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Amianto en el centro de salud de Polavieja de Melilla

La razón de la sinrazón

Fuentes: Rebelión

«No existen pruebas teóricas de que exista un límite de exposición (al amianto) por debajo del cual no haya riesgo de desarrollar un cáncer» Parlamento Europeo. Resolución de marzo 2013. Considerando B [1]     Abordar este caso concreto, que hoy mismo es noticia por el conflicto entre los trabajadores del centro de salud de […]

«No existen pruebas teóricas de que exista

un límite de exposición (al amianto) por debajo

del cual no haya riesgo de desarrollar un cáncer»

Parlamento Europeo. Resolución de

marzo 2013. Considerando B [1]  

 

Abordar este caso concreto, que hoy mismo es noticia por el conflicto entre los trabajadores del centro de salud de Polavieja en Melilla y las autoridades, puede resultar ejemplar pues nos vamos a enfrentar en los próximos años (quizás décadas) a situaciones como ésta. Básicamente, los trabajadores o vecinos van a denunciar que la presencia de amianto o asbesto es la causa de un número de cánceres supuestamente inusitado en un lugar o zona determinada (centro de salud, pero también colegios, hospitales, etc.), o bien que recelan de la presencia de este material (la mayor de las veces en forma de fibrocemento o uralitas) en las proximidades de los lugares que frecuentan [2].

Afortunadamente se está instalando el miedo al amianto en la sociedad [3] por una mejor información sobre su alta cancerigenocidad, con lo que cabe esperar mayores presiones hacia el desamiantado seguro, hacia la atención a las víctimas del mismo y hacia el señalamiento de las empresas y autoridades responsables de la catástrofe del amianto en España. Y servirá también para poder poner fin a esta conspiración de silencio y desinformación que ha caracterizado todo lo relativo a este mortífero mineral.

El centro de salud cuestionando  

La muerte de trece personas por cáncer en treinta años (otras fuentes dicen que en diez años) en este centro de salud de Melilla, han disparado todas las alarmas. Y el reciente fallecimiento de una trabajadora a la edad de 49 años, el pasado mes de abril, ha impulsado a la familia a denunciar el caso en los juzgados, a fin de que se averigüe si el amianto instalado ha sido la causa de la muerte prematura.

Los familiares han denunciado también que los «fallecimientos por esta dolencia se extienden de forma inusual a los alrededores del centro de salud en cuestión».

Que ya había preocupación en la dirección del centro, lo demuestra el hecho que desde el año 2013 se proyectaban reformas en el edificio; pero no ha sido hasta un año después en que no han salido las obras a concurso y no ha sido hasta ahora, en mayo, cuando ha saltado el escándalo, en que la dirección ha recordado que están pendientes las obras de reforma de las que se vienen hablando desde hace dos años. Es segura su aceleración antes de que el conflicto llegue más lejos. Para esto sirven las presiones sociales.

La campaña de apaciguamiento

Ante estas situaciones relativas al amianto, es ya conocido el protocolo que se aplica. El mismo que aquí se ha llevado a cabo. Se encarga a una empresa homologada la medición de fibras de amianto en el aire; dicha empresa actúa en una situación en que no ocurre nada especial en el edificio; no detectan en el aire un mayor número de fibras que las que legalmente están permitidas y la dirección del centro se apresura a decir, por activa y por pasiva, que «no hay ninguna situación de exposición que supere los límites establecidos en los lugares de trabajo según los reales decretos vigentes en la actualidad». Por tanto, todos tranquilos.

Por qué no podemos quedarnos tranquilos

El amianto nos afecta a todos. Como una telaraña global extiende sus venenos por todas partes. En los países en los que está aún permitido, por ello, y en los demás porque queda instalado la mayor parte de todo el consumido durante el siglo XX. Es un gravísimo problema este del amianto en todo el globo, que apenas si se ha abordado.

Las víctimas del letal mineral (y de las empresas oligopólicas que se han enriquecido inmisericordemente, URALITA en España) claman reparación y justicia. Son cientos de miles, millones, en todo el mundo. La OMS dice al respecto: «Actualmente hay cerca de 125 millones de personas expuestas al asbesto en su lugar de trabajo en el mundo. Se estima que a nivel global cada año mueren como mínimo 107.000 personas por cáncer de pulmón, mesotelioma y asbestosis debidos a la exposición ocupacional al asbesto». Hay que añadir las decenas de miles que mueren por contaminación familiar y ambiental. Una masacre silenciosa.

Pero pasando de la visión global a la perspectiva micro que ahora nos concierne hay que retomar el hilo del encabezado de este trabajo. En efecto, la Resolución del Parlamento Europeo de 2013 relativa al amianto o asbesto, quizás sea uno de esos documentos, que permiten cerrar la mayor parte de las discusiones acerca de la naturaleza del mineral.

En tratándose de las dosis que han medido nuestros laboratorios, sí es verdad que desde el punto de vista legal hay unos valores umbrales por debajo de los cuales se puede trabajar con amianto, pero desde el punto de vista la salud no existen esos valores mínimos. Podemos morir legalmente de amianto… pero moriremos.

Al respecto dice la International Agency for Research on Cancer (IARC) ( Vol. 14- 1977), refiriéndose al asbesto: «En la actualidad, no es posible determinar si hay un nivel de exposición en los seres humanos por debajo del cual no se produciría un aumento del riesgo de cáncer».

Confirma esta inexistencia de dosis mínimas seguras la propia OMS [4] , que afirma en 2006: «Habida cuenta de que se carece de datos sobre el umbral del efecto carcinogénico del amianto, y de que se ha observado un mayor riesgo de desarrollar cáncer en poblaciones expuestas a niveles muy bajos para eliminar con eficacia las enfermedades que provoca será preciso abandonar la utilización de todas sus variedades. La persistencia del empleo de fibrocemento en la construcción constituye un problema particular debido a la numerosa mano de obra que emplea, a la dificultad de controlar la exposición y, también, a la posibilidad de que los materiales utilizados se alteren y representen un riesgo para quienes realizan reformas, mantenimientos y demoliciones». Y esto es lo que ha podido pasar en el caso de la fallecida cuya familia ha puesto la denuncia. El hermano declaraba que «en su puesto sufría una gotera en el tejado y que en más de una ocasión ha inhalado el polvo que provocaban las distintas obras de reparación que se han hecho en el edificio», como advertía la OMS.

El real decreto vigente relativo a las dosis admisibles es el 396/2006 de 31 de marzo. En él podemos leer: «Los empresarios deberán asegurarse de que ningún trabajador está expuesto a una concentración de amianto en el aire superior al valor límite ambiental de exposición diaria (VLA-ED) de 0,1 fibras por centímetro cúbico medidas como una media ponderada en el tiempo para un período de ocho hora» (Art. 4). Y la Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) que desarrolla el decreto anterior dice explícitamente: «la utilización de equipos de protección individual de las vías respiratorias es recomendable siempre, incluso en aquellas situaciones en las que la evaluación de riesgos nos indique que no es probable que se sobrepase el valor límite, por dos razones fundamentales:

No hay ninguna exposición al amianto, por pequeña que sea, que pueda considerarse segura. Y no es posible garantizar, en la mayor parte de los trabajos, que no se puedan producir exposiciones accidentales no previstas.»

Todos los organismos responsables concuerdan con lo que destacábamos del Parlamento Europeo en el sentido de afirmar que «No existen pruebas teóricas de que exista un límite de exposición (al amianto) por debajo del cual no haya riesgo de desarrollar un cáncer».

Razón de la sinrazón: hemos hecho las mediciones de fibras en el ambiente tal como dice la ley y el resultado está por debajo del límite máximo permitido. El recuento está hecho con los procedimientos adecuados.

La legislación en vigor marca como límites 0.1 y 0.01 fibras por centímetro cúbico, según se trate de ambientes laborales o de fibras en el aire [5] , [6] , pero si nos retrotraemos unos años nos encontramos con que en la primera valoración de límites máximos admitidos es del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961, que fijó en 175 fibras por centímetro cúbico la concentración máxima permitida de amianto en espacios productivos. Entre 1961 y 2014 la permisividad se ha reducido drásticamente y la tolerancia es 1750 veces menor o 17.500 veces menor según los dos ambientes considerados.

Por eso, el Parlamento Europeo, en la resolución mencionada, dice: «B. Considerando que, ya en 1977, un grupo de expertos encargado por la Comisión Europea concluyó que «no existen pruebas teóricas de que exista un límite de exposición por debajo del cual no haya riesgo de desarrollar un cáncer» y que «no se ha establecido un nivel seguro de exposición al amianto», y considerando que esta opinión ha sido confirmada a lo largo de los años por todos los organismos científicos consultivos, y que los tribunales aceptan, por lo general, que no se conoce un límite de exposición al amianto por debajo del cual no existan riesgos». Y por eso añade: «24. Pide a la Comisión que realice investigaciones con objeto de revisar el valor límite de fibras de amianto; considera que toda reducción de dicho valor, así como la fijación del mismo, debe basarse en pruebas científicas sólidas».

O sea, que ese artificio de haber colocado unas cifras caprichosas como límites debajo de los cuales no pasa nada, es una mera cuestión de correlación de fuerzas. Y en todo caso es una manera de poder convivir laboralmente con el amianto para repararlo y para desamiantarlo, ya que si el límite fuese el que tiene que ser, es decir cero amianto por centímetro cúbico, seguiría en sus sitio de por vida. Es meramente un mal menor.

En cuanto al método de medir las fibras en el ambiente, el decreto 396/2006 [7] establece que el recuento de las fibras se hagan con microscopía óptica por laboratorios autorizados; pero si sustituyésemos esta forma de recuento por la basado en la microscopía electrónica, nos permitiría tomar en consideración las fibras cortas, que constituyen el 20% de las presentes en el ambiente, y que también son cancerígenas [8] . Luego los recuentos exhibidos en los informes oficiales están dados a la baja. Por eso en la Resolución del Parlamento Europeo ya citada se «pide a la Comisión que realice investigaciones con objeto de revisar el valor límite de fibras de amianto; y se insta a la UE a que sustituya la microscopía óptica por la microscopía electrónica de transmisión que es más precisa y ofrece una mejor detección de las partículas finas» (petición 24).

En este caso lo legal no es lo saludable.

Sobre los afectados, expuestos y acerca del futuro desamiantado seguro

Una situación como las que estamos abordando, que es previsible que se siga repitiendo en muchos lugares y tiempos, deja dos asuntos pendientes de la mayor importancia: uno es la situación de los afectados y el otro el qué hacer, y cómo, del amianto instalado.

Respecto al primero hay que recomendar lo que ya hace la Resolución del Parlamento a la que nos venimos refiriendo, que consiste en pedir que como » a causa de los prolongadísimos períodos de latencia, las víctimas del amianto no suelen ser capaces de fundamentar la causalidad de las exposiciones profesionales al amianto (…) los Estados miembros garanticen que la aportación de pruebas no recaiga en las víctimas del amianto, sino que establezcan derechos más amplios para que puedan solicitar las indemnizaciones correspondiente». Es decir que los afectados puedan ejercer sus derechos reparadores y de justicia sin las trabas que actualmente encuentran, y con más éxito.

Respecto al desamiantado seguro, de forma general, hay que acogerse a la petición 22 de la Resolución del Parlamento citada que insta a los Estados miembros a que «avancen en el proceso de eliminación gradual del amianto en el menor plazo posible». Y de forma concreta e inmediata, en el caso del centro de salud de marras, hay que presionar para que se efectúe un desamiantado seguro, de acuerdo a las directivas europeas y a la legislación española existente al respecto.

Centrándonos en el real decreto 396/2006 y la Guía Técnica del INSHY (2008) que lo facilita, hemos de recalcar las siguientes recomendaciones:

• La empresa que realice la tarea ha de ser especializada e inscrita en el RERA (empresas cualificadas oficialmente).

• Los trabajadores han de estar permanentemente protegidos según ley.

• La obra se ha de hacer usando fijadores para levantar cubiertas, tornillos u otras tareas necesarias.

• Se ha de evitar que se escape la menor cantidad de fibras posibles al exterior.

• Al finalizar el desamiantado, se ha de limpiar la zona con extractores apropiados para recoger todas las fibras escapadas.

• Se ha de hacer una medición final de fibras en el aire.

• Hay que hacer el desamiantado con el menor número de personas presentes durante las tareas de eliminación, y que exigir una vigilancia estrecha de la obra para que se cumplan las condiciones de seguridad presentes y futuras:

• Medidas que reducen la emisión de fibras

• Medidas que disminuyen la dispersión de fibras al ambiente

• Medidas que facilitan la limpieza y descontaminación de la zona de trabajo a ser posible con el edificio evacuado.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) en su Guía técnica de desarrollo del RD 386/2006, concreta estas medidas de la siguiente manera:

a) Medidas que reducen la emisión de fibras:

– No utilizar procedimientos de trabajo que supongan rotura y fragmentación de los MCA. Los materiales se retirarán enteros e intactos siempre que esto sea posible, mediante operaciones inversas a las de su montaje.

– Humectación de materiales.

– Empleo de herramientas manuales o de baja velocidad que no produzcan fuertes vibraciones.

b) Medidas que disminuyen la dispersión de fibras al ambiente:

– Extracción localizada con filtros de alta eficacia para partículas.

– Limpieza y recogida continua de los residuos que se generen.

– No realizar operaciones de soplado, proyecciones o maniobras bruscas que provoquen movimientos y perturbaciones que puedan favorecer la dispersión de fibras en el aire.

c) Medidas que facilitan la limpieza y descontaminación de la zona de trabajo:

– Preparación previa de la zona de trabajo con retirada de elementos móviles y aislamiento de los elementos que no se puedan trasladar.

– Recubrimiento del suelo con material plástico para recoger y facilitar la retirada de los residuos.

– Prohibición de barrido y aspiración convencional.

– Limpieza por vía húmeda

Si el desamiantado no hace siguiendo todas estas medidas y las restantes a las que obliga de Real decreto 396/2006, puede ocurrir que en el proceso de desamiantado se ponga en riesgo no solo a los trabajadores de la obra si no también a los ciudadanos vecinos del centro de salud y a los meros peatones que circulen cerca de las obras.

Coda.

Todo esto se proporciona para información y advertencia de los afectados, para que no los dejen tranquilizados aceptando que no hay riesgo, que las medidas no dan presencia de fibras por encima de lo permitido y que se va a desamiantar y reparar el edificio, sin asegurar que el modo de hacerlo ha de corresponderse con la las exigentes medidas que a las que le protocolo legal obliga. Y, asimismo, no se puede perder un estado de vigilancia extrema durante las obras, pues ya tenemos casos de empresas que por aligerar hacen las cosas fuera de las normas de estricta seguridad a que están obligadas, cuando no forzadas por el presupuesto con el que han obtenido la concesión de las citadas obras que han ofertado a la baja.

En el asunto del amianto nos jugamos la salud y la vida a gran escala, por eso debe ocupar un lugar prioritario en nuestra agenda de luchas.

Notas

[1] Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de marzo de 2013, sobre los riesgos parala salud en el lugar de trabajo relacionados con el amianto y perspectivas de eliminación de todo el amianto existente (2012/2065(INI))

[2] http://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/201505/06/vecinos-cruz-cubierta-piden-20150506105718.html

[3] 54 personas han dirigido un escrito al Director territorial del INGESA en donde se traslada «el miedo que tienen los empleados (del centro de salud) con respecto a los numerosos casos de cáncer, la mayoría con el resultado de fallecimientos de compañeros que no superan los 55 años de edad».

[4] http://www.who.int/publications/list/asbestos_related_diseases/es/

[5] http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2006-6474

[6] http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Normativa/GuiasTecnicas/Ficheros/Gu%C3%ADa%20T%C3%A9cnica%20Exposici%C3%B3n%20al%20Amianto.pdf pag. 69. En este caso se trata de una recomendación.

[7] http://www.boe.es/boe/dias/2006/04/11/pdfs/A13961-13974.pdf

[8] Boletín electrónico del INSHT nº 89, Erg@line: http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Documentacion/TextosOnline/Erga_online/2010/Ficheros/ERG@nline%20n%C2%BA%2089.pdf

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.