Luego de más de cinco años del primer anuncio de reforma, finalmente se conoce el anteproyecto de la nueva Constitución de la República. No enmiendas o cambios puntuales, sino una nueva Carta Magna. Algunos soñaron con una Asamblea Constituyente, similar a la del 40, con integrantes electos por el pueblo, y cuyas deliberaciones fueran públicas. […]
Luego de más de cinco años del primer anuncio de reforma, finalmente se conoce el anteproyecto de la nueva Constitución de la República. No enmiendas o cambios puntuales, sino una nueva Carta Magna.
Algunos soñaron con una Asamblea Constituyente, similar a la del 40, con integrantes electos por el pueblo, y cuyas deliberaciones fueran públicas. Evidentemente eso no ocurrió. Ahora, como en el 76, una Comisión que ha trabajado desde 2013, redactó el anteproyecto que este sábado fue presentado a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Muchas de las transformaciones planteadas se derivan de los Lineamientos y la Conceptualización del Modelo Económico y Social, y los cambios implementados hasta ahora en el proceso de actualización.
Sistema económico
El anteproyecto refrenda la propiedad socialista de todo el pueblo como núcleo del sistema económico, y el dominio público de recursos fundamentales como las minas, el suelo y las vías de comunicación.
El texto reconoce la propiedad cooperativa -que en la anterior Constitución solo incluía las cooperativas agrícolas-, y la propiedad privada, diferenciada del trabajo por cuenta propia. Como novedad, la propiedad mixta trascenderá el binomio Estado-inversor extranjero, y podrá incluir dos o más entidades en varias combinaciones de las diferentes formas de propiedad.
«Como hemos incorporados formas nuevas, no se puede desconocer el papel del mercado», afirmó Homero Acosta, Secretario del Consejo de Estado, en su explicación a los diputados. De igual forma subrayó la importancia de la inversión extranjera, no como complemento, sino como factor necesario, y en algunos sectores, imprescindible; lo cual ya había recogido la Ley 118 de la Inversión Extranjera.
La empresa estatal y la planificación se mantienen como elementos fundamentales dentro del desempeño económico. Acosta señaló que no se permitirá la concentración de la propiedad en los sujetos no estatales, y distinguió este término con respecto al de concentración de la riqueza, puesto que la definición de riqueza puede ser muy subjetiva, en dependencia de cada quien. Según han señalado varios economistas, lo que Cuba debe combatir no es la riqueza, sino la pobreza.
Ciudadanía y catálogo de derechos
Una buena nueva recogida en el anteproyecto es el matrimonio igualitario. Si bien no se menciona expresamente de esta manera, sí enuncia que el matrimonio es la unión formal entre dos personas, mientras que la Constitución vigente se refiere a la unión de un hombre y una mujer. Este cambio debe generar la correspondiente enmienda en el Código de Familia, cuya reforma ha sido también largamente esperada.
Se reconoce la libertad religiosa y se reafirma el carácter laico del Estado. Quedan respaldados el derecho a participar en la vida cultural; el respeto a la imagen, la dignidad y el honor; y a la creación intelectual. Igualmente se proscribe la discriminación en cualquiera de sus manifestaciones, y se mantiene la protección a los niños, adolescentes, ancianos y discapacitados. El derecho a la salud y la educación mantienen su condición de acceso universal y gratuito, aunque podrían cobrarse algunas prestaciones específicas. «Esto es una excepcionalidad -precisó Acosta-. Lo normal y el principio se mantiene, la salud pública es gratuita, universal, y es una reivindicación, un derecho conquistado que no se modifica».
Asimismo se incorporan nuevos derechos, como el derecho al agua y a una vivienda digna. Sin embargo, Acosta enfatizó que estos son derechos progresivos, o sea, que su reconocimiento no implica su ejercicio o disfrute inmediato. También se crean mecanismos de salvaguarda y amparo de los derechos en vía judicial.
Por otro lado, el tema de la ciudadanía constituye una notable decepción, pues se insiste en no reconocer la doble ciudadanía, y cuando se adquiere una ciudadanía extranjera, se pierde la cubana. Este planteamiento parece ignorar la condición transnacional de la sociedad cubana, y muestra oídos sordos ante la presencia y los reclamos de una diáspora de más de dos millones de cubanos que viven en otros países. Igualmente desconoce tendencias de las sociedades contemporáneas en todo el mundo, marcadas por procesos migratorios diversos y pluralismo de nacionalidades.
Sistema político
Probablemente uno de los mayores cambios dentro del anteproyecto resulta la separación de los poderes ejecutivos y estatales a todos los niveles de gobierno. Según el texto, Cuba tendrá un Presidente de la República -actualmente es Presidente del Consejo de Estado y de Ministros-, y un Primer Ministro, encargado de cuestiones administrativas y ejecutivas; a la usanza de varios países europeos, y de Vietnam y China.
Se reforzará la autonomía de los municipios, donde los respectivos cargos se denominarán Gobernador e Intendente. Esta división tiene como antecedente directo el llamado experimento administrativo en las provincias de Artemisa y Mayabeque. En principio, esto podría suponer cierto contrapeso y relativa independencia en el ejercicio del poder.
El Presidente, Vicepresidente y Secretario del Consejo de Estado, ocuparían los cargos homólogos en la Asamblea Nacional del Poder Popular, que continua como órgano superior del poder del Estado. Asimismo, los períodos de gobierno quedan limitados a cinco años y solo una reelección. El candidato a Presidente de la República deberá tener entre 35 y 60 años.
Todo lo anterior implica que -dentro de la intensa actividad legislativa que debe sobrevenir-, la Ley Electoral será la primera que habrá que modificar una vez aprobada la nueva Constitución.
El resto de las mencionadas son:
- Ley Electoral
- Código de Familia y Código Civil
- Ley de Tribunales Populares
- Ley de Defensa Nacional
- Código Penal y ley de Procedimiento Penal
- Ley de Control Constitucional
- Ley de Educación
- Ley de Salud
- Ley de los Municipios
- Ley de Empresas
- Ley de Cooperativas
- Ley de Ciudadanía
Por otro lado, la Contraloría General de la República, sin precedente en la Constitución de 1976, pues fue creada apenas en 2009, recibe reconocimiento expreso en el anteproyecto constitucional.
Producción legislativa
Existe una escala para ir concretando legislativamente los contenidos de la Constitución, anotó el Secretario del Consejo de Estado. «La Constitución es muy importante, es una norma muy trascendente, pero ella por sí sola sería letra muerta si no la desarrollamos. Experiencias hay en que contenidos de la Constitución no han tenido un desarrollo legislativo, y por tanto son vacíos u omisiones por no desarrollarse en las normas complementarias», explicó.
Alrededor de 50 disposiciones normativas deben crearse o modificarse, luego de la puesta en vigor de la Carta Magna. Entre ellas se encuentran el Código Civil, la Ley de los Tribunales Populares, Ley de Defensa Nacional, Código Penal, Ley de Procedimiento y Ley de Control Constitucional. Igual ocurre con la Ley de Educación, Ley de Salud, Ley de Empresas, Ley de Cooperativas, Ley de Comunicación, Ley de Ciudadanía, Ley de Municipios, entre otras tantas.
«Todo cambio constitucional, y más una nueva Constitución, implica una transformación en el sistema jurídico de un país», insistió Acosta, y adelantó que se deberá crear un cronograma legislativo desde la propia Asamblea, pues varias normativas estarían desactualizadas o se volverían inconstitucionales.
Discusión pública
La prueba de fuego del anteproyecto será someterlo al criterio del pueblo. Aquí el espíritu de la discusión tiene que trascender la alabanza y la gratitud que expusieron varios diputados. De la profundidad y honestidad de la discusión depende cuán realmente democrática, inclusiva y legítima será la nueva Constitución.
Posiblemente el principal obstáculo sea motivar la participación consciente y activa. Porque la gente está muy ocupada tratando de que le alcance el dinero, en la angustiosa lucha del transporte público y el sustento diario. En esa situación, bien puede que no haya ganas o interés de detenerse a discutir -de verdad- sobre el futuro del país; más aún cuando tantos debates anteriores han dejado flacos resultados.
Y tiene que haber un segundo momento donde se nos explique, de todo lo que dijimos, qué fue lo que quedó en letra. Recordemos el caso del Código de Trabajo, cuando se propusieron cambios al borrador, y luego nos enteramos, con la ley ya hecha, que ciertos planteamientos importantes no se había incluido.
¿Ahora sí?
A pesar de las carencias que ahora se le puedan señalar, varios juristas coinciden en que la Constitución de 1976 es una buena Constitución. Sin embargo, muchos de sus preceptos y mandatos han sido francamente incumplidos.
Por ejemplo, el uso del transporte marítimo, la posibilidad de los ciudadanos cubanos de domiciliarse en cualquier lugar del país, la elaboración de una Ley de Prensa, de una Ley de Ciudadanía, entre otros elementos.
¿Cómo sabemos que la Constitución nueva sí se va a cumplir a cabalidad? ¿Cómo hacer para que esta no sea letra muerta o desconocida, como lo fue en gran medida su predecesora?
Estas preguntas nos llevan a que no basta una Constitución de estreno, por flamante que esta sea, si no está acompañada de voluntad política, de civismo y respeto a la legalidad, de transparencia en la gestión de la administración pública, de control popular y de un sistema de garantías. Si no, todo esto no servirá de mucho.
Fuente: http://progresosemanal.us/20180721/nueva-constitucion-para-el-pais-que-viene/