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Según el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se vulneraron normativas y leyes de protección de la salud, el medio ambiente y el patrimonio histórico y cultural

La ampliación de la M-30 fue ilegal

Fuentes: Rebelión

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid sentencia que la ampliación de la M-30 se hizo vulnerando diferentes normativas y leyes de protección de la salud, el medio ambiente y el patrimonio histórico y cultural. Esta sentencia es firme y no se puede recurrir. La sentencia (de 13 páginas) refrenda el fallo previo del Juzgado […]

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid sentencia que la ampliación de la M-30 se hizo vulnerando diferentes normativas y leyes de protección de la salud, el medio ambiente y el patrimonio histórico y cultural. Esta sentencia es firme y no se puede recurrir. La sentencia (de 13 páginas) refrenda el fallo previo del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 22 de Madrid, de 2008, que fue recurrida por el Ayuntamiento, y que era demoledora para las tesis defendidas por el Ayuntamiento y su alcalde. Este tremendo varapalo legal se une al desmesurado coste de esta obra (más de 10.400 millones de euros, según actas del propio Ayuntamiento) que hipotecará los presupuestos municipales durante más de 30 años.

La ampliación de la M-30, además de ser ilegal y arruinar el presupuesto municipal, no ha solucionado los problemas para los que se dijo que se realizaba: evitar la contaminación, solucionar los problemas de tráfico… En buena lógica democrática, a partir de esta sentencia el Alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, debiera extraer evidentes consecuencias políticas y personales: la obra más emblemática de su anterior legislatura ha sido declarada ilegal.

La sentencia es diáfana contra el Ayuntamiento de Madrid. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) refrenda y confirma la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 22, de 16 de octubre de 2008, en la que el juez acogía «en su integridad los motivos de impugnación contenidos en la demanda» de Ecologistas en Acción y declara nulos los actos recurridos, esto es, todos los proyectos de soterramiento de la M-30 junto al cauce del Manzanares.

Es de destacar que dicho Juzgado de lo Contencioso antes de emitir su sentencia elevó una cuestión prejudicial a la más alta instancia judicial de la Unión Europea, el Tribunal de Luxemburgo, quien, en julio de 2008, fue también muy contundente contra el Ayuntamiento [1].

El TSJM, como ya hizo antes el Juzgado de lo Contencioso nº 22, concluye que era imprescindible la realización previa de un estudio de impacto ambiental, que no es de recibo el «troceado» en diversos proyectos para eludir este procedimiento y que el hecho de que sea una vía urbana, o no, (reiterado «argumento» del Alcalde, de ahí lo de «Calle 30») resulta irrelevante, puesto que en todo caso su reforma -y más si es del calibre de la que se realizó- tenía que someterse a este precepto legal.

Connivencia culposa de la Comunidad de Madrid

La anterior sentencia del Juzgado de lo Contencioso, que ahora refrenda el TSJM, tampoco olvida la connivencia culposa de la Comunidad de Madrid. El juez de este Juzgado sentenció que «se ha constatado la infracción de una norma imperativa del derecho interno español, contenida en una ley autonómica», refiriéndose a la vulneración de la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, que obliga taxativamente a la evaluación de impacto ambiental previa a todo proyecto que afecte a un Bien de Interés Cultural, como era el caso de las Terrazas del Manzanares afectadas por las obras. Sin embargo, el Gobierno regional autorizó las obras a pesar de las denuncias de Ecologistas en Acción.

Lentitud judicial: indefensión del medio ambiente y de la calidad de vida

Ecologistas en Acción se congratula de esta sentencia que le da la razón en todo lo planteado, pero no puede sino constatar cómo nuestro sistema judicial no permite en la práctica la defensa del medio ambiente, ni de la salud y bienestar de la población. A pesar de que los recursos fueron interpuestos antes del inicio de las obras, no se pudo evitar ni la ejecución del proyecto ni que los vecinos sufrieran una larga tortura de más de dos años (en los que muchos llegaron a abandonar sus viviendas) por la forma en la que se realizaron los trabajos (ruidos nocturnos, zanjas, vallas, afecciones respiratorias, etc.).

En definitiva, y como ha venido repitiendo Ecologistas en Acción desde hace años y ahora resulta inapelable, la ampliación de la M-30 era ilegal. Pero no sólo se trata de una obra que ha vulnerado diversas leyes y normativas. También ha supuesto una ruina para las arcas municipales que se prolongará durante muchas legislaturas sin que se haya resuelto ninguno de los problemas que según el Ayuntamiento la justificaban: los problemas de movilidad siguen siendo los mismos, los atascos persisten, la contaminación del aire continúa por encima de los límites legales… Ahora, además, mientras las deudas aumentan y los impuestos suben, las ilegalidades ya no se pueden disimular.

En Alemania los ministros dimiten por plagiar una tesis doctoral. Aquí, por promover una obra ilegal, que ha hipotecado por décadas a la ciudad sin solucionar los problemas de contaminación ni congestión viaria, ¿qué ocurrirá? Mucho nos tememos que el Alcalde ni siquiera se dignará a dar explicaciones de este descomunal, e ilegal, despropósito.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia sobre la M-30