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Tras la anulación de la doctrina 197/2006

La Audiencia Nacional asume que el fallo obliga a todo el Estado y atañe a todos los presos

Fuentes: Gara

El tribunal especial reconoce el alcance de la sentencia de Estrasburgo en un auto que fija posición y zanja las dudas que abrió el Gobierno. Mantiene el calendario que prevé analizar las excarcelaciones cada viernes a partir del 8 de noviembre. Editorial de Gara: Estrasburgo fuerza a la AN a «reinsertarse» Una semana después de […]

El tribunal especial reconoce el alcance de la sentencia de Estrasburgo en un auto que fija posición y zanja las dudas que abrió el Gobierno. Mantiene el calendario que prevé analizar las excarcelaciones cada viernes a partir del 8 de noviembre.

Editorial de Gara: Estrasburgo fuerza a la AN a «reinsertarse»

Una semana después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos anulara la doctrina 197/2006 y ordenara excarcelar a Inés del Río, la instancia a la que el Estado español encargó la gestión posterior del asunto, la Audiencia Nacional, fija posición. En un auto referido a Juan Manuel Piriz, excarcelado el viernes, el Pleno de la Sala de lo Penal admite sin tapujos que el fallo es de obligado cumplimiento, y no solo para la presa tafallesa ya libre sino para el resto de presos en la misma situación. De paso, el escrito venía a confirmar lo que acababa de asegurar en Donostia el equipo de abogados de Del Río: que la sentencia no deja resquicio para su incumplimiento y que tiene carácter general, más allá por tanto del caso de Del Río.

La toma de posición de la Audiencia Nacional zanja de raíz el debate incipiente abierto por el Gobierno español una semana antes, al intentar restringir la sentencia europea a este supuesto y subrayar que cada caso sería analizado individualizadamente. Ello desplazaba la presión a la Audiencia Nacional de modo principal (aunque hay casos de presos afectados por esta doctrina cuya tramitación está actualmente radicada en las sedes del Supremo y el Constitucional). En esta tesitura, el tribunal especial español parece admitir la petición del Gobierno del PP de ir escalonando las excarcelaciones, pero a las primeras de cambio (la decisión sobre Piriz fue la primera abordada) explicita que efectivamente no hay opción de incumplimiento ni de realizar excepciones.

El auto lleva la firma de los trece magistrados del Pleno, con Fernando Grande-Marlaska a la cabeza y con un único desmarque. En él se especifica que «los pronunciamientos que realiza el Tribunal Europeo de Derechos Humanos claramente trascienden a la demandante y son de aplicación general a todos los casos en que se den situaciones semejantes». Añade que «así se expresa en determinados pasajes de la sentencia» europea. «El TEDH, en definitiva, pone de manifiesto, con carácter general, más allá de en el caso de Inés del Río, la incompatibilidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos de la aplicación retroactiva del criterio de cómputo de los beneficios penitenciarios introducidos por la sentencia del Tribunal Supremo 197/2006».

«A todos los poderes»

El auto de la Audiencia Nacional adquiere aún más contundencia al aclarar que no hay poder alguno del Estado que pueda situarse al margen de la sentencia europea. Todo ello en un contexto en el que anteayer la marcha de organizaciones de víctimas de ETA en Madrid volvió a alentar la hipótesis de un incumplimiento de la sentencia europea. Quizás por ello la Audiencia Nacional ha esperado al lunes para hacer público un auto que en realidad debió acordar el viernes, cuando ordenó excarcelar a Piriz.

Así, frente a una de las líneas de discurso abiertas por los contrarios a la sentencia, basada en argumentar que el Estado español podría incumplir el fallo de Estrasburgo escudándose en que no tiene un procedimiento para ejecutarlo, la Audiencia Nacional replica que «la falta de sistemas o mecanismos expresos no implica que la obligación internacional e interna decaiga por inejecutabilidad de la sentencia, ya que la efectividad de las sentencias no es algo que pueda quedar al albur de los estados».

«Por otra parte, la obligación de cumplir y ejecutar las sentencia definitiva del tribunal por parte de los estados afecta y compete por igual a todos los poderes del Estado», añade la AN, en una afirmación que puede tener como destinatarios tanto al Gobierno como a los tribunales superiores que tienen casos sobres sus mesas.

Quienes exhortan a incumplir la sentencia esgrimen igualmente que los fallos europeos no serían de obligado cumplimiento, sino únicamente indicativos. A esto también responde este auto de la Audiencia Nacional: «El antiguo debate sobre el valor meramente declarativo de las sentencias del TEDH no solo ha quedado superado por la jurisprudencia del mismo tribunal -avisa-, sino que el propio texto del Convenio, tras su reforma por el Protocolo XIV, en la actualidad no deja margen de duda respecto a la obligación de los estados de acatar, y por ello ejecutar las resoluciones del tribunal, y más cuando estas se concretan en una obligación de hacer o actuar de determinada manera».

Jueces significados

La decisión lleva la firma de todos los jueces de lo Penal de la Audiencia Nacional, en la mayoría de los casos significados durante muchos años por una posición muy dura en este terreno. Al frente está Fernando Grande-Marlaska, como presidente de este área central de la Audiencia Nacional, y junto a él figuran Ángela Murillo (conocida por su beligerancia en el 18/98 o los procesos a Arnaldo Otegi), Alfonso Guevara, Ángel Luis Hurtado, Teresa Palacios, Manuela Fernández Prado, Javier Martínez Lázaro, Julio de Diego, Juan Francisco Martel, Antonio Díaz, José Ricardo Prada (el ponente del auto), Ramón Sáez Valcárcel y Clara Bayarri.

El único juez discrepante con la tesis general ha sido Hurtado, que se opone a que la sentencia se haga extensiva a otros casos y solo admite que Inés del Río debía ser efectivamente excarcelada. Recoge también argumentos de quienes intentan sublevarse contra la sentencia de Estrasburgo, como el supuesto «vacío legislativo» que impediría al Estado español materializar las decisiones europeas.

Tras este dictamen general, el camino hacia la excarcelación de los actualmente 53 presos por la doctrina 197/2006 queda más desbrozado. En cualquier caso, la AN mantiene que irá decidiendo caso a caso en sesiones convocadas los viernes. Este no habrá deliberación al cerrarse el tribunal por la festividad de Todos los Santos, por lo que las siguientes decisiones serían el 8 de noviembre.

Esta cuestión del calendario es básicamente la única que separa este dictamen de la AN y el que presentaron en la mañana de ayer los abogados de Inés del Río. Fue en una comparecencia en Donostia, con el abogado Mark Muller al frente. El prestigioso letrado radicado en Londres había hecho hincapié en que la sentencia tiene carácter general y no cabe incumplirla.

Muller destacó positivamente tanto el resultado del litigio como la primera reacción española con la libertad inmediata para Inés del Río, aunque matizó que está claro que el fallo es extensible a todo el resto de personas presas por la misma doctrina.

Junto a Michael Ivers, Didier Rouget, Amaia Izko y Urko Aiartza, Muller puso en valor la «claridad» y «énfasis» de la sentencia, que se ve multiplicado por la alta cualificación de la Gran Sala. Recordó que esta instancia se sitúa en la cúspide judicial europea y ejerce de «intérprete constitucional» para los estados firmantes de la Convención Europea de Derechos Humanos.

Como elemento revelador de su contundencia, Mark Muller citó que esta vez, «de modo excepcional, el Tribunal ha explicitado cuál era el remedio: liberar `tan pronto como fuera posible’ a Inés del Río».

«Dado el énfasis de la sentencia, todas las partes deberían dar un paso atrás y reflexionar sobre sus términos. Si esto se hace así, se verá que el principio de legalidad ha sido reforzado en el Estado español», añadió Muller, que no quiso ir más allá de la lectura jurídica y evitó cuidadosamente cualquier valoración que pudiera entenderse como política.

Muller: «Caso muy simple»

En una reflexión general de todo este proceso, Mark Muller incidió en una idea que ya expuso en la vista oral del pasado 20 de marzo, en Estrasburgo: la de que en realidad el caso resulta «muy simple» cuando «se desnuda de todas las implicaciones políticas que tiene alrededor». La clave jurídica estriba en que la invención de la doctrina con carácter retroactivo «toca directamente el principio de legalidad no solo en España, sino en la UE».

En consecuencia, remarcó que la sentencia no debe ser entendida como «un ataque a España», sino como un reforzamiento de su sistema a cargo de la máxima instancia europea, que es competente para ello.

Preguntado sobre si cree que el tribunal hubiera tomado la misma decisión si ETA estuviese aún atentando, Muller remarcó que durante el proceso él nunca citó siquiera la existencia de esta organización. Dejó caer que es la misma Gran Sala que en su día (2009) avaló la ilegalización de Batasuna, pero hizo hincapié en que la doctrina debía anularse en cualquier caso.

Muller apunta al «momento para reflexionar»

En la comparecencia en Donostia de los abogados de Inés del Río, el prestigioso Mark Muller, que ha liderado la representación en esta última fase del proceso, comenzó apuntando que «no es necesario decirlo siquiera; esta es una de las más importantes sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos».

Muller matizó que venía a hablar de legalidad y no de actitudes políticas, pero desde su extensa experiencia en estos procesos sí hizo ver a Madrid que no es la primera vez que un Estado resulta derrotado en los tribunales europeos. Es más, le recordó que la Gran Sala «dictamina a menudo sobre casos de gran impacto» social y político (basta recordar como ejemplo que el lunes pasado, justo antes de leerse el fallo sobre Del Río, se dictó sentencia sobre la llamada masacre de Katyn, que causó la muerte a 22.000 militares polacos a manos soviéticas en 1940).

En consecuencia, Mark Muller desdramatizó el modo en que esta sentencia se ha vivido en el Estado español. Recordó que estos litigios a veces se pierden y a veces se ganan -con mención expresa para el de Batasuna- pero que en ambos casos las garantías jurídicas son las que avanzan. Y aquí añadió que también a menudo estos fallos «suponen un momento que propicia que los gobiernos reflexionen sobre sus propias situaciones jurídicas y políticas». ¿Lo hará Madrid?

Fuente: http://gara.naiz.info/paperezkoa/20131029/430041/es/La-AN-asume-que-fallo-obliga-todo-Estado-atane-todos-presos