Las leyes del Referéndum y de Transitoriedad Jurídica, aprobadas el día 8 de septiembre en el Parlament de Catalunya, fueron suspendidas por el Tribunal Constitucional trece días después de su promulgación. Son el eje fundamental de la puesta en marcha del artículo 155 en Catalunya, la base de la ilegalidad, según la justicia y la […]
Las leyes del Referéndum y de Transitoriedad Jurídica, aprobadas el día 8 de septiembre en el Parlament de Catalunya, fueron suspendidas por el Tribunal Constitucional trece días después de su promulgación. Son el eje fundamental de la puesta en marcha del artículo 155 en Catalunya, la base de la ilegalidad, según la justicia y la clase política española mayoritaria, que mantiene en la cárcel a Oriol Junqueras y otros siete exconsellers. Pero estas leyes son sólo dos muestras de una evidencia que se ha hecho más palpable a medida que avanzaba el conflicto: el Constitucional ha castigado la iniciativa legislativa de la Generalitat. Lógicamente, los recursos del Estado han sido interpuestos antes del anuncio de aplicación del artículo 155.
El 25 de octubre, dos días antes de que el Parlament declarase la creación de una República de Catalunya, el Tribunal Constitucional admitía a trámite el recurso del Gobierno contra la ley catalana de Medidas de Protección del Derecho a la Vivienda, lo que suponía ponerla automáticamente su suspensión. La ley fue aprobada en diciembre de 2016 por unanimidad.
Se trataba de una revisión de tres puntos suspendidos con anterioridad por el Constitucional. La mediación entre hogares y entidades bancarias, el trabajo hacia un parque de alquiler social significativo y la posibilidad de las expropiaciones del uso de pisos para paliar la emergencia social en una comunidad que ha encabezado desde el comienzo de la crisis el ranking de desahucios de todo el Estado español.
El Constitucional la suspendió casi un año después de su promulgación, con lo cual la Ley pasa a un limbo durante cinco meses hasta que se determine si el fondo de la norma incumple la carta magna, algo en lo que el Tribunal no ha entrado todavía.
Ley de Cambio Climático
De nuevo, el Constitucional frenaba otra ley aprobada por una mayoría amplia del Parlament en la que se contaban partidos independentistas y no independentistas, en este caso mediante la suspensión de varios artículos y no de la norma al completo. La Ley de Cambio Climático salía adelante con la sola abstención del Partido Popular.
Es una norma que plantea una reducción del 40% las emisiones de gases de efecto invernadero antes de 2030. Plantea también el cierre de las centrales nucleares que existen actualmente en la Comunidad Autónoma en un plazo de diez años. Establece, asimismo, «presupuestos de carbono» que fijen las emisiones previstas para las políticas que se lleven a cabo y priorizar la investigación en energías limpias.
La norma fue defendida como buena y consensuada por el PSC, y Ciudadanos la ponderó como una norma hecha sin «partidismo» para atajar un problema como el del calentamiento global.
La defensa de los reactores de Ascó y Vandellós II es el principal argumento del PP estatal para haber solicitado la suspensión de la Ley en el Constitucional. Para el partido del Gobierno, la Ley interfiere, asimismo, en la planificación económica general del Estado, motivo por lo que ha puesto recurso contra 17 artículos y seis disposiciones.
Larga lista
El listado de leyes suspendidas no termina ahí. Lo cierto es que el enfrentamiento no nace en otoño de 2017 -hay decenas de recursos cruzados pendientes de resolución, entre ellas la prohibición del fracking en 2016- pero en las últimas semanas se ha intensificado la presión: ley emitida, ley recurrida. Ha sido así con la Ley de comercio, servicios y ferias, que establece los horarios comerciales -defendida por JxS y apoyada puntualmente por otros grupos- o con la Ley de asociaciones de personas consumidoras de cannabis, que pretende regular el proceloso sector de los clubes de fumadores.
La creación de la Agencia Catalana de Ciberseguridad, promulgada a través de otra ley votada en esta ocasión por Junts pel Sí, PSC y Catalunya Sí Que Es Pot, fue recurrida igualmente a finales de octubre. Con la creación de esa Agencia, el Parlament aprobaba la jubilación del Centro de Seguridad de la Información de Cataluña (Cesicat) -organismo polémico por la existencia de ficheros de activistas creados en base a criterios ideológicos-.
Por último, también ha sido recurrida en el último trimestre la Ley de Voluntades Digitales, una norma que pretende explicitar que los testamentos de una persona fallecida incluyan cláusulas sobre qué hacer por los contenidos generados en vida del difunto, tales como publicaciones en redes sociales y gestión de correos electrónicos.
Esta ley que fue calificada de «publicitaria» por parte de expertos legales en la materia, pero que fue aprobada por unanimidad en el Parlament. Durante su aprobación en junio, la agencia EFE recogió que Rosa Maria Ibarra, del PSC, y Esperanza García, del PP, coincidieron en que la ley respeta el ámbito competencial de la Generalitat y que tiene como finalidad «ayudar a la ciudadanía».
Fuente: http://www.elsaltodiario.com/cataluna/suspension-leyes-generalitat-constitucional