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La nueva propuesta de ley de Evaluación Medioambiental otro ejemplo más en esa dirección

El Gobierno de Galicia se inscribe en la tendencia neoliberal mundial de desregulación medioambiental

Fuentes: Rebelión

Hace un par de días el gobierno gallego anunció una consulta pública para que la ciudadanía se pronuncie y realice aportaciones acerca de la nueva Ley de Evaluación Ambiental que pretende tramitar.

En principio, la propuesta parece que suena bien, la evaluación ambiental de los proyectos y planes es entendida cómo algo positivo por la ciudadanía, pues da la impresión de que el gobierno regula a favor de los intereses de ésta y en la preservación y vigilancia del medio natural. Pero es preciso pararse un poco y mirar en detalle cuáles son todos los intereses en juego y cuáles son los que resultan mas beneficiados con esta nueva ley.

En primer lugar, no podemos pasar por alto que esta consulta pública se abre sin poner encima de la mesa el texto de la futura ley, con lo que la participación de la ciudadanía se ve gravemente limitada, al no poder argumentar más que sobre cuestiones de carácter general, sin entrar al detalle de la norma.

El actual marco legal que está aplicando la Xunta reúne distinta normativa tanto de rango autonómico como estatal. Las leyes 21/2013 y 9/2018 de Evaluación Ambiental de ámbito estatal y la ley 1/1995 de Evaluación Ambiental de Galicia.

Según la Xunta, la norma gallega está obsoleta y numerosos artículos ya han sido derogados. Y respeto de la estatal («que es aplicada estrictamente»), consideran que afecta negativamente a los plazos y a la agilidad del procedimiento, lo que produce retrasos en la tramitación de los proyectos.

Desde la plataforma Mina Touro O Pino NON consideramos que esta argumentación no se ajusta a la realidad. Como ejemplo está la tramitación del proyecto de explotación de la mina de cobre en Touro, pues lleva mas de dos años desde su inicio y supera todos los plazos de la ley estatal a la que se están refiriendo.

Estos retrasos, a nuestro modo de entender, son debidos a los defectos y falta de adecuación del proyecto, lo que debería motivar su denegación, en lugar de dar pie a sucesivos requerimientos de la administración y los respectivos informes complementarios de la empresa, que dilatan los plazos por encima de los marcos legales de referencia.

Es necesario, mas bien, buscar las explicaciones en otros argumentos. La Xunta, en la apertura de la Consulta Pública previa relativa a la Ley de Evaluación Ambiental de Galicia, argumenta sobre la finalidad y los objetivos de esta ley, en el sentido de dotarse de un marco normativo propio, en el ejercicio de sus competencias, que unifique la regulación dispersa que hay sobre la materia, dotando de seguridad jurídica y simplificando el trámite administrativo, de manera que se agilicen las evaluaciones de impacto ambiental, y se haga compatible la protección del medio ambiente con el desarrollo económico, lo que redundará en una mayor competitividad de las empresas gallegas.

La verdad es que lo que sonaba bien, ya empieza a parecernos un tanto desafinado. Resulta que el interés por legislar no nace de la búsqueda de una mejora de la ley estatal, en el sentido de incrementar la protección del medio ambiente o la participación ciudadana, no. No obedece tampoco a la presión de una ciudadanía, movilizada contra numerosos proyectos que atentan gravemente contra el medio ambiente, la salud y el medio socio económico actual, sino a la de los lobbys, los grupos de presión económicos y financieros.

Lo que se pretende es agilizar los trámites, simplificando y abreviando los procesos de evaluación de impacto ambiental. ¿A quién beneficia esto, a nosotros? al medio ambiente? Está claro que no.

Acortar los plazos para la realización de las evaluaciones de impacto ambiental no parece que ayude a mejorar en nada la protección del medio ambiente, más bien al contrario. Hay evaluaciones ambientales que requieren largo tiempo de trabajo dada la complejidad de los proyectos. No son los plazos el problema, es la discrecionalidad con la que se tratan los proyectos o alguno de ellos, a los que se les permite alargar y alargar plazos en lugar de darles carpetazo.

Sin embargo esta tendencia a la flexibilización, a la simplificación, a la agilidad a favor de las empresas en el campo medioambiental no es cosa nueva. Los últimos años de este gobierno de la Xunta nos dejan un ramillete de normas que como dice la profesora Alba Nogueira «tienden a buscar una reducción de elementos relevantes para la protección ambiental»[1]. Tal como muestra Nogueira, la ley de acompañamiento a los presupuestos de 2017, la Ley 5/2017, (llamada por los colectivos ecologistas ley de depredación) y la ley de acompañamiento a los presupuestos de 2020, realizan todo un barrido sobre otra normativa de alcance medioambiental.

La modificación que la Ley 5/2017 supuso sobre la Ley 3/2008 de Ordenación de la Minería de Galicia fue de un importante calado, «cambiando hasta 14 preceptos para reducir trámites, plazos y suavizar la naturaleza de los informes de otros órganos y administraciones.[2]

También a finales del año pasado con la Ley de acompañamiento a los presupuestos de 2020, se incorporó a última hora una modificación de la Ley 1/1995 de Protección Ambiental de Galicia, en el sentido de incrementar en dos años el período para declarar caducadas las declaraciones de impacto ambiental positivas emitidas por la Xunta, en el caso de no haberse iniciado la actividad. Es decir, si antes a los 4 años una empresa que no hubiese iniciado la explotación tenía que solicitar una nueva declaración de impacto ambiental, ahora no lo tendrá que hacer hasta los 6.

Parece que siempre se camina en la misma dirección, los plazos se alargan o se acortan pero siempre en beneficio de la misma parte.

Por desgracia esta tendencia tampoco es aislada, se inscribe en la tendencia del neoliberalismo mundial en la que los gobernantes están ciegos a las necesidades de la mayoría y las del propio planeta. El presidente de los EEUU, por ejemplo, comenzó el año anunciando un cambio normativo en la ley NEPA, aprobada en 1970 bajo la presidencia de Richard Nixon. Este cambio supondrá entre otros, que los estudios medioambientales ya no deberán tener en cuenta los efectos acumulativos de la contaminación, lo que dará vía libre a que se pueda comenzar la actividad sin tener en cuenta el impacto ambiental acumulado, sino unicamente el impacto inmediato.

En el momento actual, con un planeta en situación de emergencia debido principalmente al modelo económico de producción y consumo, lo que es urgente aunque quizá no suficiente es el cumplimiento riguroso de la legislación medioambiental. Y el rumbo que debería tomar la Consellería de Medio Ambiente y el conjunto del gobierno gallego debería ser el de flexibilizar, simplificar y acortar trámites, si, pero para aquellos planes y proyectos que procuren la conservación y recuperación del entorno.

Se necesita un cambio de rumbo, no ahondar en la misma dirección que nos ha traído hasta aquí.  
 
Notas:
[1] Revista Catalana de Dret Ambiental Vol. IX Núm. 1 (2018): 1 – 9 -Crònica- Derecho y políticas ambientales en galicia (primer semestre 2018). ALBA NOGUEIRA LÓPEZ. Profesora titular de Derecho Administrativo. Universidade de Santiago de Compostela.

[2] Alba Nogueira. Op,cit.

Julia Barbosa. Plataforma Mina Touro O Pino NON.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de la autora mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.