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Propuesta de la Mesa de Cambio Climático de El Salvador

Contribución Nacional del Estado salvadoreño como acción ante el cambio climático y aplicación del Acuerdo de París

Fuentes: https://es.scribd.com

La Mesa de Cambio Climático de El Salvador: Considerando que el Acuerdo de París: ° Fomenta espacios de diálogo y acción para aumentar el nivel de ambición y definir reglas que aún podrían aprovecharse para asegurar la efectividad de la mitigación y viabilidad de la adaptación al cambio climático, haciendo pertinente la continuación de las […]

La Mesa de Cambio Climático de El Salvador:

Considerando que el Acuerdo de París:

° Fomenta espacios de diálogo y acción para aumentar el nivel de ambición y definir reglas que aún podrían aprovecharse para asegurar la efectividad de la mitigación y viabilidad de la adaptación al cambio climático, haciendo pertinente la continuación de las negociaciones multilaterales en el tema, especialmente bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (Convención).

° Requiere la presentación de las contribuciones nacionales de los países mediante un proceso que, aunque es «de abajo hacia arriba» y aún no asegura la meta global de mantener el aumento de la temperatura media global por debajo de 1.5°C; puede considerarse un esfuerzo mundial encaminado a prevenir el colapso de los sistemas y sectores socio-económicos y ecológicos, y la vida individual y colectiva en todas sus expresiones y formas.

° Ayudará a fortalecer las capacidades nacionales, ya que su implementación requiere el fomento de la sensibilización pública, educación, investigación, innovación, desarrollo y transferencia tecnológica; además de la aplicación de las mejores prácticas de planeación e implementación de políticas.

° Podría aprovecharse para el diseño de una estrategia nacional para el bienestar y la sustentabilidad, mediante la adopción de políticas que faciliten el tránsito hacia: la viabilidad social, económica y ambiental; la observancia del sistema de derechos y la justicia ambiental; la eficacia, equidad y pluralidad económica; el bienestar social y la reducción de la pobreza.

Haciendo notar sobre la «Contribución Prevista Determinada a nivel Nacional» (INDC) del Estado salvadoreño, lo siguiente:

° Constituye una señal del Gobierno para contribuir al esfuerzo mundial encaminado a aplicar el Acuerdo de París.

° A pesar que el Gobierno contó con el acervo científico, asesoría y acompañamiento técnico-metodológico, y recursos financieros disponibles y proveídos por la Convención, para su elaboración y presentación; esto no fue aprovechado para el fomento de capacidades, planeación de políticas y reporte en materia de adaptación y mitigación.

° Fue elaborada sin una planeación oportuna y apropiada, con corto tiempo de preparación; luego de una consulta pública que no aplicó el «Principio del Consentimiento, Libre, Previo e Informado»; y presentada fuera del plazo estipulado, a sólo doce días previos al inicio de la COP-21.

° No cumple los atributos de «claridad, comprensibilidad y transparencia» al carecer de los criterios de idoneidad, eficacia y transparencia, lo cual incluye la falta de métrica, exactitud, precisión, comparabilidad y sustentación en los inventarios, evaluaciones y escenarios de referencia y futuros de emisiones de GEI, vulnerabilidad, manifestaciones e impactos del cambio climático para estimar el potencial de adaptación y mitigación; lo cual le resta credibilidad y afecta su elegibilidad para el financiamiento.

° Debe ser superada sustancialmente en cuanto a sus deficiencias para preparar la primera «Contribución Determinada a nivel Nacional» (NDC) como documento de referencia para la aplicación del Acuerdo.

Exhortamos al Gobierno y a los pueblos, actores y sectores no gubernamentales a reconocer que:

° El paradigma del «crecimiento económico alto primero» con su «enfoque antropocéntrico» han impregnado el entorno político nacional e internacional; relegando las agendas de calidad ambiental y cambio climático, como también las agendas relativas al sistema de derechos, acceso universal a los bienes comunes del Estado y pluralidad económica.

° Los esfuerzos, recursos y capacidades abocados en el Acuerdo de París para la acción en mitigación y adaptación al cambio climático, son coherentes y sinérgicos con las políticas, programas y medidas orientadas a la justicia social, sustentabilidad ambiental, eficacia y equidad económica; pues las acciones de mitigación mejoran la calidad ambiental, calidad de vida y sustentabilidad; y las medidas de adaptación, contribuyen a la reducción de la vulnerabilidad física, social, económica y ambiental.

° La acción ante el cambio climático no le compete sólo al gobierno central o poder ejecutivo, sino al Estado salvadoreño en su conjunto; por lo que los órganos legislativo y judicial y la población deben participar desde su ámbito de responsabilidad, en construir un entorno nacional habilitador y apropiado para la aplicación del Acuerdo de París en el marco del sistema de derechos.

° Un análisis comparativo de costo-efectividad entre un escenario de acción y otro de inacción ante el cambio climático en el país, muy probablemente reflejaría que los costos de la acción son menores que los de la inacción; justificando la conveniencia de una acción inmediata; la ratificación y entrada en vigencia temprana del Acuerdo de París, y la preparación de la Primera y sucesivas NDC de manera clara, comprensible y transparente.

° La inacción ante el cambio climático podría generar la no observancia por parte del Estado de sus obligaciones en materia de derechos humanos y entrañar, entre otros, privaciones del derecho a la vida y de los medios de sobrevivencia, amenazas graves a la salud y daños a bienes y personas; lo cual podría eventualmente ser objeto de acciones judiciales o de otra índole, en instancias nacionales o internacionales.

° La adopción de una Ley sobre cambio climático, supone el reordenamiento, organización y articulación de los compromisos y obligaciones derivados de la Convención y el Acuerdo de París, para su aplicación eficaz, y la actualización y renovación de los mandatos y mecanismos institucionales, incluyendo la medición, notificación y verificación periódica de la acción ante el cambio climático.

° La Primera NDC de El Salvador debería ser el punto de referencia y de partida para las mejoras futuras, y constituirse en la base para el diseño, institucionalización y legalización del sistema nacional de medición, notificación y verificación de la acción ante el cambio climático en cumplimiento a los compromisos asumidos.

Por lo tanto, demandamos que el Gobierno salvadoreño, al tomar acción inmediata para que la Primera Contribución Determinada a nivel Nacional (NDC) sea clara, comprensible y transparente:  

° Realice esfuerzos ambiciosos y persistentes bajo la responsabilidad del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales como entidad coordinadora y facilitadora del proceso, para asegurar que la NDC incluya los siguientes componentes: (i) la contribución del país a la mitigación mundial de las causas del cambio climático; (ii) la contribución del país a la adaptación al cambio climático en el ámbito nacional; (iii) los mecanismos nacionales para la medición, notificación y verificación de la acción climática; (iv) los medios para la implementación de la acción climática; y (v) la integración de la acción climática en las estrategias, planes y acciones de desarrollo y legislación.

° Cumpla los estándares consignados de integridad ambiental, transparencia, exactitud, exhaustividad, comparabilidad, coherencia y ausencia de doble cómputo.

° Supere las barreras del contexto nacional, mediante el fortalecimiento institucional de las entidades públicas pertinentes; el incremento de investigaciones sobre las manifestaciones e impactos del cambio climático y de propuestas de acción para enfrentarlo; involucramiento de los actores sociales relevantes en el abordaje y tratamiento del cambio climático; optimización y aprovechamiento de las capacidades técnico-científicas nacionales relevantes y el conocimiento ancestral y local; y mejoramiento de los sistemas de información y bases de datos vinculados al tema.

° Cumpla los siguientes criterios:

Idoneidad, en términos de sustentación técnico-científica; coherencia con un incremento de la temperatura menor a 1.5°C, viabilidad de la adaptación y sustentabilidad; e integridad ambiental, con base en acciones de mitigación permanentes, adicionales, mensurables, verificables, libres de fugas y de doble cómputo, y medidas de adaptación apropiadas y oportunas, por lo cual el país debe abandonar la implementación de los proyectos REDD+ en todas sus variantes, y de los enfoques, políticas y programas que los sustentan.

Eficacia, en términos de un marco legal e institucional apropiado; participación social, basada en el «Principio del Consentimiento, Libre, Previo e Informado», la inclusión de los pueblos, actores y sectores más vulnerables, y aquéllos con capacidad de propuesta y movilización; y acciones reales que puedan ser mensurables, notificables y verificables.

Transparencia, en términos de exactitud y exhaustividad, mediante la aplicación de las metodologías, métodos y métricas adoptados en el marco de la Convención; y comprensibilidad y comparabilidad, mediante una expresión y divulgación publica clara y entendible, y la posibilidad de comparación a nivel regional y mundial.

Y urge que el Gobierno salvadoreño implemente las siguientes acciones para la preparación de su Primera NDC:

° Definir, asumir y poner en marcha un «Plan de Contingencia», que permita realizar la elaboración inmediata de la Primera NDC aplicando las mejores prácticas mediante un proceso endógeno con apoyo institucional.

° Facilitar la constitución de un equipo técnico interinstitucional, intercultural e intersectorial, capacitado de manera intensiva y expedita en los aspectos técnico-metodológicos, estándares y criterios básicos para la aplicación de las mejores prácticas para el abordaje y tratamiento de los cinco componentes básicos de las NDC.

° Elaboración de una «Hoja de Ruta» que asegure la obtención de la Primera NDC a finales de 2016, para lo cual debería contar con acompañamiento continuo, asesoría técnico-metodológica de expertos calificados y considerando el conocimiento y experiencia ancestral y local en materia de mitigación, adaptación y medios de implementación.

° Transitar hacia un mecanismo técnico para actualizar y mejorar las subsiguientes NDC, el cual estaría articulado mediante un sistema de información con los otros procesos nacionales que generan la información relativa a los cinco componentes pertinentes a la NDC.

° Planificar y organizar la participación sustantiva de los diferentes sectores y actores gubernamentales y no gubernamentales, mediante procesos de consulta para la preparación de la Primera y sucesivas NDC; a través de las distintas fases del proceso: conceptualización, diagnóstico, opciones de medidas de mitigación y adaptación, medios de implementación, y seguimiento para la medición, notificación y verificación.

° Presentación oficial de la primera NDC de El Salvador bajo los criterios y estándares establecidos, y con antelación al depósito del instrumento de ratificación del Acuerdo de París.  

Llama a los pueblos, actores y sectores no gubernamentales del país a:

° Exigir a los órganos ejecutivo y legislativo dar pasos urgentes e inmediatos en relación a la ratificación del Acuerdo de París, y la realización y comunicación de su Primera NDC.

° Asumir su participación sustantiva en el diseño, desarrollo e implementación de las NDC y fortalecer la vigilancia sistemática de la función pública en el marco de un sistema nacional de medición, verificación y notificación de la acción ante el cambio climático.

° Impulsar la incidencia política para aumentar el nivel de ambición de la mitigación mundial y habilitar la capacidad de adaptación en el entorno de un clima cambiante.

° Involucrarse responsable y proactivamente en la vigilancia y rendición de cuentas de la función pública y privada, a fin de mejorar la eficacia de la mitigación y la adaptación.

Expresa su compromiso de continuar aportando de manera propositiva al Estado salvadoreño para contribuir a fortalecer el marco de políticas sobre cambio climático, y consideramos la necesidad que los procesos de participación sean:

· Con amplia inclusión de los diferentes pueblos, sectores y actores sociales relevantes, incluyendo la Mesa de Cambio Climático de El Salvador y cada uno de sus miembros;

· Fundamentados en el «Principio del Consentimiento Libre, Previo e Informado» y teniendo en consideración los «Principios Conjuntos para la Adaptación», y

· Garantes de la incorporación de la perspectiva de derechos humanos, equidad de género e inter-generacional, y conocimiento y experiencia ancestral y local de los diferentes territorios, comunidades y pueblos indígenas.

Adoptado en San Salvador, el 29 de abril de 2016,

Fuente original: https://es.scribd.com/doc/311280304/Propuesta-de-la-Mesa-de-Cambio-Climatico-de-El-Salvador-para-la-preparacion-de-la-Contribucion-Nacional-del-Estado-salvadoreno-como-accion-ante-el-cam