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España debe apoyar un Relator de Derechos Humanos para el Sáhara Occidental

Fuentes: Contramutis

La Liga para la Protección de los Presos Saharauis denuncia que los dictámenes del Comité contra la tortura y del Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias no se aplican con los presos políticos saharauis en cárceles marroquíes.

El Movimiento por los Presos Políticos Saharauis recuerda al ministro de Exteriores que el IV Convenio de Ginebra establece que los presos políticos deben cumplir su condena en el país ocupado.

De los 41 presos políticos saharauis que hay en la actualidad, solo siete cumplen la pena en cárceles ubicadas en los territorios del Sáhara Occidental ocupados por Marruecos.

La Liga para la Protección de los Presos Saharauis (LPPS) en las cárceles marroquíes ha pedido en la ONU que se cree un Relator especial sobre la situación de los Derechos Humanos en el territorio no autónomo del Sáhara Occidental ocupado por Marruecos.

Esta petición, realizada el 3 de octubre en la 51 sesión del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en Ginebra, ha sido trasladada por el Movimiento por los Presos Políticos Saharauis (MPPS) al ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares, para que sea apoyada por España  como potencia administradora de iure del Sáhara Occidental.

En una carta remitida al ministro de AE por el MPPS tras la concentración que los lunes realiza en Madrid ante la sede del ministerio en la plaza de la Provincia, se le informa de que de los 41 presos políticos saharauis que hay en la actualidad, solo siete, con un total de 16,5 años de condena, cumplen la pena en cárceles ubicadas en los territorios ocupados del Sáhara Occidental.

Los demás presos saharauis se encuentran en prisiones en territorio marroquí, con las siguientes condenas: nueve cadenas perpetuas, tres condenas de 30 años, cinco de 25, cuatro de 20, dos de 15, una de 12, seis de 10, una de 5, otra de 2 y una de 8 meses. Un preso lleva un mes sin condena.

El MPPS recuerda al ministro que el artículo 76 del IV Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de Guerra establece que las personas protegidas inculpadas “quedarán detenidas en el país ocupado y, si son condenadas, deberán cumplir allí su castigo”, es decir, en los territorios ocupados del Sáhara Occidental.

Agrega que el caballo de batalla de los presos saharauis es que se cumpla este artículo y que las familias no tengan que desplazarse más de mil kilómetros desde el Sáhara Occidental ocupado hasta Marruecos. Se trata de viajes duros en autobús, lo más barato, y, según el lugar de destino, tienen que hacer noche en una localidad y cambiar de transporte para llegar al pueblo donde está la cárcel, “esperando que, con suerte, les dejen pasar” para ver a su familiar.

El MPPS señala que cada preso “arrastra una historia de torturas, de condenas injustificables, de dignidad ante el opresor, de defensa pública de sus derechos, de sufrimiento, de familias destrozadas, obligadas además al silencio por las represalias, de amigos y paisanos que les muestran cariño o solidaridad, y que son masacrados”.

Y padecen “todo tipo de sevicias ante la mirada impasible de la comunidad internacional, que sí se estremece ante según qué ocupación”.

Ante el Consejo de Derechos Humanos intervino en nombre de la LPPS El Machdoufi Mustapha, que invocó el artículo 58 de la Declaración de Viena que pide a los médicos que apliquen los principios éticos aprobados por las NN.UU. para la protección de personas presas y detenidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

A pesar de los dictámenes del Comité contra la tortura y del Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias esta ética médica no se aplica en las cárceles marroquíes para los presos saharauis, por lo que la LPPS “exhorta a que se cree un Relator especial sobre la situación de los derechos humanos en el territorio no autónomo del Sahara Occidental ocupado por Marruecos”.

El Movimiento por los Presos Políticos Saharauis  dice a Albares que España, como potencia administradora de iure del Sáhara Occidental, “es la que tiene más culpa en este sucio asunto de la ocupación y más obligaciones para con sus víctimas”, por lo que debería liderar la adopción de medidas como esta, y ahí es donde el ministro de Exteriores “tiene un papel importante que desempeñar».

La petición de un Relator de DDDHH para el Sáhara Occidental se produce ante la vulneración de los derechos más básicos que a diario se cometen en el Sáhara Occidental ocupado por Marruecos, en especial con los de los presos políticos saharauis, como muestra la siguiente relación, aproximada, correspondiente a septiembre de 2022, elaborada con datos de organizaciones no gubernamentales y medios de información saharauis y españoles: https://contramutis.files.wordpress.com/2022/10/septiembre-saharaui-2022.pdf

Fuente: https://contramutis.wordpress.com/2022/10/04/septiembre-saharaui-el-mpps-pide-que-espana-apoye-un-relator-de-derechos-humanos-para-el-sahara-occidental/