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¿Qué Estado palestino?: la autodeterminación es indivisible

Fuentes: Viento Sur

Hassan Abu Libdeh (exministro de la Autoridad Palestina) mencionó, el 19/12/2025, que en el contexto de la colonización rampante el porcentaje de tierras en las que un Estado palestino sería viable se estaba reduciendo considerablemente. Sugirió que en lugar del 23% de la Palestina del Mandato (correspondiente a Cisjordania y Gaza), los palestinos podrían en la práctica solo obtener entre el 8% (en un escenario optimista) y el 3% (en un escenario realista, teniendo en cuenta la colonización israelí) del territorio ocupado en 1967.

Según las fronteras de 1967, la superficie del “Estado de Palestina” es de 6.225 kilómetros cuadrados.

La verdad sangrienta y asesina que los líderes palestinos niegan es que la entidad ocupante se ha apoderado de 182 kilómetros cuadrados de Gaza al este de la Línea Amarilla (que Israel declaró como sus nuevas fronteras), de 349 kilómetros cuadrados, el área de Jerusalén, de 2.188 kilómetros cuadrados, para varios asentamientos, 176 kilómetros cuadrados para reservas naturales protegidas, y 1.328 kilómetros cuadrados, el resto de la Zona C después de la asignación del área de los asentamientos previstos para la anexión.

Esto significa que nuestro futuro Estado podría establecerse solo en el 32% del territorio del “Estado de Palestina” proclamado tras los Acuerdos de Oslo.

Si aceptamos las aspiraciones de la extrema derecha terrorista israelí liderada por Smotrich, según la cual la anexión podría incluir 1.248 kilómetros cuadrados de la Zona B, entonces el “Estado de Palestina” no sería más que una monstruosidad geográfica que represente el 12,2% del territorio.

En otras palabras, la superficie de nuestro futuro Estado podría variar entre el 8%, en el mejor de los casos, y el 3%, en el peor, de la superficie de la Palestina histórica.

En otras palabras, y sin rodeos, “ni siquiera vale la pena». 

Entonces podemos concluir que el rechazo de este Estado se impone como un deber nacional para decir: No al Estado como sustituto del derecho de retorno y del derecho a la autodeterminación de todo el pueblo palestino

Los sucesivos reconocimientos internacionales del llamado “Estado palestino” se presentan como un logro político histórico, cuando en realidad no constituyen más que un reciclaje de una vieja ilusión, promovida en detrimento de la esencia misma de la causa palestina. Estos reconocimientos, a pesar de su cuidado lenguaje diplomático, eluden deliberadamente las cuestiones fundamentales: ¿quién es el pueblo palestino? ¿Cuál es el contenido real de su derecho a la autodeterminación? ¿Y qué lugar ocupa el derecho de retorno en este supuesto Estado?

Es sorprendente observar que estos reconocimientos del Estado de Palestina no hacen ninguna referencia a las resoluciones 181 y 194 de la ONU, como si hubieran sido borradas del registro de la legalidad internacional. La resolución 194, que constituye el fundamento jurídico del derecho al retorno, se margina en favor de una sola resolución, la 242, reducida a una simple cláusula de negociación. Así, el derecho internacional se vacía de su fuerza vinculante y se transforma en un instrumento político selectivo.

Incluso cuando algunas iniciativas internacionales mencionan la necesidad de una retirada israelí de los territorios ocupados en 1967, este discurso sigue siendo parte de un marco de negociación que establece una falsa equivalencia entre una potencia colonial ocupante y un pueblo bajo ocupación. La ocupación deja entonces de ser un crimen que debe terminar inmediatamente para convertirse en un «conflicto» gestionado mediante mesas de negociación abiertas indefinidamente.

Desde los Acuerdos de Oslo este proceso de negociación se ha consagrado como la única opción ofrecida a los palestinos. La Organización para la Liberación de Palestina desempeñó un papel central en la consolidación de esta elección, no como una opción política susceptible de crítica y revisión, sino como un destino histórico sin alternativa. El resultado es el desmantelamiento interno del proyecto nacional, el abandono gradual del derecho al retorno y la aceptación de una autoridad con autonomía limitada, que opera bajo el control de seguridad y militar de la ocupación.

Más de veinte años de negociaciones no han producido ni Estado, ni soberanía, ni siquiera una congelación de la colonización. Por el contrario, estas negociaciones sirvieron de cobertura política y jurídica para una aceleración sin precedentes del colonialismo de asentamiento y una confiscación sistemática de lo que quedaba de las tierras palestinas, incluidas aquellas en las que se suponía que el «Estado» prometido vería la luz. El proyecto estatal se ha transformado así en un conjunto de bantustanes aislados, sin continuidad territorial y perspectiva política.

En este contexto, la observación formulada por la abogada francesa Rafaëlle Maison es de particular importancia: la retirada israelí de los territorios ocupados no está, según el derecho internacional, de ninguna manera condicionada a un proceso de negociación. El derecho internacional no otorga a la potencia ocupante el derecho a negociar el fin de su ocupación; le impone una retirada inmediata e incondicional. Por lo tanto, el proceso de negociación iniciado después de Oslo no solo es contrario a los intereses del pueblo palestino, sino también al espíritu mismo del derecho internacional.

Esto significa que los palestinos no solo fueron derrotados por el equilibrio de poder, sino que también fueron engañados políticamente. La negociación no fue una forma de obtener la retirada, sino una herramienta para gestionar y prolongar la ocupación. Sin embargo, se presentó como una prueba de sabiduría política, ya que algunos negociadores llegaron a considerar la negociación como un valor en sí mismo, ignorando el hecho de que, desde el punto de vista israelí, este proceso no tenía como objetivo resolver el conflicto, sino gestionarlo al menor coste.

Por lo tanto, los reconocimientos internacionales del Estado palestino no pueden considerarse una victoria política. Constituyen, en su esencia, una marginación del corazón de la causa palestina y un intento de sustituir los derechos históricos y jurídicos de todo un pueblo por una entidad soberana incompleta en una parte del territorio. Un Estado sin retorno, sin soberanía y sin unidad del pueblo y de la tierra no es un Estado, sino una forma moderna de perpetuación de la derrota.

El derecho a la autodeterminación es indivisible. No puede limitarse a los habitantes de Cisjordania y la Franja de Gaza, excluyendo a millones de refugiados en los exilios, ni a los palestinos dentro de la Línea Verde, que viven como ciudadanos de segunda categoría en un Estado, Israel, construido sobre las ruinas de su pueblo. Tampoco puede reducirse a una bandera, un himno y unas fronteras provisionales, mientras que la estructura del colonialismo de asentamiento permanece intacta, desde el río hasta el mar.

Cualquier solución política que ignore la unidad del pueblo palestino y la unidad de sus derechos, y que no se base en la justicia histórica y la igualdad política, no será una solución, sino una reproducción del conflicto en una forma diplomática embellecida. Lo que se requiere no es un Estado a cualquier precio, sino la aplicación efectiva del derecho a la autodeterminación de todo el pueblo palestino.

Naji El Khatib es profesor e investigador en sociología política. EHESS-Paris, Universidad An Najah-Nablus, Palestina.

Texto en francés: https://blogs.mediapart.fr/naji-el-khatib/blog/251225/quel-etat-palestinien-le-droit-l-autodetermination-est-indivisible?utm Traducción: Enrique García .

Fuente: https://www.sinpermiso.info/textos/que-estado-palestino-la-autodeterminacion-es-indivisible