «con tal de que se mueva dinero, y haya negocio, el diagnóstico es siempre positivo», estas afirmaciones parecen hechas a la medida de las informaciones de la Consejería de Economía y Hacienda sobre el crecimiento record de la economía andaluza (Revista de Coyuntura Nº62) que reconoce el papel del ladrillo como motor principal de la economía. Según Delgado Cabeza «en Andalucía se ha construido, entre 1991 y 2004, más que en Catalunya y Madrid juntas» y planteándose como novedad el hecho de que «edificándose viviendas con una intensidad triple que la del crecimiento de la población, la gente cada vez está más lejos de poder acceder a una».

Cabría preguntarse qué opinan los andaluces de todo esto y qué están dispuestos a hacer al respecto. La última Encuesta Social de Andalucía revela que tres de cada cuatro andaluces afirman que les interesa poco o nada la política, que, sin embargo, le dan un 4,6 al Gobierno andaluz, que «seguro que no» participarían activamente en cuestiones políticas en un 71% y que no se afilian a ningún sindicato u organización similar en un 83,5%.

La «nueva» reforma del Estatuto: un pacto de élites

Se ha convocado para el próximo día 18 de febrero el plebiscito por el que se somete a consulta la aprobación de la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Cualquier organización política que trabaje en Andalucía debe posicionarse en este debate, debate, por otro lado, de salón, de contertulios mediáticos.

Para nosotros el hecho nacional tiene un carácter político decisivo. Aparece al producirse una demanda de autogobierno y así se ha mostrado en la historia de Andalucía en momentos importantes en el marco de la lucha de clases, fundamentalmente durante la mal llamada transición. Sin embargo, la redacción del texto del nuevo Estatuto, aunque para nosotros viejo, ha estado al margen del debate del pueblo andaluz. Ha sido redactado y elaborado en los confines de los partidos, que con algunas diferencias preservan la supervivencia del sistema, sin una participación real de las clases subalternas.

Es por ello, que en este marco y en el contexto del Referéndum, no esperamos especiales ilusiones ni en la ratificación del mismo, en el que pondrán todos los medios las instituciones y los partidos burgueses, ni en una oposición efectiva. El inexistente debate, a un escaso mes de la consulta, así lo pone de manifiesto. Como lo pone de manifiesto la publicación institucional ACTUALIDAD en su número tres, dedicado a esta reforma, al señalar que «estos son los principales retos que ya estamos afrontando. Y se deben hacer pensando en otros veinticinco años de bienestar social, recuperando el sentimiento de esperanza ilusionante de aquel 28 de febrero de 1980 (…)». La reforma del Estatuto sólo será importante para los andaluces en la medida en que responda a sus preocupaciones.

Por otro lado, el desarrollo de elaboración de la reforma, con sus dimes y diretes, ha puesto de manifiesto el uso partidista de la misma. El contexto político, con las problemáticas tramitaciones de las reformas de los estatutos vasco, catalán y valenciano, ha instrumentalizado el futuro estatuto andaluz. La cuestión más problemática, la caracterización de Andalucía como nacionalidad histórica o no, ha sido empleada por los partidos mayoritarios, como escaparate para mostrar, no sólo a los andaluces y andaluzas, sus visiones sobre la configuración territorial y organizativa del Estado. Para nada se ha considerado las inquietudes de los andaluces y andaluzas. Se ha empleado su procedimiento de elaboración para un fin distinto del que le corresponde: la constitución de una autoorganización eficaz. Esta desviación ha causado una desvirtuación del Estatuto.

Reconociendo avances claros en algunas materias, sin embargo, éstas no rompen con la situación de subordinación de Andalucía en el ordenamiento del Estado y de la UE. No hay una ruptura de las lógicas entre un Estatuto y otro. Creemos que la clase trabajadora debe liderar su propio proyecto de construcción de Andalucía al servicio de la aparición de un proyecto socialista, ecologista e internacionalista. Una Andalucía que sea voz de la lucha contra el capitalismo y contra esta globalización en cuyo campo de juego a Andalucía le ha tocado perder.

Este NO es el Estatuto de la izquierda, a continuación se exponen algunos motivos.

Porque apuntala el régimen constitucional

El objeto de la reforma es el estatuto de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de autonomía para Andalucía, cuyo artículo 1.3 determina que «los poderes de la Comunidad Autónoma emanan de la Constitución y del pueblo andaluz en los términos del presente Estatuto». De esta forma, la Constitución es el límite, como bien ponen de manifiesto las cabezas pensantes del PSOE y del PP en este tema, y en todo aquél que pueda afectar a la «Carta Magna». El origen y contenido de este último texto, que en ningún caso supuso una ruptura con el franquismo, erige en la práctica la consolidación del régimen capitalista, cediendo lo imprescindible para mantener los intereses y privilegios de la clase dominante. En coherencia con el NO que nuestros compañeros de la LCR dispensaron a la Constitución del 78 y más aún al ver sus resultados casi 30 años después, nosotros desde ERA-Espacio Alternativo seguimos rechazando una Constitución que sirve de azote a los que reivindican derechos democráticos, como el derecho a la autodeterminación, que no caben en sus estrechos límites y que, sin embargo, es papel mojado en lo que a reconocimiento y desarrollo de derechos sociales se refiere. El voto afirmativo a la reforma del estatuto apuntala este régimen pseudodemocrático constitucional. El plebiscito debe orientarse a cuestionar la validez de este sistema que imposibilita la conquista de derechos económicos y sociales efectivos.

Esta situación, lógicamente, no ha variado con el texto que se someterá a consulta el día 18 de febrero, de forma que el nuevo artículo 1.3 señala queda igual. De hecho, señalamos las concesiones realizadas por IU y PSOE al PP en el preámbulo y en al artículo 1, ratificadas por el parlamento español. Hay una lógica continuista del pactismo, pactismo que ha subordinado históricamente a Andalucía; en este caso avalada por la búsqueda del consenso y los puentes tendidos hacia el PP.

Una de las novedades del texto reside en la introducción de la legislación y política de la Unión Europea como elemento de valoración e interpretación del Estatuto y de las normas que dimanen del poder político andaluz. Así, el artículo 1.4 indica que «la Unión Europea es ámbito de referencia de la Comunidad Autónoma, que asume sus valores y vela por el cumplimiento de sus objetivos y por el respeto de los derechos de los ciudadanos europeos». De esta forma, se ampara y reconoce la política imperialista de esta Unión Europea, cuestionada en sus formas y contenidos. Si en el anterior referéndum por la Constitución Europea se pidió el voto negativo, no se puede dar cobertura a la entrada de los principios capitalistas e imperialistas inherentes a esta Unión Europea en nuestro Estatuto.

Por último, la importancia del Estatuto viene provocada por su inclusión en el denominado «bloque de la constitucionalidad». Junto a la Constitución de 1978, los estatutos de autonomía, sirven de parámetro de constitucionalidad de otras normas, ya sean estatales, ya sean autonómicas. Este bloque no debe presentar fisuras, de ahí que muchos artículos del vigente estatuto, como los de su reforma, sean trascripciones literales de la Constitución. La falta de reconocimiento efectivo de alguna necesidad o reivindicación supone la imposibilidad de exigir su cumplimiento. De ahí, la importancia de valorar convenientemente qué reconoce el estatuto, cómo lo reconoce y su vinculación con el texto constitucional.

Porque no da respuesta a las necesidades del pueblo andaluz

Como se ha manifestado con anterioridad, para valorar la orientación del voto en el plebiscito del próximo 18 de febrero, debe emplearse como criterio las reivindicaciones de los andaluces y andaluzas. En este sentido, la precariedad y siniestralidad laboral, la imposibilidad de acceder al uso de una vivienda, la legendaria reforma agraria, la integración de los inmigrantes, el deterioro ambiental y la existencia de bases militares extranjeras en nuestro territorio y de cementerios nucleares, deben constituirse en criterios prioritarios a fin de valorar la conveniencia de la modificación del Estatuto. En este punto adquieren especial relevancia los artículos 38 y 39:

«La prohibición de discriminación del artículo 14 y los derechos reconocidos en el Capítulo II vinculan a todos los poderes públicos andaluces, y dependiendo de la naturaleza de cada derecho, a los particulares, debiendo ser interpretados en el sentido más favorable a su plena efectividad. El Parlamento aprobará las correspondientes leyes de desarrollo, que respetarán, en todo caso, el contenido de los mismos establecido por el Estatuto, y determinarán los prestaciones y servicios vinculados, en su caso, al ejercicio de estos derechos» (art.38). «Los actos de los poderes públicos de la Comunidad que vulneren los derechos mencionados en el artículo anterior podrán ser objeto de recurso ante la jurisdicción correspondiente, de acuerdo con los procedimientos que establezcan las leyes procesales del Estado» (art.39)

De esta forma, para conocer realmente qué se reconoce a los andaluces y andaluzas en el texto de la reforma, habrá que atender al Capítulo II (artículos 15 a 36).

Pleno empleo en condiciones de eliminación de la precariedad y la siniestralidad laboral

En referencia a la precariedad y siniestralidad laboral, la reforma del Estatuto, en su artículo 10º, titulado OBJETIVOS BÁSICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, establece como objetivo básico «La consecución del pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores de la producción, con singular incidencia en la salvaguarda de la seguridad y salud laboral, la conciliación de la vida familiar y laboral y la especial garantía de puestos de trabajo para las mujeres y las jóvenes generaciones de andaluces». No obstante, este artículo 10 tiene un carácter meramente programático, es decir, dependerá de los poderes públicos su efectividad; no es objeto de recurso ante los tribunales. Para conocer realmente qué es exigible por los andaluces y andaluzas habrá que atender al artículo 26.1:

«En el ejercicio del derecho constitucional al trabajo, se garantiza a todas las personas:

El acceso gratuito a los servicios públicos de empleo. El acceso al empleo público en condiciones de igualdad y según los principios constitucionales de mérito y capacidad. El acceso a la formación profesional. El derecho al descanso y al ocio.» No existe, pues, ninguna referencia a la precariedad laboral, ni a la alta siniestralidad de Andalucía.

Acceso a una vivienda digna

Por otro lado, uno de los principales problemas de los andaluces y andaluzas consiste en el acceso al uso de una vivienda. Para empezar, la resolución de este problema no es un objetivo explícito básico de la Comunidad Autónoma al no reflejarse en el artículo 10. ¿A qué tiene derecho un andaluz/a en materia de vivienda según la propuesta de reforma? El artículo 25 nos da la respuesta:

«Para favorecer el ejercicio del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, los poderes públicos están obligados a la promoción pública de la vivienda. La ley regulará el acceso a la misma en condiciones de igualdad, así como las ayudas que lo faciliten.»

En este asunto, hay que tener muy en cuenta que el mismo texto señala como competencia autonómica «la planificación, la ordenación, la gestión, la inspección y el control de la vivienda; el establecimiento de prioridades y objetivos de la actividad de fomento de las Administraciones Públicas de Andalucía en materia de vivienda y la adopción de las medidas necesarias para su alcance; la promoción pública de viviendas (…)». El/La andaluz/a medio/a debe esperar, como maná caído del cielo, que los poderes públicos acepten que existe un problema y apliquen una solución. El sistema no da ningún instrumento individual o colectivo para hacer efectivo el derecho programático del artículo 47 de la Constitución. El círculo (reconocimiento programático de un derecho/ reconocimiento efectivo) sigue sin cerrarse.

Calidad ambiental

En referencia al deterioro ambiental de Andalucía, la propuesta contiene mucha paja. El artículo 10, el de los objetivos, reconoce tanto la pretensión de mejorar la calidad de vida de los andaluces y andaluzas, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, como el objetivo de aprovechar y potenciar los recursos naturales y económicos de Andalucía bajo el principio de sostenibilidad. No obstante, en el Capítulo II del Título I, el que señala nuestro margen de maniobra, el artículo 28 ya no reconoce este principio de sostenibilidad, problema básico de Andalucía que tiene sus manifestaciones en un urbanismo salvaje y una actividad económica irrespetuosa con el medio. El Título VII vuelve a tratar de la sostenibilidad. Por lo tanto, de la misma forma que ocurre con la vivienda, el andaluz/a medio/a no dispone de instrumentos directos de exigir un mínimo de calidad ambiental.

Reforma Agraria: redistribución de la tierra

Por otro lado, y tratando ya la cuestión de la reforma agraria, la propuesta señala como competencia andaluza «la ordenación, planificación, reforma y desarrollo de los sectores agrario, ganadero y agroalimentario y, de forma especial, la mejora y ordenación de las explotaciones agrícolas, ganaderas y agroforestales.» Marca entre sus objetivos (artículo 10) «la modernización, la planificación y el desarrollo integral del medio rural en el marco de una política de reforma agraria, favorecedora del crecimiento, el pleno empleo, el desarrollo de las estructuras agrarias y la corrección de los desequilibrios territoriales, en el marco de una política agraria comunitaria y que impulse la competitividad de nuestra agricultura en el ámbito europeo e internacional.»

No existe, pues, referencia alguna a una redistribución de la tierra y de los recursos, ya sean hídricos, naturales, materiales, para quien realmente la trabaja. En este punto, la referencia a una política agraria comunitaria resulta bastante desalentadora. El problema, pues, del reparto de la tierra y de los recursos naturales no se afronta, tal como ocurrió con el vigente estatuto.

Integración en igualdad de la población inmigrante

Otra cuestión de relevancia es la regulación e integración en igualdad de los flujos migratorios y de la población inmigrante extranjera en nuestra Tierra. Aquí adquiere particular relevancia el ya mencionado artículo 1.4 sobre el sometimiento de la política andaluza a la legislación y política de la Unión Europea. Andalucía, a pesar de erigirse en su preámbulo como «un espacio de frontera que ha facilitado contactos y diálogos entre norte y sur, entre los arcos mediterráneo y atlántico, y donde se ha configurado como hecho diferencial un sistema urbano medio en clave humana», no dispone de capacidad de decisión, ni siquiera negativa en esta materia. Por otro lado, a pesar de que, según el Preámbulo, el hecho diferencial se ha configurado como un sistema urbano medio en clave humana, no se reconoce participación política alguna para las personas inmigrantes extranjeras al establecer en su artículo 30 que «conforme al artículo 5, los andaluces y andaluzas tienen el derecho a participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos de Andalucía, directamente o por medio de representantes, en los términos que establezcan la Constitución, este Estatuto y las leyes.» Al hacer referencia al artículo 5, titulado CONDICIÓN DE ANDALUZ O ANDALUZA, señala que gozan de condición política de andaluces o andaluzas los ciudadanos españoles que, de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquier de los municipios de Andalucía. Asimismo, indica que dentro del marco constitucional, se establecerán los mecanismos adecuados para promover la participación de los ciudadanos extranjeros residentes en Andalucía. Las personas inmigrantes, incluso con papeles, carecen actualmente de instrumentos de participación política.

Andalucía tierra de paz

A pesar de diferentes proclamaciones del estilo «Andalucía (…) espacio de encuentro y diálogo entre diversas civilizaciones» o «(…) Andalucía puede y debe aportar a la sociedad contemporánea, sobre la base de los principios irrenunciables de igualdad, democracia y convivencia pacífica y justa», éstas resultan vacías al no afrontar la cuestión sobre el mantenimiento de las bases militares norteamericanas de Morón y Rota, así como el enclave de Gibraltar. Resulta preocupante que un documento como el Estatuto, norma institucional básica de Andalucía, renuncie a exigir el fin de la ocupación de fuerzas militaristas e imperialistas en nuestro territorio.

Atendiendo, pues, a los problemas de los andaluces y andaluzas, sólo cabe afirmar que el proyecto de reforma del Estatuto promocionado por los grandes partidos no da una solución clara y contundente a nuestros problemas. Un Estatuto que no se puede erigir sino en heredero del Sistema capitalista, militarista e imperialista. Un Estatuto que apuntala un régimen, el impuesto por la Constitución, del que no podemos sentirnos partícipes. Por ello, porque no encontramos razones para dar un voto de confianza al Sistema, porque el «nuevo» Estatuto no es nada nuevo, decimos y pedimos el voto en contra y no entendemos como la izquierda parlamentaria se ha domesticado tanto para llegar a compromisos con el actual gobierno de Andalucía y con la derecha parlamentaria para firmar un Estatuto que no nos sirve, que sigue sin servirnos.

Desde Espacio Revolucionario Andaluz apostamos por bordear el actual proceso elitista de configuración del «nuevo» Estatuto e impulsar un potente movimiento político que represente y organice los objetivos sociales de la clase obrera y las clases subalternas andaluzas.

www.espacioalternativo.org