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El costo de hacer daño

Fuentes: Progreso Semanal

El llamado Título III de la ley Helms-Burton, es el que establece el derecho de cubanos cuyas propiedades fueron nacionalizadas en Cuba y con posterioridad hayan adoptado la ciudadanía de Estados Unidos, a reclamar en cortes norteamericanas a empresas de otros países, que hagan uso de las mismas mediante acuerdos con el gobierno cubano. De […]

El llamado Título III de la ley Helms-Burton, es el que establece el derecho de cubanos cuyas propiedades fueron nacionalizadas en Cuba y con posterioridad hayan adoptado la ciudadanía de Estados Unidos, a reclamar en cortes norteamericanas a empresas de otros países, que hagan uso de las mismas mediante acuerdos con el gobierno cubano.

De esta manera se equipara estas reclamaciones con aquellas que eran propiedad de norteamericanos y están reguladas por convenios internacionales, en su calidad de empresas extranjeras.

Por los problemas que entraña tal equiparación, desde el 1996 hasta la fecha, todos los presidentes de Estados Unidos han decidido prorrogar cada seis meses su aplicación, pero ahora se adoptó una prórroga de solo 45 días, supuestamente para revisar esta decisión y ponerla en práctica.

La aplicación de esta medida comporta tres grandes problemas para Estados Unidos: las afectaciones que conlleva para los reclamantes legítimos, el carácter extraterritorial de sus sanciones y las dificultades que entraña para el sistema legal norteamericano.

Los reclamantes norteamericanos están debidamente reconocidos por ambos gobiernos, el gobierno cubano ha manifestado en todo momento la voluntad de indemnizarlos y la forma de hacerlo es parte de la agenda de negociaciones entre los dos países. Incluir a los cubanos multiplicaría cientos de veces a los reclamantes y colocaría a la parte cubana en situación de tener que renunciar a su soberanía para aceptarlo.

En respuesta a esta posibilidad, Cuba ya anunció que, de aplicarse el Título III, consideraría nula cualquier reclamación antes amparada por la ley y reconocida por ambos gobiernos en sus negociaciones. Lo que significa que miles de reclamantes norteamericanos se verían perjudicados por la aplicación del polémico título.

Cuando fue adoptada la ley Helms-Burton, muchos gobiernos comenzaron a hablar de aprobar «leyes antídotos», que sancionaran a empresas que acataran esta medida norteamericana dentro de sus territorios. Para aplacarlos, entre otras cosas, Estados Unidos hizo la promesa de retener la aplicación del Título III, como ha venido ocurriendo hasta ahora.

Es por esto que, cuando el asesor de seguridad nacional John Bolton, anunció recientemente en Miami la posible reversión de esta práctica, varios gobiernos europeos recordaron a Estados Unidos que ello formaba parte de un acuerdo que debía ser honrado.

Otro problema que aconsejó retener la aplicación del Título III de la ley Helms-Burton, fue lo que implicaba para el sistema legal norteamericano. Se trata de asumir cientos de miles de reclamaciones, cuya legitimidad y monto no pueden ser debidamente verificables. Aparte del riesgo de colapsar el sistema procesal, se estaría implantando un precedente legal para cualquier ciudadano de otro país que haya adoptado la ciudadanía estadounidense y tenga propiedades que reclamar en su país de origen.

Las leyes Torricelli y Helms-Burton establecieron pautas que afectaron muchos aspectos de la política exterior de Estados Unidos. Tanto George H. Bush como William Clinton se opusieron hasta última hora a sus respectivas aprobaciones, porque restringían considerablemente el poder del presidente en la conducción de la política exterior. Si finalmente las aceptaron, fue bajo la presión de intereses electorales, en detrimento de preceptos constitucionales que regulan la separación de poderes del país, así como la ley internacional.

También fue un estímulo para la utilización de sanciones unilaterales extraterritoriales, como mecanismo de imposición de la política exterior de Estados Unidos. A partir de Cuba, ya resulta común la aplicación de este tipo de política contra muchos países e incluso se ha construido una teoría alrededor de su conveniencia para la hegemonía norteamericana.

No obstante, pocas decisiones han sido tan cuestionadas como el Título III de la ley Helms-Burton. Aparte del contrasentido legal que significa desconocer la autoridad de un gobierno extranjero sobre sus propios ciudadanos, la razón fundamental es que interfiere en los derechos de otros países y perjudica a los propios Estados Unidos.

Recientemente, el senador Marco Rubio declaró ufano que, esta vez, el gobierno de Donald Trump aplicaría esta política. Es posible. Dadas las características de esta administración, incluso llama la atención que dediquen 45 días a pensarlo.

Sin duda, están arañando las paredes en búsqueda de nuevas acciones contra Cuba, dentro de la estrategia para América Latina, que esta gente está alentando dentro de la administración Trump. Pero igual que en sus orígenes, la revitalización de lo que parecía un muerto tiene fines electorales.

El Título III fue escrito para satisfacer los intereses de la oligarquía cubana, la cual devino un componente director de la contrarrevolución y de la articulación de la derecha cubanoamericana. El gobierno de Donald Trump ha incitado a estos grupos y medidas como estas tienden a consolidar a estas fuerzas de cara a las elecciones del 2020.

De ocurrir que finalmente se apruebe la aplicación de Título III, Cuba tendrá que enfrentar nuevas afectaciones en el campo de las inversiones extranjeras, pero éstas ya se encuentran tan hostigadas por las persecuciones norteamericanas, que difícilmente una presión más, haga una diferencia notable en los resultados.

Sin embargo, para Estados Unidos será otro conflicto con sus aliados, un nuevo descrédito de su política exterior y más cuestionamientos para un gobierno que hace agua por todas partes. A la larga, hacer daño cuesta.

Jesús Arboleya. Doctor en Ciencias Históricas, profesor del Instituto Superior de Relaciones Internacionales