«Haga como yo, no se meta en política» Francisco Franco A quienes venimos defendiendo desde hace tiempo la esencial identidad entre las formas excepcionales y las normales del Estado capitalista no nos sorprende la última sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo contra Herri Batasuna/Batasuna (HB). Tampoco nos extraña que esa resolución político-judicial se […]
Francisco Franco
A quienes venimos defendiendo desde hace tiempo la esencial identidad entre las formas excepcionales y las normales del Estado capitalista no nos sorprende la última sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo contra Herri Batasuna/Batasuna (HB). Tampoco nos extraña que esa resolución político-judicial se nos presente en un texto «original» francés que abunda en hispanismos (a título de ejemplo, el uso del término » compromis » que en la sentencia traduce el español «compromiso»-con el sentido de «comprometerse a algo»- cuando este término suele traducirse en los contextos de que aquí se trata por » engagement «). Además, su tufillo estilístico e ideológico y el que más de la mitad del texto se limite a reproducir la argumentación del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional españoles permiten sospechar que su redacción se ha confiado a algún representante de la justicia española. Los argumentos de la izquierda abertzale son simplemente ignorados en su sustancia o si acaso son rechazados mediante meras citas de pasadas resoluciones españolas.
Dos elementos resultan aquí capitales. Cuando argumenta el Tribunal de Derechos Humanos (TDH) en contra del recurso de Herri Batasuna/Batasuna lo hace afirmando que el Estado Español no ha conculcado mediante la disolución de esta organización ningún derecho fundamental pues es legítimo que el Estado Español defienda como marco exclusivo del ejercicio de la democracia y de las libertades su propio ordenamiento constitucional, el cual contempla entre otros aspectos la forma monárquica del Estado y su carácter unitario e indisoluble. De este modo, los pretendidos derechos humanos son los de cada ordenamiento constitucional «democrático» y no cabe que tengan la más mínima transcendencia respesto de este. Se trata de unos derechos humanos sin función constituyente alguna. El magistrado europeo, y por supuesto el español, habrían eliminado con gusto la famosa declaración de derechos del hombre y del ciudadano que sirve de preámbulo a la constitución revolucionaria francesa de 1789. Nada de poder constituyente para los titulares de los derechos humanos y ciudadanos, sólo la constitución. Tal es la sima en que se sitúa el pensamiento jurídico y político en la Europa postpolítica y neoliberal de Zapatero, Sarkozy, Berlusconi y otros partidarios de José Manuel Barroso.
Por otra parte, y siguiendo con estricta fidelidad la jurisprudencia española, la aplicación a las organizaciones de la izquierda abertzale ilegalizadas de la metonimia ilimitada característica del discurso antiterrorista se considera motivo suficiente para su prohibición. Organizaciones y personas se contagian y contaminan unas a otras mediante el más ligero contacto, lo que ha conducido a que se ilegalizaran y persiguieran con saña en el marco del sumario 18/98 organizaciones de defensa y promoción del euskera, grupos juveniles e incluso organizaciones independentistas que promueven formas de resistencia pacífica. Quien no condene a ETA por considerar que ETA es sólo un elemento dentro de un conflicto político en el que existen otras violencias y opresiones, en particular la del propio Estado Español, es inmediatamente identificado con esta organización. Frente a HB, se esgrime, por ejemplo, el hecho de que una organización que recibe el apoyo de la izquierda abertzale como Gestoras proamnistía figure en la lista de organizaciones terroristas de la UE. Cuando se sabe que esta lista es el mero resultado de la declaración de cada uno de los gobiernos de la UE, sin que la propia UE haya efectuado ningún tipo de comprobación previa, resulta cuanto menos chocante este tipo de «prueba». La lógica de la amalgama que ya está presente en la legislación antiterrorista y en el concepto antijurídico de «terrorismo» adquiere de esta manera, merced a la sentencia del TDH «credenciales democráticas». La ley de partidos queda así reconocida como una norma respetuosa de las libertades. Cabe preguntarse después de esto en qué consisten esas «libertades»
La legitimación de una norma orientada a la prohibición de formaciones políticas por el hecho de no apoyar -sin por ello desobedecer- un ordenamiento político y constitucional determinado constituye un precedente sumamente peligroso para las libertades y garantías en Europa. Supone, en particular la condena de toda organización que sitúe su actuación en un marco de antagonismo y que reconozca la situación «normal» como un momento de guerra civil. Toda organización marxista consecuente debería reconocer esta simple evidencia de la política materialista y se vería por consiguiente expuesta a una inmediata ilegalización. En países de «nuestro entorno» como Turquía, ya ocurre esto y se acusa de terrorismo a toda persona relacionada de un modo u otro con la organización comunista DKHCP o con cualquier otro partido que «promueva la lucha de clases». Parecería motivo de risa el que un hecho social indisociable de la mera existencia de las sociedades de clases pudiera «promoverse»; es como si, en otro orden de cosas, pudieran promoverse la ley de la gravedad o las órbitas de los planetas. Todos esto tendría hasta gracia si no fuera por los miles de presos políticos del régimen turco o porque, en esta Europa occidental modelo de libertades, una parte de la magistratura belga sigue ya esta doctrina en el caso Bahar Kimyongür que próximamente se fallará en Bruselas.
La apenas disfrazada dictadura militar turca y la España transfranquista -alegre y faldicorta como la quería Jose Antonio Primo de Rivera y con cunetas bien rellenas de cadáveres como la quiso Franco- sirven hoy de modelo a la legislación europea en materia de libertades fundamentales. En una famosa entrevista concedida al periodista Emilio Romero, el general Franco le recomendó lo siguiente para vivir tranquilo: «haga como yo, no se meta en política». Fascinante anticipación la del vetusto dictador: había descubierto la gobernanza neoliberal con más de una década de antelación. Ese sistema de «gestión autoritaria de lo cotidiano», ese «régimen sin tesis» que, según Rossana Rossanda era el franquismo, a diferencia del mucho más politizado y «revolucionario» régimen de Mussolini, permitió a España acercarse a una Europa que estaba haciéndose neoliberal y renunciaba ya desde mediados de los años 70 a cualquier pretensión democrática efectiva. Sólo faltaba para ello que Franco se muriera para que lo pudiera sustituir el sucesor por él nombrado y que se dieran algunos retoques «constitucionales» a un régimen que ya en los años 50 supo transmutarse en «democracia orgánica». Junto con un poco de sana alegria y de relajación en las costumbres, algo de costo y mucha heroina canalizada por vías muy oficiales, sin olvidar la marginación represiva del último foco de resistencia al régimen y su reforma -Euskal Herria, of course- se consiguió hacer de la dictadura franquista una democracia ejemplar. Como se solía decir en el franquismo con salerosa expresión hoy corroborada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: «en Europa nos miran con envidia».
Publicado para Iohannes Maurus