Recomiendo:
0

Caso de "impeachment"

La islamofobia de Donald Trump y la amenaza a la Constitución

Fuentes: CounterPunch

Traducido del inglés para Rebelión por Sinfo Fernández


Apenas se ha secado la tinta de la orden ejecutiva de Donald Trump prohibiendo la llegada de inmigrantes musulmanes a EEUU, pero es más que suficiente para empezar a pedir su destitución. Si sólo ha necesitado una semana para emitir una prohibición total sobre los inmigrantes, ¿qué no será capaz de hacer con las libertades civiles y la Constitución en los próximos meses o años? Como el New York Time informaba el 28 de enero, Trump emitió una orden ejecutiva prohibiendo la entrada a todos los refugiados musulmanes de Siria, además de a todos los inmigrantes de numerosos países, incluidos Iraq, Irán, Sudán, Libia, Somalia y Yemen. La orden fija una prohibición de 120 días para los refugiados y una prohibición total de 90 días para los países mencionados.

No han tardado mucho los tribunales y los activistas en entrar en acción. Miles de activistas anti-Trump se reunieron espontáneamente en los principales aeropuertos para protestar por la detención de los que entraban en EEUU, y un juez de distrito federal en Nueva York declaró que la detención de inmigrantes en suelo estadounidense representaba una violación constitucional de esa misma protección legal. El juez ordenó la suspensión temporal de los esfuerzos del gobierno para detener a los inmigrantes que ya estaban en EEUU. Sin embargo, su decisión no tuvo impacto en la orden de Trump de prohibir la entrada de inmigrantes que residan actualmente en otro país. El jefe del gabinete de Trump, Reince Priebus, ha empezado ya a revocar partes de la orden tras el inmenso clamor público. Priebus ha informado a los estadounidenses que la prohibición no se va a aplicar a los residentes que posean la carta verde, a pesar de que la orden ejecutiva y la prohibición inicial se aplicaban contra todos los no ciudadanos que viajaran a EEUU desde los países en cuestión.

Trump trató de justificar la prohibición enmarcando a todos los inmigrantes de esos países de mayoría musulmana como una potencial amenaza a la seguridad nacional: «No les queremos aquí… Queremos asegurar que no vamos a permitir en nuestro país las mismas amenazas a que se están enfrentando nuestros soldados en el extranjero. Sólo queremos admitir en nuestro país a quienes apoyen a nuestro país y amen profundamente a nuestro pueblo». Dejando a un lado los absurdos llamamientos al «amor» como motivación de su demonización y discriminación total contra los musulmanes, sus acciones plantean varias cuestiones respecto a la Constitución.

La prohibición parece representar una flagrante violación de la 14ª Enmienda, que afirma que «ningún Estado podrá privar a una persona de vida, libertad o propiedades sin el debido proceso legal», y que el gobierno «no podrá negar la protección legal igualitaria a persona alguna dentro de su jurisdicción». Aunque la 14ª Enmienda se refiere a la negación de libertad y protección igual de los Estados, el Tribunal Supremo ha sostenido que la igualdad en la protección y la cláusula de la libertad se aplican también contra el gobierno federal. Algunos podrían cuestionar que los individuos que no estén bajo la jurisdicción de EEUU no pueden violar la 14ª Enmienda, pero esa posición es difícil de defender considerando que la prohibición de Trump discrimina a los refugiados musulmanes que estaban ya en suelo estadounidense. Esos individuos están ya claramente bajo la «jurisdicción de EEUU» si se encuentran en suelo estadounidense.

De importancia directa con estas dos cláusulas de la Constitución está la declaración de Trump de que los cristianos sirios han sido «horriblemente tratados» por los gobiernos sirio y estadounidense, y su afirmación de que, con Obama: «Si eras musulmán, podías entrar, pero si eras cristiano, era casi imposible… Pensé que eso era muy, muy injusto. Por tanto, vamos a ayudarles». Esta preferencia anunciada para admitir a refugiados sirios basada exclusivamente en identidades religiosas, más que a causa de una amenaza terrorista demostrada y documentada, me hace pensar que es una flagrante violación de la cláusula de igualdad en la protección. Además, negar la entrada a una víctima de la guerra basándose simplemente en su identidad religiosa es una obvia infracción de la separación mandatada en la Primera Enmienda entre la iglesia y el Estado, sobre todo cuando Trump trata de distinguir la legitimidad de los refugiados dentro de un país simplemente a partir de su identidad religiosa.

La Primera Enmienda establece que el gobierno debe ser agnóstico en sus tratos con los individuos, sin favorecer ni inhibir la libertad religiosa. Afirma: «El Congreso no podrá hacer ley alguna respecto al establecimiento de una religión, ni prohibir la libre práctica de la misma». El Tribunal Supremo, bajo la garantía de la «libertad» individual reconocida en la 14ª Enmienda ha extendido esta protección y la ha aplicado también contra estados y otras partes del gobierno federal. Utilizar la religión como criterio de uno mismopara distinguir entre refugiados es inconstitucional y abona el terreno para la destitución.

Las acciones de Trump no tienen fuerza de ley. Las órdenes del ejecutivo no son, constitucionalmente hablando, sustitutas de las leyes aprobadas en el Congreso. No tienen autoridad legal. Aunque los intentos de gobernar a través de la «autoridad» unilateral del ejecutivo no son nuevos para Trump, sus ataques contra los inmigrantes musulmanes son realmente uno de los intentos más escandalosos de un presidente para evadir la ley. Académicos e intelectuales llevan años advirtiendo del aumento de la presidencia imperial, con órdenes del ejecutivo utilizadas por anteriores administraciones para negar a los detenidos estadounidenses el proceso debido y atacar a supuestos terroristas con ilegales aviones teledirigidos. El ataque de Trump contra los inmigrantes representa una intensificación de la presidencia imperial.

No confío en que las apelaciones a la evidencia o a la razón tengan algún impacto sobre Trump en este aspecto. Ha demostrado cero interés en tener en cuenta los puntos de vista contrarios a sus creencias durante toda la campaña presidencial, por lo que hay pocas razones para poder pensar que la evidencia le importe ahora. Pero sigue siendo necesaria una discusión nacional más amplia sobre las incorrectas premisas en las que se basa la prohibición de Trump, que ha pedido la implementación de un «veto extremo» contra los inmigrantes y refugiados sirios en el pasado, pero esta afirmación demuestra una ignorancia total y deliberada de la realidad de que esos refugiados están ya sometidos a ese veto y que están siendo duramente discriminados. A pesar de las estimaciones de que la guerra siria ha provocado cerca de medio millón de muertos y creado casi cinco millones de refugiados, EEUU había admitido, a mediados de 2016, la mísera cifra de 10.000 víctimas sirias de la guerra, es decir, el 2% de todos los refugiados. Y los pocos afortunados inmigrantes admitidos en EEUU se vieron ya sometidos a todo un maratón de interrogatorios, destinados a olfatear potenciales extremistas o amenazas terroristas.

Como el New York Times informaba en 2015, un refugiado sirio necesita normalmente unos dos años para ser admitido en EEUU. Durante ese tiempo, cada persona tuvo que pasar por un proceso exhaustivo de 20 pasos, que incluían el filtro de ocho agencias gubernamentales distintas, sin contar el propio filtro de las Naciones Unidas: el Centro Nacional de Contraterrorismo, el FBI, el Departam ento de Defensa, el Departamento de Estado, la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos, el Departamento de Seguridad Nacional, los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos y la Oficina-Directorado para la Seguridad Nacional y Detección del Fraude. Cada refugiado tuvo que completar tres revisiones de antecedentes, tres controles de huellas dactilares y dos controles de seguridad. Como informaba el New York Times, el proceso de escrutinio en múltiples fases incluía lo siguiente:

1. Registro con la agencia de las Naciones Unidas

2. Entrevista con la agencia de las Naciones Unidas

3. Estatus de refugiado concedido por la agencia de las Naciones Unidas

4. Derivación para reasentamiento en las Naciones Unidas: «La ONU decide si la persona se ajusta a la definición de refugiado y si tiene que derivar a la persona a un país para su reasentamiento. Sólo se deriva a los más vulnerables, lo que supone menos del 1% de los refugiados a nivel mundial. Algunas personas pasan años esperando en los campos de refugiados».

5. Entrevista con los contratistas del Departamento de Estado.

6. Primera comprobación de antecedentes [por parte de EEUU].

7. Revisión de antecedentes de nivel superior para algunos.

8. Nuevo control de antecedentes: «Se revisa el nombre del refugiado en las bases de datos policiales y de inteligencia para historias terroristas o criminales. Algunos pasan por revisiones a un nivel más alto antes de poder continuar. En 2008 se introdujo un tercer control de antecedentes para los iraquíes, pero desde entonces se ha ampliado a todos los refugiados con edades comprendidas entre los 14 y 65 años.

9. Primera revisión de huellas dactilares; toma de fotos.

10. Segunda revisión de huellas dactilares.

11. Tercera revisión de huellas dactilares: «Se examinan las huellas dactilares del refugiado contra las bases de datos del FBI y de la Seguridad Interior, que contienen información de la lista de vigilancia y encuentros de inmigración anteriores, incluyendo si el refugiado había solicitado con anterioridad un visado en una embajada de EEUU. Se comparan también las huellas dactilares con las recogidas por el Departamento de Defensa durante las operaciones en Iraq.»

12. Revisión del caso en la agencias de inmigración de EEUU.

13. Se transfieren algunos casos para nuevas revisiones: «Los solicitantes sirios deben pasar por estos dos pasos adicionales. Cada uno es revisado por un especialista en refugiados del Servicio de Inmigración y Ciudadanía de EEUU. Los casos con ‘indicaciones de seguridad nacional’ se envían a la unidad de detección de fraudes del Departamento de Seguridad Interior.

14. Amplia entrevista personal con el Oficial de Seguridad Interior: «La mayoría de las entrevistas a sirios se llevan a cabo en Jordania y Turquía.»

15. Se necesita la aprobación de la Seguridad Interior.

16. Detección de enfermedades contagiosas.

17. Clase de orientación cultural.

18. Combinada con una agencia de reasentamiento estadounidense.

19. Control de seguridad por parte de varias agencias antes de partir para EEUU: «Debido al prolongado espacio de tiempo entre el control inicial y la partida, los agentes llevan a cabo un control final antes de que el refugiado salga para EEUU.»

20. Control final de seguridad en un aeropuerto estadounidense.

Como puede verse, la «investigación extrema» era ya una política estadounidense, lo que significa que los ataques de Trump a las víctimas sirias de la guerra equivalen más a una xenofobia racista, tóxica e innecesaria, con motivaciones punitivas intencionadas, que a preocupaciones reales por la seguridad nacional. La pobreza de las advertencias de Trump sobre presuntas amenazas terroristas queda totalmente expuesta si consideramos que no ha habido un solo caso publicitado de un refugiado sirio admitido en EEUU que se haya descubierto conspirando activamente, o emprendiendo eficazmente un ataque terrorista sobre suelo estadounidense.

La creencia en que los musulmanes representan una exótica o peligrosa amenaza terrorista «quintacolumnista» está impulsada por una intolerancia «orientalista», que, como ya advirtió Edward Said, ha definido desde hace mucho tiempo la cultura política estadounidense. La televisión, el cine y otras representaciones populares estadounidenses presentan constantemente a los pueblos del Oriente Medio como extraños, peligrosos y empeñados en socavar la seguridad y el modo de vida de EEUU. En anteriores investigaciones, he documentado cómo quienes dependen de la cobertura de los medios para informarse sobre el Islam son dos veces más propensos a abrazar estereotipos y fanatismos orientalistas, comparados con quienes consiguen información de otras fuentes, como conocer personalmente a un musulmán.

Las encuestas de opinión pública y los estudios académicos han desacreditado la idea de que los musulmanes representan una amenaza monolítica y extremista. En su libro, Are Muslims Distinctive ? , M. Steven Fish explora de forma exhaustiva los datos de las encuestas y desacredita la idea de que los musulmanes sean más propensos que los no musulmanes a infundir principios religiosos a los gobiernos, o a abrazar la violencia o el terrorismo inspirados en la religión o en la política. Las investigaciones internacionales de países de mayoría musulmana, como documento detalladamente en mi último trabajo, Selling War, Selling Hope , demuestran que la inmensa mayoría de los musulmanes de todo el mundo, incluidos los de Estados Unidos, rechazan el uso de la violencia o del terrorismo en favor de objetivos políticos. En resumen, la afirmación de que hay que singularizar a los musulmanes porque representan una amenaza especial contra la seguridad nacional no puede validarse con las pruebas empíricas de que se dispone. Desde luego, Trump no tiene interés alguno en el estado de la literatura académica sobre cuestiones relacionados con valores musulmanes y amenazas terroristas. Trump es producto de una cultura popular lobotomizada que basa su miedo a los musulmanes en películas propagandísticas de flagrante islamofobia como True Lies, de Arnold Schwarzenegger, y Aladino, de Disney, más que en un compromiso razonado a partir de las pruebas disponibles.

Hay pocas razones para pensar que los republicanos se opondrán en el Congreso, por una cuestión de principios, a la ilegal prohibición de Trump contra los inmigrantes musulmanes. El partido lleva mucho tiempo traficando con el racismo y los estereotipos islamófobos, como puede verse en la retórica oficial y en las descripciones racistas a través de los medios de derechas.

Las protestas contra la administración Trump deben continuar e intensificarse para que haya un impulso real a favor de la destitución. El caso legal contra el presidente crece cada día. La pregunta es cuánto tiempo van a esperar el público y los responsables políticos para hacer rendir cuentas a Trump por su desprecio a la Constitución y los principios de igualdad. El ataque contra el imperio de la ley será aún más grave cuanto más tiempo esperemos.

Para contactar con sus funcionarios electos, véase: https://www.usa.gov/elected-officials  

Anthony DiMaggio es profesor adjunto de Ciencias Políticas en la Universidad Lehigh. Es doctor en comunicación política y autor del libro recién publicado: » Selling War, Selling Hope: Presidential Rhetoric, the News Media, and U.S. Foreign Policy After 9/11″

(Paperback: 2015) . Email: [email protected]

Fuente: http://www.counterpunch.org/2017/01/30/the-case-for-impeachment-donald-trumps-islamophobia-and-the-threat-to-the-constitution-2/

Esta traducción puede reproducirse libremente a condición de respetar su integridad y mencionar al autor, a la traductora y a Rebelión.org como fuente de la misma.