La Anpba denuncia que la rebaja del artículo 3 de la Ley de Espectáculos Públicos supone una reducción de la protección hacia los animales
La Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (Anpba) ha criticado el artículo 3 del Proyecto de Ley de Espectáculos Públicos, de la Generalitat Valenciana, publicado el jueves en el Boletín Oficial de les Corts (BOC), en el que se ha suprimido la prohibición de «ocasionar sufrimientos» a los animales y de «someterlos a tratamientos antinaturales».
El artículo 3.3 de dicho Proyecto de Ley mantiene la prohibición de todos aquellos espectáculos y actividades «que impliquen crueldad o maltrato para los animales» pero eliminaría los vigentes vetos de «ocasionarles sufrimientos» o de «hacerles objeto de tratamientos antinaturales».
La Anpba ha señalado que dichos preceptos jurídicos están «contemplados por la legislación vigente en la Comunitat Valenciana», haciendo especial hincapié en el último de ellos, ya que «ha sido aplicado en diversas sentencias, incluso por el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV), para fallar que ciertos espectáculos con animales infringen la legalidad, como ocurre con los espectáculos de lanzamiento de patos al mar».
El presidente de la Anpba, Alfonso Chillerón, se mostró «sorprendido» por la «restrictiva» nueva redacción del artículo, ya que la Ley de Espectáculos «debería tender a a brindar cada vez mayor protección a los animales».
Aunque son muchos más los casos en que se puede aplicar, la primera posibilidad es la de los «bous al carrer», por lo que no han faltado tampoco las críticas de los colectivos antitaurinos. Por su parte, los defensores de la tradición de la fiesta entienden que la modificación sirve para reconocer que no existe el maltrato en las exhibiciones ni en el «bou embolat».