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La Justicia sigue desprotegiendo a los hijos de las mujeres maltratadas

Fuentes: Ctxt

La judicatura revictimiza a los menores al obligarles a mantener el contacto con el agresor en el 86 % de los casos. Grupos de madres denuncian la pervivencia de estereotipos machistas y la creencia en el falso síndrome de alienación parental.

El hijo de Ana (nombre ficticio para preservar su identidad) tenía cuatro años cuando ella denunció a su entonces pareja y padre de la criatura, después de años de violencia brutal. Tomó la decisión al día siguiente de recibir la enésima paliza mientras preparaba la cena. Cuando en medio del terror se volteó para localizar a su pequeño al otro lado de la cocina, lo vio contemplando la escena con los ojos vidriosos. “Puedo recordar perfectamente su cara con el chupete puesto y ahí dije, se acabó, me separo”, cuenta. Ese día supuso también el arranque de un complejo periplo judicial que se eternizaría varios años. En junio de 2019, ya separada, Ana denunció el infierno al que llevaba años sometida en casa. Llevaba recolectadas decenas de pruebas que demostraban la veracidad de su testimonio: mensajes de whatsapp, cámaras de videovigilancia que él había instalado por toda la casa, audios, fotografías… También contaba con un parte médico de urgencias elaborado seis meses atrás en el que quedaba constancia de las fuertes contusiones que había sufrido un día en el cráneo por culpa de varios puñetazos.

Nada de esto fue suficiente al principio para que el juez retirara al padre la custodia del niño, que seguía pasando días con él. Sin embargo, como sucede siempre con la violencia machista, esta fue escalando hasta poner en riesgo la integridad del menor: “Un día él estaba en casa del padre y me llamó llorando con una ansiedad horrible porque le había pegado, le había roto el cuaderno y había golpeado puertas porque, según él, el niño tenía mala letra”. Desde entonces, el pequeño ha pasado los últimos años envuelto en interrogatorios, testificaciones y exhaustivos procesos legales hasta lograr ejercer su derecho a estar lejos de él. Ana confiesa haberse sentido cuestionada en todo momento por las mismas instancias judiciales que deberían protegerla, pero encontró un refugio cuando un día por casualidad descubrió el perfil en las redes sociales de Madres Protectoras. Descubrió que no era la única que había vivido una odisea en los juzgados para que su relato fuera tomado en consideración: había cientos de madres supervivientes que habían pasado por experiencias similares. 

Se puso rápidamente en contacto con ellas, y desde entonces es una más en este grupo de mujeres revictimizadas por el aparato judicial “patriarcal”. Los datos que ponen cifras a la angustia de estas madres los ofrece el último informe del Observatorio de Violencias Institucionales Machistas (OVIM), que sitúa el foco por primera vez en el impacto de la violencia machista en niñas, niños y adolescentes. El estudio revela que seis de cada diez casos de violencia institucional machista son atribuibles a actuaciones de la judicatura. “La Justicia no solo falla en la protección, sino que en muchos casos contribuye a la reproducción de la violencia institucional machista. Entre los patrones identificados destacan la imposición de regímenes de visitas con el progenitor agresor, la falta de medidas de protección y bienestar eficaces o la ausencia de una adecuada valoración del riesgo, así como el castigo a las madres protectoras”, reza el informe.

Una de las grandes batallas que tanto Madres Protectoras como numerosas organizaciones feministas llevan años librando en nuestro país es la de conseguir que los agresores no puedan obtener la custodia de sus hijos. Tampoco regímenes de visitas o encuentros esporádicos. Legalmente no debería permitirse este contacto cuando hay indicios probados de violencia de género porque la premisa es clara: un maltratador jamás será un buen padre. Ahora bien, bajo un supuesto interés superior del menor (recogido como uno de los principios rectores del Código Civil español), así como el mantenimiento de la costumbre de anteponer los derechos paternos y el vínculo paterno-filial, muchos jueces priorizan que el padre continúe teniendo contacto con sus hijos. “Existe una cultura social y jurídica que sigue entendiendo que la violencia machista es un conflicto privado, el cuerpo primario del derecho sigue reconociendo derechos absolutamente sacralizados del paterfamilias, por eso si miras los regímenes de visitas y las retiradas de la patria potestad por delitos graves, ves que éstos son absolutamente anecdóticos”, cuenta a este medio Laia Serra, abogada penalista especialista en derechos humanos y activista feminista. 

El sistema judicial, señalan las expertas, reproduce en todo momento el orden patriarcal, de manera que en muchos casos la patria potestad acaba priorizándose por encima del interés superior de las infancias, algo que va en contra de la normativa internacional como el Convenio de Estambul. Desde la Asociación de Mujeres Juristas Themis alegan en este sentido que, aunque se entiende que a priori es beneficioso para el menor estar con ambos progenitores, esto sólo es así si los entornos son de normalidad: “Hay veces en las que no se conceden órdenes de protección y la niña tiene que ir al colegio asustada porque sabe que su padre va a ir a buscarla. Estas situaciones crean muchísima inseguridad al menor”, explica Rosa Gil, miembro de esta asociación. A su parecer, en el momento en el que ya hay indicios de malos tratos o existe una orden de protección en activo, se tendría que suprimir de inmediato el régimen de visitas. Sin embargo, según los datos del Consejo General del Poder Judicial, la suspensión del régimen de visitas en supuestos de violencia contra las madres continúa siendo limitada, situándose en torno al 14 % de los casos en los últimos años.

Minimización del riesgo en menores y revictimización

Este tipo de actuaciones no hacen sino incurrir en una constante infravaloración del riesgo de los menores, que son víctimas directas de la violencia de género en el contexto de la violencia ejercida hacia sus madres. Así lo recoge la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Para Julia Vega, experta en política pública y abordaje de las violencias machistas y fundadora de la cooperativa Almena Feminista, la valoración del riesgo de los menores en estos casos en la práctica “es mínima o nula”. 

En la mayor parte de casos se minimiza el impacto que se tiene en estas niñas y niños la exposición a la violencia, sin tener en cuenta cuál es el daño que puede ocasionarles esa convivencia que pone en peligro su integridad física y psicológica. “El clima que respiran estos pequeños en casa es absolutamente devastador para ellos: inseguridad, conflictos de lealtades, miedos…”, añade Serra. Todo ello revictimiza a las infancias y crea un contexto de “discriminación, desgaste y exposición al riesgo” como remarca otro informe anterior del OVIM. Según esta instancia, el 94 % de las situaciones las violencias institucionales machistas son revictimizantes debido a que ciertas actuaciones contribuyen a profundizar el daño, intensificar la desprotección o prolongar la situación de vulnerabilidad de estos menores por acción u omisión. 

Las consecuencias más brutales de esta desprotección del sistema ya han tenido lugar en casos tan mediáticos como el de Itziar Prats, cuyas niñas de 6 y 2 años fueron asesinadas en 2018 en Castellón a manos de su padre en pleno proceso de divorcio. El fiscal del caso por maltrato se opuso a la solicitud de protección en la primera comparecencia ante el juzgado de guardia y posteriormente la magistrada del juzgado de violencia desestimó la orden de protección solicitada por la madre: antes de morir, las niñas tuvieron que convivir forzosamente con el mismo hombre que había amenazado en reiteradas ocasiones con acabar con su vida para causar un daño irreparable a la madre. “Cuidado con lo que haces, vais a terminar todos muertos y yo en la cárcel”, había advertido una y otra vez hasta cumplir con su promesa. 

Las expertas hacen referencia al conocido como Síndrome de Alienación Parental (SAP) que, a pesar de no estar validado científicamente, sigue motivando muchas decisiones judiciales en contra de las víctimas. La aplicación del falso SAP se da en el 20,5 % de los casos en el seno del sector judicial en procedimientos judiciales vinculados a violencias machistas “poniendo en cuestión su credibilidad, sus capacidades marentales y su rol protector” según el OVIM. Además de situar a las infancias en una situación de gran desprotección, esto reproduce estereotipos sobre las mujeres supervivientes ya que desacredita los relatos maternos bajo la presunción de que tratan de condicionar a sus criaturas. 

Recordemos las palabras del juez David Maman Benchimol, titular de la sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Madrid número 8 en el marco de un curso organizado por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, quien aseveró recientemente que las madres “comen el coco” de los hijos e hijas para que se separen de sus padres. Todo ello en contra del criterio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del Consejo General del Poder Judicial. La última reforma de la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) pretende corregir este sesgo machista de la judicatura: no sólo prohíbe de manera expresa utilizar como argumento esta falsa patología sino que incluye entre los criterios relativos al interés superior del menor el alejamiento del niño respecto a quien le violente y refuerza los mecanismos de escucha a estos infantes. 

Un gesto, afirmaba la Ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, de restitución histórica hacia las madres protectoras y sus criaturas. Mujeres como María Salmerón, condenada en 2003 por sustracción de menores y desobediencia a la autoridad por “manipular a su hija adolescente” alejándola del padre, que había sido condenado por violencia machista continuada. O como le ocurrió años después a la bizkaína Irene Costumero, víctima de violencia de género: en 2021 los servicios sociales y la Fiscalía dictaminaron la existencia de este síndrome para retirarle la custodia compartida de su hija.

Un sistema judicial falto de perspectiva de infancia 

Hay una cuestión que subyace al fondo de todo esto: las voces de los niños son casi siempre deslegitimadas e ignoradas, como si por su corta edad no tuvieran capacidad a la hora de reconocer la violencia. Esto está íntimamente relacionado con la creencia generalizada de que las madres influyen negativamente de forma instrumental en sus pequeños. “No se tiene en cuenta la opinión de estos niños y estas niñas, no son escuchados, y esos estereotipos de género se terminan convirtiendo en informes de periciales y de servicios sociales. Esto implica que a los niños no se les está considerando sujetos de derecho en la mayoría de los casos”, infiere Vega. Por su parte, Clara Burriel, especialista en defensa política y protección de la infancia en Save the Children, incide en que la escucha de los testimonios infantiles debe entenderse no como un mero trámite formal sino como algo imprescindible a la hora de tomar decisiones judiciales. 

El trasfondo de estas fallas del sistema, que ponen en cuestionamiento a niños y madres en contextos de violencia probada, está en la formación de los profesionales. La perspectiva de género en muchos casos brilla por su ausencia en las instancias judiciales, donde magistrados, fiscales o letrados carecen a menudo de una sensibilización específica en este ámbito. “Tenemos profesionales que, si no tienen cierta formación sobre las implicaciones de las violencias machistas en niños y adolescentes, no entienden que esta violencia de género impacto en los infantes. Hace falta una capacitación específica, una metodología pautada y una disciplina concreta para saber tratar estos casos, como ya sucede en otros ámbitos”, destaca Serra. 

También a la hora de comprender el lenguaje con el que se expresan las criaturas en los interrogatorios cuando son preguntados por su relación con el padre. Al carecer de las herramientas cognitivas y comunicativas propias de los adultos, a menudo en las testificaciones se produce una mezcla entre el universo simbólico y el universo material que muchos jueces interpretan como mentiras infantiles o simples invenciones. “Se tiende a cuestionar mucho su declaración, sobre todo si con el tiempo puede haber modificaciones. Tradicionalmente se ha dicho siempre que los niños tienden a fantasear, pero sabemos que cuando un niño ha sufrido violencia, lo más típico es que se guarden cosas antes de que las inventen”, comenta Burriel. 

Ni el sistema está preparado para validar los relatos de los menores ni los juzgados son tampoco espacios amables para las criaturas. En este sentido Gil determina que los juzgados son entornos “agresivos y hostiles”, no solo para los menores, sino para cualquier ciudadano. “Aunque los jueces tienen la obligación de quitarse la toga cuando hay niños testificando, normalmente no se bajan de los estrados porque tienen mucha prisa para el siguiente juicio y eso impone mucho, con lo que los menores están absolutamente asustados. A lo mejor ese día en el juzgado el niño ha visto pasar a un señor esposado con dos policías a su lado”, afirma. Aunque existen modelos con perspectiva de infancia como el sistema Barnahus, los niños siguen actualmente sometidos a unas presiones tremendas durante los interrogatorios: “Los niños declaran con un cristal, pero no son tontos, saben que al día siguiente les toca ir con el padre”, expresa Serra. Cuando esto se manifiesta, se están vulnerando derechos fundamentales como el derecho a la reparación integral (vulnerado por el 84,3 % de las instituciones del sector), a acceder a un recurso efectivo (83,7 %), a la seguridad (72,5 %) o al acceso a la justicia (56,9 %). 

Fuente: https://ctxt.es/es/20260601/Politica/53857/alejandra-mateo-fano-justicia-mujeres-menores-agresores-desproteccion-revictimizacion-sap.htm