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En defensa del 15M en Barcelona

Fuentes: Público.es

El juicio contra algunos indignados, miembros del 15M, que se excedieron en su presión a los parlamentarios, dificultando su acceso al Parlament, es un proceso desmesurado y profundamente represivo. Me estoy refiriendo al juicio llevado a cabo por el juez Fernando Grande-Marlaska, de nada menos que de la Audiencia Nacional, contra 20 miembros del movimiento […]

El juicio contra algunos indignados, miembros del 15M, que se excedieron en su presión a los parlamentarios, dificultando su acceso al Parlament, es un proceso desmesurado y profundamente represivo. Me estoy refiriendo al juicio llevado a cabo por el juez Fernando Grande-Marlaska, de nada menos que de la Audiencia Nacional, contra 20 miembros del movimiento 15M imputados por dificultar el acceso de los parlamentarios al edificio del Parlament, el día que se iban a aprobar los presupuestos de la Generalitat, los cuales iban a incluir gran número de medidas que perjudicarían, como han perjudicado, a las clases populares de Catalunya.

Aquel día, el movimiento 15M había convocado una serie de actos en el Parc de la Ciutadella, donde está el edificio del Parlament, para protestar por la aprobación del presupuesto que estaba programada que se realizaría aquella mañana. La gran mayoría de actos programados no fueron permitidos por los Mossos d’Esquadra, la policía dependiente de la Generalitat de Catalunya, siendo reprimidos por parte de este cuerpo policial. El objetivo de la manifestación de los indignados era protestar por el comportamiento de la mayor parte del Parlament, que iba a realizar un acto no solo impopular, sino de cuestionable legitimidad democrática, pues los recortes que se iban a realizar (y que los indignados querían denunciar) en el presupuesto que iba a aprobarse no estaban en los programas electorales de los partidos gobernantes en Catalunya.

Parte de esta protesta consistía en un acto de desobediencia civil, un acto pacífico, que fuera visible, tuviera impacto mediático y permitiera dar visibilidad a dicha acción. En contra de lo que algunos tertulianos y medios conservadores han acentuado, el derecho de desobediencia civil (un derecho y exigencia moral, más que un derecho legal) es parte de la tradición democrática. Si la persona negra, la Sra. Rosa Parks, no hubiera desobedecido la ley que la forzaba a sentarse en el asiento de atrás de un autobús y si Martin Luther King y el movimiento de liberación negro no hubieran seguido su ejemplo, con miles de campañas de desobediencia a leyes que consideraron injustas, EEUU no habría nunca tenido un presidente negro.

La justificada desobediencia civil

Las democracias se han enriquecido cuando algunos movimientos han cuestionado la moralidad de leyes que estaban en contradicción con el espíritu y cultura democráticos, que el establishment político y mediático de un país utilizaba retóricamente, a la vez que violentaba su espíritu. Y en muchos países, un acto de desobediencia civil ha sido dificultar y obstaculizar la práctica parlamentaria. En realidad, en las mismas fechas en las que se ejercía la presión sobre los parlamentarios en Catalunya, había manifestaciones casi a diario que impidieron al Parlamento del Estado de Wisconsin reunirse para aprobar el presupuesto (acto que se realizó incluso con la complicidad del Partido Demócrata, que estaba en la oposición). Ver qué ocurrió en Wisconsin y compararlo con la respuesta del establishment catalán aquí en Barcelona muestra lo enormemente desmesurado y exagerado de la respuesta de aquí.

La gran mayoría de los que estaban en la manifestación de Barcelona no agredieron a los parlamentarios y no realizaron ningún acto de violencia, como han reconocido bastantes parlamentarios. Aquellos pocos que lo hicieron, serán sancionados, lo cual es lógico, razonable y predecible. Pero hay que subrayar que incluso en los pocos casos que así ocurrió, las penas que se están proponiendo no tienen como objetivo intentar alcanzar la justicia, sino establecer un precedente, penalizando con hasta cinco años de prisión, para que ningún otro indignado participe jamás en ninguna protesta frente al poder político (pues de esto se trata en este juicio). Esto se hace con toda pompa y visibilidad mediática para que sirva de escarmiento y todo ello en manos de la máxima autoridad del país: la Audiencia Nacional. Es un juicio al movimiento 15M, sin más, para que escarmienten. Y esto no es ni lógico, ni racional, ni debería ser predecible, pues jamás este tipo de tribunales de la Audiencia Nacional debieran juzgar este tipo de hechos.

Una última observación. He escrito extensamente acerca de que los movimientos sociales contestatarios tienen que disciplinarse, expulsando a los individuos violentos que hacen un enorme daño al movimiento. La violencia es profundamente reaccionaria, pues siempre se utiliza para desacreditar a dichos movimientos, como ocurrió el 22M (y en muchas otras ocasiones antes). Los violentos hicieron un flaco favor al movimiento. Ahora bien, nada de esto ocurrió delante del Parlament (ninguna persona fue herida, como ocurrió el 22M). Que haya sanciones a las gamberradas que se hicieron (que fueron muy pocas) me parece bien. Pero las sanciones son totalmente desproporcionadas y desmesuradas, tal como ha indicado el parlamentario Ernest Maragall. Una pintada en una gabardina (como máxima expresión de violencia) no puede justificar las sanciones de varios años que se están considerando. En EEUU no hubo ninguna detención a los manifestantes enfrente del Parlamento de Wisconsin y las multas no pasaron de 50 dólares. Y esto a pesar de que el gobernador del estado era del Tea Party, la ultraderecha en Estados Unidos. ¿Va a ser la justicia española más dura e injusta que la que exigió el Tea Party en EEUU?

Vicenç Navarro. Catedrático de Ciencias Políticas y Políticas Públicas. Universidad Pompeu Fabra

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.