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La soberanía del Congreso pasa por el aro de Marchena

Fuentes: Viento Sur

La Mesa del Congreso, presidida por la socialista catalana Meritxell Batet, ha suspendido como diputados a los cuatro líderes independentistas que están siendo juzgados por rebelión en el Tribunal Supremo. Lo ha hecho con los votos a favor del PSOE, Cs y PP y con la oposición de Podemos. Esta decisión tiene tres importantes repercusiones […]

La Mesa del Congreso, presidida por la socialista catalana Meritxell Batet, ha suspendido como diputados a los cuatro líderes independentistas que están siendo juzgados por rebelión en el Tribunal Supremo. Lo ha hecho con los votos a favor del PSOE, Cs y PP y con la oposición de Podemos.

Esta decisión tiene tres importantes repercusiones sobre la calidad de la democracia española: la inmunidad parlamentaria, la división de poderes y la soberanía del Congreso.

Y tres probables efectos políticos: alteración de la composición del Congreso y de los votos necesarios para la investidura de Pedro Sánchez, un nuevo obstáculo a una solución política dialogada sobre Catalunya y una indicación sobre la disposición política del Pedro Sánchez para enfrenarse a la derecha.

Inmunidad parlamentaria

El profesor Antoni Bayona, letrado del Parlament de Catalunya, publicó el 8 de mayo un documentado artículo en el que concluía: «Los representantes electos el pasado 28 de abril afectados por el juicio del caso procés gozan de inmunidad desde el momento de su proclamación como electos, lo que obligaría a suspender el juicio respecto de ellos mientras las cámaras no resuelvan el suplicatorio que, necesariamente, debiera pedir el Tribunal Supremo para poder continuar el procedimiento».

En artículo del 22 de mayo continuaba: «El Tribunal Supremo ha adoptado la decisión muy discutible de negar que los diputados y el senador procesados en el juicio del proceso estén protegidos por la inmunidad parlamentaria (auto del 14 de mayo). El Tribunal ha hecho una interpretación muy restrictiva de este derecho considerando que no es aplicable una vez ya se ha iniciado la fase del juicio oral. Sin embargo, esta visión limitada contrasta con la finalidad que tiene la inmunidad, que es la de garantizar el ejercicio del cargo representativo sin los condicionantes que supone la sujeción a un proceso penal y las eventuales medidas de privación de libertad. Es importante recordar que el Tribunal Constitucional no ha establecido explícitamente un límite temporal a la aplicación de la inmunidad… Y en el mismo sentido se pronunció también el Parlamento Europeo cuando ha resuelto casos de inmunidad».

La división de poderes 

Es bien conocido que el Tribunal Supremo no fue consecuente con la opinión que había expresado el 14 de mayo y trasladó la decisión sobre la suspensión a la Mesa del Congreso. Javier Pérez Royo ha explicado que con esta actitud interfería en la vida parlamentaria y atentaba contra la división de poderes: «Si, en opinión del Tribunal Supremo, los parlamentarios tienen que ser suspendidos, es él el que tiene que tomar la decisión. Esa no es una decisión política, sino jurisdiccional. No puede transferir su responsabilidad a nadie. También así se atenta contra la división de poderes.

«La decisión que ha adoptado el Tribunal Supremo no es una decisión jurisdiccional, sino una decisión política y una decisión que encaja como un guante en la estrategia que están poniendo en marcha Ciudadanos como punta de lanza, pero con el concurso inmediato de PP y Vox. Con el argumento de no interferir en la política parlamentaria, lo acaba haciendo en grado superlativo. Es una manera de contribuir a tensionar todavía más la ya de por sí tensionada vida parlamentaria en este comienzo de la legislatura. ¿Se entiende por qué el senador Cosidó escribió su tristemente famoso WhatsApp?».

Dejación de soberanía del Congreso 

Pero el Congreso no tenía por qué doblegarse a la intromisión política del Tribunal Supremo. Lo apuntaba el profesor Bayona en su segundo artículo: «Pero lo que importa destacar es que las cámaras no le deberían hacer el trabajo sucio al Tribunal Supremo por dos razones: porque no se cumplen las condiciones que exigen sus reglamentos para suspender los diputados y senadores y porque tampoco les corresponde a ellas aplicar artículo 384 bis LECrim [Ley de Enjuiciamiento criminal] si no han sido requeridas para hacerlo».

El profesor y magistrado Miguel Pasquau apuntaba otra posibilidad: «Considerar que, al no ser ya posible el suplicatorio (puesto que así lo ha decidido el Tribunal Supremo en su auto de 14 mayo 2019), una interpretación del artículo 21.1 del Reglamento del Congreso justifica dar la palabra al Pleno del Congreso; no, obviamente, para la continuación del juicio oral o para el mantenimiento de la prisión provisional de los diputados (que es competencia del Tribunal Supremo), sino sobre si se les suspende o no para el ejercicio de sus cargos. Esto comportaría devolver al Congreso de los Diputados la decisión política, y no jurídica, sobre su propia composición actual: puesto que no pudo decidir por vía de suplicatorio, puede decidirlo por la vía de determinar si se les suspende o no».

Pero lo cierto es que la Mesa no ha hecho ningún intento de defender la soberanía política del Congreso: ha pasado dócilmente por el aro de Marchena bajo la conducción de la socialista Batet y con la satisfacción final de la derecha.

Consecuencias políticas 

La más inmediata afecta a la investidura de Pedro Sánchez, tal como explica eldiario.es: «Si la suspensión de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez afecta a las mayorías en caso de que mantengan las actas, la absoluta quedaría en 174 votos y esos cuatro diputados contarían como abstenciones que facilitarían a Sánchez lograr la mayoría simple».

Pero la decisión de la Mesa tendrá sin duda consecuencias en la búsqueda de una solución dialogada sobre Catalunya, ya muy difícil de entrada por la obstinación del PSOE de eliminar de entrada cualquier discusión sobre el derecho a decidir. Suspender como diputados a los cuatro líderes independentistas siguiendo el dictado de Marchena, sin suplicatorio del Supremo y sin discusión en el Congreso, va a hacer las cosas mucho más difíciles.

Por último, antes que Sánchez haya sido investido presidente ha regalado una primera victoria a la derecha política (Cs, PP y Vox), judicial (Marchena) y mediática. Y ha dado la primera señal clara de lo que podemos esperar de su gobierno en la defensa de la democracia. La trayectoria del PSOE es inquietante: primero votó la aplicación del artículo 155 que suspendía la autonomía de Catalunya, después se personó en el juicio del Supremo pidiendo una condena por sedición, ahora ha quitado la inmunidad a los cuatro diputados independentistas y para ello ha hecho dejación de la soberanía del Congreso.

La obsesión españolista por negar el derecho a decidir de Catalunya ha conducido ahora a la negación del derecho a decidir del propio Congreso de los diputados en una cuestión importante y a limitar todavía mas la separación de poderes.

Fuente: http://vientosur.info/spip.php?article14842