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Estados Unidos versus Gerardo Hernández

Las dos cadenas perpetuas con dos eslabones rotos

Fuentes: Rebelión

«¿Es igual una cadena perpetua que dos, o ninguna?» Nuevamente los abogados de la defensa de Gerardo Hernández Nordelo, uno de los cinco Héroes cubanos, intentarán que el sistema judicial estadounidense rectifique una injusticia que enloda la actuación del gobierno norteamericano y al propio sistema y que es un escarnio a la noción del bien […]

«¿Es igual una cadena perpetua que dos, o ninguna?»

Nuevamente los abogados de la defensa de Gerardo Hernández Nordelo, uno de los cinco Héroes cubanos, intentarán que el sistema judicial estadounidense rectifique una injusticia que enloda la actuación del gobierno norteamericano y al propio sistema y que es un escarnio a la noción del bien que debe prevalecer en la nación y el pueblo norteamericanos. Esta vez lo harán a través de una solicitud de habeas corpus que se presentará en junio ante la jueza Joan Lenard, la misma que los condenó en la Corte Federal de Miami, con la expectativa o esperanza de que se reconsidere la ilegal e injusta situación de Gerardo, quien fue excluido de la posibilidad de resentencia por la Corte de Apelaciones del Onceno Circuito de Atlanta.

Gerardo Hernández Nordelo fue sentenciado a dos cadenas perpetuas más quince años, como parte de una causa, sería mejor decir una trama, en la cual el FBI, la Fiscalía y el Gobierno, el sistema judicial, la prensa reaccionaria de Miami y los sectores de la mafia cubano-norteamericana, se coligaron de manera criminal para vengarse de Cuba a través de cinco hijos dignos y heroicos. Cada parte de esta coalición infame puso su granito o peñasco para hacer realidad y conseguir sus propósitos deleznables.

Estimado lector, quizá Ud. pueda conocer a profundidad o someramente este caso, puede ser que Ud. sea indiferente al mismo, o por el contrario sea ferviente defensor de los cinco Héroes cubanos, o tal vez un acérrimo partidario de las condenas a los supuestos espías. En cualesquiera de los casos, me permito recomendarles a todos la lectura del Fallo del 4 de Junio de 2008 de la Corte de Apelaciones del Onceno Circuito de Atlanta, texto oficial en inglés de unas 99 páginas, con su característico lenguaje y redacción técnico-jurídico, que lo hacen a veces abstruso, pero cuyo contenido puede darnos luz, en medio de las sombras y oscuridades cuidadosamente puestas conscientemente para impedir los rastros de la verdad. Pero aún así, allí mismo, si no se es un papanatas, se podrá tener la convicción de la injusticia o al menos la convicción de la duda sobre las reales razones esgrimidas para las condenas de todos y, en especial, para la descomunal condena de Gerardo.

Para afirmar que las dos cadenas perpetuas impuestas a Gerardo tienen dos eslabones rotos, como si hubieran sido elaboradas con unas cabuyas podridas, según el decir de alguien que conozco, recurriré fielmente al texto de dicho fallo de la Corte de Apelaciones.

Antes de referirme a estos eslabones frágiles, citaré aquellos aspectos generales de la causa de los cinco, que pueden ilustrar el marco jurídico que dio pie a las condenas de todos.

Se señala al inicio del texto, que cinco agentes cubanos, que fueron miembros de la Red Avispa, fueron condenados por su espionaje contra las fuerzas militares de los Estados Unidos y de los cubanos exiliados en el sur de la Florida. Una especial misión de la red cubana, condujo a la muerte de cuatro hombres (pilotos y acompañantes) cuando jets militares cubanos derribaron a dos avionetas privadas sobre aguas internacionales en 1996. Cada agente cubano fue convicto de cargos de espionaje, y un agente (Gerardo) fue convicto de conspiración para cometer asesinato, después de un juicio en Miami que duró más de seis meses.

Durante el juicio la Fiscalía, en nombre del Gobierno, remarcó la demonización de los acusados de la manera siguiente. «Dios mío, estos tipos son espías». «Ellos procuraban la destrucción de los Estados Unidos de América».

Después del análisis de la causa por los Jueces del Tribunal de Atlanta, que duró un largo tiempo, determinaron en su fallo, confirmar la sentencia de dos de los acusados (Gerardo y René) y se pronunciaron por la solicitud de resentencia de tres (Ramón, Antonio y Fernando). Como es sabido estos ya fueron resentenciados, y tanto Ramón como Antonio fueron exonerados de la cadena perpetua, a cambio de años de cárcel de cierta significación, y Fernando recibió una condena en años escasamente menor a la original.

Las cadenas perpetuas de Ramón Labañino y Antonio Guerrero fueron eliminadas debido, según dictaminó la Corte de Apelaciones, a que la Corte del Distrito de Miami erró cuando aplicó la Guía de Sentencias y aplicó una sección que no correspondía, según se dice textualmente, porque «hubo ausencia de hallazgo de información secreta máxima (top secret information) que fuera recogida o transmitida».

Por tanto, la más grave imputación y la más aplastante condena, cadena perpetua, se cayó por inconsistente a la luz de las pruebas y la aplicación de las reglas de la Guía de Sentencia en los casos de Antonio y Ramón.

Veamos ahora todo lo relacionado con las cadenas perpetuas de Gerardo Hernández y los dos eslabones rotos.

ESLABÓN PRIMERO

La acusación original, tal como expusimos al inicio de este artículo, era el de espionaje y la búsqueda de información de seguridad nacional de los Estados Unidos y la misión de producir daño a ese país. Tal como fueron perfilándose los análisis quedó establecido por la Corte de Apelaciones que había lugar para cambiar las cadenas perpetuas por mala aplicación de la Guía de Sentencia, y posteriormente, en el juicio de resentencia, la Fiscalía estuvo de acuerdo y la Jueza Lenard convino en su eliminación en los casos de Antonio y Ramón.

Ahora bien, cabe preguntar: ¿Es igual una cadena perpetua que dos, o ninguna?

Ahora analicen los argumentos maquiavélicos de la Corte de Apelaciones en lo que se refiere al mismo asunto en el caso de Gerardo Hernández.

Ellos, los jueces de la Corte, no incluyeron a Gerardo en la resentencia, «porque él fue sentenciado a prisión de por vida por conspiración para cometer asesinato, y cualquier error en los cálculos concernientes a la sentencia por conspiración para reunir y transmitir información de seguridad nacional es «irrelevante para el tiempo que él debe permanecer en prisión». «Hernández no tiene que ser resentenciado porque el error es inofensivo con respecto a él».

De esta manera absurda, kafkiana, y criminal, no se consideró que Gerardo merecía librarse de una de las cadenas perpetuas, ya que no se pudo comprobar en ninguno de los casos de los cinco que reunieran o poseyeran información top secret, la cual es, por definición legal de los Estados Unidos «aquella información de seguridad nacional que razonablemente podría esperarse que cause excepcionalmente graves daños».

Hay que apuntar, además, que la opinión particular en dicho fallo del Juez Birch, aunque contradictoria con el primer dictamen del panel de tres jueces, del que formó parte, y contradictoria en sí misma en este panel, trasluce conflictos de conciencia que se expresan en su opinión de que respecto al primer cargo, primer eslabón, «era un caso muy cerrado» desde el punto jurídico, y que en general, «él sugería respetuosamente que este caso proporciona una oportuna y apropiada oportunidad para que la Suprema Corte trate este asunto…»

He ahí, en forma evidente, el primer eslabón frágil y roto, que sustenta una cadena perpetua de la condena de Gerardo Hernández Nordelo.

ESLABÓN DOS Y ÚLTIMO

El cargo dos contra Gerardo, conspiración para cometer asesinato, lo inventaron y configuraron la mafia cubano-norteamericana y la prensa que sirve a sus intereses en Miami, y la introdujo y la integró al expediente la Fiscalía para complacer el espíritu de venganza de esa claque reaccionaria, mucho tiempo después de iniciado el proceso. Fue una percha advenediza para ver qué pasaba en el juicio.

Si Ud. quiere saber si los tribunales tuvieron acceso debido a los hechos del derribo de las aviones de la organización terrorista Hermanos al Rescate, podrá comprobarlo leyendo el fallo de la Corte de Apelaciones, donde el relato de los hechos y sus implicaciones legales nacionales e internacionales y, lógicamente políticos, quedan suficientemente claros, aunque aquí y allá se puedan constatar omisiones o faltas a la más estricta verdad. Pero aún así queda palmariamente claro que ocurrieron hechos escandalosos y se cometieron violaciones graves de la soberanía de Cuba por ese grupo mercenario, que hubo más que suficiente paciencia de las autoridades cubanas al tolerar tantas violaciones reiteradas y que, a pesar de los repetidos llamados y denuncias ante el Gobierno de los Estados Unidos y la Organización Internacional de la Aeronáutica Civil, nada se hizo para impedir lo que estaba prohibido por los tratados de la aviación civil.

Desde Cuba se actuó justo en el momento en que no se podía permitir mucho más las agresiones en ascenso de un grupo que, fuera de la ley, se burlaba del derecho internacional y los derechos respectivos de los Estados Unidos y Cuba, relacionados con este asunto..

Y es aquí, estrechamente vinculada con estos hechos, la más débil de las acusaciones que endilgó tardíamente la Fiscalía para complacer a los culpables de las ordalías aeroespaciales de Basalto y Cía.

Fue tan débil este cargo, que la Fiscalía en nombre del Gobierno, y temiendo un final estrepitoso, en medio del juicio se dirigió a la Corte de Apelaciones de Atlanta para que se le permitiera retirarlo pues consideraba que no tenía manera alguna de probarlo con pruebas objetivas y más allá de toda duda razonable. Sin embargo la Corte le negó la petición, y allí quedó para provocar un desenlace infeliz e infame contra Gerardo.

Como afirmara Kravitch, Juez de la Corte de Apelaciones, en su voto particular, y que aborda en más de trescientas líneas los hechos, «En mi opinión, el Gobierno falló al presentar evidencias suficientes para probar más allá de una duda razonable que Hernández estuvo de acuerdo en participar en una conspiración, cuyo objeto era el derribo de las avionetas en el espacio internacional, resultando en la muerte de algunos pilotos.» En las argumentaciones de Kravitch se apuntan elementos legales precisos para descartar los presupuestos legales y pruebas sustentados en el fallo definitivo.

Sólo con esos elementos allí recogidos, se rompe el segundo y último eslabón de la segunda cadena perpetua contra Gerardo.

Pero deben hacerse algunas precisiones en cuanto al derribo de las avionetas el día 24 de 1996, y es que ese día toda esa área del territorio nacional estaba declarada como activada y cerrada al tráfico aéreo internacional y, por lo tanto, bajo un estatuto militar especial, del cual se conocía de antemano internacionalmente, se había alertado al Gobierno norteamericano que impidiera los vuelos de Hermanos al Rescate con incursiones dentro del territorio nacional, la organización terrorista fue advertida por el Gobierno norteamericano, pero no hizo nada por impedir la provocación que ésta pregonaba públicamente a través de los órganos de prensa. El elemento esencial, que el tribunal malintencionadamente oculta a pesar de las pruebas, es que ese día las tres avionetas penetraron en el territorio nacional, que fueron advertidas por los cazas cubanos que descontinuaran la violación y que, finalmente, ante la negativa, dos de ellas fueron abatidas dentro del espacio aéreo cubano, no en el internacional, como se afirma. La tercera avioneta, la pilotada por Basulto, no lo fue precisamente porque en su huída, después de violar el espacio cubano, llegó a rebasar éste y penetrar en aguas internacionales. Por lo tanto, cuando se afirma en el fallo que las avionetas fueron derribadas en el espacio internacional, para tener un asidero para la condena de Gerardo, debía afirmarse con honestidad y propiedad que lo fueron dentro del espacio nacional de Cuba, y entonces carecería de fundamento legal alguno la acusación contra Gerardo por este hecho. Y eso lo saben bien la Fiscalía y el Gobierno, y mucho más el Tribunal.

Estos elementos adicionales, junto con todos los detalles que obran en el expediente de la causa, son suficientes para exonerar a Gerardo Hernández de esa infame segunda cadena perpetua.

Gerardo y los otros cuatro compañeros cumplirán en septiembre doce años de prisión injusta. Se trata esencialmente, según lo dictaminó en mayo del 2005 el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, de una «detención arbitraria e ilegal».

El mundo espera, quisiera confiar, que el sistema judicial de los Estados Unidos conserve un adarme de honor y de apego a la verdad, para decidir un asunto vital sin que prevalezca el prejuicio o el vil espíritu de venganza.

Pero la humanidad espera mucho más del Gobierno de los Estados Unidos, representado ahora por Obama, y es que esa herencia deshonrosa dejada por Clinton y luego transmitida con regodeo de odio por Bush, sea abordada con la urgencia que merece, y en uso de las atribuciones que tiene al respecto, pero fundamentalmente en ejercicio de una autoridad moral y política que lo distinguiría, se pronuncie y disponga la liberación de esos hombres dignos y valientes, que pusieron en riesgo sus vidas, no para agredir a los Estados Unidos, sino para prevenir a su pueblo de la muerte que se planificaba y orquestaba desde Miami, y cuyos planes macabros fueron impuestos al Presidente Clinton, a través de funcionarios de alto nivel de Seguridad nacional, en mensaje de Fidel Castro dirigido a través del Premio Nobel de Literatura, Gabriel García Márquez, apenas tres meses antes de que los cinco fueran detenidos y encausados.

Así como ha habido deshonor en este caso por parte de los Gobiernos de los Estados Unidos, ojalá que el honor prevaleciente en el pueblo noble de ese país, se transmita al Presidente en ejercicio, y la justicia, aunque tardía, resplandezca, como hace muchos años ocurriera con el caso Dreyfus en Francia.

Si la historia refiere que Dreyfus no fue un espía, ya se encargará de reivindicar que los cinco Héroes cubanos tampoco lo fueron, y todos debieron sufrir largas condenas injustas en prisión.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.