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En los últimos 15 años la tasa de paro en Cádiz capital no ha bajado del 20%

Un modelo productivo del metal obsoleto

Fuentes: Rebelión

Nos equivocamos si creemos que el conflicto laboral de la Bahía de Cádiz versa sobre el incremento salarial del convenio, muy probablemente esa sea la cuestión básica sobre la mesa donde se ha negociado estos días el nuevo Convenio Colectivo de la Pequeña y Mediana Industrial del Metal de la Provincia de Cádiz, pero no sobre la mesa donde comen cada día las personas trabajadoras afectadas por el mismo, donde se juega su futuro laboral y un empleo digno.

Sobre esas mesas se empieza a intuir que pocos asideros restan, porque las personas trabajadoras no pueden ignorar la reproducción de unos síntomas económicos y laborales que se multiplican de forma cíclica, cómo el reciente desarme de la fábrica de Airbus de Puerto Real, la ausencia de carga de trabajo en Navantia de la Bahía, la deslocalización de la factoría de Delphi, y otros tantos producidos con anterioridad (cierre de las fábricas de Navalips, Visteón, Gadir Solar…) y que han reducido hasta la extenuación las plantillas de trabajadores de las empresas auxiliares del sector del metal de la Bahía de Cádiz, dando lugar a unas tasas de desempleo nunca vistas en el espacio europeo, (en los últimos 15 años la tasa de paro en Cádiz capital no ha bajado del 20%, alcanzado tipos casi del 35% y en la actualidad supera el 25% (23% en la provincia), con el 70% en la población joven).

Pero dentro del colectivo de trabajadores/as del metal, los más afectados por esta coyuntura son los/as que prestan servicios en las empresas auxiliares, quienes han protagonizando las movilizaciones de días pasados, porque son ellos los/as que sufren, en mayor medida, la galopante precariedad laboral, con frecuentes incumplimientos del convenio por los empleadores, debiendo realizar horas extraordinarias de forma normalizada, para alcanzar un salario digno, a pesar de que lo prohíbe de forma expresa el convenio colectivo (salvo necesidad de reparar daños extraordinarios y urgentes o por pedidos imprevistos), sin que se abone por ellas lo estipulado normativamente. Muchos de estos contratos se cierran con la persona trabajadora con un acuerdo salarial por horas trabajadas, incluyendo las extras, posteriormente las empresas no tienen reparos en reconocer en sede del centro de conciliación o judicial, ante la reclamación del trabajador, despidos improcedentes y abonos de cantidades reclamadas, porque siempre les va a salir más barato que cumplir con el Convenio Colectivo.

Este colectivo también padece la excesiva tasa de temporalidad laboral en las empresas que conforman la Federación de Empresarios del Metal de la Provincia de Cádiz (FEMCA), que cada vez se amplía más, debido a la ausencia de un marco normativo que limite y modere de forma específica los contratos de carácter temporal y de una labor de fiscalización precisa por la Administración, que fije la utilización de esta tipología de contratos a un espacio pragmático adecuado, como ha estipulado la reciente doctrina fijada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en la sentencia núm. 1137/2020 de 29 de diciembre de 2020, que recoge la desnaturalización del contrato de obra/servicio cuando la actividad de la empresa no es otra que la de prestar servicios para terceros, esto es, empresas tractoras como Navantía, Dragados o Airbus, con servicios prestados por empresas auxiliares, como las que conforman la FEMCA, que tienen tan marcado en su ADN productivo la “contrata”.

En este marco, cuando finaliza una obra, las empresas auxiliares extinguen casi todos los contratos temporales de las personas trabajadoras y vuelve a contratar de forma sucesiva a gran parte del mismo personal para la siguiente obra, percibiendo loas personas trabajadores, en los mejores de los casos, una exigua indemnización de 12 días de salario por año trabajado (que no suele rebasar dos años), llegando estas empresas a ejecutar despidos por bajas médicas de los trabajadores, o por el inicio de una reclamación salarial. Se utiliza, por tanto, el contrato de obra o servicio como herramienta punitiva, deshaciéndose de la persona trabajadora con una extinción del contrato temporal, cuando no se somete a las arbitrarias directrices empresariales, por muy ilegales que sean, quedando el trabajador desamparado ante los incumplimientos empresariales (salarial o de prevención de riesgos laborales, o de descansos…).

En esta fotografía localizada y desoladora del contexto laboral, el colectivo de trabajadores precarizados, hastiados de tanta inestabilidad y vulneraciones, se han organizado y unido en torno a una estructura sindical denominada Coordinadora de Trabajadores del Metal, que ya en el verano pasado protagonizó importantes movilizaciones en los centros de trabajo de Navantia de la Bahía de Cádiz, reclamando el cumplimento del convenio colectivo y una carga de trabajado sostenida y sostenible. Desde esta nueva plataforma, los trabajadores han denunciado, el último año, ante la Inspección Provincial de Trabajo y la Seguridad Social, a más de 30 empresas que forma parte de la FEMCA, por diversos incumplimientos del Convenio Colectivo (muchas de ellas han finalizado en actas de sanción), celebrándose reuniones con la Subdirección General para la coordinación de la inspección del Sistema de Relaciones Laborales en el marco de las denuncias presentadas, reclamando la realización de una Auditoría Externa a Navantía, denunciado la utilización del procedimiento de control de acceso de Navantía como mecanismo de discriminación para el empleo de los trabajadores, activando reclamaciones continuas en representación de los trabajadores contra los incumplimientos normativos de las empresas auxiliares e incluso personándose en el procedimiento judicial abierto por el fallecimiento de un operario en la factoría de San Fernando en Octubre de 2019.

Es por ello, que las dos grandes lacras que debemos superar para alcanzar tasas dignas de empleo digno en la bahía de Cádiz, la precariedad laboral y la temporalidad se unen a una falta de carga de trabajo sostenida y sostenible, que garantice contratos de más amplia duración, respetando los principios éticos de transparencia y sostenibilidad ecológica, como verdaderos articuladores de las protestas de este colectivo de trabajadores, siendo el incremento salarial del C.C. el detonante vehicular del mismo. Sin esta alternativa de carga de trabajo ética y real, impulsando un verdadero plan de reindustrialización de la Bahía de Cádiz, recogido ya en diversas propuestas ciudadanas como las “123 medidas de reindustrialización del Bahía de Cádiz”, desarrollada en la Mesa por el Empleo en la Bahía de Cádiz (que se presentó en el Congreso a finales del año 2016), este colectivo de trabajadores tendrá que levantarse de la mesa del empleo de la Bahía porque ya no quedará sitio para ellos.

Pedro Castilla y Pepe Martínez son abogados de la Cooperativa Jurídica Gestea de Cádiz

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso de los autores mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.