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Reflexiones sobre el 18/98

Fuentes: Gara

Hay quien dice que mientras persista la actividad armada de ETA no tiene demasiado sentido, ni siquiera es lícito, hablar de violación de los derechos de asociación y expresión o de la acción política que, entre otros casos, ha originado el epílogo al juicio «madre» contra la izquierda abertzale, el llamado Proceso 18/98. Este es […]

Hay quien dice que mientras persista la actividad armada de ETA no tiene demasiado sentido, ni siquiera es lícito, hablar de violación de los derechos de asociación y expresión o de la acción política que, entre otros casos, ha originado el epílogo al juicio «madre» contra la izquierda abertzale, el llamado Proceso 18/98. Este es un argumento que confirma la tesis acusatoria, es decir, que todas las personas, asociaciones y entidades políticas que en Euskal Herria abogan por la independencia, el cambio social y económico, el no reconocimiento del actual estatus… en definitiva, los que defienden el ejercicio del derecho de autodeterminación, son ETA. Hay una literatura jurídica española que confirma este asunto. Garzón, entre otros, ha editado algunas perlas en ese sentido, culminando con la última a raíz del auto contra la dirección de Batasuna, donde considera textualmente «los fines violentos de independencia o autodeterminación». Esta línea nos llevaría a conclusiones de Perogrullo como la de que luchar por un mundo donde el hambre esté erradicada o donde las medicinas se encuentren al alcance de los pobres sea delito porque hay alguien que lo hace a través de la lucha armada. Sí esto sucediera -sucede en la dialéctica represiva-, los gobernantes nos están mandando un aviso nítido: la cárcel o el destierro es el destino para quienes se atreven a enfrentarse a un mundo tan injusto como el que nos toca vivir.

No se puede trivializar sobre este tema. El juicio 18/98 debería estudiarse en las facultades de Derecho, Historia y Economía. Habría que desmenuzar cómo los principios teóricos del Derecho -derecho a la defensa, de expresión y organización, la responsabilidad individual-, son pura propaganda. Que decir, como Zapatero, que Europa es la cuna de los derechos humanos y civiles es demagogia y que España, es obvio, no puede llamarse heredera de aquellos ideales de igualdad y democracia que surgieron en los movimientos europeos por las libertades tras la Revolución francesa o la II Guerra Mundial. La justicia española no es pieza desinteresada entre partes, sino que defiende un proyecto político, cultural y económico determinado. Esa justicia ejerce una elección a priori, fundamentada en la negación de la libertad de cualquier ciudadano a sentirse vasco, incluso vasco-español. Y si es parcial no es justicia.

La esencia de esta definición la marca la Audiencia Nacional. En política y en historia la coincidencia rara vez es casual. Como no lo fue el hecho de que en enero de 1977, a través de un decreto gubernamental, se derogara el Tribunal de Orden Publico franquista para crear, el mismo día, la Audiencia Nacional. Es decir, que la cultura del enemigo interno del régimen franquista se trasladó a la de «la defensa del marco constitucional». Los comunistas, masones, homosexuales, judíos y republicanos se han transformado en separatistas y anticonstitucionalistas. Así se elude la búsqueda misma de una vertebración del Estado para reconducir el problema a una cuestión de orden público. Ha ocurrido en 2007 con la misma lógica que hubiera sucedido en 1957. Por eso, un tribunal especial, apoyado en una jurisprudencia autoritaria y homogeneizante, ha juzgado modelos sociales, políticos y culturales sin ningún rubor político. Era y es lo habitual. Ese estilo tan español de juzgar a la disidencia ha triunfado hasta nuestros días. Durante el franquismo, hubo un juez que destacó sobre todos, Enrique Eymar, que llegó a tener su despacho en la prisión de Ocaña. Algunos detenidos denunciaron que les torturó personalmente y su sadismo fue legendario. Cuando a Julián Grimau los médicos le atendieron para paliar los efectos de la tortura, el juez señaló que era inútil curarlo porque sería ejecutado, a pesar de no haber siquiera celebrado la vista. La prensa europea acuñó un término para identificar ese estilo de dictaminar de los jueces hispanos: «juzgan de oído», decían. Efectivamente, Grimau y otros tantos fueron condenados y fusilados no por pruebas periciales sino por la opinión emitida al respecto por los diarios franquistas o por lo que habían escuchado «por ahí» testigos. Las épocas no se repiten, es obvio, pero sí los comportamientos. Y los juicios previos impulsados por medios y las pruebas basadas en rumores, malos tratos o la manipulada opinión pública sustituyen con frecuencia al rigor, por qué no decirlo, científico. Es evidente y nadie que se diga imparcial (un juez, por ejemplo), lo podría abordar sin sonrojarse.

Si necesitáramos confirmar lo dicho, bastaría con repasar el seguimiento que han hecho del macrosumario los medios de comunicación españoles: silencio, o dicho de otra manera, omertá. Parece lógico que los media españoles siguieran día tras día el juicio por la masacre en Madrid del 11-M. Hubo cerca de 200 muertos y miles de heridos. En el 18/98 no había ni muertos ni atentados, aunque por las condenas parece lo contrario. La acusación fiscal citaba reuniones de grupos políticos, debates ideológicos, cuestiones económicas o empresariales, movimientos sociales, línea editorial de medios, forma de autofinanciación, etc. Se mencionaron reuniones en las que no se sabía quién había participado. Se declaraban financiaciones ocultas cuando en las mismas actas legales aparecía su origen y cómo se gastaba ese dinero. Se silenciaba cualquier tentativa de los imputados de dar explicaciones sobre escritos, declaraciones o actividades. ¿Cómo iban a seguir los medios un juicio que estaba ya prejuzgado? Esta ausencia de medios formaba parte de la descontextualización de los hechos, de la falta de una reconstrucción histórica rigurosa porque la base de las acusaciones fijaba que los fines políticos fueran considerados actos criminales. Se ha aplicado el nuevo término jurisprudencial español de la «contaminación». Hasta el punto que la denuncia de algunos imputados sobre el hecho de que entre los peritos policiales se encontrara quien practicó interrogatorios con tortura, fue silenciada con un «Aquí no valen tribunales de Estrasburgo». Como dijo el Fiscal General Conde Pumpido en relación a la ilegalización de las lista de AS y de la mitad de ANV: «Quizás nos hemos pasado pero ha colado». Tanto ha colado que «El País» haciendo un resumen de las detenciones contra ETA desde la tregua hasta hoy afirmaba que eran 188 los etarras detenidos: militantes o supuestos colaboradores de ETA, jóvenes acusados de kale borroka, dirigentes de Batasuna e imputados en los juicios de Jarrai-Haika-Segi y del 18/98. Todo es ETA.

Por su parte, las personas condenadas en el juicio han mostrado las causas sociales y políticas a las que han dedicado su vida. Han respondido a las condenas llamando a movilizarse por un objetivo que resume el sentido de su lucha: «Por los derechos de Euskal Herria. Condiciones democráticas para todas las opciones políticas». Y si hubiese voluntad de analizar históricamente el trabajo de las asociaciones, grupos o medios informativos en los que participaban los acusados, percibiríamos que esa reivindicación política ha sido el hilo conductor. «Egin», un diario único en Europa que daba voz a quien no la tenía y también a quien no compartía las ideas de la izquierda abertzale. Un diario que vivía del apoyo de su gente, lo que daba sentido profundo al concepto de libertad de expresión. La Fundación Zumalabe, nacida de la decisión de «redistribuir la plusvalía producida por los trabajadores» para profundizar el hilo que une los movimientos sociales. Xaki que proyectaba internacionalmente la propuesta de la izquierda abertzale que, como decía el video «Libre contra nuestra historia» es la de «ser ciudadanos del mundo y no súbditos de la aldea global». Ekin, grupo que se presentaba públicamente para reivindicar la independencia y el socialismo. La teoría de «todo es ETA» hace abstracción de la historia. Niega que exista una forma diferente de hacer política que se pueda confrontar en pie de igualdad con las que dominan nuestra sociedad. Por eso les juzgaron.

El juicio 18/98 resume la negación del sistema político y jurídico español (y también europeo), para ofertar instrumentos de transformación. Extracta la oposición para acercar el pueblo y los ciudadanos al protagonismo político, para devolver a la política su principal función que es la de establecer, entre todos, modalidades de relación y normas para primar los derechos humanos y políticos sobre los de las élites del poder económico. El 18/98 impide vacunar contra la enfermedad de la xenofobia y el racismo a través del reconocimiento de que las culturas son culturas diferentes y que tienen el mismo derecho a desarrollarse para profundizar en la riqueza de la diversidad. De reconocer que el «primer mundo» lo es a golpe de guerras, imposiciones y explotación. Hasta que no se acepte ese desafío político y cultural, hasta que no se abran las puertas a la dialéctica política (hecha a través de la libre confrontación de modelos políticos y sociales), no se habrá abierto el camino de la democracia, o sea, la vía de crear «condiciones democráticas para todas las opciones políticas».