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El anuncio de Rajoy de una futura «ley de servicios mínimos» choca con la jurisprudencia y los sindicatos

Fuentes: Diagonal

La sentencia 11/1981 ya establecía la inconstitucionalidad de los intentos por «imponer la reanudación del trabajo a los empleados» en una huelga. En una entrevista en Radio Nacional en la mañana del 21 de noviembre, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha afirmado la voluntad de su Gobierno de modificar el derecho de huelga recogido […]

La sentencia 11/1981 ya establecía la inconstitucionalidad de los intentos por «imponer la reanudación del trabajo a los empleados» en una huelga.

En una entrevista en Radio Nacional en la mañana del 21 de noviembre, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha afirmado la voluntad de su Gobierno de modificar el derecho de huelga recogido en la Constitución Española creando una ley de «servicios mínimos». Para ello, ha manifestado que ha pedido al Ministerio de Trabajo el estudio de una nueva normativa con la intención de poder «hacer compatible el derecho de huelga, que reconoce la Constitución, y el derecho «a la libertad que tienen los ciudadanos a que se les respete», según palabras textuales de Rajoy. El objetivo del Gobierno es limitar escenas como las vividas durante la huelga de limpieza de Madrid, que el Ayuntamiento de Ana Botella achacó al incumplimiento por parte de las plantillas de las concesionarias de limpieza de los servicios mínimos. Cumple, además, con una vieja demanda de determinados lobbies como CEOE o de la presidenta del PP de Madrid, que en diversas ocasiones se han manifestado a favor de recortar el derecho al ejercicio de la huelga.

En este momento, la norma que regula la atención a los servicios mínimos durante una huelga es el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, que viene a desarrollar el contenido del derecho de huelga recogido en el artículo 28.2 de la Constitución Española. En este Real Decreto-Ley, ya se concreta textualmente, en su artículo 10.2 que «cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos, y concurran circunstancias de especial gravedad, la autoridad gobernativa podrá acordar medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios», con la salvedad de que la Sentencia del Tribunal Constitucional número 11/1981 acordó entender inconstitucional el primer párrafo del artículo de «facultar al gobierno para imponer la reanudación del trabajo a los empleados» por entender que «otorgar estos poderes en favor del gobierno era recortar muy gravemente el uso de un derecho constitucional, la mayor o menor duración del conflicto y las comparaciones de las respectivas posiciones de las partes». En este sentido, en la misma sentencia se entendía que «si la huelga es un instrumento de reivindicación social elevado al grado de derecho fundamental, no es nunca su ejercicio la única causa que ocasiona el perjuicio grave, sino otras acciones u omisiones concurrentes con él».

Lo cierto es que los sindicatos vienen denunciando desde hace años la interpretación que las distintas administraciones –y las centrales de concertación– hacen de los «servicios de interés general» que se incluyen en los servicios mínimos, así como los porcentajes que se dedican a esos servicios mínimos durante las convocatorias de huelga. José Aranda Escudero, secretario de acción sindical de CGT ve este anuncio como una continuación en otros Ley de Seguridad Ciudadana, que el Gobierno pretende aprobar este viernes. Este anuncio, dice Aranda «está dentro del afán, de la obsesión de este Gobierno de amordazar a la población en todos ámbitos: el laboral, el social, etc». Aranda considera que se está forzando a la sociedad «rompiendo las reglas del juego» y cree, de limitar el derecho a la huelga se empuja «a que todas las huelgas sean salvajes».

Desde CNT, se critica asimismo el hecho de que las centrales mayoritarias acepten el actual statu quo de los servicios mínimos que, a juicio de su secretario de Acción Sindical, Javier Domínguez, se debería circunscribir a la prestación de servicios sanitarios de urgencia y otros sectores como el de bomberos. Domínguez denuncia que este anuncio, recurrente tras huelgas generales o huelgas exitosas, apunta este sindicalista, se presente ahora como una «ley de servicios mínimos» cuando lo que se pretende es limitar el ejercicio de la huelga, y anuncia que su sindicato estará al frente de las protestas para que este proyecto se lleve a cabo.

Por su parte, las centrales mayoritarias han achacado el anuncio de Rajoy «al calentón» generado por la huelga de limpieza de Madrid, que terminó con una victoria de la plantilla, ya que evitó, mediante los paros, el despido de más de 1.100 trabajadores. El secretario general de CC OO, Ignacio Fernández Toxo ha pedido un debate «en frío» sobre todo lo relacionado con los servicios mínimos: «lo que no vamos a aceptar son golpes de pecho y proyectos autoritarios más preocupados por eliminar o entorpecer un derecho constitucional como el derecho de huelga, que por pactar la conciliación de intereses ante un conflicto laboral».

Fuente: http://www.diagonalperiodico.net/global/20851-anuncio-la-ley-servicios-minimos-choca-con-la-jurisprudencia-y-sindicatos.html